INTERNACIONAL
Cómo elegir un operador de telecomunicaciones: 5 claves para tomar una mejor decisión

El mercado colombiano de telecomunicaciones atraviesa una etapa de cambios regulatorios, ajustes empresariales y mayor competencia, un escenario que pone el foco en la experiencia de los usuarios.
La dimensión de este mercado también muestra la importancia de esa discusión: al cierre del primer trimestre de 2026, Colombia registraba cerca de 94,6 millones de líneas de telefonía móvil, 49,6 millones de accesos móviles a internet y 10,49 millones de conexiones fijas, según cifras del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
En un contexto en el que millones de personas dependen de estos servicios para comunicarse, trabajar, estudiar y entretenerse, la elección de un operador va más allá de encontrar una tarifa conveniente. Estos son algunos de los aspectos que conviene considerar.

Cobertura real, el primer punto de revisión
Tener cobertura en una ciudad no garantiza la misma experiencia en todos sus sectores. La ubicación, la infraestructura cercana, el tipo de inmueble y la demanda de la red pueden afectar la señal y la conexión.
Por eso, antes de contratar o renovar un plan, conviene revisar cómo funciona el servicio en el hogar, el trabajo, la universidad y los trayectos habituales. Una referencia de otra persona puede ser útil, pero no reemplaza la experiencia en las zonas donde cada usuario necesita conectividad.
Existen, además, mediciones independientes que permiten contrastar el desempeño de las redes. Ookla, firma de inteligencia de conectividad, reconoció al operador Claro como la red móvil más rápida, por tercer año consecutivo, y la de mejor cobertura del país por segundo año consecutivo, de acuerdo con datos de Speedtest. Estos resultados ofrecen una referencia adicional para evaluar el desempeño de las redes, sin dejar de lado las necesidades particulares de cada usuario.

La cobertura tampoco debe confundirse con la calidad de la conexión. Una red puede estar disponible, pero presentar dificultades en llamadas, navegación o uso de aplicaciones.
Estabilidad: no basta con tener señal
La calidad del servicio se mide en situaciones concretas: una videollamada sin cortes, una clase virtual continua, una carga rápida de archivos o una conexión que permita navegar sin interrupciones.
Las necesidades cambian según el usuario. Quien trabaja desde casa puede requerir estabilidad durante reuniones virtuales. Un estudiante puede necesitar una conexión constante para acceder a plataformas. En un hogar con varios dispositivos, la velocidad y el desempeño simultáneo adquieren mayor peso.
De acuerdo con expertos, la estabilidad de la conexión debe evaluarse en los horarios de mayor uso, no solo en una prueba ocasional. Interrupciones repetidas, variaciones de velocidad o problemas para conectarse a determinadas aplicaciones son elementos que vale la pena registrar antes de decidir si se mantiene o cambia de operador.

En esa línea, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), comenzó en 2026 a entregar reconocimientos oficiales por desempeño en calidad de servicio de internet, con el objetivo de hacer visibles los resultados del sector y fortalecer la información disponible para los usuarios.
En la primera edición, Claro recibió distinciones en la categoría de internet móvil 4G por velocidad de descarga, velocidad de carga y menor variación de la latencia, un indicador que refleja justamente la estabilidad de la conexión en el tiempo.
Atención y soporte: ¿qué pasa cuando surge un problema?
Los canales de soporte forman parte del servicio. Antes de elegir un operador, es útil identificar si cuenta con atención telefónica, chat, aplicación, redes sociales y puntos físicos, además de los mecanismos para radicar y consultar solicitudes.

La facilidad para contactar a un asesor, los tiempos de respuesta y el seguimiento hasta la solución son factores que pesan cuando se presenta una falla, una duda sobre el plan o un cobro que el cliente no reconoce.
Transparencia en la facturación
Revisar la factura mes a mes ayuda a identificar el valor de cada servicio, la terminación de descuentos, cargos adicionales y cuotas de equipos financiados. En los paquetes que incluyen móvil, internet hogar y televisión, esta práctica permite saber cuánto se paga por cada componente.
Por ejemplo, desde julio de 2026, por ley los operadores deben discriminar los precios de los servicios fijo y móvil incluidos en un mismo paquete. La medida busca facilitar la comparación de las ofertas y dar mayor claridad sobre el costo de cada producto.

