POLITICA
Piden un jury de enjuiciamiento contra el juez que absolvió al dirigente de Camioneros que bloqueó una pyme

El diputado bonaerense Manuel Passaglia presentó una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires para que se investigue si hubo mal desempeño del juez Alejandro López, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás, a raíz del polémico fallo que absolvió al líder local de Camioneros Maximiliano Cabaleyro y otros 6 imputados en el bloqueo a la pyme Rey Distribución.
Passaglia, legislador provincial por el partido Hechos y ex intendente de San Nicolás, no pide revocar el fallo de López sino investigar si la fundamentación jurídica de esas absoluciones tuvo “fallas graves”.
Se trata de la primera presentación efectuada contra el magistrado a 24 horas de la sentencia que eximió de culpa a los responsables de esa protesta extorsiva, que se extendió durante 5 días e incluyó amenazas y hostigamiento, con argumentos controvertidos: López admitió que existió un bloqueo que impidió el acceso a la empresa y que le ocasionó pérdidas millonarias, pero lo consideró como “legítimo ejercicio de un derecho”.

El juez López dictó el veredicto absolutorio este miércoles en una causa caratulada como turbación de la posesión, coacción, extorsión y tentativa de extorsión, iniciada luego del bloqueo sindical en la empresa Rey Distribución, ubicada en San Pedro, donde los imputados principales eran Maximiliano Cabaleyro, titular del Sindicato de Camioneros de San Nicolás, y 6 empleados de la pyme que participaron de la protesta.
El propio fallo tuvo por acreditado que hubo una obstrucción en las puertas del establecimiento que impidió la salida de vehículos. Sin embargo, López concluyó que esa conducta era atípica —es decir, que no constituía delito— porque los acusados ejercían un derecho reconocido por la ley: el derecho de huelga, amparado en el artículo 34, inciso 4, del Código Penal. El magistrado también señaló que no hubo violencia, daños ni amenazas identificadas durante la medida.
La denuncia promovida por Passaglia contra López no objeta esa conclusión final en sí misma, sino que cuestiona el camino argumental que llevó hasta ella.

Passaglia sostiene que el fallo explicó con detalle las razones que motivaron el conflicto laboral —diferencias salariales, deficiencias de seguridad e higiene, la situación de un delegado gremial— pero no analizó con la misma profundidad si la modalidad concreta de la protesta, su duración y su alcance, estaban comprendidos dentro de los límites del derecho invocado.
El señalamiento apunta específicamente a un pasaje de la página 103 del veredicto —de 110 páginas en total—, donde el magistrado respondió al planteo de las acusaciones sobre la tensión entre el derecho de huelga y los derechos de propiedad. Según la denuncia, López consideró innecesaria la ponderación en los términos planteados y dijo que, en determinadas circunstancias, la huelga se impone sobre otros derechos. Para Passaglia, esa formulación no resuelve el análisis concreto de los límites del bloqueo que el propio juez tuvo por acreditado.
La hipótesis no es que todo perjuicio empresarial derivado de una huelga constituya un delito. Tampoco que la obstrucción física sea suficiente por sí sola para condenar. La pregunta que plantea la denuncia promovida por el diputado de Hechos es más limitada: si la motivación efectivamente plasmada en el fallo satisface el deber legal de explicar por qué ese bloqueo concreto quedaba dentro de los márgenes del Derecho.

El segundo cargo de la denuncia apunta al modo en que el magistrado utilizó un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 1958: el caso Kot, Fallos 241:291, dictado el 5 de septiembre de 1958.
Según la presentación, López invocó ese precedente —que en su momento ordenó la restitución de una fábrica ocupada a través de la vía del amparo— y extrajo de él una conclusión sobre la improcedencia de la intervención penal en conflictos colectivos laborales.
El argumento del magistrado habría sido que ese fallo no hizo referencias a delitos ni a tipos penales, lo que reforzaría la idea de que el derecho penal no era el camino adecuado para resolver el caso.

