Connect with us

POLITICA

A partir de qué hora se puede ir a votar este 7 de septiembre en las elecciones en Buenos Aires

Published

on



Este domingo 7 de septiembre, los bonaerenses están convocados a las elecciones legislativas provinciales, donde se elegirán diputados, senadores, concejales y consejeros escolares.

Horario de votación

Los más de 40 mil centros de votación en toda la provincia abrirán a las 8:00 y cerrarán a las 18:00.

Advertisement
  • Quienes lleguen exactamente a las 18:00 y haya fila, podrán ingresar y emitir su voto.
  • Si se llega después de esa hora, no será posible votar.

Quiénes deben votar

Están obligados a sufragar todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años. Los menores de 18 y los mayores de 70 no tienen obligación de votar.

Leé también: Uno por uno, quiénes son los candidatos para las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires

Cómo consultar el lugar de votación

Para saber el centro de votación asignado, se debe consultar el padrón definitivo:

  1. Ingresar al sitio oficial de la Junta Electoral Bonaerense.
  2. Ingresar el DNI.
  3. Seleccionar el sexo según el documento.
  4. Completar el código de verificación y hacer clic en “Consultar”.

El sistema mostrará:

  • Nombre y dirección del establecimiento.
  • Número de mesa y orden para votar.
  • Distrito asignado.

Documentos válidos para votar

Para poder sufragar, es obligatorio presentar un documento que acredite la identidad, que puede ser:

  • Libreta Cívica
  • Libreta de Enrolamiento
  • DNI Libreta Verde
  • DNI Libreta Celeste
  • DNI Tarjeta

Leé también: Rige la veda electoral en PBA: qué no se puede hacer y cuáles son las multas

Justificación por no votar

Quienes no emitan su voto en estas elecciones deberán justificar su ausencia, según establece la normativa electoral.

Advertisement

Elecciones legislativas, Elecciones, Provincia de Buenos Aires

POLITICA

Cuándo entra en vigor la Reforma Laboral que aprobó Diputados

Published

on



A la reforma laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei le resta un trámite más para convertirse en ley: después de la aprobación del proyecto en la Cámara de Diputados, el Senado debe volver a tratarlo para convalidar los cambios introducidos en la cámara revisora. Este mismo viernes están convocadas las comisiones para emitir dictamen y que, así, los senadores puedan sesionar el viernes 27.

Cumplido ese paso, la ley empezará a regir cuando el Poder Ejecutivo la promulgue y publique en el Boletín Oficial, para lo cual tiene 10 días hábiles. A partir de ese momento, las relaciones laborales se regirán con la nueva normativa.

Advertisement

La reforma está agrupada en en cinco ejes temáticos: modificaciones diversas a la actual modalidad laboral; incentivos a la formalización de trabajadores y creación de empleo; una nueva dinámica en la justicia laboral para desalentar la llamada “industria del juicio”; una reforma tributaria acotada y beneficios fiscales destinadas a medianas inversiones.

Algunos de los puntos que incluye la futura ley son los siguientes:

Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al “mérito personal” del trabajador o productividad. Los únicos habilitados para el pago de salarios serán las entidades bancarias (se eliminó la posibilidad de incorporar a las billeteras virtuales).

Advertisement

Se propone una reducción de la base de cálculo: ya no se considerarán conceptos como vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios. Se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. En estos casos, las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de 6 cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.

Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales. Será del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes. La administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores. Los críticos de este esquema advierten que con esta reducción de las contribuciones patronales se desfinanciará el actual sistema previsional para abaratar los despidos.

El empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período. También de mutuo acuerdo el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.

Advertisement

Se establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas entre días de trabajo. Respecto de las horas extra, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios. Se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período de tiempo inferior a la jornada legal.

Este era el polémico artículo 44 de la iniciativa, incorporado por el Senado, que fue eliminado del proyecto que se discutirá en Diputados. Establecía que si un trabajador sufre un accidente o enfermedad ajenos a sus tareas laborales, recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses si no tiene personas a cargo o 6 meses si las tiene, siempre que el hecho derive de una actividad voluntaria y consciente. Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de su salario en los mismos plazos. Se regula el trámite de aviso de enfermedad y los controles médicos, incluyendo la facultad del empleador de designar médico y el uso de juntas médicas ante discrepancias. Al desaparecer este artículo, las licencias se seguirán pagando como en la actualidad.

