ECONOMIA
El Gobierno aprobó el séptimo proyecto del RIGI: será para un parque eólico, con una inversión de u$s250 millones

El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció este lunes que se aprobó el séptimo proyecto que podrá ingresar al Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI). Se trata del Parque Eólico Olavarría presentado por las empresas PCR y Acindar, lo que demandará una inversión de más de u$s250 millones.
Ambas compañías son socias en la compañía Generación Eléctrica Argentina Renovable I (GEAR I) que tiene bajo su operación el parque renovable San Luis Norte, y a fines del año pasado renovaron su sociedad a partir de la decisión de construir este nuevo complejo eólico de 180Mw de potencia en una primera etapa, en la provincia de Buenos Aires.
Cómo es el nuevo proyecto aprobado que ingresará al RIGI
El proyecto contempla una serie de obras de repotenciación del transporte en las estaciones transformadoras de esa localidad y de Ezeiza, que permitirán ampliar la capacidad del sistema de transmisión, y al mismo tiempo, posibilitar la construcción de nuevos centros de generación renovable.
Asimismo, realizaron una ampliación en el Parque de San Luis Norte mediante la incorporación de un parque solar por 18Mw, que fue recientemente inaugurado y convirtió ese complejo renovable en el primer parque híbrido del país, con una potencia total de 112,5 M en la localidad de Toro Negro, departamento puntano de Belgrano.
Tanto la energía renovable que genera el Parque San Luis Norte como la prevista que genere el nuevo Parque Eólico Olavarría, ahora ingresado al RIGI. Es para abastecer las plantas industriales de ArcelorMittal Acindar en el país con el propósito de continuar con su objetivo corporativo de descarbonización de sus productos.
Empresa de capitales argentinos con más de 100 años de trayectoria en el país, especializada en petróleo & gas, energías renovables y cemento, operando actualmente cuatro complejos de parques eólicos con una potencia total de 527,4 Mw.
Acindar es la productora de aceros largos que abastece a los sectores de la construcción civil, agro, petróleo, energía, automotriz e industria en general. Cuenta con más de 80 años en el país y, desde 2006, forma parte de ArcelorMittal, el principal productor siderúrgico y minero a escala mundial. Posee instalaciones en cinco ciudades del país, siendo su principal predio productivo el de Villa Constitución, provincia de Santa Fe.
El parque eólico de PCR y Acindar es el séptimo proyecto del RIGI
EL Ministerio de Economía viene aprobando distintos proyectos en materia de renovables, minería e industria presentados al RIGI, el primero de los cuales fue la construcción del parque solar El Quemado, que ya construye YPF Luz en Mendoza, con una inversión de u$s211 millones.
El segundo proyecto corresponde al Vaca Muerta Oil Sur (VMOS) un proyecto que presentó el consorcio que integran YPF, Pan American Energy (PAE), Vista, Pampa Energía, Pluspetrol, Chevron, Shell y Tecpetrol para construir un oleoducto desde la Cuenca Neuquina hasta las costas de Rïo Negro. La obra incluye una mega terminal de exportación que forma parte de una inversión de u$s3000 millones.
El tercer proyecto corresponde a la empresa Southern Energy para la construcción de la infraestructura para la producción offshore de Gas Natural Licuado (GNL). El consorcio está integrado por PAE, YPF, Pampa Energía, Harbour Energy y la noruega Golar LNG propietaria de los barcos licuefactores. La inversión será de u$s2800 millones en la primera etapa aprobada.
El siguiente proyecto aprobado por Economía es el de la minera Rio Tinto, que destinará u$s2724 millones a la expansión del proyecto Rincón de Litio, en Salta. El objetivo es aumentar la capacidad de producción a 60.000 toneladas anuales de litio de grado batería.
El último hasta el anunció de este lunes corresponde a la empresa Galán Litio, que propuso una inversión de u$s217 millones en el Salar del Hombre Muerto en la provincia de Catamarca. La obra prevé producir cloruro de litio para exportación.
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ECONOMIA
Para que entren más capitales, un artículo de la reforma laboral beneficia a los extranjeros que obtienen ciudadanía por “inversiones relevantes”

El debate por la reforma laboral que se discute en el Congreso incluyó un artículo en la Ley de Impuesto a las Ganancias que establece un régimen especial para extranjeros que obtienen la ciudadanía argentina por inversiones relevantes en el país.
Esta modificación, parte del nuevo paquete legislativo, determina que estas personas no serán consideradas residentes fiscales únicamente por su naturalización, lo que genera interrogantes entre tributaristas que sospechan que la medida podría estar dirigida a beneficiarios concretos.
La semana pasada, la Cámara de Diputados abordó el proyecto de reforma laboral y el diputado de Unión por la Patria, Guillermo Michel, expuso el esquema normativo propuesto para quienes acceden a la ciudadanía a través de inversiones. De acuerdo con el artículo 194, la Ley de Impuesto a las Ganancias incorpora un agregado en el artículo 116: se aclara que las personas humanas extranjeras que obtienen la ciudadanía argentina por naturalización, gracias a inversiones relevantes, no serán consideradas residentes fiscales solo por ese motivo.
La norma precisa que, a efectos exclusivos del inciso b) del artículo 116, los extranjeros que adquieren la ciudadanía mediante inversiones continuarán siendo considerados de nacionalidad extranjera, salvo que ya fueran residentes permanentes al momento de obtener la ciudadanía. Así, se introduce una excepción en el tratamiento fiscal que, hasta ahora, equiparaba el estatus de los naturalizados con el de los ciudadanos nativos.
Noelia Girardi, gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, aportó una visión técnica. En diálogo con Infobae, Girardi explicó: “La norma establece que esa naturalización no implica, por sí sola, que la persona pase a ser considerada residente fiscal en Argentina”. Según la especialista, “tener ciudadanía argentina no significa automáticamente tener que tributar como residente. La residencia fiscal sigue dependiendo de otros criterios, como la permanencia en el país por más de 12 meses, y no del simple hecho de haberse naturalizado”.