Passaglia cuestiona esa inferencia. En la denuncia sostiene que “una respuesta de restitución urgente no puede convertirse, sin demostrar el nexo correspondiente, en una regla general de exclusión penal de los conflictos colectivos”. Dicho de otro modo: que un tribunal haya optado por la vía del amparo en 1958 no demuestra automáticamente que las conductas analizadas en otro proceso, décadas después, sean penalmente atípicas o estén justificadas.
La denuncia aclara que no atribuye al juez una falsificación deliberada del precedente, ni sostiene que Kot obligue a condenar a los absueltos. Lo que solicita es que el Jurado contraste el texto íntegro del fallo de 1958, sus antecedentes y su objeto procesal con la caracterización que efectuó López para determinar si hubo una utilización objetivamente descontextualizada y si ese defecto tuvo gravedad funcional.
Qué puede y qué no puede hacer el Jurado
La presentación subraya con énfasis un límite que la propia legislación establece. El Jurado de Enjuiciamiento no es una tercera instancia judicial: no puede revocar el veredicto absolutorio ni ordenar la condena de Cabaleyro. Su función es exclusivamente disciplinaria: evaluar si el juez incurrió en una falta grave en el ejercicio de su cargo.

Los artículos invocados como encuadre provisional son los incisos d y e del artículo 21 de la Ley 13.661, que regulan las faltas de los magistrados bonaerenses. La denuncia también reconoce expresamente que el magistrado apoyó parte de su decisión en un precedente del Tribunal de Casación Penal de la provincia —el caso Ruiz, Carlos Amador, Sala I, sentencia del 13 de marzo de 2013— que respaldaba la atipicidad de la obstaculización de accesos durante conflictos laborales. Ese apoyo jurisprudencial, según afirma Passaglia, debe ser contemplado en el análisis.
La presentación es explícita al reconocer sus propios límites: “La existencia de un criterio discutible no basta para la remoción”. Si la investigación solicitada concluye que solamente hay una discrepancia interpretativa entre el juez y el denunciante, no quedará demostrada ninguna falta funcional.

Passaglia fue intendente de San Nicolás cuando Cabaleyro y Fernando Espíndola, otro dirigente de Camioneros, fueron arrestados en abril de 2022 como responsables de los bloqueos a Rey Distribución para que sus 35 empleados pasaran a estar encuadrados en sus filas y dejaran de estar afiliados en Comercio.
En ese momento, el Sindicato de Camioneros protestó contra las detenciones bloqueando los accesos a San Nicolás, medida que impidió la entrega de alimentos y la recolección de residuos, pero la tuvo que levantar a las 48 horas ante la firme posición de Passaglia.
POLITICA
El Gobierno quiere destrabar el Súper RIGI en el Senado y le hizo una contrapropuesta a los aliados

A menos de un mes y medio para que finalicen las sesiones ordinarias, el Gobierno hará un último intento para destrabar el Súper RIGI en el Senado -inversiones por más de USD 1.000 millones para industrias “del futuro”-, con un Ministerio de Economía -comanda Luis Caputo– que tiene la definición del tema en sus manos. Esto ocurre tras el pedido de tres senadores para modificar el articulado que paralizó la discusión, a comienzos del mes pasado: según corroboró Infobae, apareció una nueva propuesta ya en análisis y se espera una decisión en los próximos días.
En concreto, el radical Maximiliano Abad (Buenos Aires), el peronista no K Carlos Espínola (Corrientes) y el jefe del PRO, Martín Goerling (Misiones), exigieron ampliar el término “precio/calidad” para no favorecer importaciones que hoy se expanden en el vigente RIGI, algo que preocupa en un puñado de provincias. Además, solicitan que el valor de los potenciales insumos en cuestión “no supere en más de un 15% el precio comparable de la oferta de origen extranjero” en igualdad de condiciones.
Semanas atrás, la líder libertaria en la Cámara alta, Patricia Bullrich, validó otros cambios anticipados relacionados con el 20% a favor de bienes locales, y que las inversiones reaseguren la “capacidad de conexión al sistema eléctrico” y un esquema de abastecimiento para cubrir la demanda máxima, sin afectar la seguridad del mismo.
Lo que sí queda claro es que el texto, de llegar al recinto, volvería en segunda revisión a Diputados. Mientras tanto, en la Casa Rosada insisten, ya en el terreno de la fantasía, en consumar toda la agenda pendiente en 45 días. Por eso es que, de continuarse con los debates de varios articulados en carpeta -un par, de peso-, en el Congreso ya todos huelen perfume a extraordinarias, salvo que no lo desee el Ejecutivo, a quien le corresponde la potestad de convocar. No ocurre lo mismo en el universo de Balcarce 50, que tendría que aspirar a la magia para realizar su cometido, aunque insiste con fervor y otras delicias.
¿Qué plantean los legisladores?
Para verificar la oferta, los aliados sugieren que la eventual autoridad de aplicación establezca “un mecanismo de consulta con entidades empresarias representativas de los sectores productivos involucrados, a fin de verificar la existencia de proveedores locales con capacidad efectiva para atender los requerimientos del proyecto en condiciones competitivas de precio, calidad, cantidad, especificaciones técnicas y plazos de entrega, con carácter previo a determinar la inexistencia o insuficiencia de oferta nacional”.
En tanto, la propuesta impone: “A los efectos del cumplimiento de las obligaciones de adquisición local previstas en el presente Régimen, se considerará competitiva la oferta de un proveedor local cuando, cumpliendo condiciones equivalentes de calidad, especificaciones técnicas, cantidad y plazos de entrega, su precio no supere en más de un quince por ciento (15%) el precio comparable de la oferta de origen extranjero”.
Además, la comparación deberá “efectuarse sobre precios equivalentes puestos en destino, considerando todos los costos asociados a la importación y provisión del bien o servicio, conforme establezca la reglamentación”. Los senadores en cuestión, que levantaron el perfil, estudian el nuevo borrador. El mismo no abarcaría la demanda aliada en su totalidad, aunque busca amortiguar la queja.
Por otra parte, un guiño en este tema encadenaría otra respuesta similar a la expectativa del jefe de la UCR en la Cámara alta, Eduardo Vischi (Corrientes), que aguarda un aval al Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR). Los planes allí partirían desde los USD 12 millones para grandes empresas. Su colega Abad, el macrista Goerling Lara y el peronista Espínola sugirieron un mismo artículo para incorporar a dicho texto. También se trabó.
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POLITICA
Contraofensiva empresarial: impulsan la destitución del juez que absolvió al dirigente de Camioneros por el bloqueo contra una pyme


