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Modificaron la regulación de las armas semiautomáticas de uso civil y se podrán utilizar en actividades deportivas

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El Gobierno dispuso una modificación clave en el régimen de control de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR.

La medida afecta a los legítimos usuarios de armas de fuego en todo el país y otorga a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) la facultad exclusiva para autorizar la adquisición y tenencia de este tipo de armamento bajo un régimen especial.

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El Decreto 397/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial y ya entró en vigencia.

La decisión se adoptó tras más de treinta años de vigencia de un sistema restrictivo impuesto por el Decreto 64/1995, que prohibía a los usuarios civiles la adquisición y tenencia de estas armas, salvo excepciones autorizadas por el Ministerio de Defensa. El nuevo decreto sustituye ese régimen de prohibición general por un sistema de control administrado por la ANMAC, organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.

El texto oficial dispone: “Establécese un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR, peticionados por los legítimos usuarios de armas de fuego. La ANMAC tendrá a su cargo la aplicación del régimen de control especial”.

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Se contempla la posibilidad de que estos materiales controlados se utilicen en actividades deportivas u otras finalidades lícitas (Crédito: Zona Militar)

La modificación responde a la necesidad de reevaluar los mecanismos de control sobre este tipo de armas, según argumenta el decreto. El Gobierno señala que, durante más de tres décadas, tanto el ex-Registro Nacional de Armas como la ANMAC aplicaron criterios cada vez más restrictivos, lo que llevó a que muchos usuarios originales de estas armas fallecieran sin poder transferir legalmente la titularidad a sus sucesores. Esta situación generó condiciones de irregularidad en la tenencia de estos materiales.

El decreto también contempla la posibilidad de que estos materiales controlados se utilicen en actividades deportivas u otras finalidades lícitas, siempre bajo el análisis de la autoridad de aplicación.

Consultado al respecto, Juan Pablo Fioribello, abogado penalista y ex director general del Ministerio de Seguridad, expresó: “Esta norma no hace otra cosa que dar transparencia a una problemática eterna del sector. Tendrá finalidades deportivas y muy controladas. Solo beneficia a los legítimos usuarios que cumplen con todos los requisitos legales exigidos. Se trata de armas legales volcadas al deporte del tiro y reguladas al máximo. El problema son las armas ilegales en manos de la delincuencia”.

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La ANMAC, creada por la Ley 27.192 y dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, asume así la responsabilidad de aplicar, controlar y fiscalizar la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y sus normas complementarias. El decreto subraya que los nuevos mecanismos de control deben equilibrar la posibilidad de adquisición o transferencia de estas armas con los recaudos derivados de la seguridad pública.

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La modificación en la reglamentación de la Ley de Armas y Explosivos

A través del Decreto 409/2025, se realizaron modificaciones sustanciales a la reglamentación de la Ley N° 20.429 de Armas y Explosivos. La medida afecta directamente a los procedimientos de tenencia y portación de armas de fuego para personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, servicios penitenciarios, policías provinciales, asociaciones de tiro y usuarios civiles en todo el país.

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La nueva normativa modifica artículos clave del Decreto 395/75, que reglamenta la ley nacional de armas. Entre los cambios más relevantes, se destacan la delegación de facultades a las autoridades de las fuerzas para autorizar la tenencia y portación de armas a su personal, la diferenciación de plazos de validez de las credenciales de legítimo usuario y la centralización de controles en la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).

El decreto responde a la necesidad de “modernizar y adecuar la Reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, aprobada por el Decreto N° 395/75 y sus modificatorios, frente a los desafíos actuales en materia de seguridad pública, control del material balístico y eficiencia administrativa”. Así lo expresa el texto oficial, que fundamenta la reforma en la simplificación de trámites y la reducción de cargas administrativas para el personal de las fuerzas, así como en la actualización de los controles para usuarios civiles.

La medida impacta en primer lugar sobre el personal en actividad y retiro de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Servicio Penitenciario Federal, Fuerzas Armadas, policías y servicios penitenciarios provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También introduce cambios para asociaciones de tiro, sus miembros y usuarios civiles que requieran autorización para armas de “uso civil condicional”.

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Entre los puntos más destacados, se establece que la autorización para la adquisición, tenencia y portación de armas para el personal de las fuerzas será concedida por el titular de la fuerza correspondiente, “fundada en el estudio de los antecedentes personales y profesionales del peticionante”. Una vez otorgada, la autorización debe ser comunicada a la ANMAC.

Para los usuarios civiles, la ANMAC mantiene la competencia exclusiva para otorgar autorizaciones, con excepción de los casos mencionados para personal de fuerzas.