Este punto recibió importantes modificaciones a favor de los gremios. Se mantendrá en el 6% la alícuota de aportes patronales que deberán hacer los empleadores a las obras sociales. Permanece vigente la llamada “cuota sindical” compulsiva que pagan los trabajadores (estén o no afiliados) a los gremios, aunque con un tope del 2% del salario mensual y por dos años. El tope baja al 0,5% en los aportes a las cámaras empresarias. Los empleadores seguirán siendo agentes de retención de las cuotas de afiliación a los gremios. El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales (los sindicatos no lograron revertir el artículo que limita la ultraactividad de los convenios colectivos).

Advertisement

El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales. En el caso de los convenios que estuviesen vencidos, el Ministerio de Capital Humano convocará a las partes para renegociar dichos convenios. En los convenios vigentes por ultraactividad, por petición de cualquiera de las partes legitimadas, el PEN podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare que su aplicación genera distorsiones económicas graves.

El proyecto define una nueva categoría laboral para el sector de las aplicaciones. Crea la figura de repartidor independiente y habilita la libertad de formas de contrato. La iniciativa establece que este vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.

La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales”, al menos el 50%. El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas: se incluyen, entre otros, los servicios educativos en sus tres niveles. Las fuerzas de seguridad deberán prestar cobertura en un 100%. Las asambleas de trabajadores tendrán que contar con autorización previa del empleador.

Advertisement

El proyecto propone un programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. La reglamentación correrá por cuenta del PEN una vez aprobada la ley.

En los hechos, sí, sostiene la oposición. El programa incluye la condonación de hasta el 70% de deudas por capital e intereses cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social, la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y la extinción de la acción penal prevista en el artículo 16 del Régimen Penal Tributario.

El proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), programa que tendrá un año de duración. Por cada nuevo trabajador, el empleador pagará menores contribuciones patronales (solo un 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones). Las nuevas incorporaciones deberán cumplir con alguna de estas condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo o haber sido empleado público.

Advertisement

Se establece que los acuerdos entre trabajadores y empleadores que se firmen ante la Justicia o una autoridad laboral y sean homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme; es decir, no podrán reabrirse luego en los tribunales, lo que busca reducir la litigiosidad. Asimismo, se imponen topes en los honorarios de los abogados y peritos. En los juicios laborales, el pago de las costas procesales, incluidos los honorarios profesionales, no excederán del 25% del monto de la sentencia.

Se incorpora como anexo el convenio firmado entre la Nación y el gobierno porteño que establece el progresivo traspaso de la Justicia Nacional de Trabajo y la transferencia de las competencias y funciones en materia laboral ordinarias a la justicia porteña por un lado, y la derivación de competencias en materia laboral de carácter federal a los juzgados en lo contencioso administrativo federal. La Nación se compromete a transferir al gobierno porteño los recursos correspondientes.

IVA: se propone su exención a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego para el sector agroindustrial

Advertisement

Internos: se elimina el gravamen a productos electrónicos; objetos suntuarios; automotores, motos, aeronaves y embarcaciones; celulares; seguros, y servicios de comunicación audiovisual.

En 2028 se dará de baja el fondo que financia la actividad cinematográfica, que se nutre de un impuesto del 10% sobre las entradas de cine, un 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y un 25% de la recaudación del Enacom. El texto original preveía su eliminación inmediata.

Se crea Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para incentivar medianas inversiones nacionales y extranjeras. Entre los beneficios se destaca la amortización acelerada y devolución anticipada de IVA a inversiones. Regirá por dos años.

Advertisement

Está destinado a pequeñas y medianas empresas interesadas en invertir en la la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como a la realización de obras destinadas a actividades productivas en el país. El monto de las inversiones varía según la envergadura de la empresa, de U$S 150.000 a U$S 9 millones.

