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La ANMAT retiró del mercado un jabón para la ropa importado por no contar con un rótulo en español

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Esta madrugada la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de un jabón líquido para la ropa y unas bombas de infusión. Además, confirmó la baja de una empresa que se dedicaba a la creación de productos farmacéuticos.

Por medio de la publicación de las disposiciones 259/2026, 492/2026 y 499/2026 en el Boletín Oficial, el organismo aclaró que en los tres casos se habían detectado irregularidades relacionadas con la habilitación y/o inscripción en el registro correspondiente.

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En el caso del detergente importado, la ANMAT especificó que se trataba de un producto de la marca “Tide ORIGINAL”, que no contaba con ningún rótulo en español. Por este motivo, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal propuso la prohibición de venta y uso de todos los lotes de este producto en territorio argentino.

Entre las recomendaciones del área técnica, se sugirió además el inicio de un sumario sanitario contra la empresa GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. y su directora técnica, Marcela Ester Falguera, debido al incumplimiento de disposiciones relativas al correcto rotulado en idioma nacional y a la obligación de conservar contramuestras de los productos comercializados.

La investigación comenzó tras una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios, donde se advertía que el detergente para ropa “Tide Original. 17 LOADS BRASSEES. 739 ml. P&G. smartlabel” estaba a la venta en un supermercado Carrefour de Pilar, provincia de Buenos Aires, sin ningún sobrerotulado en español. El producto poseía únicamente inscripciones en inglés y no incluía el número de registro nacional exigido para su comercialización.

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Se trata de un producto importado (Imagen Ilustrativa Infobae)

La firma GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. se encuentra inscripta ante la ANMAT bajo el RNE N° 020048208 como importador y exportador de productos de uso doméstico. Aunque al principio sus representantes afirmaron desconocer el origen del lote denunciado, más tarde reconocieron su responsabilidad cuando se aportó una muestra que permitió identificar el número de lote.

Frente a esto, la empresa declaró entonces que no contaba con contramuestras del mismo, contraviniendo las exigencias regulatorias para la trazabilidad en el sector. Asimismo, el área técnica ordenó el retiro inmediato del lote afectado, sometiéndolo a seguimiento para evitar su circulación en el mercado.

Respecto al lote de bombas de infusión, el organismo explicó que la decisión se debía a una denuncia realizada por la empresa ICU Medical Argentina S.R.L., que reportó el extravío de varias unidades de bombas de infusión Plum A+TM (números de serie: 18314614, 18313908, 18311337, 18313170, 18312661, 18302456, 18301723) y Plum360TM (número de serie 20852391).

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Con el objetivo de resguardar la seguridad de eventuales usuarios y adquirentes, se prohibió el uso, comercialización y distribución a nivel nacional de los equipos debido a que se desconoce el estado y condición en las que se encuentran.

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No obstante, aclararon que ambos dispositivos, clasificados como riesgo III y registrados a nombre de la compañía denunciante, están destinados a infusiones parenterales, enterales y epidurales, y, en el caso de la bomba Plum360TM, también a la administración de sangre o productos sanguíneos.

Por último, informaron que la empresa IDEFARMA S.R.L. fue dada de baja como establecimiento habilitado para el acondicionamiento de especialidades medicinales, tras constatarse la ausencia de actividad desde su habilitación inicial en su planta de Adrogué, provincia de Buenos Aires.

La decisión se produjo después de que el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) diera su conformidad al procedimiento, una vez acreditada la inactividad de la empresa. Previo a esto, la firma había sido habilitada para el acondicionamiento primario de especialidades medicinales sólidas en blisters, cintas y sobres, todos ellos no estériles y sin principios activos betalactámicos, citostáticos ni hormonales, así como para tareas de acondicionamiento secundario.

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De acuerdo con la Ley N° 16.463, las operaciones vinculadas a la producción, comercialización, fraccionamiento y otras actividades sobre medicamentos solo pueden realizarse con autorización expresa y control de la autoridad sanitaria, y en establecimientos que cumplan con las regulaciones vigentes para proteger la salud pública y la economía del consumidor.

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La polémica frase que dijo un diputado kirchnerista en medio del debate por la baja de la edad de imputabilidad

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El diputado kirchnerista Horacio Pietragalla pronunció una polémica frase al justificar su voto durante el tratamiento del proyecto para bajar la edad de imputabilidad a 14 años, que obtuvo media sanción en Diputados. “Fue digno cuando empezó a delinquir”, dijo el legislador.

Durante su intervención, Pietragalla citó el libro “El niño resentido”, donde el poeta, ensayista y director de cine, César González, relata con crudeza su infancia y adolescencia en la villa Carlos Gardel, de El Palomar.

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Leé también: Tras un debate caliente, Diputados le dio media sanción a la ley que baja la edad de imputabilidad a 14 años

“En estos días leí un libro que se llama ‘El niño resentido’, de César González, que es un escritor que se crió en una villa del conurbano bonaerense y él contaba que compartían un cepillo de dientes entre todos los hermanos, que su menú habitual era fiambre, pan y mate cocido, y que la única dignidad que tuvo fue delinquir”, relató el diputado camporista.