El contrato también merece una revisión antes de renovar, cambiar o cancelar un plan.
El precio no debería ser el único criterio de comparación
Elegir un operador por el precio más bajo puede dejar fuera variables que determinan la experiencia real del servicio. Cobertura, estabilidad, atención, transparencia y condiciones contractuales conforman un panorama más completo que permite anticipar si un plan realmente se ajusta a las necesidades de comunicación, trabajo, estudio o entretenimiento de cada usuario.
Una tarifa más económica puede resultar poco conveniente si la conexión no funciona adecuadamente en los lugares donde el usuario la necesita o si los canales de atención no responden a sus expectativas.
Por eso, comparar operadores implica poner sobre la mesa diferentes variables: precio, cobertura, estabilidad, velocidad, atención, soporte, servicios incluidos y condiciones contractuales.

Algunas firmas especializadas en mediciones de red ofrecen un punto de referencia adicional para esta comparación. nPerf, por ejemplo, reconoció a Claro como el mejor operador del país en experiencia general por segundo año consecutivo. Ese tipo de indicadores combina variables como velocidad, latencia y estabilidad, y puede complementar, aunque no reemplazar, la evaluación directa que cada usuario hace de su servicio.
La mejor alternativa será diferente para cada persona. Las necesidades de alguien que trabaja remotamente pueden ser distintas a las de un usuario que utiliza principalmente el teléfono para comunicarse o de una familia que necesita internet para estudiar y entretenerse.
¿Cómo saber si su servicio actual sigue siendo una buena opción?
Los usuarios no tienen que esperar a que ocurra un cambio en el mercado para evaluar su servicio.
Una revisión periódica puede comenzar con preguntas sencillas:
- ¿La cobertura funciona en mi hogar, lugar de trabajo y trayectos habituales?
- ¿La conexión es estable cuando más la necesito?
- ¿La velocidad responde a las actividades que realizo?
- ¿Obtengo respuestas oportunas cuando presento una solicitud?
- ¿El valor que pago corresponde con los servicios que utilizo?
Las respuestas permiten identificar si el servicio contratado continúa siendo adecuado o si vale la pena comparar otras alternativas.

Los cambios que atraviesa el sector de telecomunicaciones pueden modificar el escenario empresarial, pero para los usuarios la prioridad sigue siendo la misma: contar con una conexión confiable y un servicio que responda a sus necesidades.
Evaluar la experiencia real, revisar las condiciones del contrato y comparar el valor de cada alternativa permite tomar decisiones con mayor información. La decisión, finalmente, depende de las necesidades de cada usuario.
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Obama-appointed judge at center of Trump’s anti-weaponization fund case hit with misconduct claim

