POLITICA
El Gobierno relevó 9.400 personas en situación de calle en 19 provincias: no se contabilizó Buenos Aires

El Ministerio de Capital Humano de la Nación, a cargo de Sandra Pettovello, realizó el primer Relevamiento Nacional de Personas en Situación de Calle, un relevamiento hecho en conjunto con 19 provincias que dio como resultado una cifra total de 9.421 personas, de las cuales el 83% son varones y el 17% mujeres.
El operativo, coordinado por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y la Subsecretaría de Promoción Humana, implicó la participación simultánea de equipos nacionales y provinciales que emplearon una plataforma digital especialmente diseñada, llamada DataCalle, integrada al Sistema Social (SiSoc), la cual fue utilizada por 17 de las 19 administraciones provinciales participantes.
“Convocamos a todas las provincias y diecinueve se adhirieron. Por primera vez, no solo se llevó adelante este relevamiento, sino que además fue digital”, afirmó Martín Lepera, subsecretario de Promoción Humana, durante una conversación con este medio. “Recorrimos la calle y también los dispositivos, y cargamos los datos en una aplicación que permite trabajar sin conexión. A las ocho de la mañana cada provincia ya tenía sus resultados en un tablero”, agregó.

Solo 5 provincias —Provincia de Buenos Aires, La Rioja, Santiago del Estero, Formosa y Tierra del Fuego— no participaron del operativo. Sobre las razones de esta ausencia, Lepera explicó: “No nos dieron motivos, los citamos y convocamos formal e informalmente, pero no manifestaron objeciones metodológicas”.
El relevamiento se realizó durante una misma noche en todas las jurisdicciones, combinando una metodología observacional con entrevistas voluntarias. “El ochenta y cuatro por ciento de las personas accedió a responder el cuestionario”, detalló Lepera. De ese universo, el 91% tiene Documento Nacional de Identidad (DNI).
Del total de personas censadas, el 92% son mayores de 18 años y el 6% menores, mientras que el 2% restante no pudo ser observado con precisión. El relevamiento también arrojó información sobre la trayectoria en situación de calle: el 32% lleva más de dos años en esa condición, el 18% entre uno y dos años, y el 9% menos de un mes. Motivos como el consumo problemático, conflictos familiares, separación o exclusión del hogar emergen entre las causas principales.
En cuanto al nivel educativo, el 52% completó la educación primaria pero no terminó la secundaria, el 16% tiene la primaria incompleta o ninguna escolaridad, el 16% concluyó la secundaria y el 9% posee estudios superiores. “Estos datos nos permiten desmitificar ciertos prejuicios: la situación de calle no se resuelve solo con una cama, requiere un abordaje integral”, puntualizó Lepera.
La dimensión laboral, según el informe al que accedió Infobae, muestra que el 53% de las personas realiza alguna actividad laboral: el 43% en trabajo informal, el 27% en economía popular y el 25% en estrategias de supervivencia, como tareas callejeras. Además, el 56% percibe transferencias sociales, el 30% ingresos previsionales y el 8% otros ingresos.