Los empresarios reaccionaron y activaron una contraofensiva por el polémico fallo de Alejandro López, el juez de San Nicolás que absolvió al líder del Sindicato de Camioneros de esa ciudad, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis imputados por el bloqueo de la pyme Rey Distribución, de San Pedro, en febrero de 2021.
La sentencia eximió de culpa a los responsables de esa protesta extorsiva, que se extendió durante cinco días e incluyó amenazas y hostigamiento, con fundamentos cargados de controversia: el juez dio por probado que existió un bloqueo que impidió el acceso a la empresa y que le ocasionó pérdidas millonarias, pero lo consideró como el “legítimo ejercicio de un derecho”.
“Lo que le está diciendo este juez a la sociedad es que no importa que cometas delito, siempre que haya una huelga existe una justificación”, afirmó Ariel Rey, uno de los dueños de la pyme Rey Distribución, en diálogo con Infobae. “Si yo quiero abrir mi negocio, sacar el camión para salir a repartir y un grupo de personas hace un cordón humano y te dicen: “No avanzás”, ¿eso no es un delito? ¿Qué tiene que ver eso con el derecho de huelga?“, se preguntó el empresario.

Hace 48 horas, hubo fuertes pronunciamientos de rechazo a la sentencia de López por parte de la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO), a la que calificaron de “preocupante retroceso”, pero el mundo empresarial activó, además, una estrategia contra el magistrado que, en la práctica, justificó que se violen los derechos de propiedad, a la circulación y a trabajar, amparados por la Constitución Nacional, como el derecho de huelga, si se producen en el marco de un conflicto laboral.
Por eso desde el empresariado se impulsan dos denuncias distintas contra el juez de San Nicolás ante la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, en las que cuestionan el fallo absolutorio de Cabaleyro y los otros 6 imputados y piden determinar si existe responsabilidad que pueda justificar el enjuiciamiento y la remoción del magistrado.
Ambas presentaciones son similares a la presentada el jueves pasado por el diputado bonaerense Manuel Passaglia, del partido Hechos, quien fue intendente nicoleño cuando, en abril de 2022, el Sindicato de Camioneros bloqueó la ciudad durante 48 horas en rechazo de las detenciones de Cabaleyro y Fernando Espíndola por la protesta contra Rey Distribución.
Una de las denuncias ya se oficializó este viernes y está promovida por el Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), con el aval de su presidente, Juan Méndez. La otra se formalizará esta semana ante el Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia porque todavía están juntando firmas y se estima que habrá unas 50 empresas que apoyarán la presentación.
En las dos se pone en la mira el fallo absolutorio y se pide que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios bonaerense analice si la actuación del juez podría encuadrar en causales de mal desempeño.
Las presentaciones sostienen que el juez dictó la absolución de los imputados por el bloqueo pese a haber tenido por acreditados los episodios de obstrucción del ingreso y egreso de vehículos en la pyme. De acuerdo con la presentación, López consideró que las conductas estaban justificadas por el “ejercicio de un derecho”, en referencia al artículo 34, inciso 4.º, del Código Penal.

