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El Gobierno estudia pedir a la Corte una acción declarativa de certeza frente al fallo por YPF

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Artículo publicado originalmente en Clarín

Durante el fin de semana, el Gobierno de Javier Milei decidirá qué estrategia política-judicial poner en marcha frente al polémico fallo de la jueza de Nueva York Loretta Preska que dispuso esta semana que la Argentina le entregue un 51 por ciento de las acciones de YPF al fondo buitre Burford.

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Una de las opciones más firmes que analiza el Gobierno es pedir a la Corte una acción declarativa de certeza que es un mecanismo que está dentro de la competencia originaria del máximo tribunal, informó a Clarín una fuente judicial. Entonces, entraría directamente a la Corte sin pasar por instancias judiciales inferiores.

El pedido supondría, ante una cuestión de incertidumbre creada por el fallo de la jueza Preska, que la Corte informe a la Caja Nacional de Valores que no puede transferir las acciones de YPF porque lo prohíbe la Ley 26.741 de expropiación de YPF que establece en uno de sus artículos que para cualquier cambio se debe aprobar con los dos tercios de los votos del Congreso. En esa caja están depositadas las acciones.

Primero el máximo tribunal si acepta el pedido del Gobierno debería consultar a la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI) antes de fallar. La OFEPHI está integrada por Santa Cruz, Tierra del Fuego, Chubut, Río Negro, Neuquén, La Pampa, Mendoza, Salta, Jujuy y Formosa, entre otras.

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En fuentes parlamentarias se confirmó que esa sería “la mejor acción judicial” y que esa acción declarativa de certeza de la Corte le daría tiempo al Gobierno para que apele el fallo de la jueza Preska ante la Cámara de Nueva York sin ningún acto de rebeldía y eventualmente negociar.

En cambio, altas fuentes del Gobierno no quisieron adelantar cómo sería el recurso para no tener problemas con los bonistas.

Y descartaron, luego de un debate interno, que vayan pedir a la Corte una medida cautelar contra el fallo a través de un per saltum (salto de instancia) apoyándose en la doctrina del “principio de Inmunidad de ejecución del Estado en el ámbito internacional” que describió el presidente del máximo tribunal, Horacio Rosatti en un libro.

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Loretta Preska. La jueza del caso YPF que investigó a la FIFA y a Epstein

Tras la respuesta del fondo buitre el lunes al pedido de la Argentina de suspender la ejecución de la entrega de las acciones, el Procurador General del Tesoro, Santiago Castro Videla, seguramente solicitará a los abogados que defienden a la Argentina ir a la Cámara de Apelaciones de Nueva York contra el último fallo de Preska con el que quiere que se paguen una deuda de 16 mil millones de dólares.

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“Estamos analizando distintas opciones. Por supuesto que el criterio de Horacio Rosatti es bien considerado. Estaremos terminando la estrategia este fin de semana”, contó a Clarín una alta fuente del Gobierno.

Para la fuente, “el lunes o martes estaremos en condiciones de ver cuál es el más adecuado y efectivo camino a seguir” ante el fallo de Preska.

La doctrina de Rosatti está en el capítulo “Estado y Globalización” del libro “Tratado de Derechos Constitucional” y tiene que ver fundamentalmente con la diferencia entre que un estado acepte la jurisdicción de la justicia de otro país en un eventual pleito y la ejecución de una sentencia, como en el caso de Preska.

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El ex procurador de la Nación, Bernardo Saravia Frías, saliendo de la audiencia en la corte de apelaciones de la ciudad de Nueva York, en 2024.

El ex procurador de la Nación, Bernardo Saravia Frías, saliendo de la audiencia en la corte de apelaciones de la ciudad de Nueva York, en 2024.

La inmunidad de ejecución “entendida como la “prerrogativa reconocida a los Estados por el orden jurídico internacional, por la cual se entiende que determinados bienes de su propiedad, necesarios para su normal desenvolvimiento, se encuentran desafectados de un eventual embargo o ejecución” es, al igual que la inmunidad de jurisdicción, una modalidad del concepto genérico de inmunidad soberana del Estado”, escribió Rosatti.

