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ECONOMIA

Cuál fue la provincia argentina con menos inflación: ranking completo

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El análisis sobre las 10 jurisdicciones medidas muestra realidades dispares dentro del mapa nacional. En algunos lugares el registro saltó a 3,6 mensual.

18/06/2026 – 10:25hs

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La meta del Gobierno de llegar al mes junio con una inflación mensual que esté por debajo del 2%, tuvo por primera vez en diez meses una señal alentadora en cuatro provincias argentinas que pudieron romper esa barrera y presetaron índices de precios al consumidor inferiores al relevado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Mientras el promedio general de la Argentina arrojó una suba de 2,1% para el quinto mes del año, las dependencias oficiales de estadística que miden de forma autónoma sus territorios mostraron una brecha de más de dos puntos entre los extremos de la tabla. Esta diferencia marcada ratifica que los reajustes tarifarios y el comportamiento de los alimentos básicos operaron con fuerzas completamente opuestas entre el norte y las regiones del centro y sur.

En este complejo escenario de dispersión, una sola jurisdicción del interior del país logró desmarcarse de la inercia general y perforar con holgura la barrera del dos por ciento mensual. Los datos no solo traen alivio a los presupuestos locales de ese distrito, sino que además abren un interrogante sobre los factores específicos que permitieron amortiguar el impacto inflacionario con tanto éxito respecto al resto de las economías regionales.

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Cuál es la provincia con menor inflación del país

San Luis se consagró de forma indiscutida como el distrito con el menor avance de precios en todo el territorio nacional durante mayo. La Dirección de Estadística y Censos puntana reportó una variación mensual de apenas el 1,4%, una cifra que la ubicó casi un punto por debajo de la media reportada por el INDEC a escala federal y que ratifica el proceso de enfriamiento de los valores comerciales en esa provincia.

Inmediatamente por encima de la marca puntana se posicionó la Patagonia profunda a través de Río Negro, que registró un incremento del 1,7% en el mismo período. El territorio rionegrino aportó además un hito estadístico sumamente relevante para el mediano plazo: consolidó una variación interanual del 24,7%, convirtiéndose en la única jurisdicción de toda la Argentina capaz de sostener su acumulado de los últimos doce meses por debajo de la línea del 30%.

El bloque de los distritos más estables y con rendimientos inferiores al promedio general se completó con Mendoza y Córdoba, que compartieron un idéntico 1,9% de inflación en el mes. Para el caso cordobés, la contención en los rubros tradicionales compensó la fuerte presión de sectores específicos como los Seguros y Servicios Financieros, que treparon un 5,1% localmente. Cerrando este pelotón de alivio, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se acopló perfectamente a la tendencia del país al marcar un 2,1%.

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El ranking completo de precios en el mapa federal

En la otra mitad del informe, un grupo de cinco jurisdicciones experimentó una dinámica inversa, sufriendo aceleraciones que superaron la media nacional. Los registros oficiales exponen cómo la inercia de los servicios regulados golpeó con mayor dureza en estas zonas, impidiendo una desaceleración más homogénea a nivel federal.

El listado de los distritos que se ubicaron por encima del promedio del país se estructuró de la siguiente manera:

  • Chaco: lideró los incrementos de toda la Argentina con un preocupante 3,6% mensual.

  • Neuquén: se ubicó en el segundo escalón con una suba del 2,3%.

  • Santa Fe: empató la línea neuquina registrando también un 2,3%.

  • Tucumán: avanzó un 2,2% mensual, muy presionada por el rubro Comunicación, que saltó un 11,3%.

  • Jujuy: cerró el lote de las más costosas del mes con una variación idéntica del 2,2%.

A nivel interanual, la paridad general del mapa sigue siendo muy estrecha en la mayoría de estas economías, con techos acumulados que rondan el 33,1% en CABA y pisos cercanos al 31,9% en Jujuy.

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ECONOMIA

Desalojo “exprés”: qué cambiará para inquilinos y dueños con el proyecto que tuvo media sanción en Diputados

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La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, que modifica los procedimientos de desalojo en inmuebles urbanos y rurales. Como la iniciativa recibió cambios durante su tratamiento, deberá regresar al Senado para que la Cámara alta defina si acepta las modificaciones antes de que pueda convertirse en ley.

La propuesta busca acelerar los desalojos y precisar las obligaciones de propietarios, inquilinos y demás ocupantes. Entre sus puntos centrales, dispone que la acción de desalojo se tramite por el “juicio sumarísimo”, un procedimiento más breve que el ordinario.