En cuanto a la vigencia de las credenciales de legítimo usuario, el artículo 64 establece un plazo de cinco años para civiles, mientras que para el personal en actividad de las fuerzas, la credencial solo expirará por decisión de la ANMAC a solicitud del titular de la fuerza, previa justificación fundada.

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Respecto a la portación de armas de guerra, el nuevo artículo 88 introduce un régimen más restrictivo para civiles y refuerza el control institucional para el personal de las fuerzas. Solo la ANMAC podrá otorgar autorización de portación de armas de guerra, con vigencia anual y criterios restrictivos, salvo para el personal en actividad de las fuerzas, cuya portación se mantiene mientras dure su función.

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Un paro antimileista dio el marco que el Presidente esperaba para su reforma | La opinión de Marcos Novaro

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Probablemente en el Gobierno nadie quiera aclarar, ni ahora ni en el futuro, de dónde vino la redacción final del artículo 44 tal como se presentó y votó en el Senado, y que trataba igual a empleados con tobillos torcidos o con cáncer terminal. Y prefieran que la discusión se enrede y empantane con acusaciones cruzadas entre legisladores, ministros y reparticiones de segunda línea del Ejecutivo. Lo que hace pensar que vino del vértice del poder, y fue fruto de uno de esos arranques de improvisación y radicalización a que es tan afecto nuestro Presidente.

Leé también: ¿Cual es tu posición frente al paro de la CGT?

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Lo más curioso del episodio, de todos modos, no fue tanto ese manejo torpe y desprolijo, en un asunto que exigía ser lo menos desprolijo e improvisado que fuera posible, como que el artículo pasara por el Senado sin que ningún opositor se detuviera a leerlo: lapidaria confirmación de que la enorme mayoría de quienes se oponen a la reforma no la conocen en detalle y ninguno de ellos se detuvo a estudiar su redacción con detenimiento.

Continúan los reclamos en la calle. (Foto: Leandro Heredia / TN)

Lo confirma el hecho de que el escándalo respecto al contenido del artículo sobre las licencias médicas estallara a raíz de que quien sí lo leyó con cuidado fue una senadora del PRO, que apoyaba la reforma en general pero se negó a votar ese artículo en particular, desatando una discusión entre los aliados del Gobierno que dejó a la vista que sobre este punto el oficialismo no tenía la menor idea de qué estaba proponiendo, ni qué pretendía combatir: si los certificados truchos con que se justifican muchas licencias en la actividad privada, y muchísimas más en el sector público, o el derecho adquirido de un empleado frente a su patrón cuando enfrenta un problema de salud más o menos serio e imprevisto.

Leé también: Nuevo aumento del salario mínimo: así queda el básico y la hora hasta agosto 2026

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Es cierto que en muchos países los empleados en esa situación no cobran el 100% de su salario, o lo cobran pero solo durante un tiempo acotado, y según cuán grave sea la enfermedad en cuestión. Pero todo eso quedó en segundo plano cuando el único funcionario oficial que salió a defender el famoso artículo fue Federico Sturzenegger, y no pudo diferenciar entre una torcedura de tobillo y un cáncer.

Como sea, resultó evidente que en este punto había fallado la unidad de comando con que el Gobierno quiso prevenirse contra las improvisaciones y los errores no forzados, para desarrollar una estrategia que asegurara la más amplia reforma en el menor tiempo posible. Se perdió por lo menos una semana, sino más, y se abrió la puerta para más disidencias, más presiones de los aliados y dubitativos, más concesiones y costos asociados. Y todo porque a alguien, en el vértice del poder, probablemente el propio Presidente, o con el aval del presidente, decidió actuar contra las propias necesidades e intereses, e improvisar.

Y sin embargo, los costos políticos que el oficialismo pague puede que terminen siendo no tan graves. Porque enseguida fue en su ayuda el “frente de la resistencia”. El kirchnerismo y la izquierda terminaron por convencer a la CGT de hacer un paro general, que dio un nuevo marco de polarización a la discusión del proyecto en Diputados. Y le agregaron además una marcha, piquetes y cortes de ruta varios, con las consecuentes escenas de violencia que el Gobierno se aseguró acompañaran esos episodios.

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Como si hiciera falta, salió además Alberto Fernández a aclarar los tantos sobre el uso político de estas medidas de fuerza extremas: “A mí no me hicieron ni un solo paro general” recordó. Y es estrictamente cierto. A Milei ya le hicieron 4, camino a superar a Macri, que sufrió 5 en todo su mandato. Aunque seguirá muy lejos de De la Rúa, que soportó 8 en apenas dos años, y de Alfonsín, que tiene un récord imbatible de 13, en plena transición y con los militares conspirando todo el tiempo en su contra. Y que con el paso del tiempo se ha vuelto toda una distinción a su favor.