Según la doctrina internacional “la ejecución es un corolario posible de la jurisdicción; no obstante, de ello no se sigue necesariamente que la imposibilidad de invocar la inmunidad de jurisdicción de un Estado soberano traiga como consecuencia la ejecutabilidad de una sentencia en su contra, dado que una medida de un Estado destinada a desposeer a otro de sus bienes tiene mayor repercusión en las relaciones internacionales que el hecho de dictar contra él una sentencia”.

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La Convención Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 despeja cualquier duda al afirmar en su artículo 32.4 que dice “la renuncia a la inmunidad jurisdicción respecto de las acciones civiles o administrativas no ha de entenderse que entraña renuncia a la inmunidad en cuanto a la ejecución del fallo, para lo cual será necesaria una nueva renuncia”, finalizó Rosatti en ese libro.

El presidente Milei junto al ministro de Economía Luis Caputo, el poderoso asesor presidencial Santiago Caputo y el Procurador General de la Nación Santiago Castro Videla y el viceministro de Justicia Sebastián Amerio, entre otros, estaban manteniendo este fin de semana una serie de consultas para responder al fallo de Preska.

Sebastián Amerio, secretario de Justicia de la Nación en el gobierno de Javier Milei.

Sebastián Amerio, secretario de Justicia de la Nación en el gobierno de Javier Milei.

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Sobre todo porque, el lunes “probablemente los beneficiarios del fallo presenten una respuesta en oposición al pedido argentino” de suspender la ejecución, anunció en analista Sebastián Maril en su cuenta de X.

No se trata de sostener en Nueva York que la Constitución Argentina es superior al estatuto de YPF porque la justicia de EE.UU. se maneja por la doctrina llamada doctrina del “Common law” del derecho británico y no del derecho continental europeo que usa la Argentina. La mentalidad de un juez norteamericano no lo aceptaría, sino de buscar Políticas de Estado a nivel nacional que se mantengan en el tiempo.

Para la respuesta jurídica, necesitará también de respaldo político. El ex Procurador General del Tesoro del gobierno de Mauricio Macri, Bernardo Saravia Frías, aconsejó que el Gobierno impulse una sesión del Congreso que ratifique la soberanía jurisdiccional del Estado Argentino, sin ningún show nacionalista.

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La diputada Paula Oliveto busca consensos para reactivar la causa que tiene el juez Ariel Lijo.

La diputada Paula Oliveto busca consensos para reactivar la causa que tiene el juez Ariel Lijo.

En ese sentido, el gobierno tiene muchas opiniones a favor de el espectro político aunque con diferentes matices que van desde el presidente del Bloque Federal Miguel Angel Pichetto, de la Coalición Cívica Juan Manuel López, de la UCR Rodrigo de Loredo, Lisandro Nieri y Martín Lousteau, entre otros.

Por ejemplo, el senador de la UCR Maxi Abad dijo que el fallo de Preska “constituye un grave intento de vulnerar nuestra soberanía jurídica, económica y política. Frente a esta amenaza, la defensa de la inmunidad soberana de la República Argentina no es una opción, sino una obligación”. Incluso, hay iniciativas similares desde el bloque de Unión Por todos.

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Abad recordó que la Ley 26.741, sancionada por este Congreso de la Nación “no solo declaró de utilidad pública la recuperación de la mayoría accionaria de YPF, sino que incorporó un principio jurídico medular: el artículo 10 establece que cualquier transferencia futura de acciones requiere la aprobación insustituible de dos tercios de los miembros del Congreso”. Y las acciones están guardadas en Argentina.

El gobernador Axel Kicillof defendió esta semana su actuación en la expropiación de YPF.

El gobernador Axel Kicillof defendió esta semana su actuación en la expropiación de YPF.

Hay un tercer elemento que serviría para una eventual decisión enmarcada como una política de Estado. La causa abierta por una denuncia de la ex diputada Elisa Carrió por irregularidades en la expropiación de YPF en el 2012 que el juez federal Ariel Lijo tiene “cajoneada” desde ese entonces, pese al impulso del fiscal Ramiro González.