FIRST ON FOX: A federal judge appointed by former President Barack Obama is being accused of «misconduct» in a case involving President Donald Trump.
House Judiciary Committee Chairman Jim Jordan, R-Ohio, is demanding an investigation into U.S. Judge Kathleen Williams of the Southern District of Florida after she sanctioned Trump’s lawyers over his case against the Internal Revenue Service (IRS).
Jordan wrote to the Judicial Conference of the United States that «there is evidence that Judge Williams abused her judicial authority and violated fundamental tenets of judicial impartiality in connection with an unusual and unsupported order that imposed sanctions after the plaintiffs voluntarily had dismissed the underlying action.»
The letter is being co-led by Rep. Darrell Issa, R-Calif., chairman of the panel’s subcommittee on courts.
OBAMA-APPOINTED JUDGE WITH TIES TO ANTI-TRUMP CONSPIRACY THEORY HIT WITH MISCONDUCT COMPLAINT
Trump, his adult sons Eric and Donald Jr., and the Trump Organization filed a lawsuit against the IRS in early 2026 seeking $10 billion in damages after a contractor with the agency leaked the president’s tax returns to the press. The contractor, Charles Littlejohn, was sentenced to five years in federal prison.
APOLOGIES AND CASH HEADED TO ALLEGED âWEAPONIZATIONâ VICTIMS IN BILLION-DOLLAR TRUMP SETTLEMENT
Trump, who filed the lawsuit in his personal capacity, had it voluntarily dismissed in May. Shortly after, however, the administration announced a settlement agreement that included $1.776 billion for an «anti-weaponization fund» for victims of «lawfare» by the Biden administration. Trump himself would receive no compensation, but would get a formal apology from the federal government and bar the IRS from ever auditing Trump or his family.
Williams, however, then accused the plaintiffs of purposely manipulating the courts to achieve the settlement and sanctioned two of the president’s lawyers in a July order. Her order referred lawyer Alejandro Brito to the Florida bar for potential disciplinary action and prevented lawyer Daniel Epstein from practicing under her jurisdiction for at least a year.
LIBERAL LAW PROFESSOR BREAKS WITH OBAMA JUDGE OVER TRUMP LAWYER CRACKDOWN: âI REFUSE TO TEACHâ IT
Jordan’s letter called the timing of Williams’ order «suspect» for coming after the case was voluntarily withdrawn.
He also accused Williams of basing the action on an amicus brief submitted by left-wing judicial activist group Democracy Defenders Action. The brief, which the group said was submitted on behalf of 35 former federal judges, called on Williams to reopen the case despite the dismissal by the involved parties and accused both sides of «fraud» over the settlement.
GOP SENATOR UNVEILS BOASBERG ACT TO STOP ‘ROGUE’ JUDGES FROM HANDPICKING TRUMP CASES
«Judge Williams issued her July 13 order after the plaintiffs filed a notice of voluntary dismissal of the case, ending the dispute between the parties,» Jordan and Issa wrote. «Although Judge Williams invoked the courtâs inherent authority to impose sanctions, the Committee is not aware of Eleventh Circuit precedent applying inherent sanctions authority after a plaintiff has voluntarily dismissed a case based on briefing by partisan nonparties on an unrelated question the court never decided.»
They concluded, «Judge Williamsâs conduct risks undermining public confidence in the federal courts. Accordingly, we respectfully ask that the Judicial Conference review this matter, including whether it warrants referral to the Judicial Council of the Eleventh Circuit or other appropriate action, and that you inform the Committee of steps taken no later than 5:00 p.m. on November 5, 2026.»
CLINTON JUDGE INDEFINITELY BLOCKS TRUMP’S $1.776B ANTI-WEAPONIZATION FUND
Issa told Digital in his own statement, «The rogue federal judges who make up the Trump Resistance in Robes continue to disappoint but never surprise. Judge Williams hasn’t only shown her liberal contempt for President Trump â but crossed a bright ethical line by going after his attorneys.»
Trump allies, particularly in Congress, have clashed with federal judges on multiple fronts so far this term. Republicans have accused what they call «activist judges» of weaponizing their courts to block Trump’s agenda.
Democrats, meanwhile, backed up Williams’ skepticism of Trump’s settlement. The anti-weaponization fund proposal, which has since been blocked by other courts, has received bipartisan pushback.
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INTERNACIONAL
Destinan $310 millones para financiar a las micro, medianas y pequeñas empresas afectadas por el terremoto en Panamá

El Fondo de Garantía de Panamá respaldará a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) afectadas por el terremoto del 9 de octubre, que necesiten crédito y no dispongan de garantías suficientes para acceder a financiamiento.
La iniciativa forma parte de un paquete de $310 millones orientado a la reactivación económica sostenible. El esquema reúne un programa de crédito y un mecanismo de garantías para apoyar a empresas golpeadas por la crisis.
Las Mipymes podrán usar los recursos para cubrir capital de trabajo, gastos operativos e inversiones vinculadas con la recuperación de sus actividades.
El objetivo es que los negocios afectados mantengan sus operaciones, recuperen su capacidad productiva y fortalezcan sus modelos sostenibles.
El Programa Global de Crédito para la Reactivación Económica Sostenible cuenta con una asignación de $160 millones. De ese total, $100 millones están disponibles de forma inmediata para atender las necesidades de las empresas impactadas.

El Fondo de Garantía de Panamá, a su vez, fue dotado con $150 millones. Su función será facilitar el acceso al crédito de clientes que requieren financiamiento, aunque no tengan respaldo suficiente para cumplir con las exigencias habituales de garantía.
El ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, afirmó que “los recursos llegarán a través de canales expeditos y rápidos”, que ya son conocidos por las empresas y tienen presencia en las comunidades afectadas o en zonas cercanas.
El funcionario indicó que el financiamiento podrá destinarse tanto al sostenimiento cotidiano de los negocios como a otras inversiones necesarias para reparar el impacto del terremoto.
La coordinación de ambos mecanismos estará a cargo del Banco Nacional de Panamá, el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Banco Interamericano de Desarrollo. Las instituciones plantearon el programa como una vía para reforzar las operaciones de las Mipymes y acompañar su recuperación.
El Banco Nacional de Panamá canalizará los recursos hacia los beneficiarios finales por medio de instituciones financieras elegibles. Estas entidades deberán contar con experiencia en la atención de micro, pequeñas y medianas empresas.

