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El Gobierno enfrenta un nuevo desafío: la oposición en Diputados pide interpelar a Francos por incumplir la ley de Discapacidad

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Unión por la Patria, junto a un grupo mayoritario de legisladores de Encuentro Federal y de Democracia para Siempre, firmaron el dictamen de mayoría —con 29 firmas— en el plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Peticiones, Poderes y Reglamento, encabezadas por Nicolás Mayoraz (La Libertad Avanza) y Silvia Lospennato (PRO), respectivamente.

El fundamento principal fue la no aplicación de la ley de Emergencia en Discapacidad, aprobada por el Congreso.

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Además, hubo un dictamen de rechazo rubricado por los libertarios y sus aliados del PRO, con 19 firmas, y otro de minoría con siete adhesiones, impulsado por un sector disidente de Democracia para Siempre y Encuentro Federal, entre ellos el diputado Juan Brügge (Democracia Cristiana).

Fernando Carbajal, diputado Democracia para Siempre. Foto Cámara de Diputados.

Este grupo considera que el ministro Guillermo Francos debe concurrir al recinto para ser interpelado, aunque sin promover aún una moción de censura.

El diputado Fernando Carbajal, del bloque de radicales críticos de Democracia para Siempre, explicó a TN: “El artículo 101 de la Constitución Nacional es una interpelación. Está previsto también el mecanismo de la moción de censura, pero si el resultado de la interpelación no logra el objetivo, entonces sí se abre el procedimiento de la moción de censura. Entendemos que lo correcto es llamar a la interpelación y, si no logramos que el jefe de Gabinete entienda la gravedad de los actos y revierta la política pública, está la posibilidad de avanzar en otro estamento”.

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El texto del dictamen de mayoría, defendido por Oscar Agost Carreño (Encuentro Federal), dispone la citación de Francos “a los efectos de ser interpelado por la decisión de suspender la ejecución de la Ley 27.793 de emergencia en materia de discapacidad, dejándose establecido que la moción de censura será decidida por la Honorable Cámara en la misma sesión, una vez terminada la interpelación”.

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Agost Carreño aclaró que “primero, vamos a interpelar, que explique los motivos, las razones y las circunstancias por las cuales decidió no cumplir con una ley. Luego proceder al voto si se tiene confianza o no en el Congreso respecto de las respuestas que ha dado, y si las explicaciones brindaron la confianza necesaria”.

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El ministro Guillermo Francos sería interpelado nuevamente en Diputados. Foto Cámara de Diputados.
El ministro Guillermo Francos sería interpelado nuevamente en Diputados. Foto Cámara de Diputados.

Desde el PRO, la diputada Silvana Giudici sostuvo que “el instituto de la moción de censura no solo en este caso es desproporcionado, sino que además no está reglamentado. Cuando se aplica con desmesura, desproporcionadamente o para ejercer un control político, lo que está generando es un intento de desestabilización”.

El pasado 22 de septiembre, el Gobierno nacional promulgó la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, que establece la pensión no contributiva por discapacidad para protección social, actualiza aranceles de prestaciones básicas y prevé compensaciones económicas a prestadores.

Sin embargo, la aplicación de la norma quedó suspendida hasta que el Congreso determine las fuentes de financiamiento e incluya las partidas correspondientes en el Presupuesto nacional, según lo dispuesto por el Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial.

Esa decisión generó el rechazo de un amplio abanico de legisladores opositores, de ambas cámaras del Congreso, y motivó el avance de una interpelación y una eventual moción de censura contra el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

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Los dictámenes ya quedaron habilitados para llegar al recinto de la Cámara de Diputados, donde —de aprobarse— se fijará una fecha para que el ministro se presente a responder preguntas.

Diputados Nadia Márquez (LLA) y los Pro Silvana Giudici y Gerardo Milman, en el plenario de comisiones por la interpelación del ministro Francos. Foto Cámara de Diputados.
Diputados Nadia Márquez (LLA) y los Pro Silvana Giudici y Gerardo Milman, en el plenario de comisiones por la interpelación del ministro Francos. Foto Cámara de Diputados.

En principio, enfrentará una interpelación, lo que desactiva por ahora el pedido directo de remoción del ministro coordinador.

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Qué es la moción de censura

La moción de censura es un procedimiento mediante el cual el Poder Legislativo puede exigir responsabilidad política al Ejecutivo.Se desarrolla en dos etapas:

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  1. Interpelación previa: requiere la aprobación de un pedido de interpelación para habilitar el tratamiento de la moción de censura. Puede ser promovida en cualquiera de las cámaras y necesita mayoría absoluta de los miembros.
  2. Ejecución de la moción: también demanda mayoría absoluta sobre el total de cada cámara y su efecto es la remoción del funcionario interpelado. Sin embargo, la Constitución no impide que el Presidente vuelva a nombrarlo.