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Si eventualmente, Lijo llamara a indagatoria a imputados como Kicillof, el ex secretario Legal y Técnico Carlos Zannini o el representante del gobierno en YPF, Roberto Baratta, “ayudaría a buscar una solución ante la Justicia de Nueva York”, opinó Saravia Frías en declaraciones a Dato sobre Dato de radio Milenium.

El senador radical Maximiliano Abad (derecha) en una sesión.Foto Federico Lopez Claro

El senador radical Maximiliano Abad (derecha) en una sesión. Foto Federico Lopez Claro

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Mientras tanto, el equipo de abogados y diputados de Carrió, encabezados por Paula Oliveto, aguarda para definir una estrategia porque “no queremos perjudicar el interés nacional”.

No es hora “tiempos de autopsias sobre los responsables políticos” de la irregular forma en que se expropió YPF, sino de buscar consensos para apoyar la posición del estado argentino ante Preska, advirtió Saravia Frías.

Diputado Miguel Angel Pichetto (izq.) impulsa una ratificación de la ley que expropió YPF.Foto Federico Lopez Claro

Diputado Miguel Angel Pichetto (izq.) impulsa una ratificación de la ley que expropió YPF. Foto Federico Lopez Claro

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Un cuatro factor a tener en cuenta es que quien defiende al Estado en la causa YPF es Robert Giuffra Jr. Se trata de uno de los abogados del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump con quien Milei construyó una relación de amistad y acercamiento ideológico. Preska, con su fallo, violó la llamada ley de Inmunidad Soberana de los EE.UU.

Cuando el fallo de Preska llegue por segunda vez a la Cámara de Apelaciones del Distrito Sur de Nueva York o a la Corte Suprema de EE.UU. ese vínculo de Milei con Trump podrá pesar a la hora de que el tribunal supremo norteamericano acepte tratar el caso argentino. Con la esperanza de que la Corte de EE.UU. se expida antes de que Preska empiece a dictar embargos contra el estado argentino.

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Ley de reforma laboral: qué dice sobre las vacaciones

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En la madrugada de este jueves 12 de febrero, el Senado le otorgó media sanción al proyecto de ley de la reforma laboral que impulsa el Gobierno. Fue aprobada por 42 votos a favor y 30 en contra. Por lo tanto, el texto fue girado a la Cámara de Diputados para su tratamiento en revisión. En ese contexto, surgen dudas sobre las distintas modificaciones que propone la iniciativa oficialista en el sistema laboral argentino, como pueden ser las vacaciones.

El Senado aprobó la ley de reforma laboral

El texto del proyecto de ley de la reforma laboral propone que el empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. De todos modos, las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período.

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Otro punto relevante del documento habla sobre el fraccionamiento de las vacaciones de mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador. Esto será posible siempre y cuando cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.

Las modificaciones que habría en las vacaciones por la reforma laboralMarcelo Manera –

Por otro lado, al momento de calcular la indemnización por despido, ya no se tomará en cuenta algunos conceptos, como es el caso de las vacaciones.

Entre los diversos puntos que se presentaron para el tratamiento parlamentario, el cálculo y financiamiento de las indemnizaciones por despido es uno de los que concentra mayor atención.

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La iniciativa propone una reducción de la base de cálculo. Además de las vacaciones, ya no se considerarán conceptos como aguinaldo, propinas o premios

Por otro lado, se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual, según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador.

Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. En estos casos, las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de 6 cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.

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El proyecto contempla la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales.

Estos porcentajes se ubican en el 1% para las grandes empresas, y en el 2,5% para las pymes. cabe destacar que la administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores.

La reforma laboral propone ampliar la jornada laboral diaria 12 horas Freepik

La reforma laboral establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas. Respecto de las horas extras, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios.

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En tanto, se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período inferior a la jornada legal.

Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos.

Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al “mérito personal” del trabajador o productividad.

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Los únicos habilitados para el pago de salarios serán las entidades bancarias. De esa forma, se eliminó la posibilidad de incorporar a las billeteras virtuales.

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Revés para Chiqui Tapia: rechazan un pedido del empresario Faroni para que la Justicia federal investigue las maniobras de la AFA en EE.UU.