En el escrito, el MEAB remarca que su cuestionamiento “no se dirige contra el reconocimiento constitucional del derecho de huelga ni pretende desconocer la legitimidad de los reclamos sindicales”, pero, de todas formas, afirma que debe determinarse si López “delimitó adecuadamente el alcance de ese derecho y examinó de manera suficiente la posible afectación de derechos de terceros”.
“La tutela constitucional de la huelga debe armonizarse con los restantes derechos y garantías reconocidos por el ordenamiento jurídico, entre ellos el derecho de propiedad, el ejercicio de actividades económicas lícitas y la protección de la posesión frente a actos de turbación”, expresa la entidad que dirige Méndez.
Los empresarios del MEAB diferencian entre la legitimidad de un reclamo laboral y la legalidad de las modalidades utilizadas para ejercer presión durante un conflicto. En esa línea, plantea que “el reconocimiento (del derecho de huelga) no implica que toda conducta desplegada durante un conflicto laboral quede automáticamente justificada por la sola existencia de un reclamo sindical”.

El núcleo de la denuncia se concentra en el razonamiento aplicado para absolver a los acusados. El MEAB sostiene su presentación que, aunque el fallo reconoció la existencia de obstrucciones al paso de los vehículos, el juez concluyó que los hechos eran atípicos por encontrarse amparados por el ejercicio de un derecho.
“No basta con identificar la existencia de un derecho en abstracto: es necesario establecer si el comportamiento concreto constituye un ejercicio legítimo de aquel”, señala el escrito presentado al referirse a la aplicación del artículo 34, inciso 4.º, del Código Penal.
Las empresas denunciantes, en ese sentido, solicitan que se examine si el magistrado realizó una ponderación específica de “los medios empleados, sus efectos y los derechos eventualmente afectados”, o si el contexto sindical fue considerado como una justificación general para las conductas investigadas.

De todos modos, aclaran que “no se sostiene que la absolución sea por sí misma demostrativa de mal desempeño”. En cambio, plantea que debe analizarse si la fundamentación utilizada revela una deficiencia funcional con la gravedad requerida por la ley.
En el escrito, el MEAB pide que se investigue una eventual configuración de tres causales previstas en el artículo 21 de la Ley 13.661: incompetencia o negligencia demostrada en el ejercicio de las funciones, incumplimiento de los deberes inherentes al cargo y comisión de graves irregularidades en procedimientos a cargo del magistrado o en los que hubiera intervenido.
Respecto de esta última figura, la entidad aclara que se formula “de manera subsidiaria” y que no se basa exclusivamente en el dictado de un fallo absolutorio.

“El eventual encuadre de cualquiera de estas causales deberá establecerse a partir del examen integral de la sentencia y de las actuaciones pertinentes, sin presumir responsabilidad por el solo contenido de una decisión jurisdiccional”, indica la denuncia.
La presentación del MEAB también menciona la Ley 27.802 de Modernización Laboral, a la que atribuye modificaciones vinculadas con la libertad de trabajo y la penalización en casos de obstrucción del ingreso o egreso de personas y bienes de establecimientos.
En el escrito se precisa que la referencia a esa normativa se realiza como parte del contexto vigente al momento de formular el planteo y no como argumento para una aplicación retroactiva. “Aun prescindiendo de toda aplicación retroactiva de la reforma, la existencia de un conflicto laboral no dispensaba de examinar los límites jurídicos del derecho invocado”, sostiene.