El proyecto de ley de Javier Milei llega esta tarde al Congreso. (Foto: Agustina Ribó / TN)
El proyecto de ley de Javier Milei llega esta tarde al Congreso. (Foto: Agustina Ribó / TN)

Con esos antecedentes, ¿podía Milei esperar un regalo mejor para terminar de polarizar la escena y convencer a radicales, macristas, peronistas moderados y cuanto gobernador ande dudando entre los extremos en pugna, de que les convenía que la ley se aprobara, y se acotara así la capacidad sindical de parar el país y forzar a los gobernantes de turno, y al resto de los actores sociales y políticos, a hocicar y ceder ante sus exigencias?

Para no hablar de los ánimos al respecto predominantes en la opinión pública. Que están bien reflejados en las encuestas: el sindicalismo sigue batiendo récords de rechazo. Superando incluso marcas altísimas de otros períodos de tensión entre mayorías reformistas y modernizadoras vs la corporación gremial (y empresaria, y política, que se benefician, igual que la primera, de un statu quo en que la mayoría de los trabajadores se empobrece progresivamente). Y también se expresan esos ánimos en los esfuerzos que hizo mucha gente, la que tuvo alguna chance de sortear todos los escollos puestos por esas corporaciones, para ir a trabajar.

¿Cabe alguna duda de que si no hubiera sido por el paro de transporte, la medida dispuesta por la CGT habría resultado en un resonante fracaso? ¿No confirma acaso este hecho la necesidad de cambiar algunas reglas importantes en nuestra convivencia y el sistema gremial, en la línea de lo que propone la ley de reforma laboral? Para asegurar, entre otras cosas, la prestación de un cierto porcentaje de servicios esenciales, para que el control sindical de los mismos no se vuelva un arma extorsiva imbatible en manos de organizaciones muy pequeñas y monopólicas, contra los intereses de la amplia mayoría?

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Paro, Javier Milei

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Video: así fue el momento en el que una diputada desenchufó los cables de los taquígrafos en el debate por la reforma laboral

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En una sesión caliente en Diputados donde se discute el proyecto de ley de la reforma laboral, Florencia Carignano, legisladora de Unión por la Patria (UxP) por Santa Fe, desenchufó al menos cuatro cables de los equipos ubicados en el escritorio de los taquígrafos con la intención de interrumpir el debate. La legisladora libertaria Lilia Lemoine registró el momento y lo compartió en redes sociales.

Carignano desenchufó los micrófonos en la sesión.

En la grabación, Lemoine le grita a la legisladora kirchnerista: «Carignano, ¿qué haces, estás loca?”. A lo que la diputada por Santa Fe le responde con una serie de gestos. Otro de los protagonistas del hecho fue el diputado Agustín Rossi, quien, al fondo de la grabación, no participa del altercado.

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Junto al video, Lemoine compartió un mensaje.

“ESCÁNDALO EN EL CONGRESO. La kirchnerista Carignano AGREDE A LOS TRABAJADORES DE LA HCDN para intentar frenar la sesión! ¡Esto es INACEPTABLE! Miren como se acerca haciéndose la distraída… no puede pasar inadvertido, tiene que haber sanciones.“, escribió la libertaria.

Segundos después de la trifulca, la legisladora Victoria Tolosa Paz, también de UxP, señaló que los micrófonos no funcionaban. Comentario que hizo que el presidente de la Cámara baja, Martín Menem tomara la palabra y respondiera que “hubo gente tocando los cables y fueron de su bloque”.

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En otro posteo, Lemoine le reprochó a Carignano desconocer el artículo 188, normativa del reglamento del Congreso Nacional que establece que si la gravedad de la falta lo justifica, la Cámara puede, por votación sin debate, evaluar la aplicación de las facultades previstas en el artículo 66 de la Constitución Nacional, que contempla la posibilidad de expulsar de uno de sus miembros.


En una sesión caliente en Diputados donde se discute el proyecto de ley de la reforma laboral,pic.twitter.com/mXF1E2KCTS,February 19, 2026,@TereGarciaOK,@florcarignanook,pic.twitter.com/kxK6qlwAOt,February 19, 2026,Reforma laboral,Unión por la Patria,Congreso Nacional,,Conforme a,Reforma laboral,,»¿Estás loca?». El momento en que la diputada Carignano desenchufa micrófonos para interrumpir la sesión,,¿Estás loca?». El momento en que la diputada Carignano desenchufa micrófonos para interrumpir la sesión,,Uno por uno. El mapa de gobernadores que ayudaron al Gobierno para avanzar con la reforma laboral

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El Senado dictaminó el nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años

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Un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales; y de Presupuesto y Hacienda del Senado dictaminó esta tarde el proyecto que impone el nuevo Régimen Penal Juvenil, que tiene entre sus puntos principales la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.