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Pese a los pedidos del empresario Javier Faroni, la Justicia ordinaria seguirá a cargo de la investigación de las supuestas maniobras de fraude que habría realizado la AFA en Estados Unidos.

La decisión fue tomada este jueves por la Cámara del Crimen porteña, a cargo del camarista Ignacio Rodríguez Varela, quien revocó un pedido de la defensa de Javier Faroni y Érica Gillette para declinar la competencia en favor del Juzgado Federal Criminal y Correccional N°2 de Lomas de Zamora, que investiga la causa contra Sur Finanzas.

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Leé también: Audios, transferencias y planillas: así habría sido la maniobra para traer dinero de la AFA desde el exterior

La resolución judicial surge luego de que Guillermo Luis Tofoni presentara una denuncia contra los directivos de la AFA por presunta administración fraudulenta, por la cual se habrían desviado cerca de 300 millones de dólares mediante contratos de partidos amistosos hacia sociedades extranjeras.

Inicialmente, el Ministerio Público Fiscal, a cargo de Silvana Russi, pretendía trasladar la causa a la Justicia Federal de Lomas de Zamora, argumentando que podría haber alguna vinculación con el delito de lavado de activos. A este pedido había adherido la defensa de Gabriela Gillete y Javier Faroni, dos de los imputados.

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La jueza de primera instancia, Paula Petazzi, accedió a la solicitud de declinación de competencia, y dictó una resolución a principio de enero, basándose en argumentos de identidad de hechos y conexidad con causas que tramitan ante el juez Luis Armella en Lomas de Zamora.

Sin embargo, Tofoni apeló la declinatoria y, este jueves, la Cámara revocó esta decisión al considerar que la defraudación es un delito común que debe ser investigado por el fuero nacional ordinario.

Leé también: “Chiqui” Tapia fijó domicilio en un predio donde se construye el museo de la AFA en Pilar que pertenece a la Municipalidad

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El tribunal subrayó que la competencia federal es excepcional y que los fraudes no se vuelven federales solo porque el monto sea elevado o involucren a una institución de gran relevancia como la AFA.

El fallo sostiene que no se pueden confundir las conductas de administración infiel con el lavado de activos que se investiga en el fuero federal. Mientras que el fraude busca “lesionar el patrimonio”, en este caso de la AFA, “el lavado de dinero protege el orden económico y financiero buscando dar apariencia lícita a bienes de origen delictivo”. Para el camarista, son hechos independientes que no justifican desplazar la causa de su juez natural.

Claudio «Chiqui» Tapia es uno de los imputados en la causa, (Foto: X/@AFA)

Por su parte, la Cámara señaló que no existe una superposición lógica entre esta causa y la que tramita en Lomas de Zamora. Advirtió que en el juzgado federal no hay un objeto procesal preciso respecto de la AFA, ya que esa investigación nació por irregularidades en el Club Banfield y solo se extendió a la asociación después de que se presentara esta denuncia.

A su vez, el tribunal aclaró que no existen normas que permitan unificar causas entre el fuero nacional y el federal por mera “conexidad”. La existencia de prueba común no autoriza a que la justicia federal absorba delitos de competencia ordinaria, ya que eso implicaría una “prórroga general” de la competencia cada vez que haya una hipótesis de lavado.

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El hecho ocurrió en la Ciudad de Buenos Aires, donde la AFA tiene su sede y domicilio legal en calle Viamonte, lo cual ratifica la competencia de la justicia nacional de la Capital Federal frente a la de Lomas de Zamora.

Cómo era la supuesta maniobra de fraude

Según la denuncia presentada por Guillermo Tofoni, el presidente de la entidad, Claudio “Chiqui” Tapia, y el tesorero Pablo Ariel Toviggino habrían montado una maniobra para desviar fondos millonarios a través de contratos con empresas fantasma.

La presentación judicial, radicada en Buenos Aires —donde funciona la sede de la AFA, en la calle Viamonte—, detalla que Tapia y Toviggino firmaron acuerdos con ProSport Live LLC y CRI para organizar al menos siete partidos amistosos de la Selección argentina. El dinero generado por esos encuentros, según la denuncia, terminó en cuentas de sociedades sin actividad real.