Sobre las condiciones de vida, el 44% asiste a comedores, el 46% duerme en dispositivos de alojamiento (refugios, paradores o centros transitorios) y el 40% en la vía pública. El 15% manifestó tener alguna discapacidad, aunque solo el 42% de ese grupo cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
El relevamiento fue posible a partir de un proceso de trabajo técnico y político conjunto entre la Nación y las provincias, con una estandarización metodológica que permitió la comparabilidad federal. “Pasamos de la reacción ante la urgencia a la planificación, de la dispersión a la coordinación, de la intuición a la evidencia”, describieron en Capital Humano.
El operativo cumple con lo dispuesto por la Ley 27.654, que exige la elaboración de un diagnóstico federal sobre las personas en situación de calle y aquellas en riesgo, con el fin de orientar políticas que garanticen su identidad e integridad física.
De cara al futuro, la secretaría anticipó que el relevamiento nacional se realizará una vez al año, tal como establece la normativa vigente. “Este primer relevamiento es un piso para seguir consolidando el plan de abordaje integral y fortalecer la red nacional de dispositivos. El año próximo vamos a trabajar para que las provincias que no participaron se sumen, y avanzar en la creación de un sistema federal de dispositivos de atención”, sostuvo el secretario de Niñez, Adolescencia y Familia, Juan Bautista Ordóñez.
En relación al sistema de contenidos, el Ministerio de Capital Humano publicó este lunes la Resolución 295/2026 que crea el programa Formando Capital Humano, un portal virtual que reúne una oferta de cursos y programas armados desde la cartera ministerial para diferentes sectores etarios, pasando de la infancia hasta la tercera edad.
Además, destacó que la herramienta “agrupa todos los contenidos por ciclos de vida” y permite que cada usuario arme su propio trayecto de aprendizaje de acuerdo a sus intereses y características.
La plataforma fue desarrollada bajo el concepto mobile first, ya que el 95% de los potenciales beneficiarios accede a internet principalmente desde un teléfono celular, mientras que el acceso a computadoras no supera el 10%. El portal integra contenidos y recursos de la Secretaría de Educación, la Secretaría de Trabajo y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.

Entre las principales innovaciones, la plataforma ofrece test de autoconocimiento apoyados en inteligencia artificial, que perfilan a cada usuario y recomiendan cursos adecuados según sus habilidades y conocimientos. “La persona no se tiene que adaptar totalmente a la plataforma, sino que la plataforma se adapta a vos”, señaló Lepera. Además de cursos con certificación, se incluyen recursos descargables que pueden consultarse sin conexión, y un recetario que permite filtrar contenidos de nutrición según la ubicación, la estación y los ingredientes disponibles, lo que contribuye a mejorar la alimentación en todo el territorio.
El sistema también incorpora el “voucher Formando Capital Humano”, un mecanismo que reemplaza los subsidios directos del plan “Volver al Trabajo”. Los exbeneficiarios pueden acceder a un cupón que habilita la inscripción a cursos, con un seguimiento digital de su uso y estado. Actualmente, la plataforma cuenta con más de 1.500 centros de formación profesional adheridos, 4.500 cursos y más de 6.800 comisiones.
Guido de Graaff, subsecretario de Políticas Sociales, reemarcó que la plataforma permite unificar datos y recomendar trayectos formativos en función de las tendencias del mercado de trabajo local, lo cual facilita la inserción laboral. “El vínculo con el sector privado y orientar las capacitaciones hacia lo que sea demandado es condición sine qua non de lo que vamos a ofrecer de formación”, aclaró.
Por su parte, Ordóñez definió al portal como “un acompañamiento de trayectoria profesional, de formación, de gente que no está en el sistema laboral o profesional de la manera habitual”. Ordóñez resaltó la integralidad del sistema y su alcance nacional, que permite a cualquier usuario, incluso en zonas rurales o comunidades alejadas. Desde su lanzamiento, la plataforma superó las 150.000 visitas, el 91% de ellas desde dispositivos móviles, y fue destacada por organismos internacionales como el PNUD, que solicitó documentar el proceso para presentarlo como una iniciativa regional en tecnología y política social.
POLITICA
La Justicia Federal ordenó recuperar las clases perdidas por los paros en colegios universitarios de San Juan

La Justicia Federal ordenó a la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) recuperar los días y las horas de clase perdidos durante los paros docentes en tres colegios secundarios que dependen de esa casa de estudios. El fallo hizo lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por un grupo de padres de alumnos y estableció un plazo de cinco días para que las autoridades universitarias comuniquen un plan destinado a garantizar la finalización del ciclo lectivo 2026.
La decisión fue adoptada el viernes 9 de octubre por el juez federal Leopoldo Rago Gallo, titular del Juzgado Federal N.º 1 de San Juan, en el expediente FMZ 39628/2026, caratulado “Fornes Martín, Francisco Daniel y otros c/ Universidad Nacional de San Juan s/ amparo Ley 16.986”.
La resolución se conoció mientras las autoridades universitarias, los gremios docentes y las organizaciones estudiantiles preparaban una nueva Marcha Federal Universitaria para el jueves frente al Congreso de la Nación. La convocatoria tiene como principales reclamos el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario, la recomposición salarial de docentes y trabajadores, y el presupuesto destinado al funcionamiento de las universidades públicas.
El pronunciamiento judicial incorporó otro aspecto del conflicto educativo: la continuidad de las clases en los establecimientos secundarios que dependen de universidades nacionales y la recuperación de los contenidos afectados por las medidas de fuerza.