El diseño del programa apunta a que los fondos lleguen a negocios vinculados con sectores que tienen peso en la actividad económica local. Entre ellos figuran el agropecuario, el comercial y el de servicios.
El Fondo de Garantía busca dinamizar esas actividades y elevar su productividad. La medida pretende reducir una de las barreras que enfrentan numerosos emprendimientos: la falta de garantías para solicitar préstamos.
El gerente general de Banco Nacional de Panamá, Javier Carrizo, sostuvo que “las mipymes son un sector primordial” para el país. También señaló que muchas de esas compañías sufrieron las consecuencias del sismo.
Carrizo afirmó que los instrumentos financieros buscan respaldar la recuperación económica y fortalecer el tejido empresarial. Según explicó, el acceso ampliado al crédito también apunta a incluir a empresas y sectores que históricamente tuvieron mayores dificultades para obtener recursos.
Las micro, pequeñas y medianas empresas tienen un papel central en la economía panameña por su aporte a la generación de empleo, los nuevos emprendimientos, la competencia y el movimiento de los mercados locales.

La representante del Grupo BID en Panamá, Gloria Lugo, vinculó la recuperación de las zonas afectadas con el respaldo a los negocios que funcionan en esos territorios.
“La recuperación de las comunidades afectadas pasa también por apoyar a sus micro, pequeñas y medianas empresas”, afirmó Lugo. La representante agregó que los mecanismos ya disponibles permitirán canalizar crédito de manera ágil y contribuir a la reactivación de las áreas impactadas.
La funcionaria del BID indicó que el financiamiento también busca proteger puestos de trabajo. El planteamiento reúne el esfuerzo del Ministerio de Economía y Finanzas, Banconal y el organismo multilateral.
El Ministerio de Comercio e Industrias participa en el impulso de estos sectores por su función de regular, promover y formalizar a las Mipymes. La iniciativa financiera se presenta como un complemento para empresas que necesitan sostenerse durante la crisis.
El programa de crédito prioriza inversiones productivas y sostenibles. La intención es que las empresas beneficiadas mejoren su competitividad, aumenten su resiliencia y estén en mejores condiciones para responder a las exigencias del mercado.

Los mecanismos también buscan ampliar la bancarización de los negocios y facilitar que más emprendimientos desarrollen su potencial productivo. El acceso al sistema financiero aparece como una herramienta para afrontar las consecuencias de la emergencia.
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Nueva Ley de Vivienda en Cuba: qué deben hacer los propietarios que viven fuera del país

Los propietarios cubanos que residen fuera del país ya no perderán de forma automática una vivienda por haber emigrado. La Ley 187 de Vivienda, que entra en vigor este miércoles 21 de octubre, mantiene sus derechos sobre los inmuebles, aunque les impone deberes de representación, conservación, registro y pago de tributos.
La norma reemplaza a la Ley General de la Vivienda vigente desde 1988. La Asamblea Nacional del Poder Popular la aprobó el 30 de julio y la Gaceta Oficial número 86 la publicó el 14 de octubre junto con decretos reglamentarios y resoluciones vinculadas al catastro.
Una persona natural podrá tener hasta dos viviendas y conservar una tercera destinada a vacaciones o descanso si esa condición figura de forma expresa en sus documentos legales. La ley también prohíbe pagar en efectivo las compraventas, establece obligaciones para las propiedades desocupadas y modifica las reglas para emigrados, herederos, ocupantes y familias en situación de vulnerabilidad, según Periódico Cubano.
Los emigrados conservan sus viviendas, pero deben cumplir nuevas obligaciones
La salida definitiva de Cuba deja de ser, por sí sola, una causa para perder la propiedad de una casa. El cambio alcanza a quienes viven en el exterior y mantienen inmuebles dentro de la isla.