Guillermo Francos, Diputados, Discapacidad

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El Gobierno trabaja en una nueva ley de inteligencia para convalidar el decreto que firmó Milei

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El primer paso fue la resurrección y reorganización de la SIDE, que en julio de 2024 reemplazó a la entonces AFI. En el último día de 2025, y ya con el contador Cristian Auguadra al frente de la inteligencia nacional en reemplazo de Sergio Neiffert, llegó el segundo cambio, que corrió los límites de los espías con el polémico DNU 941, que les brinda amplias facultades para detener personas sin la intervención de un juez y les da acceso a datos personales.

Estas y otras modificaciones generaron polémica y presentaciones judiciales de inconstitucionalidad contra el decreto.

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Por estas horas, y sin dar detalles, el gobierno de Javier Milei avanza en una tercera etapa de reformas en el ámbito de la inteligencia nacional, que sin cargo formal maneja el asesor presidencial Santiago Caputo. A diferencia de las dos anteriores, sería a través del Congreso.

En el Gobierno confirmaron a que se avanza en una nueva ley de Inteligencia que prevé incluir ítems del polémico decreto y sumar otros en la nueva legislación. La iniciativa no tiene una fecha de presentación prevista, informaron las fuentes.

“Se está trabajando”, confirmaron a este diario cerca del Presidente, aunque aclararon que la nueva ley “no está terminada y no está definido cuándo se manda”. Otras fuentes con conocimiento del proyecto agregaron que probablemente “se intentará plasmar estos cambios de aquel decreto y alguna cosa nueva” en una norma “más abarcativa”, según expresara la propia SIDE en un comunicado, en enero pasado y luego de la difusión del decreto.

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La nueva composición del Congreso, dónde la Libertad Avanza ya consiguió avanzar en proyectos de ley como la reforma laboral o el régimen penal juvenil, son un aliciente para intentar plasmar en una ley los cambios dispuestos por decreto.

El primero de ellos, que en los comienzos del gobierno de Milei habilitó a los espías a actuar como auxiliares de la Justicia y eliminó la obligatoriedad del acuerdo del Senado para nombrar al titular del organismo, fue cuestionado en la Justicia por el CELS, sin resultado hasta el momento.

El decreto 947, en tanto, generó inquietud en organismos de derechos humanos al establecer que uno de los objetivos es el de “reorientar las actividades de la citada Agencia en materia de contrainteligencia para identificar y analizar, con enfoque preventivo, amenazas a la seguridad estratégica nacional, incluyendo acciones de espionaje, sabotaje, injerencia, interferencia e influencia”. Aunque la propia SIDE lo negó en un comunicado, y tal como publicara , estos párrafos podrían terminar justificando tareas de inteligencia sobre actividades legítimas, como la militancia política o el periodismo.

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También generó alarma la habilitación al entrecruzamiento e intercambio de información entre dependencias del Estado que manejan datos personales sensibles, como Migraciones, Aduana, Renaper, Justicia, Renar y ARCA. Este punto fue cuestionado por el CELS y otras entidades en un amparo colectivo.

Los eventuales aliados en el Congreso siguieron con atención el artículo 2 de ese decreto, agregado a la Ley de Inteligencia Nacional, que establece que “todas las actividades que se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional”. La Comisión Bicameral de Seguimiento de Actividades de Inteligencia, encargada del control parlamentario de la SIDE, quedó acéfala a fines del año pasado por el paso de su hasta entonces presidente, Martín Lousteau, del Senado a la Cámara de Diputados, y aún no se constituyó.

Otro de los puntos que contiene el decreto –por ahora la herramienta legal con la que cuenta la central de espías- dispone la disolución de la Dirección de Inteligencia Estratégica Militar (Dniem) y el traslado de sus funciones al Estado Mayor Conjunto, lo que reduciría la injerencia del ministro de Defensa y refuerza el peso de la SIDE en el esquema de inteligencia de las Fuerzas Armadas.

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El decreto generó la previsible oposición de Unión por la Patria y la izquierda, aunque se sumó también el rechazo de los provinciales de Provincias Unidas y de la Coalición Cívica. En Pro y la UCR se mostraron expectantes, sin tomas de posición concretas.