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Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Ariel Toviggino habrían montado una maniobra para desviar fondos millonarios. (Foto: NA.)
Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Ariel Toviggino habrían montado una maniobra para desviar fondos millonarios. (Foto: NA.)

De acuerdo a la acusación, los directivos de la AFA “defraudaron a la asociación que administran” en complicidad con Gabriela Erica Gillette y Javier Horacio Faroni, responsables de la firma Tour ProdEnter LLC. El contrato con esta empresa les permitió gestionar intereses y cobros en el extranjero, lo que habría facilitado el desvío de fondos fuera del patrimonio de la AFA.

Tofoni sostuvo que el dinero “defraudado” fue depositado primero en cuentas de Tour ProdEnter LLC, en un monto total de alrededor de 300 millones de dólares. Luego, la mayor parte de esos fondos se giró a nombre de al menos siete sociedades sin actividad real, integradas o dirigidas por personas vinculadas a los imputados.

Además, parte del dinero habría sido utilizado para pagar “servicios suntuosos”, como el alquiler de embarcaciones y aeronaves.

Chiqui Tapia, AFA, Javier Faroni

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Régimen penal juvenil: la baja de la edad de imputabilidad logra un apoyo contundente en la opinión pública, según las encuestas

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La baja de la edad de imputabilidad cuenta con un respaldo contundente en la opinión pública, según un conjunto de encuestas analizadas por . La modificación del piso para juzgar penalmente a un menor, actualmente establecido en 16 años, es el eje del proyecto de ley penal juvenil que impulsa el oficialismo, que este miércoles logró dictamen de comisión y se debatirá hoy en la Cámara de Diputados.

Un estudio de la consultora Opinaia indica que el 80% de los argentinos está de acuerdo con la iniciativa: 67 puntos corresponden a quienes se declaran “muy de acuerdo” y 14 a los que están “bastante de acuerdo”. Apenas el 15% de los encuestados la rechaza.

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Se trata de un apoyo transversal que alcanza a votantes de distintos espacios. Llega al 95% entre quienes votaron a La Libertad Avanza en las elecciones legislativas de octubre pasado y al 96% entre quienes optaron por Provincias Unidas. La adhesión es menor en Fuerza Patria (64%) y el Frente de Izquierda (65%), aunque en ambos casos se mantiene como mayoritaria. Los datos fueron relevados entre el 5 y el 9 de febrero.

El 95% de los votantes libertarios respalda la iniciativa, según OpinaiaOpinaia

En tanto, un relevamiento de la consultora Giacobbe muestra un 73,1% de apoyo a la iniciativa. Dentro de ese visto bueno, 63,6 puntos respaldan que la edad se reduzca a 13 años, mientras que 9,5 se inclinan por fijarla en 14.

El 63,6% de los consultados por Giacobbe están de acuerdo con bajar la edad de imputabilidad a los 13 añosGiacobbe

El oficialismo había impulsado este lunes por la mañana un proyecto para bajar la edad de imputabilidad a 13 años, pese al consenso logrado el año pasado con la oposición para fijarla en 14 años. Ante la resistencia, y la amenaza de perder el respaldo de sus aliados, esa misma noche terminó levantando su propia iniciativa.

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El 20,1% de los encuestados por Giacobbe prefieren mantener el piso de imputabilidad en 16 años. Se trata de la postura apoyada por el kirchnerismo en el Congreso. Los datos de la consultora fueron recolectados entre el 27 de enero y el 2 de febrero.

“Si se suman los que quieren bajar la imputabilidad a 13 y los que la quieren bajar a 14, es una mayoría muy amplia. Es evidente que, dentro de esos dos números, hay gente que votó a [Javier] Milei, [Mauricio] Macri, Cristina [Kirchner], [Sergio] Massa o a cualquier versión del kirchnerismo, del progresismo y de la izquierda”, indicó el consultor Jorge Giacobbe a . “Demuestra que los argentinos somos menos políticamente correctos que lo que creyó todo el arco de pensamiento progresista”.

A su vez, remarcó el desfase con la política que, de avanzar con el proyecto, bajaría el piso a 14 años: “El sistema político va a aprobar, de todas las posiciones de la opinión pública, la menos popular”.