La iniciativa en cuestión ya fue aprobada por Diputados la semana pasada y el oficialismo pretende sancionar la ley el jueves de la semana próxima, en una sesión extraordinaria aún no convocada de manera oficial en la Cámara alta.

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Al comienzo del plenario, el libertario Juan Carlos Pagotto (La Rioja) dejó la presidencia de Justicia por haber tomado el control de la de Acuerdos. Como el reglamento no permite comandar dos al mismo tiempo, se votó a su colega Gonzalo Guzmán Coraita (Salta). La de Presupuesto continúa, por ahora, en manos del jujeño Ezequiel Atauche.

El nuevo Régimen Penal Juvenil también establece una pena máxima de prisión de hasta 15 años para delitos graves como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros. Además, prevé una serie de penas alternativas para infracciones con condenas menores a los 10 años de cárcel, como la amonestación, la prohibición de acercamiento a la víctima, servicios comunitarios, monitoreo electrónico, reparación integral del daño, prohibición de concurrir a determinados lugares y la desactivación para conducir vehículos.

Por otra parte, se pondrá énfasis en la creación de institutos especiales para que los menores condenados tengan garantizado el derecho a ser educados, recibir atención médica y tratamiento en caso de adicciones. Todo el personal de los centros de detención deberá estar especializado en infancia y adolescencia. A su vez, quedará prohibida cualquier tipo de convivencia con detenidos mayores.

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El libertario Gonzalo Guzmán Coraita (Salta) cuando juró como legislador en la Cámara alta, en diciembre pasado (Prensa Senado)

Con la iniciativa también se habilitará la suspensión del proceso a prueba y la mediación penal juvenil en infracciones leves, con intervención obligatoria de todas las partes y consentimiento expreso de la víctima.

Otro de los ejes centrales del proyecto es el reconocimiento expreso de las víctimas dentro del proceso penal juvenil. La ley garantiza su derecho a ser informadas, escuchadas, a contar con patrocinio jurídico, recibir asistencia psicológica y a participar en las instancias relevantes del proceso, incluidos mecanismos restaurativos cuando amerite.

Ya como titular de la comisión de Justicia, Guzmán Coraita destacó que la vigencia de este tema data de 1980 -última dictadura militar-, con “diversos intentos legislativos” para conseguir “una ley que una ley que respete estándares constitucionales”. Fue un mensaje escueto y leído, algo siempre criticado en el Senado que ya es habitual con el correr de los últimos años.

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Por su parte, la cristinista Juliana di Tullio (Buenos Aires) criticó a la jefa de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich (Capital Federal), por haberle dicho ayer que no iban a haber invitados al plenario. Por supuesto que no objetó que familiares de víctimas lo hicieran durante la jornada de hoy. En tanto, Guzmán quiso amortiguar la penosa situación bajo el argumento de que se decidió “a último momento”.

Los testimonios oídos en el plenario fueron espeluznantes. El primero fue el de Laura Fernández, madre de Lara -17 años-, asesinada el 1 de enero de 2022 en Parque Barón, partido de Lomas de Zamora. “No me dieron la posibilidad de despedirme, de donar sus órganos”, manifestó.

El exjefe libertario en el Senado y actual presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta, Ezequiel Atauche (Adrián Escandar)

Seguido a ello, detalló que el criminal, de 15 años, “se escapó del instituto de menores dos veces, y con 16 años tuvo un juicio abreviado, le dieron cinco años y, en 2029, esta persona va a estar en libertad”. Y añadió: “Se podría haber evitado todo esto. Sabemos que no es retroactiva -en referencia a la ley- para nosotros, pero queremos evitar que otros pasen por lo que estamos pasando. No tenemos cumpleaños, Navidades, Año Nuevo. Nos arruinaron la vida”.

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En tanto, Nicolás Sabo, hijo del quiosquero Roberto Sabo -acribillado a sangre fría en noviembre de 2021-, aseveró que “un niño que agarra un arma deja de ser un niño”. Coincidió luego Karina Albarenga, progenitora de Lautaro Padín, quien murió tras un ataque en manada a la salida de una fiesta. Minutos antes de las 16, oficialismo y dialoguistas juntaron las firmas necesarias en ambas comisiones y se consiguió un dictamen de mayoría.

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