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También amplía quiénes pueden iniciar el reclamo. La acción no se limita a los propietarios: procederá a pedido de cualquier persona que invoque un derecho o interés legítimo afectado, sin importar su naturaleza jurídica. Podrá dirigirse contra locatarios, sublocatarios, tenedores precarios, intrusos y otros ocupantes cuyo deber de restituir sea exigible. En el caso de locatarios, sublocatarios o quienes hayan ingresado de forma legítima, procederá cuando hayan incumplido los términos y condiciones de uso del inmueble o se hayan constituido en mora según el contrato.

Falta de pago, intimación previa y devolución de llaves

El proyecto sustituye el artículo 1222 del Código Civil y Comercial. En los contratos con destino habitacional, el locador deberá intimar de manera fehaciente al locatario al pago de la cantidad debida antes de demandar el desalojo por falta de pago. La intimación tendrá que especificar el lugar de pago y otorgar un plazo no inferior a diez días corridos, contados desde su recepción.

Si la locación se extingue por cualquier motivo, el locatario deberá devolver las llaves del inmueble.

La notificación podrá dirigirse al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea real o electrónico. Se considerará válida aun si el inquilino se niega a recibirla o si no puede perfeccionarse por motivos que le sean imputables.

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Vencido el plazo, o si la locación se extingue por cualquier motivo, el locatario deberá restituir la tenencia del inmueble. Si no lo hace, el locador podrá iniciar la acción de desalojo, que deberá sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley.

El dueño no podrá negarse a recibir las llaves ni condicionar su recepción, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del inquilino. Si ante el requerimiento del locatario el locador se niega o guarda silencio, el inquilino podrá consignar judicialmente las llaves, y los gastos y costas quedarán a cargo del locador.

Además, el inquilino no adeudará alquileres ni ninguna obligación accesoria desde el día de la notificación fehaciente al locador para que reciba las llaves, siempre que realice la consignación judicial dentro de los diez días hábiles siguientes. Si la consignación se inició después de vencido ese plazo, el inquilino dejará de deber desde que se le notifique al locador el depósito judicial de las llaves.

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Para los desalojos por falta de pago o vencimiento del contrato, el artículo 684 bis prevé que el actor pueda obtener la desocupación inmediata bajo caución juratoria, de acuerdo con el procedimiento y el plazo que hayan previsto las partes. Si no lo pactaron, se aplicará el procedimiento del artículo 680 bis. Si se prueba que el actor obtuvo la medida ocultando hechos o documentos que configuraran la relación locativa o el pago de alquileres, se le impondrá una multa de hasta diez veces el monto del último canon locativo, en favor de la contraparte.

Cuando la acción se dirija contra tenedores precarios, intrusos u otros ocupantes, el juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble. (Infobae)

Ocupaciones, reconocimiento judicial y personas vulnerables

Otro punto relevante del proyecto aprobado en Diputados es el artículo 680 bis, ya mencionado. Cuando la acción se dirija contra tenedores precarios, intrusos u otros ocupantes cuyo deber de restituir sea exigible, el juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble a pedido del actor, en cualquier etapa del juicio posterior a la contestación de la demanda. Para eso, el derecho invocado deberá resultar verosímil y habrá que presentar previamente una caución juratoria.

Cuando el desalojo se funde en cambio de destino, deterioro del inmueble, obras nocivas o uso abusivo o deshonesto, el juez deberá realizar, antes del traslado de la demanda, un reconocimiento judicial dentro de las 72 horas de dictada la primera providencia. La diligencia se hará con asistencia del Defensor Oficial y servirá para identificar a los ocupantes, con su nombre completo, nacionalidad y número de documento o pasaporte.

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El proyecto incorpora además el artículo 680 quater, con resguardos para situaciones de vulnerabilidad. Cuando se acredite la presencia de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez deberá, antes de ejecutar el lanzamiento, dar intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar. También tendrá que disponer un plazo prudencial, que no excederá los diez días, para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de que el proceso continúe.

En esos casos, la caución juratoria solo será admisible cuando el derecho del actor resulte inequívoco y no se comprometan derechos de terceros ocupantes de buena fe. Si hay dudas, el magistrado podrá exigir una fianza personal o real suficiente para garantizar eventuales daños y perjuicios.

Notificaciones y lanzamiento

Sobre las notificaciones, el artículo 682 establece que, si en el contrato no se constituyó domicilio especial y el demandado no tiene su domicilio real dentro de la jurisdicción, la demanda podrá notificarse en el inmueble cuyo desalojo se requiere o en el domicilio electrónico constituido a tal efecto.

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La normativa que votará el Senado habilita que la demanda se notifique en el inmueble cuyo desalojo se requiere. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El notificador deberá identificar a los ocupantes y pedirles razón de su relación con el demandado y del carácter en que lo ocupan. Para eso queda autorizado a requerir el auxilio de la fuerza pública, de ser necesario.