Las familias denunciaron 41 jornadas sin clases
El caso comenzó con una presentación de familias de alumnos de la Escuela Industrial “Domingo Faustino Sarmiento”, la Escuela de Comercio “Libertador General San Martín” y el Colegio Central Universitario “Mariano Moreno”. Los tres establecimientos integran el sistema de institutos preuniversitarios de la Universidad Nacional de San Juan.
Los padres promovieron una acción de amparo colectivo para solicitar que las autoridades garantizaran el calendario escolar, los días mínimos de clase y el dictado de los contenidos correspondientes al año en curso.
Según el relevamiento realizado por las familias, los establecimientos habían acumulado 41 jornadas sin clases por medidas de fuerza docentes. Esa cifra fue uno de los antecedentes utilizados para fundamentar la presentación judicial. El registro elaborado por los padres reunió información sobre las interrupciones de actividades durante 2026.
La organización de las familias comenzó durante el ciclo lectivo y derivó en la presentación del amparo el 24 de septiembre. De acuerdo con la información difundida en San Juan, el grupo reunió a más de 600 familias vinculadas a los establecimientos, impulsó una colecta para afrontar los gastos del proceso y obtuvo adhesiones al reclamo.
El expediente llegó al Juzgado Federal N.º 1, que examinó la documentación presentada y las obligaciones legales vinculadas con la educación secundaria.
En sus fundamentos, el magistrado sostuvo que los elementos incorporados al expediente permitían considerar acreditadas, con el grado de verosimilitud exigido para una cautelar, las reiteradas interrupciones en el dictado de clases de los tres establecimientos durante 2026.
El juez también señaló que las familias habían realizado presentaciones ante el Rectorado para solicitar medidas que garantizaran la continuidad educativa y que, al momento de resolver, el expediente carecía de constancias sobre un programa de recuperación de las actividades afectadas.
La resolución estableció una obligación concreta para la Universidad Nacional de San Juan: adoptar medidas académicas, administrativas y organizativas que garanticen la conclusión del ciclo lectivo, la recuperación de las jornadas y horas afectadas y el dictado de los contenidos curriculares obligatorios.
La orden judicial alcanza al Rectorado, a la Secretaría Académica y a las autoridades de los tres colegios preuniversitarios. También dispone que la universidad comunique a la comunidad educativa un Plan Extraordinario de Continuidad y Recuperación Pedagógica dentro del plazo de cinco días establecido en la resolución.
El fallo hizo referencia a la Ley 25.864, que establece un mínimo de 180 días efectivos de clase para los establecimientos educativos comprendidos en su alcance. Esa legislación contempla mecanismos de compensación cuando se producen interrupciones que afectan el cumplimiento del calendario escolar.
También mencionó la resolución del Consejo Federal de Educación que fijó un piso de 190 días y la normativa interna de la Universidad Nacional de San Juan, que establece 33 semanas de actividades escolares para sus institutos preuniversitarios.
El magistrado examinó esas disposiciones junto con los derechos constitucionales involucrados en el conflicto: el acceso a la educación de los estudiantes y el ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores docentes.
Uno de los fundamentos centrales de la resolución estableció: “Ambos derechos -educación y huelga- deben ser armonizados de manera que ninguno importe la anulación del otro”.
En ese sentido, Rago Gallo sostuvo que corresponde preservar las medidas gremiales legalmente previstas y, al mismo tiempo, exigir a las autoridades educativas que garanticen la continuidad pedagógica, recuperen las jornadas afectadas y aseguren el desarrollo de los contenidos obligatorios.
El juez dejó pendiente la prestación educativa mínima durante los paros