Posibilita la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, es decir, permite a los beneficiarios depreciar sus inversiones productivas en plazos más cortos. Facilita, además, la devolución de saldos a favor de IVA generados por las inversiones, sujeta a un cupo presupuestario anual y a un plazo de tres períodos fiscales.


reforma laboral,Reforma laboral,Javier Milei,Conforme a,Reforma laboral,,Uno por uno. Así votó cada diputado el proyecto de reforma laboral de Milei,,Sesión caliente. Del himno peronista de Kelly Olmos al exabrupto de Agustina Propato: las perlitas del debate por la reforma laboral,,“El cambio avanza”. Las primeras reacciones del arco político a la aprobación de la reforma laboral en Diputados

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

La CGT amenazó con judicializar la reforma laboral si es aprobada en el Congreso

Published

on


El secretario general de la CGT, Jorge Sola, confirmó en una entrevista con Infobae que la organización sindical llevará la reforma laboral ante los tribunales en caso de ser aprobada por el Congreso.

“La vamos a judicializar. Hay dos principios constitucionales que están conculcados: el 14 bis y el de no regresividad de los derechos sociales”, afirmó el dirigente. Sola sostuvo que el proyecto gubernamental pretende convertir a los trabajadores en “engranaje de un mecanismo de producción” en lugar de considerarlos el centro de la escena, fundamentando así el rechazo absoluto a la iniciativa.

Advertisement

Respecto al contenido de la ley, el dirigente cuestionó que se utilice el término “modernización”, calificándolo como un “título romántico”, ya que, según su visión, la norma no aborda tecnología ni robótica, sino que licúa indemnizaciones y limita el derecho de huelga.

Sola denunció una transferencia de recursos de los trabajadores a los empleadores de unos seis mil millones de dólares y advirtió sobre los riesgos del banco de horas: “Permite que el empleador, en acuerdo con el trabajador, decida: ‘No te pago horas extra, te las tomás cuando baje la producción’. ¿Quién define cuándo se toman? El empleador”.

Advertisement

El paro general de la CGT generó pérdidas por USD 489 millones: los sectores más perjudicados

Al evaluar la jornada de protesta del 19 de febrero, el secretario gremial aseguró que “fue el más importante de los cuatro que se han hecho en este gobierno”, destacando un alto acatamiento entre los nueve millones de trabajadores formales y el acompañamiento de pequeñas y medianas empresas.

Sola explicó que la huelga buscó llamar la atención de un Ejecutivo que no ha habilitado instancias de diálogo: “Hicimos 12 movilizaciones, 4 paros, y no están sentados los trabajadores en un proyecto donde se tratan sus propios intereses”.

Finalmente, el referente de la CGT insistió en que el plan de acción no concluye con la huelga y que la vía judicial es inevitable debido a la violación de tratados internacionales. “El Pacto de San José de Costa Rica lo dice claramente: una vez que tenés un derecho, no podés bajar de ese nivel”, remarcó.

Advertisement

La entrada La CGT amenazó con judicializar la reforma laboral si es aprobada en el Congreso se publicó primero en Nexofin.

CGT,Diputados,Jorge Sola,Reforma Laboral

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

Qué es la Reforma Laboral de Javier Milei que aprobó Diputados y cuáles son los principales puntos

Published

on


El gobierno de Javier Milei consiguió aprobar en la Cámara de Diputados el proyecto de reforma laboral que ya tenía media sanción del Senado. Al haberse eliminado el artículo 44, que imponía descuentos a los trabajadores que faltaran por enfermedades o lesiones, el texto volverá a la Cámara alta para su sanción definitiva. Con poco más de 200 artículos, la reforma está agrupada en en cinco ejes temáticos: modificaciones diversas a la actual modalidad laboral; incentivos a la formalización de trabajadores y creación de empleo; una nueva dinámica en la justicia laboral para desalentar la llamada “industria del juicio”; una reforma tributaria acotada y beneficios fiscales destinadas a medianas inversiones.

CGT: cuarto paro general contra el Gobierno; rechazo a la reforma laboral

A continuación se presenta un detalle de los aspectos principales del proyecto, incluidas las modificaciones ya incorporadas.

Advertisement

El proyecto incorpora cambios profundos en las relaciones de trabajo, flexibiliza las condiciones de contratación y modifica sustancialmente el esquema de indemnizaciones.

¿Habrá cambios en las remuneraciones?

Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al “mérito personal” del trabajador o productividad. Los únicos habilitados para el pago de salarios serán las entidades bancarias (se eliminó la posibilidad de incorporar a las billeteras virtuales).

Advertisement

En caso de despido, ¿cómo se calcularán las indemnizaciones?

Se propone una reducción de la base de cálculo: ya no se considerarán conceptos como vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios. Se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. En estos casos, las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de 6 cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.

¿Quién pagará las indemnizaciones por despido?

Advertisement

Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales. Será del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes. La administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores. Los críticos de este esquema advierten que con esta reducción de las contribuciones patronales se desfinanciará el actual sistema previsional para abaratar los despidos.

¿Qué pasará con las vacaciones?

El empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período. También de mutuo acuerdo el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.

Advertisement

¿Se reducirán o se extenderán las jornadas laborales?

Se establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas entre días de trabajo. Respecto de las horas extra, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios. Se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período de tiempo inferior a la jornada legal.

Enfermedades y accidentes de trabajo

Advertisement

Este era el polémico artículo 44 de la iniciativa, incorporado por el Senado, que fue eliminado del proyecto que se discutirá en Diputados. Establecía que si un trabajador sufre un accidente o enfermedad ajenos a sus tareas laborales, recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses si no tiene personas a cargo o 6 meses si las tiene, siempre que el hecho derive de una actividad voluntaria y consciente. Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de su salario en los mismos plazos. Se regula el trámite de aviso de enfermedad y los controles médicos, incluyendo la facultad del empleador de designar médico y el uso de juntas médicas ante discrepancias. Al desaparecer este artículo, las licencias se seguirán pagando como en la actualidad.

Antigüedad del trabajador

Se la computará desde el inicio de la relación laboral, incluyendo los sucesivos contratos a plazo que las partes hubieran celebrado. Asimismo, se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador, salvo si hubiese transcurrido un plazo de tres años entre la desvinculación y su reingreso. En ese caso la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada.

Advertisement

¿Qué pasará con las cajas sindicales?

Este punto recibió importantes modificaciones a favor de los gremios. Se mantendrá en el 6% la alícuota de aportes patronales que deberán hacer los empleadores a las obras sociales. Permanece vigente la llamada “cuota sindical” compulsiva que pagan los trabajadores (estén o no afiliados) a los gremios, aunque con un tope del 2% del salario mensual y por dos años. El tope baja al 0,5% en los aportes a las cámaras empresarias. Los empleadores seguirán siendo agentes de retención de las cuotas de afiliación a los gremios. El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales (los sindicatos no lograron revertir el artículo que limita la ultraactividad de los convenios colectivos).

Negociación de los convenios colectivos

Advertisement

El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales. En el caso de los convenios que estuviesen vencidos, el Ministerio de Capital Humano convocará a las partes para renegociar dichos convenios. En los convenios vigentes por ultraactividad, por petición de cualquiera de las partes legitimadas, el PEN podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare que su aplicación genera distorsiones económicas graves.

¿Se prevé un régimen para los trabajadores de plataformas digitales?

El proyecto define una nueva categoría laboral para el sector de las aplicaciones. Crea la figura de repartidor independiente y habilita la libertad de formas de contrato. La iniciativa establece que este vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.

Advertisement

¿Se limita el derecho de huelga?

La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales”, al menos el 50%. El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas: se incluyen, entre otros, los servicios educativos en sus tres niveles. Las fuerzas de seguridad deberán prestar cobertura en un 100%. Las asambleas de trabajadores tendrán que contar con autorización previa del empleador.

¿Qué estatutos se derogan?

Advertisement

Se derogarán cuatro estatutos profesionales (viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) transcurridos seis meses de la sanción de la ley. El estatuto del periodista profesional se derogará a partir del 1° de enero de 2027.

La reforma contiene una serie de incentivos impositivos para la contratación de nuevos trabajadores y para la registración de aquellos que están en la informalidad. El objetivo es alentar la creación de empleo registrado, aunque los críticos señalan que estos beneficios tributarios a los empleadores contribuirán a desfinanciar el sistema previsional.

¿Qué beneficios impositivos se proponen para formalizar a los trabajadores no registrados?