Para los denunciantes, la discusión excede el caso puntual debido a su potencial impacto sobre empresas, trabajadores, proveedores y circuitos de distribución. “Las medidas de acción sindical pueden constituir instrumentos legítimos de reivindicación. Pero cuando sus modalidades concretas involucran la obstrucción de accesos, la limitación de la circulación o la afectación del funcionamiento de establecimientos se impone un análisis jurídico”, argumentan.
“La cuestión adquiere relevancia porque la interpretación de los límites del derecho de huelga no involucra únicamente los intereses de quienes intervienen directamente en un conflicto laboral -señala el MEAB-. También puede comprometer derechos de terceros y la previsibilidad con la que deben desenvolverse las actividades empresariales”.
Como prueba, la organización ofrece la copia íntegra del veredicto cuestionado y solicita, de considerarlo pertinente, que se requieran las actuaciones judiciales necesarias para evaluar el debate, la prueba producida, los alegatos y los fundamentos de la sentencia.

En su presentación, el MEAB solicita que se tenga por formulada la denuncia contra López, que se incorpore la documentación ofrecida y que se ordenen las medidas necesarias para determinar si corresponde avanzar con el enjuiciamiento al juez previsto en la Ley 13.661.
El texto finaliza con una aclaración sobre su alcance: “La formulación de la denuncia no implica afirmar de antemano la responsabilidad del magistrado ni desconocer las garantías que protegen la independencia judicial”.
El Jurado de Enjuiciamiento deberá resolver, en primer término, la admisibilidad y pertinencia de los hechos expuestos antes de avanzar, eventualmente, con las medidas de comprobación correspondientes.
POLITICA
El futuro de Milei