El fallo también abordó la autonomía de las universidades nacionales, reconocida por el ordenamiento jurídico argentino.
“La autonomía académica e institucional de la Universidad le permite seleccionar los medios pedagógicos y organizativos que estime adecuados, pero no la exime del cumplimiento de las obligaciones vinculadas con la duración del ciclo lectivo y la compensación de los días de clase perdidos”, expresó el juez.
A partir de esa consideración, la resolución dejó en manos de las autoridades universitarias la definición de los mecanismos académicos y administrativos para recuperar las clases. La intervención judicial se concentró en exigir el cumplimiento de las obligaciones educativas correspondientes al ciclo lectivo.
El magistrado también analizó la situación de los estudiantes ante la proximidad de la finalización del año escolar. Según explicó, la demora en adoptar medidas de recuperación reduce las posibilidades de completar las jornadas y los contenidos pendientes.
El escrito judicial citó el artículo 14 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho de enseñar y aprender, y la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece la consideración primordial del interés superior de niñas, niños y adolescentes.
En este punto, la resolución sostuvo que la documentación aportada por los demandantes resultaba suficiente para considerar configurada, de manera preliminar, una afectación del desarrollo del ciclo lectivo.
Los padres también habían solicitado que, durante las medidas de fuerza, la universidad garantizara una prestación educativa mínima del 75%, en los términos de la normativa sobre actividades esenciales invocada en la demanda.
El juez dejó ese pedido pendiente de resolución, al considerar que requiere un debate más profundo, la producción de pruebas y la intervención de las partes. La cautelar concedida se limitó a ordenar la continuidad y la recuperación pedagógica, mientras continúa el trámite del amparo.
La distinción quedó expresamente planteada en el fallo, que hizo lugar parcialmente a la pretensión de las familias y aclaró que la decisión cautelar constituye una respuesta provisoria, previa a la sentencia sobre el fondo del conflicto.
La resolución también estableció las condiciones procesales para la continuidad del trámite y la vigencia de la medida.
Después de conocerse el pronunciamiento, los padres autoconvocados difundieron una comunicación dirigida a las familias de los estudiantes para informar el resultado del amparo. Allí explicaron que la Justicia había aceptado parcialmente su presentación y resumieron las obligaciones impuestas a la universidad.
La organización destacó que el fallo reconoció las interrupciones reiteradas en el dictado de clases y la necesidad de contar con un plan de recuperación. La comunicación también informó sobre el plazo otorgado a las autoridades universitarias para presentar las medidas correspondientes.
El caso se desarrolló en un contexto de medidas de fuerza del sector universitario, vinculadas con los reclamos salariales y presupuestarios que atravesaron a las universidades nacionales durante 2026.
Las organizaciones docentes y las autoridades universitarias mantuvieron sus reclamos por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, mientras el Gobierno sostuvo su posición sobre las partidas presupuestarias y la política de financiamiento del sistema.
La discusión también llegó a los tribunales y al Congreso de la Nación, donde la cuestión presupuestaria universitaria fue uno de los temas de confrontación entre el oficialismo y la oposición.

En ese escenario, el Frente Sindical de Universidades Nacionales, junto con el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Universitaria Argentina, convocó a una nueva movilización para el jueves 15 de octubre, a las 13.30, frente al Congreso.
La convocatoria incluyó el reclamo por la aplicación plena de la legislación de financiamiento, la actualización salarial y los recursos necesarios para el funcionamiento de las casas de estudio, en paralelo con la discusión del Presupuesto 2027.
El fallo de San Juan se conoció seis días antes de esa movilización y quedó circunscripto a la situación de los tres colegios secundarios dependientes de la universidad provincial.
La medida judicial dispuso que las autoridades de esos establecimientos, junto con el Rectorado y la Secretaría Académica, definan cómo recuperar las jornadas y los contenidos afectados durante 2026.
El cumplimiento de esa orden y la continuidad del expediente determinarán los próximos pasos del proceso iniciado por las familias, mientras sigue abierta la discusión nacional sobre el financiamiento de la educación universitaria.
POLITICA
Comenzó el traslado de presos de Devoto a Marcos Paz: llevaron a los primeros 326 internos en un fuerte operativo de seguridad