El artículo 139.3 dispone que los dueños ausentes deberán designar a una persona que los represente ante emergencias, trámites administrativos y procesos judiciales relacionados con la vivienda.
La disposición no establece un plazo mínimo de ausencia para activar esta obligación.
El hecho de que una vivienda permanezca cerrada tampoco basta para que su propietario pierda el inmueble. La ley exige condiciones adicionales y una decisión de los tribunales.
El artículo 141 permite que las autoridades municipales soliciten la pérdida de la propiedad cuando la casa sea declarada en ruinas por abandono y el dueño no adopte medidas para recuperarla. La pérdida del inmueble requiere una decisión judicial.
La norma incorpora también reglas para familiares que siguieron viviendo en casas cuyos titulares habían sido declarados emigrados bajo disposiciones anteriores. Los cónyuges, exparejas y determinados familiares podrán solicitar el reconocimiento de derechos si cumplen los requisitos de convivencia y no poseen otra vivienda.
Esa posibilidad no supone la devolución automática de inmuebles que fueron confiscados o perdidos bajo el régimen legal anterior. Tampoco convierte en propietario a cualquier pariente que permanezca en la casa.
La ley permite hasta dos viviendas y una residencia de descanso

Las personas naturales podrán ser propietarias de dos casas. Además, podrán conservar una tercera vivienda cuando esté destinada a vacaciones o descanso y cuente con esa clasificación en la documentación correspondiente.
La autorización no habilita una acumulación ilimitada de inmuebles. Las autoridades podrán iniciar una investigación administrativa si detectan que un propietario superó el límite previsto.
Si se confirma la infracción, la Dirección Municipal de la Vivienda podrá disponer la pérdida de la última propiedad adquirida. Esa medida aparece regulada en el artículo 4.
Las vías para obtener una vivienda incluyen la compraventa, las donaciones, las permutas y las sucesiones hereditarias. La nueva regulación también establece disposiciones para los inmuebles usados como segunda residencia.
La clasificación de esas casas puede cambiar de acuerdo con las circunstancias en que se produzca una transmisión. Por esa razón, la situación registral y documental de cada inmueble tendrá efectos sobre las operaciones futuras, de acuerdo con Periódico Cubano.
Las compraventas deberán formalizarse ante notario y sin efectivo
Los artículos 89 y 90 obligan a que las compraventas se realicen ante notario. El pago del precio no podrá hacerse en efectivo.
Las partes deberán utilizar instrumentos bancarios u otros mecanismos admitidos por la legislación. El efectivo queda excluido de las operaciones de compraventa.
El vendedor podrá negociar el importe con el comprador, pero antes tendrá que demostrar que el inmueble está inscrito en el registro correspondiente. También deberá acreditar que cumplió sus obligaciones fiscales.

La operación exigirá, además, resolver las deudas exigibles asociadas con la adquisición de la vivienda. Esos requisitos condicionarán la formalización del contrato ante la autoridad notarial.
El valor catastral tendrá un papel directo en el cálculo de los impuestos. Si el precio declarado resulta inferior a la valoración oficial, esa referencia servirá como base mínima para determinar la carga tributaria.
La medida busca impedir que un valor reducido en la escritura disminuya necesariamente los tributos. El valor catastral podrá fijar la base imponible mínima.
Los ocupantes tendrán cinco años para solicitar el reconocimiento de la propiedad
La Ley 187 prevé un plazo de cinco años para que determinados ocupantes legítimos y usufructuarios soliciten el reconocimiento de la propiedad. El trámite deberá completarse dentro del período establecido.
Quienes no lo hagan podrían pasar a la condición de arrendatarios del Estado, según corresponda en cada caso. La norma vincula esa consecuencia al incumplimiento del procedimiento previsto.
La legislación introduce mecanismos de financiamiento por medio de créditos, subsidios y garantías hipotecarias. Estas últimas estarán sujetas a restricciones, entre ellas la protección de la vivienda familiar frente a ciertas operaciones de garantía.
Las cooperativas, empresas privadas, mipymes y otras formas de gestión podrán participar en la construcción y rehabilitación de viviendas. La ley también regula las responsabilidades de los propietarios en edificios de apartamentos y sus áreas compartidas.
El acceso a viviendas estatales contempla prioridades para personas en situación de vulnerabilidad, adultos mayores, ciudadanos con discapacidad, víctimas de violencia familiar y familias con menores.
La inclusión en esos grupos no garantiza una asignación inmediata. Las decisiones seguirán sujetas a los procedimientos administrativos aplicables.
La entrada en vigor de la nueva ley ocurre en un escenario en el que numerosas familias enfrentan dificultades para construir, reparar o comprar una vivienda. La aplicación de las disposiciones dependerá de los recursos disponibles, el funcionamiento institucional y el cumplimiento de los trámites establecidos.
La derogación de la normativa de 1988 obliga a los propietarios dentro y fuera de Cuba a revisar la situación jurídica de sus inmuebles antes de vender, donar, construir, reparar o regularizar una vivienda.
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