Según el artículo 684, cuando la notificación se cumpla en el inmueble, el notificador deberá hacer saber la existencia del juicio a cada sublocatario u ocupante presente, aunque no hubiese sido denunciado. También deberá advertirles que la sentencia producirá efectos contra todos y que, dentro del plazo para contestar la demanda, podrán ejercer los derechos que estimen corresponderles. Deberá informar al juez el carácter que invocan los presentes y la existencia de otros ocupantes que surja de manifestaciones de terceros.

Si hay ocupantes ausentes, los trámites no se suspenderán y la sentencia de desalojo producirá efectos también respecto de ellos. El notificador podrá requerir el auxilio de la fuerza pública, allanar domicilios y exigir la exhibición de documentos de identidad u otros que fuesen necesarios.

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El Senado deberá analizar los cambios introducidos en Diputados y decidir si convierte el proyecto en ley. (Comunicación Senado)

Otros cambios y vigencia

El texto no se limita a los desalojos. En su primer capítulo modifica la ley de expropiaciones (21.499). Establece, entre otros puntos, que la indemnización comprenderá el valor objetivo del bien y los daños que sean consecuencia directa e inmediata de la expropiación. El lucro cesante no podrá exceder el 30% del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior, y el monto se actualizará por IPC más una tasa de interés. También reforma la ley de regularización dominial (24.374), que exige diez años de posesión pacífica, ostensible y continua, e incluye a los agricultores familiares respecto del inmueble rural donde residen y producen.

Otro capítulo modifica la ley 17.801 del Registro de la Propiedad Inmueble. Habilita la presentación de documentos en soporte digital, fija en 30 días el plazo máximo para la calificación registral y crea el Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble y la Red Federal Digital de Publicidad de Inhibiciones.

Entre las disposiciones finales, el proyecto restituye la plena vigencia de la ley 26.737, de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

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Si el Senado lo sanciona, la ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, salvo el capítulo sobre el Registro de la Propiedad Inmueble, que lo hará a los 180 días de esa publicación.

Ley de Tierras

En el marco de la aprobación de la Cámara de Diputados al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada por 124 votos afirmativos, 119 negativos y seis abstenciones, estas últimas decisivas, también se dio otra modificación de importancia. Durante el debate, La Libertad Avanza aceptó reincorporar la Ley de Tierras de 2011, que el Gobierno pretendía derogar, como parte de una negociación para sostener el DNU 70/2023.

La restitución implica mantener las restricciones a la adquisición de campos por parte de extranjeros: limita la titularidad extranjera al 15% de las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada municipio, y fija topes para las compras individuales, especialmente en zonas de frontera y áreas con recursos estratégicos.

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La iniciativa también endurece las condiciones para expropiar: exige declaración de utilidad pública, indemnización previa a valor de mercado y reconocimiento de lucro cesante. Por las modificaciones, el expediente deberá regresar al Senado, que definirá si acepta el texto o insiste con la versión original.

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ECONOMIA

Dura advertencia de un economista: “Si el consumo y la inversión no arrancan, vamos a terminar votando en recesión”

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Pablo Goldín, economista: «Para reactivar la economía, el Gobierno deberá aceptar más inflación»

El economista Pablo Goldin advirtió que el país votará en recesión el año próximo si el consumo y la inversión no registran una recuperación.
Imagen dividida con vacas en un campo bajo una gráfica roja descendente a la izquierda y maquinaria minera bajo una gráfica verde a la derecha.
El Estimador Mensual de Actividad Económica marcó un leve avance de 0,1% mensual en agosto y una caída de 1,7% en la comparación interanual. (Imagen Ilustrativa Infobae)
El presidente Javier Milei, tiene que sacrificar la inflación y la estabilidad del dólar si es que quiere retomar el crecimiento, según Goldin. Pero esa decisión no está carente de riesgos (EFE)
El presidente Javier Milei, tiene que sacrificar la inflación y la estabilidad del dólar si es que quiere retomar el crecimiento, según Goldin. Pero esa decisión no está carente de riesgos (EFE)



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ECONOMIA

La confianza del consumidor subió 0,8% en octubre por el impulso de la compra de bienes durables

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En un mes marcado por las expectativas sobre la difusión del índice de actividad económica hacia un sendero de recesión o de reactivación tras la caída de julio, y de aceleración marcada o estabilidad de la tasa de inflación a un ritmo más alto que el previsto en el Presupuesto, mientras el Banco Central retomaba el ritmo de compra de dólares para acumular reservas, el Índice de Confianza del Consumidor (ICC) que elabora el Centro de Investigación en Finanzas (CIF) de la Universidad Torcuato Di Tella aumentó 0,8% respecto de septiembre y se ubicó en 41,52 puntos.