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Nación iniciaron este fin de semana el traslado gradual de los 1500 internos del penal de Villa Devoto hacia el nuevo complejo penitenciario de máxima seguridad de Marcos Paz.
El operativo se puso en marcha tras la firma de un convenio entre ambas jurisdicciones y forma parte del compromiso que el jefe de Gobierno, Jorge Macri, había asumido con los vecinos del barrio para vaciar definitivamente esa cárcel.
Para ejecutar el operativo se conformó un Comando Unificado integrado por fuerzas de seguridad federales, de la Ciudad y de la provincia de Buenos Aires. Ese organismo es el encargado de planificar, coordinar y llevar adelante el traslado de manera gradual y progresiva. El plan contempla el perfil criminológico de cada interno y medidas de prevención de riesgos durante el recorrido hasta el nuevo predio.
“Histórico. Ya es una realidad el desalojo de la Cárcel de Devoto. Gran trabajo en equipo con el Presidente Javier Milei, Karina Milei, la ministra Alejandra Monteoliva, Gabriel Sánchez Zinny y los ministros Horacio Giménez y Gabino Tapia”, escribió el jefe de Gobierno porteño en su cuenta de X.
Monteoliva también publicó un mensaje: “Empezamos a trasladar a los presos de Devoto. Hoy llevamos a los primeros 326 internos a Marcos Paz, en un operativo histórico coordinado por un Comando Unificado que reúne a nuestras cinco Fuerzas Federales para garantizar la seguridad durante todo el traslado”.
“Un paso más en el proceso de mudanza que vamos a hacer de manera gradual y planificada. Seguimos. Ley y orden”, remarcó la ministra.
La nueva unidad, construida por la Ciudad de Buenos Aires y entregada al Ministerio de Seguridad de la Nación se construyó en un terreno de 80 hectáreas y cuenta con cuatro unidades de alojamiento de máxima seguridad, con capacidad total para 2.232 presos.
La obra estuvo paralizada durante cinco años, hasta que la gestión de Macri la reactivó en diciembre de 2024.
POLITICA
La Cámara Nacional Electoral aprobó una plataforma digital para iniciativas populares

La Cámara Nacional Electoral aprobó la creación de una plataforma para que la ciudadanía reúna firmas electrónicas en apoyo de proyectos de ley que se presenten ante el Congreso. El sistema será gratuito, estará bajo control del tribunal y convivirá con las adhesiones manuscritas en papel previstas hasta ahora para las iniciativas populares.
La medida fue resuelta este jueves mediante la acordada extraordinaria 173. El tribunal, presidido por Alberto Ricardo Dalla Via, deberá definir las condiciones operativas de una herramienta que podrán utilizar personas particulares, agrupaciones políticas y organizaciones de la sociedad civil.
La incorporación de este mecanismo digital no altera los requisitos de fondo de la iniciativa popular, incluida la cantidad de respaldos necesaria ni las materias que la Constitución y la ley excluyen de este procedimiento. Sí habilita una vía electrónica para registrar y verificar las adhesiones.
El artículo 39 de la Constitución Nacional, incorporado con la reforma de 1994, reconoce el derecho de los ciudadanos a presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados. La norma dispone que el Congreso debe dar tratamiento expreso a esas propuestas dentro de los doce meses posteriores a su ingreso.
La Ley 24.747, sancionada en 1996, reglamentó ese derecho y estableció las condiciones para ejercerlo. A diferencia de las iniciativas impulsadas por legisladores o por el Poder Ejecutivo, estos proyectos nacen por fuera de las estructuras estatales y requieren reunir adhesiones ciudadanas antes de avanzar en el trámite parlamentario.
Para presentar una propuesta, los impulsores deberán obtener firmas equivalentes a al menos el 1,5 % del padrón electoral utilizado en la última elección de diputados nacionales. Además, los respaldos deberán provenir de un mínimo de seis distritos electorales.
En las iniciativas de alcance regional, el porcentaje se calcula únicamente sobre los padrones de las provincias incluidas en esa región. La nueva plataforma no modifica esas exigencias y podrá complementar las planillas tradicionales.
La legislación excluye de este mecanismo los proyectos sobre reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal. Los promotores también tendrán que identificar a los responsables de la iniciativa, presentar el articulado con formato de ley, fundamentar la propuesta e informar los gastos y el origen de los recursos utilizados.
La Justicia Electoral administrará y controlará el sistema