La primera presidencia de Javier Milei podrá ser recordada por muchas cosas: por retomar una senda de crecimiento luego de 12 años de estancamiento, por bajar la pobreza, la inflación, o por romper con el déficit fiscal. Podrá ser recordada por salvarnos de ser Venezuela, o por un período irrepetible de República (nunca los poderes han sido tan independientes). Pero quiero argumentar en estas líneas que probablemente no termine siendo recordada por lo que ocurrió durante su gestión -una tarea más bien de bombero al que lo obligó la herencia que recibió-, sino por haber plantado las bases del retorno del país a la prosperidad.
El triángulo de equilibrio fiscal, libertad económica y respeto de los derechos de propiedad son los basamentos conceptuales de la nueva Argentina. Pero los conceptos son una cosa y la realidad es otra. El equilibrio fiscal es fácil prometerlo, pero la ejecución es una tarea durísima: lo pone al ministro de Economía en la incómoda tarea cotidiana de decir que no, y a los desreguladores a ir a las cloacas de la normativa para librar una guerra de zapa contra los intereses creados.
Pero lo que este gobierno tiene, de sobra, es capacidad para transformar ideas en realidades. Y más allá del equilibrio fiscal y del programa de desregulación que se discuten mucho en la prensa, el Presidente ha impulsado una serie de reformas estructurales que son la llave para convertir a Argentina en un país desarrollado. Por momentos, quedan tapadas por el ruido y pasan desapercibidas, pero son lo realmente importante. “No confíes en tus ojos, te engañan”, le dice Obi wan Kenobi a Luke Skywaker. Miremos, entonces, esas cosas que tenemos enfrente, pero que todavía no hemos visto.
Arranquemos con la Ley Bases porque contenía una reforma clave que explica todo el boom energético que vino después: la liberación de las exportaciones que derivó en la eliminación del llamado “barril criollo”. El kirchnerismo había transformado los precios de exportación de energía en una decisión política. El resultado fue que, durante años, aun sabiendo de los recursos que teníamos, nadie invertía un peso. Una cosa es el riesgo de los mercados, pero mucho peor es el riesgo de un político. Removida esa restricción, reafirmados los derechos de propiedad y mejorado el marco fiscal, la producción de petróleo llegará este año a casi un millón de barriles diarios, récord histórico, y 90% por encima del valor del 2020. Para 2035 las exportaciones de energía se estiman en 47.000 millones de dólares, Argentina camina a convertirse en un jugador de clase mundial en energía. ¡Y pensar que con el kirchnerismo ¡importábamos energía!
La ley de Glaciares, que intentamos en la Ley Bases pero que tuvo que esperar dos años, hizo lo suyo con el potencial minero de Argentina. Es difícil entender como alguien pensó que le haría bien a Argentina prohibirle una explotación que le permitiría duplicar sus exportaciones, trayendo empleo y riqueza a todo el país. Chile exporta US$60.000 millones de recursos mineros, una referencia obvia para el potencial minero del país. Pero cuando el presidente Milei llegó Argentina exportaba solo 4000 (para 2026 estimamos ya 10.000). ¿Cómo sería nuestro país si no nos hubiéramos prohibido 60.000 millones de exportaciones anuales los últimos 30 años? Por suerte ya fue. Con exportaciones esperadas de 42.000 millones de dólares para el año 2035, Argentina emerge también como un gigante en esta arena.
En lo que hace al agro reconfiguramos el marco de propiedad intelectual para las semillas, para que puedan llegar a nuestro país las innovaciones en genética que se usan en el mundo. Hoy, un algodón en Brasil rinde tres veces más que en Chaco. En frutillas, una semilla californiana permite multiplicar la producción 5 veces. La productividad de nuestra soja viaja hace décadas a 60% de la velocidad del resto del mundo. Solo en soja y trigo ese atraso tecnológico nos venía costando 4000 millones de dólares anuales. Con un nuevo régimen de fiscalización que ya implementamos y el consenso que construimos en torno a una nueva ley de semillas abrimos la puerta para equiparar esas productividades. También se ampliaron significativamente los mercados para la carne argentina en el mundo. Dos ejemplos valen como muestra. Se quintuplicó la cuota de acceso al mercado norteamericano de carne vacuna, y se abrió y amplió el mercado japonés para nuestra carne aviar y bovina.
Siempre se habla del costo de la logística en nuestro país. Más allá de las múltiples desregulaciones en el sector de transporte (los bitrenes por sí solos bajaron el costo del camión entre un 20% y 30%), se acaba de completar la licitación de nuestra red troncal de rutas (9000 km.), a las que próximamente se sumarán concesiones y ampliaciones en otros 6000 km. en tramos todavía no concesionados (toca las rutas 3, 9, 11, 12, 14, 16, 22, 25, 26, 33, 34, 35, 38, 50, 60, 81, 86, 89, 120, 121, 122, 151, 158, 228 y 237). Y, finalmente, se están evaluando las dobles manos en segmentos de alto tránsito que se venían reclamando hace décadas (por ejemplo, en las rutas 3, 5 y 7, además de la Autopista 0017 en el conurbano).
La licitación del Belgrano Cargas también ya se lanzó, y puede configurar un cambio trascendental en la logística del país. Siendo muy conservadores permitiría una baja del 40% en los fletes de 1000 km., y del 60% en fletes de 500 km. Implementada con un sistema de open-access, evitará el fracaso de las concesiones de los años 90, que focalizaron la operación en un mono-productor que nunca amplió la actividad a toda la economía de su región. Ahora cualquier empresa de logística podrá usar las vías en lo que seguramente será un ecosistema sumamente dinámico.