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El juez que le prohibió a Claudio Tapia salir del país lo autorizó a viajar esta semana a Colombia y Brasil

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El juez en lo penal económico Diego Amarante, que el jueves pasado le prohibió al titular de la Asociación del Futbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, salir del país, le habilitó hoy una excepción y lo autorizó a viajar a Barranquilla, Colombia, y a Río de Janeiro, Brasil, entre hoy y el sábado próximo.

A cambio, le fijó una “caución real” de $5.000.000.

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Es una buena noticia para Tapia. No solo porque podrá salir del país esta semana sino por los compromisos internaciones que le esperan este año, en el que se juega el mundial de fútbol. Además, el 27 de marzo próximo, la selección argentina se enfrentará a la española por la Finalissima.

El juez relató en su fallo que Tapia había pedido que lo habilitaran a viajar “con el fin de participar de actividades oficiales en su carácter de presidente de la AFA y de vicepresidente de la Conmebol”.

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Detalló que “acompañó copias de la invitación oficial cursada por la Federación Colombiana de Fútbol para participar de un acto oficial en la ciudad de Barranquilla, del itinerario de vuelos elaborado por la firma Baires Fly S.A. y del acta del orden del día de la Reunión del Consejo de la Conmebol”. Informó que también precisó en qué hoteles planeaba alojarse, tanto en Colombia como en Brasil.

Los argumentos que citó el juez cuando le prohibió a Tapia salir del país, la semana pasada, incluyeron “la gravedad de los hechos investigados” y “la severidad de la pena” que podría corresponderles a los acusados (la medida incluye a otros dirigentes), “y en miras a garantizar la regular realización de los actos procesales que aquí se ordenan”; es decir, para garantizar que se lleven a cabo las indagatorias. No se sabe si después de esas declaraciones levantará la prohibición o si Tapia deberá pedir permiso para cada viaje.

Tapia y el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino, fueron citados a declarar en indagatoria acusados de haber retenido aportes previsionales y haber evadido el pago de impuestos. En ese mismo fallo, se les prohibió la salida del país.

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A Tapia y a Toviggino se los acusa del delito de omisión del pago de aportes de la seguridad social de jugadores y empleados. Según la denuncia inicial hubo un total de $7.593.903.512,23 en obligaciones que no fueron depositadas en tiempo y forma, dividido en dos rubros, retenciones impositivas y retenciones de la seguridad social. En la ampliación de la denuncia el monto denunciado sumó $11.759.643.331,62. El total bajo investigación supera los $19.300 millones por retenciones y aportes que no habrían sido ingresados.


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Masivo cierre de expedientes por evasión a raíz de la sanción de la ley de inocencia fiscal

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Los efectos judiciales de la denominada “ley de inocencia fiscal” se sienten con fuerza en el fuero penal económico, donde todas las fuentes consultadas por coinciden en señalar la existencia de un cierre masivo de expedientes tras la sanción de la norma y en tan solo 13 días de vigencia.

La ley fue aprobada junto al presupuesto 2026, a fines del año pasado, e incrementó en al menos un 3000% los montos mínimos a partir de los cuales se configuran los delitos tributarios, por lo que la enorme mayoría de las causas activas que tramitan en el fuero, afirman las fuentes, quedaron fuera del ámbito penal y comenzaron a caerse a un ritmo de entre 15 y 20 por día, o incluso más en algunos casos.

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Con la nueva ley, la evasión simple pasó de $1.500.000 a $100.000.000 y la agravada, de $15.000.000 a $1.000.000.000, lo que representa en ambos casos un aumento del 6567%. Todavía más lejos fue el delito de evasión a través de terceros, que creció un 9900%, al pasar de $2.000.000 a $200.000.000.

Son muy pocas las [causas] que pasan los montos”, explica un funcionario judicial en cuyo despacho quedaron apenas cuatro de las más de 300 causas que tenía, todas relativas al delito de facturación apócrifa.

El vaciamiento del fuero es un fenómeno todavía en curso porque si bien la nueva ley comenzó a regir el 2 de enero, su impacto en los tribunales empezó a sentirse recién en febrero, con el regreso de la actividad tras la feria judicial, por lo que solo estuvo operativa durante 13 días hábiles.

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Así, un extendido universo de casos abandona los estrados judiciales para pasar a ser atendido en el ámbito administrativo, relativizando el problema de las vacantes que azota a la Cámara del fuero, con solo dos jueces en las seis vocalías.