La acordada fue firmada por Alberto Ricardo Dalla Via, los jueces Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas, junto con los secretarios Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel. La resolución asignó la administración exclusiva de la plataforma a la Cámara Nacional Electoral.
La Oficina de Coordinación General de Sistemas Informáticos Electorales será la encargada de administrar, mantener y operar el servicio. También deberá realizar controles periódicos y fijar los resguardos técnicos para garantizar la identificación de los firmantes, la autenticidad de las adhesiones y la protección de los datos personales.
Quienes quieran utilizar la plataforma tendrán que solicitar previamente su habilitación ante esa oficina. El procedimiento no tendrá costo. La resolución todavía no estableció una fecha para la apertura pública del sistema ni detalló los pasos que deberá cumplir cada ciudadano para emitir su adhesión.
El tribunal consideró que las firmas electrónicas podrán respaldar las iniciativas populares si cumplen las condiciones técnicas exigidas. La decisión se apoya en la Ley 25.506 de Firma Digital y en antecedentes judiciales sobre la eficacia jurídica de modalidades electrónicas de suscripción documental.
La acordada diferenció la firma digital de la firma electrónica, aunque sostuvo que esta última puede equipararse a una rúbrica manuscrita cuando ofrece garantías de autenticidad, integridad y no repudio. Los magistrados citaron fallos comerciales y civiles para extender esos criterios al ámbito electoral, bajo las condiciones de seguridad y verificación correspondientes.
Una prueba piloto antecedió a la decisión del tribunal
La decisión se basó, entre otros elementos, en una experiencia piloto autorizada por la Cámara el 21 de mayo de 2026. En aquella oportunidad, el tribunal habilitó una plataforma propuesta por una organización no gubernamental para complementar la recolección de respaldos en iniciativas populares.
Las verificaciones posteriores concluyeron que existían condiciones técnicas para vincular de manera unívoca a cada firmante con el documento que apoyaba. También se evaluaron procedimientos para autenticar las adhesiones, identificar a los usuarios y preservar su información personal.
A partir de esos resultados, la Cámara resolvió avanzar con una herramienta de alcance general que quedará administrada de forma directa por la Justicia Electoral y podrá emplearse en distintas propuestas ciudadanas.
La resolución además mencionó experiencias de Alemania, España, Estonia, Finlandia y Letonia con modalidades electrónicas para reunir apoyos ciudadanos. Según el tribunal, esos sistemas ofrecen antecedentes favorables en participación, trazabilidad y validación de identidad.
La validación de las adhesiones seguirá bajo control judicial
La digitalización no reemplazará la revisión institucional prevista por la Ley 24.747. La norma dispone que la Justicia Electoral debe verificar las adhesiones mediante un procedimiento de muestreo, con un plazo máximo de veinte días que puede extenderse a través de una resolución fundada.
Ese control determinará si cada iniciativa cumplió las condiciones legales para ser presentada. La plataforma apunta a facilitar la recepción y comprobación de los respaldos, pero no modifica la intervención judicial ni el posterior trámite legislativo.
Una vez verificados los requisitos, los proyectos ingresarán a la Cámara de Diputados de la Nación para su tratamiento parlamentario. La obligación constitucional de tratarlos dentro de los doce meses permanece vigente, aunque no implica que el Congreso deba aprobarlos.
La Cámara Nacional Electoral dispuso comunicar la acordada a la Cámara de Diputados y a los jueces federales con competencia electoral de todo el país. La puesta en marcha del sistema quedará sujeta a las definiciones técnicas que adopte el área informática del tribunal.
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