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Por su parte, Julio Burdman, de la consultora Isasi/Burdman, explicó, en diálogo con , que en un estudio realizado en noviembre pasado el 68% de los encuestados mostró su apoyo a la baja de la edad de imputabilidad, frente a un 29% que la rechazó.

El 68% se muestra a favor de la baja de la edad de imputabilidad, según Isasi/BurdmanIsasi/Burdman

“Medimos varias veces esta pregunta entre mediados de 2024 y fines de 2025. El resultado siempre fue muy alto en favor de la baja de la edad de imputabilidad. En alguna medición previa [a noviembre], llegó a dar más de 70%”, sostuvo Burdman.

Y agregó: “Estos niveles de acuerdo son consistentes con una creencia muy instalada, que medimos en alguna oportunidad en provincia de Buenos Aires, de que la incidencia de los menores en el delito es muy alta. Las cifras oficiales no dicen eso, pero la sociedad evidentemente cree otra cosa”.

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En la misma línea, un estudio realizado por la consultora Sentimientos Públicos muestra que, en abril del año pasado, el 63% de los bonaerenses consideraban que la baja de la edad de imputabilidad es necesaria para combatir la inseguridad.

Para el 63% de los bonaerenses, bajar la edad de imputabilidad es necesario para combatir la inseguridadSentimientos Públicos

Además, un 60% de los consultados por Isasi/Burdman acordaron con la frase “A delito de adulto, pena de adulto” –el lema del Gobierno para la ley penal juvenil–, mientras el 28% se mostró en desacuerdo.

En contraste con la opinión pública, un grupo de obispos que integran las comisiones de Pastoral Social, Carcelaria y Cáritas de la Iglesia católica rechazaron mediante un duro documento la baja de la edad de imputabilidad. Sostuvieron que la iniciativa “responde al oportunismo electoral” y carece de sustento técnico, y en cambio pidieron priorizar políticas de salud mental y educación antes que la cárcel.

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Bajo el título “Cuando el oportunismo reemplaza al realismo”, señalaron que “el debate se está dando en un clima político en el que predomina el uso del dolor social con fines de impacto mediático”.

La discusión para modificar el régimen penal juvenil. Crédito: UNICEF Argentina / PEPE MATEO

Las organizaciones eclesiásticas rechazaron el proyecto para bajar la edad de imputabilidad. Lo consideraron una medida regresiva que “no resuelve el problema de la inseguridad, sino que lo desplaza y lo endurece”. También alertaron sobre la creciente desfinanciación en materia social.

Advirtieron, además, que el encarcelamiento temprano suele aumentar los niveles de reincidencia y violencia, en lugar de disminuirlos, y mencionaron que países con una edad de imputabilidad de 12 años, como Ecuador, Honduras y Brasil, tienen tasas de homicidio drásticamente más altas (entre 23 y 45 cada 100.000 habitantes) que la Argentina, que tiene un índice de 3,8 cada 100.000 habitantes, mientras mantiene la edad en 16 años.

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Recordaron que hay una baja incidencia en la participación de adolescentes de entre 12 y 17 años en delitos. Están presentes en el 0,42% de los procesos penales y, mayoritariamente, en delitos contra la propiedad, no homicidios.

Lo mismo sostiene un informe de Unicef, que agrega: “Los datos existentes no indican con certeza un aumento progresivo de su participación en la comisión de delitos, menos aún en niños, niñas y adolescentes menores de 16 años”.

La discusión para modificar el régimen penal juvenil. Crédito: UNICEF Argentina / PEPE MATEO

A su vez, afirma que, en la Argentina, “la reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil no requiere bajar la edad de punibilidad, algo que podría ser interpretado como un retroceso en materia de derechos humanos y como una medida regresiva”. En paralelo, advierte que experiencias internacionales demostraron que “disminuir la edad de punibilidad no ha sido una medida efectiva en el combate a la inseguridad”.

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“La utilización de la privación de libertad como medida habitual no ha servido para reducir los índices de delincuencia ni para prevenir la reincidencia”, añade. En cambio, “las políticas sociales que promueven la educación, el deporte y la salud de los adolescentes son la mejor estrategia para prevenir el delito juvenil”.


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