Advertisement

El proyecto propone un programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientes, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales. La reglamentación correrá por cuenta del PEN una vez aprobada la ley.

¿Se prevé un nuevo blanqueo laboral?

En los hechos, sí, sostiene la oposición. El programa incluye la condonación de hasta el 70% de deudas por capital e intereses cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones a la seguridad social, la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y la extinción de la acción penal prevista en el artículo 16 del Régimen Penal Tributario.

Advertisement

¿Qué incentivos se proponen para contratar nuevos trabajadores?

El proyecto crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), programa que tendrá un año de duración. Por cada nuevo trabajador, el empleador pagará menores contribuciones patronales (solo un 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones). Las nuevas incorporaciones deberán cumplir con alguna de estas condiciones: no haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo o haber sido empleado público.

La reforma introduce modificaciones en la ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo con el propósito de acelerar el traspaso del fuero laboral nacional -adverso a las políticas del Gobierno- a la órbita de la ciudad de Buenos Aires.

Advertisement

¿Qué plantea la iniciativa para reducir la litigiosidad?

Se establece que los acuerdos entre trabajadores y empleadores que se firmen ante la Justicia o una autoridad laboral y sean homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme; es decir, no podrán reabrirse luego en los tribunales, lo que busca reducir la litigiosidad. Asimismo, se imponen topes en los honorarios de los abogados y peritos. En los juicios laborales, el pago de las costas procesales, incluidos los honorarios profesionales, no excederán del 25% del monto de la sentencia.

¿Qué pasará con la Justicia Nacional del Trabajo?

Advertisement

Se incorpora como anexo el convenio firmado entre la Nación y el gobierno porteño que establece el progresivo traspaso de la Justicia Nacional de Trabajo y la transferencia de las competencias y funciones en materia laboral ordinarias a la justicia porteña por un lado, y la derivación de competencias en materia laboral de carácter federal a los juzgados en lo contencioso administrativo federal. La Nación se compromete a transferir al gobierno porteño los recursos correspondientes.

Fue uno de los capítulos más conflictivos de la reforma hasta que el Gobierno accedió, por presión de los gobernadores, a eliminar del texto la reducción del Impuesto a las Ganancias para las sociedades.

¿Habrá reducción de impuestos?

Advertisement

IVA: se propone su exención a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego para el sector agroindustrial

Internos: se elimina el gravamen a productos electrónicos; objetos suntuarios; automotores, motos, aeronaves y embarcaciones; celulares; seguros, y servicios de comunicación audiovisual.

¿Qué pasará con el financiamiento del INCAA?

Advertisement

En 2028 se dará de baja el fondo que financia la actividad cinematográfica, que se nutre de un impuesto del 10% sobre las entradas de cine, un 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y un 25% de la recaudación del Enacom. El texto original preveía su eliminación inmediata.

Se crea Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para incentivar medianas inversiones nacionales y extranjeras. Entre los beneficios se destaca la amortización acelerada y devolución anticipada de IVA a inversiones. Regirá por dos años.

¿Qué sectores podrán acogerse a este régimen? ¿A partir de qué monto?

Advertisement

Está destinado a pequeñas y medianas empresas interesadas en invertir en la la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como a la realización de obras destinadas a actividades productivas en el país. El monto de las inversiones varía según la envergadura de la empresa, de U$S 150.000 a U$S 9 millones.

¿Qué beneficios impositivos contempla?

Posibilita la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, es decir, permite a los beneficiarios depreciar sus inversiones productivas en plazos más cortos. Facilita, además, la devolución de saldos a favor de IVA generados por las inversiones, sujeta a un cupo presupuestario anual y a un plazo de tres períodos fiscales.

Advertisement

reforma laboral,artículo 44,Laura Serra,Reforma laboral,Javier Milei,Conforme a,Reforma laboral,,Sesión caliente. Del himno peronista de Kelly Olmos al exabrupto de Agustina Propato: las perlitas del debate por la reforma laboral,,“El cambio avanza”. Las primeras reacciones del arco político a la aprobación de la reforma laboral en Diputados,,“El fin de la industria del juicio”. El comunicado de la Oficina del Presidente tras la aprobación de la reforma laboral en Diputados

Continue Reading

Tendencias