Pero nada de todo esto podría realmente potenciarse en serio sin mercados donde colocar nuestros productos. Argentina avanzó en apertura comercial en esta gestión más que en las últimas décadas. Tuvo que llegar Milei para que el tratado con la Unión Europea, que se aprobó con los votos decisivos de Italia, entrara en vigencia luego de 25 años de franela. Si en un día nuestros productores de miel, huevos y arroz arrasaron con los cupos libres de aranceles del Mercosur, vaya uno a saber hasta dónde puede llevarnos el acuerdo. A este se sumaron el tratado con EFTA y Singapur. El acuerdo con los Estados Unidos, también producto de un inteligente replanteo geopolítico del Presidente, avanza en su ejecución en todos sus frentes y ha permitido un acceso preferencial al mercado norteamericano, en lo que el Economist clasificó como el tratado más favorable que EE.UU. firmó con ningún país.
Pasando al funcionamiento de las empresas, no podemos dejar de mencionar la sanción de la Ley de Modernización Laboral, un intento por reconfigurar el mercado del trabajo, que permite los convenios por empresa (de los cuales pronto veremos los primeros casos) y mayor representatividad en los convenios colectivos, y que busca bajar la litigiosidad laboral en un mercado que desde el Covid se había flexibilizado de hecho vía monotributización.
También se implementó la mayor reforma del mercado de capitales desde la sanción de la Ley de Mercado de Capitales en 2012, porque se eliminó la necesidad de autorizaciones para la emisión de acciones, bonos o fondos comunes de inversión, dando libertad plena para un mercado que previamente se había hundido por el peso de su propia regulación. Escuchamos todos los días de pymes a las que esta nueva ventana les está dando un acceso al financiamiento impensado antes de la reforma. Un proyecto a punto de enviarse al Congreso profundizará la libertad de financiamiento estableciendo un registro nacional de garantías que agilizará la gestión privada de las garantías revolucionando el crédito prendario. La aprobación de la nueva Carta Orgánica del Banco Central, que recupera la independencia para la institución, refuerza a su vez el marco de estabilidad macroeconómica logrado.
Resta mencionar tres iniciativas centrales que ya están en el Congreso: el Tratado de Cooperación de Patentes (PCT) que ya tiene la aprobación de Diputados, y que permitiría el salto más grande en décadas para impulsar nuestra industria de punta y nuestro complejo de ciencia y tecnología. La ley de sociedades que da un marco de gran libertad para la gestión empresarial y que propone el primer marco realista en el mundo, con la necesaria supervisión humana, para las empresas que usan aplicaciones de IA. Ambos elementos serían clave para convertir a nuestro país en un hub de innovación e inversiones. Si queremos que Buenos Aires se parezca en algo a Dubái o a San Francisco estas dos iniciativas son vitales. Por último, el proyecto que define los derechos de propiedad sobre los bonos de carbono, con dictamen en el Senado, también reportará ingresos potenciales de miles de millones de dólares para los productores argentinos.
También deberíamos mencionar que lento, pero a paso seguro, avanza el programa de privatizaciones del Gobierno. Para fines del primer mandato del Presidente, el Estado se habrá retirado de la gestión de prácticamente todos sus activos en energía (excepto YPF), habrá concesionado la Hidrovía, las rutas, los trenes y la empresa de aguas del área metropolitana. Con un poco de viento a favor hasta nos sacamos de encima a Intercargo. Y no habrá progreso más grande en reducción de la corrupción que poder desprenderse de estas empresas.
A esto se suman cambios estratégicos en gestación que ni dimensionamos. Los gobernadores del norte están impulsando legislación que permita destrabar la navegación en los ríos, que reduciría los costos en casi 10% para todas las actividades productivas de esa región. También podemos mencionar las ampliaciones en la red de gasoductos en el centro del país, recientemente anunciado por la empresa TGN, que redefinirán la competitividad de la industria en Córdoba y Santa Fe, con potencial de bajar el precio de la energía a un tercio durante una parte importante del año. Ni hablar de que Bahía Blanca avanza para convertirse en un hub de petroquímica y fertilizantes de clase mundial. Todo esto confirma algo que siempre dijo el Presidente: la infraestructura tiene que desarrollarla el sector privado, no el viejo y corrupto régimen de obra pública, donde hasta una cosa tan sencilla como comprar caños terminaba saliendo el doble de lo que verdaderamente costaba.
Si liberar los ríos baja los costos totales el 10%, si los bitrenes bajan el costo del transporte terrestre 20%, si la integración de gasoductos baja el precio del gas a un tercio, si la importación de maquinaria usada permite comprarla a un sexto, si los trenes reducen el costo de transporte entre un 40 y 60%, empieza a quedar claro la magnitud de las oportunidades que vienen. No por nada Argentina vive un proceso de crecimiento liderado por las exportaciones que no se veía desde fines del siglo XIX. Es consistente con un gobierno que ya acumula 17.600 desregulaciones. Por eso tampoco asombra que 2024 y 2025 haya sido el bienio con mayor aumento de productividad desde los 80, según estimaciones privadas.
La mayor libertad y estabilidad hace que se sumen iniciativas sorprendentes todos los días: un puente sobre Bernardo de Irigoyen para sacar la producción sojera de Santa Catarina, Brasil, por Misiones, la explosión de destinos de exportación de la yerba mate, la hidrovía del Río Negro, el riego en la Patagonia, la maricultura… podríamos seguir. La Argentina próspera hacia la que caminamos será muy diferente a la actual. Cuatro millones de argentinos dejarán el conurbano y migrarán hacia las oportunidades laborales y una mejor calidad de vida que les ofrecerá el interior. Las ciudades capitales de provincias se poblarán de progreso, rascacielos y conectividad.
Dentro de 30 años seguramente se discuta qué funcionó mejor, qué funcionó peor y qué podría haberse hecho distinto. Habrá habido aciertos y errores. Pero si este proceso se consolida, la presidencia de Javier Milei será recordada, no tanto por cómo transformó su presente, sino por cómo le dio al país la oportunidad de un futuro.
Ministro de Desregulación del gobierno de Javier Milei.
Federico Sturzenegger,LA NACION,Política