Los fiscales y ARCA, alineados

Son al menos dos las vías por las que este grupo de causas comenzó a morir: o los abogados defensores presentan un escrito pidiendo quedar al amparo de la nueva ley o son los propios jueces, basados en el principio constitucional de la ley penal más benigna, quienes actúan de oficio y cierran los expedientes.

Los fiscales, en tanto, con el mismo criterio, o no apelan la decisión de los magistrados u optan directamente por hacer caer la acusación.

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La tendencia de la mayoría de los representantes del Ministerio Público Fiscal durante los últimos años fue oponerse a la aplicación de ley penal más benigna cuando los montos punibles cambiaban o se “actualizaban” con el objetivo de no quedar tapados por la inflación. Fue la posicion que fijó el exprocurador Esteban Righi en 2012 o el actual, Eduardo Casal, en 2018.

El exprocurador Esteban Righi instruyó a los fiscales en 2012 a que apelen los cierresArchivo

La postura, sin embargo, se fue flexibilizando en los hechos porque las apelaciones de los fiscales se estrellaban contra el muro que la Corte Suprema fue construyendo con una serie de sentencias y que terminó de consolidar en 2021 con el fallo “Vidal”, que dejó asentado de manera definitiva que las nuevas leyes no eran “actualizaciones” de los montos sino normas sustantivas cuya aplicación debía ser retroactiva.

Ahora, además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio instrucciones precisas sobre el tema a sus funcionarios y equipos jurídicos. Tras la sanción de la ley, en su primer instructivo de 2026 ordenó la aplicación “universal e irrestricta” del principio de la ley penal más benigna y el reconocimiento de los nuevos montos mínimos en la causas ya iniciadas.

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A diferencia de otras épocas, los fiscales y ARCA hoy están alineados”, señala el juez Marcelo Aguinsky, que tiene a su cargo dos de los once juzgados del fuero Penal Económico. En línea con el espíritu de la nueva normativa, el magistrado considera que también debería actualizarse el monto que divide la frontera entre una infracción aduanera del delito de contrabando, hoy fijado en 500.000 pesos.

Alivio para un empresario

La semana pasada, la Casación puso en movimiento la nueva ley, al revertir una condena contra G.G.M S.A, una empresa de calzado que era agente de retención y había quebrado, y su presidente, Guillermo Andrés Gotelli, condenado a dos años y seis meses de prisión.

En abril de 2024, el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº2 los encontró culpables del delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social en 29 períodos entre los años 2012 y 2015.

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Sin embargo, el jueves pasado la Justicia dio vuelta la sentencia. La Sala III de la Casación sostuvo que los montos mensuales retenidos por la empresa en cada uno de esos periodos eran inferiores al nuevo umbral de $3.500.000, por lo que, en virtud de la nueva ley y el principio constitucional de la ley penal más benigna, no había delito.

Los camaristas Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Juan Carlos Gemignani resolvieron “remitir la presente causa al Tribunal Oral en lo Penal Económico N°2 de esta ciudad a los fines de que resuelva acerca de la atipicidad de la conducta enrostrada a los nombrados”.

Los “peces gordos”

Los detractores de la ley sostienen que los nuevos montos son demasiado elevados y que se trata prácticamente de una “amnistía fiscal”, mientras que sus partidarios, como los jueces Aguinsky y Borinsky, argumentan que, con ella, el Estado concentra sus esfuerzos y recursos en perseguir penalmente solo a los “grandes evasores” y que el resto de los casos no quedan impunes, sino que se abordan desde una perspectiva administrativa, con sanciones o multas.

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“La medida apunta a dotar de mayor coherencia al sistema y a delinear una política criminal verdaderamente focalizada en los grandes evasores”, marcó el juez Borinsky en una columna sobre el tema de reciente publicación.

“Al mismo tiempo, al desplazar los casos de menor entidad al ámbito administrativo, se favorece una resolución más ágil y eficiente orientada al cobro efectivo de las deudas, lo que incluso puede traducirse en una mejora de la recaudación fiscal”, escribió en Infobae.

Un caso contra “grandes evasores” es la denuncia que ARCA impulsó en diciembre contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que abrió la causa en la que su presidente, Claudio “Chiqui” Tapia, y su tesorero, Pablo Toviggino, entre otros dirigentes, fueron llamados a indagatoria por el juez Diego Amarante.

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El monto total denunciado por ARCA asciende a más de 19.000 millones de pesos, que abarcan un total de 35 períodos mensuales reclamados, 18 son por retención tributaria y 17 por retención de aportes previsionales.


“ley de inocencia fiscal”,Federico González del Solar,Conforme a

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