Y siguió: “Empezó a ser digno cuando empezó a delinquir y a poder llevarle un plato de comida distinto a su familia”.

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A partir de esta analogía, Pietragalla defendió su voto en contra de la iniciativa del Gobierno que finalmente fue aprobada.

Diputados le dio media sanción a la ley que baja la edad de imputabilidad a 14 años (Foto: X/@MenemMartin).

“Llevar adelante una ley que baja la edad de imputabilidad no resuelve nada. Al contrario, genera más violencia y va a generar cada vez más persecución a los pibes de nuestros barrios”, aseguró.

Para el diputado K, esta ley se trata de un “proyecto clásico neoliberal” y que “va a ser aplicada sobre todo a los niños y niñas más pobres de nuestro país”.

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Diputados le dio media sanción a la ley que baja la edad de imputabilidad a 14 años

Este jueves, la Cámara de Diputados le dio media sanción al nuevo Régimen Penal Juvenil que busca bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Ahora pasará al Senado.

El oficialismo reunió el respaldo de sus aliados habituales —el PRO, la UCR y el MID− y sumó apoyos parciales de los bloques de Provincias Unidas, Innovación Federal y los sanjuaninos del bloque Producción y Trabajo. En total, el proyecto obtuvo 149 votos a favor y 100 en contra.

Leé también: Uno por uno, cómo votó cada diputado en el debate por la baja de la edad de imputabilidad

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El proyecto propone bajar a 14 años la edad a partir de la cual una persona puede ser considerada penalmente responsable.

Aun así, limita el uso de la cárcel efectiva: solo se habilitaría en casos de delitos de alta gravedad, aquellos cuya pena prevista sea de diez años o más.

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El Gobierno adelantó que no aceptará cambios en la reforma laboral: “La ley es esta”

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Tras la media sanción del Senado, el gobierno de Javier Milei, celebra la aprobación de la ley de reforma laboral, que fue acompañada por 42 votos, entre ellos del PRO, el radicalismo y los bloques provinciales aliados.

Ahora, el proyecto debe tratarse en la Cámara de Diputados, en donde el oficialismo advirtió que no aceptará que se le realicen correcciones al texto parlamentario.

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El Senado le dio media sanción a la reforma laboral

“Tenemos la última palabra, con lo cual, si Diputados cambia cosas, a menos que haya algo que nosotros no nos hayamos dado cuenta y sea mejor, no vamos a cambiar la ley”, aseguró la presidenta del bloque de La Libertad Avanza (LLA), en el Senado, Patricia Bullrich.

La exministra de Seguridad Nacional, destacó que: “la ley ya está, es esta. Es esta, es esta, o sea, si le cambian en Diputados tendríamos que cambiar lo que lo que ya aprobó el Senado”.

Milei celebró la media sanción de la reforma laboral: “Un punto de inflexión en la historia”

“Nosotros recibimos a más de mil quinientas organizaciones, trabajamos parte de diciembre, la mitad de enero y hasta ayer le hicimos cambios al proyecto. El último fue durante la medianoche, con el consenso de los cuarenta y cuatro senadores que son parte de este grupo, con el que trabajamos juntos”, remarcó la legisladora libertaria.

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Respecto a la intención del Gobierno de que la ley salga durante las sesiones extraordinarias decretas por Milei, la exfuncionaria indicó: “Esperemos que le hagan el tratamiento más rápido posible para llegar al 1° de marzo con esta ley votada”.

 

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Ley de reforma laboral: qué dice sobre las indemnizaciones

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El Gobierno consiguió la aprobación del proyecto de reforma laboral en el Senado, con 42 votos a favor y 30 en contra; pero la iniciativa original tuvo modificaciones pedidas por los distintos bloques y es importante saber qué cambios se implementarán y, entre otros puntos, qué dice sobre las indemnizaciones.

Lo que dice la Ley de reforma laboral sobre el cálculo de las indemnizacionesFreepik

Entre los diversos puntos que se presentaron para el tratamiento parlamentario, el cálculo y financiamiento de las indemnizaciones por despido es uno de los que concentra mayor atención.

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La primera modificación es que ya no se considerarán conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios en la base de cálculo de las indemnizaciones por despido.

A su vez, se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador.

Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual.

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Respecto de la forma de pago de las indemnizaciones, la nueva normativa indica que las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de seis cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.

El proyecto contempla la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales.

El Gobierno logró media sanción para la reforma laboral

Estos porcentajes se ubican en el 1% para las grandes empresas, y en el 2,5% para las pymes. cabe destacar que la administración de los recursos recaerá en la Comisión Nacional de Valores.

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El texto del proyecto de ley de la reforma laboral propone que el empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. De todos modos, las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período.

Otro punto relevante del documento habla sobre el fraccionamiento de las vacaciones de mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador. Esto será posible siempre y cuando cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.

La reforma laboral establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas. Respecto de las horas extras, el empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios.

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En tanto, se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período inferior a la jornada legal.

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