La mejora coincidió con la disminución de la preocupación de los analistas por la mora crediticia, después de los acuerdos que bancos y fintech ofrecieron a los deudores, y con la estabilización del tipo de cambio en los distintos circuitos del mercado.

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El relevamiento fue realizado por Poliarquía Consultores entre el 5 y el 16 de octubre en 40 grandes centros urbanos. La encuesta funciona como termómetro del humor económico de los hogares: releva cómo evalúan su situación actual, qué esperan para los próximos meses y qué disposición tienen para consumir. En la comparación interanual, el índice bajó 1,9 por ciento.

El relevamiento fue realizado por Poliarquía Consultores entre el 5 y el 16 de octubre en 40 grandes centros urbanos

El repunte resultó exclusivamente de la mejora en las decisiones de compra de bienes durables, en particular en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, porque tanto la percepción de la situación personal como de la economía en general disminuyó, en consonancia con la preocupación e incertidumbre que detectaron diversas consultoras para el corto plazo.

Baja en el interior y Gran Buenos Aires

En términos regionales, el ICC mostró un aumento en CABA en octubre de 6,77%, mientras que disminuyó en el GBA 0,14% y en el Interior del país cayó 0,25 por ciento.

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Persiste un resultado heterogéneo en la percepción de la realidad de los consumidores

El informe también reflejó una divergencia marcada según el nivel socioeconómico. Los hogares de ingresos altos mostraron un aumento de 1,99%, mientras que los hogares de ingresos bajos registraron una disminución de 1,30%, aunque mantuvieron una brecha reducida en los índices del ICC: 40,75 y 41,76 puntos, respectivamente.

El informe también reflejó una divergencia marcada según el nivel socioeconómico

Las expectativas presentes superan a la evaluación del futuro

El componente de Condiciones Presentes, que mide cómo los encuestados evalúan su situación personal y la marcha general de la economía, subió 5,88% respecto de septiembre y 4,61% en la comparación interanual, hasta 35,2 puntos. La percepción sobre el futuro empeoró 2,6% mensual y 6,2% en comparación con el año anterior, con 47,9 puntos.

Tiende a cerrar la brecha entre la percepción sobre el futuro (más alto) que la realidad cotidiana (más baja)

La disposición a comprar bienes durables continuó entre los componentes más débiles, aunque en octubre sobresalió con una suba de 8,8% respecto de septiembre y de 10,4% en comparación con un año antes, a un nivel de 35,6 puntos. La lenta normalización del crédito, junto con la mejora promedio de los salarios contribuyeron a mejorar las decisiones de compra de electrodomésticos, adquirir un auto o afrontar gastos relevantes en el hogar.

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El informe del CIF muestra una mejora generalizada de las decisiones de compra de bienes durables, tanto por región como por rubro en la comparación con el mes previo y el año anterior

El informe del CIF muestra una mejora generalizada tanto por región como por rubro en la comparación con el mes previo y el año anterior. El promedio de aumento nacional de las decisiones de compra de electrodomésticos fue de 7,1% en el mes y 4,6% en el año, y el de automóviles y casas de 11,1% y 19,6%, respectivamente.

La disposición a comprar bienes durables continuó entre los componentes más débiles

La suba mensual e interanual del indicador fue: en CABA 1% y 23%, respectivamente; en GBA 11,2% y 4,4% y en el Interior 13,8% y 9,8%, en cada caso.

Casi tres años de gestión libertaria dejan un balance dispar

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El informe del CIF incluyó además un repaso de la trayectoria del índice durante la presidencia de Javier Milei. En sus primeros 34 meses de gestión, la confianza del consumidor acumuló una suba de 4,3 por ciento.

La percepción sobre la situación personal bajó 0,7%, la visión sobre la economía general retrocedió 20,9% y las expectativas de compra de bienes durables crecieron 100,9%, aunque desde un piso extremadamente bajo.

Un informe de la Universidad Torcuato Di Tella registra la evolución de las expectativas macroeconómicas de corto y mediano plazo en Argentina.

A nivel regional, el ICC bajó en el período 1,9% en CABA, mientras aumentó 8,9% en el Interior y 3,3% en el Gran Buenos Aires.

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Sebastián Auguste, director del Centro de Investigación en Finanzas de la UTDT, recordó que el punto más alto del ICC durante la actual gestión fue enero de 2025, con 47,38 puntos. Desde entonces, el índice acumuló una baja de 12,4%. En sentido inverso, desde el piso de enero de 2024, cuando había caído a 35,6 puntos tras las primeras medidas del gobierno de Milei, el indicador muestra una recuperación de 16,6 por ciento.

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