El concepto de residencia fiscal resulta central para determinar la extensión de las obligaciones tributarias. En Argentina, los residentes fiscales tributan bajo el criterio de renta mundial, es decir, deben declarar y pagar impuestos por las ganancias obtenidas tanto en el país como en el exterior; los no residentes solo tributan por rentas de fuente argentina. Girardi advirtió: “Si la obtención de la ciudadanía implicara automáticamente adquirir residencia fiscal, un inversor podría quedar obligado a tributar por la totalidad de sus ingresos globales”.
La modificación, según la gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, “aporta previsibilidad y evita que la naturalización por inversión genere, en forma automática, una carga fiscal más amplia. De este modo, se fomenta y promueve la inversión extranjera, dado que quienes no configuren residencia fiscal seguirán tributando únicamente por lo que generen en Argentina”. Para la especialista, “este tipo de normativas contribuye a mejorar la competitividad dando claridad y certeza ante futuras inversiones”.
El texto del proyecto establece en su primer párrafo que “las personas humanas extranjeras que hubieran obtenido la ciudadanía argentina por naturalización en virtud de haber realizado inversiones relevantes en el país, en los términos del inciso 2 del artículo 2° de la Ley de Ciudadanía N° 346 y sus modificaciones, no serán consideradas residentes fiscales en los términos del inciso a) del presente artículo por el solo hecho de dicha naturalización”.
En el segundo párrafo aclara que, para la aplicación del inciso b), esas personas serán consideradas de nacionalidad extranjera. Solo recibirán la condición de residente fiscal quienes ya fueran residentes permanentes al momento de obtener la ciudadanía por inversión.
Martín Caranta, socio del departamento de impuestos del mismo estudio de Girardi, manifestó ciertas reservas: “Es raro. Sinceramente, no termino de entender qué fin tiene esa modificación. Lo que hace es demorar que tributen en Argentina como sujetos residentes. Es decir, por las ganancias del país y del exterior. Van a ser residentes fiscales cuando cumplan los 12 meses en el país”.
El debate se amplía con el aporte de Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios. El especialista detalló que, hasta ahora, si la persona es residente fiscal, tributa Ganancias por rentas en el país y en el exterior, mientras que los no residentes solo tributan por rentas de fuente argentina. Así, una persona de nacionalidad argentina naturalizada pasa a ser residente fiscal por obtener la ciudadanía. Pero con el cambio propuesto, podría perder la condición de residente fiscal si permanece doce meses en el exterior.
Domínguez describió el nuevo régimen: “Por el solo hecho de pasar a ser ciudadano argentino por naturalización, por haber realizado una inversión relevante, deja de estar en el inciso a) del artículo 116, deja de considerarse como si fuera un nacional argentino. Estas personas que se naturalizaron por inversión relevante, encuadran en el inciso b) y van a ser residentes fiscales si estuvieron 12 meses en el país. No es que estén exentos del impuesto a las Ganancias; ese extranjero que obtiene la ciudadanía argentina por naturalización o inversión relevante, lo que puede pasar es que no sea considerado residente y solo tributaría por la fuente de renta argentina y no las que tiene en el exterior”.

El CEO de SDC Asesores Tributarios ilustró el impacto del cambio con un ejemplo: “Podrías tener un argentino que tiene vivienda permanente en el país. Está del 1° de enero al 15 de agosto viviendo acá, y se va del 16 de agosto a fin de año a Estados Unidos, donde tiene otra propiedad. Esa persona, a los fines del impuesto a las Ganancias, es residente fiscal argentino. En cambio, supón un estadounidense que viene a la Argentina, obtiene la ciudadanía por naturalización. Hoy, es igual que si fuera un argentino nativo, sería residente fiscal argentino”.
Con la nueva normativa, esa persona sería considerada como extranjera a efectos fiscales. Si está en Argentina del 1º de enero al 15 de agosto y luego pasa el resto del año en Estados Unidos, no se lo consideraría residente fiscal argentino. Domínguez concluyó: “No hay duda de que ahí hay un tratamiento disímil, pero el objetivo de esto es fomentar las inversiones”.
De acuerdo con Domínguez, el nuevo marco legal apunta a incentivar que personas humanas extranjeras realicen inversiones relevantes para obtener la ciudadanía argentina por naturalización, sin que ello implique automáticamente tributar por sus rentas globales. Así, estos inversores solo pagarían impuesto a las Ganancias por las rentas generadas en Argentina, siempre que no permanezcan 12 meses en el país.
La reforma laboral y su vínculo con el régimen fiscal para inversores extranjeros provoca posiciones encontradas en el sector tributario, entre quienes valoran la previsibilidad y la promoción de inversiones, y quienes observan interrogantes sobre el alcance y la equidad del nuevo esquema.
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ECONOMIA
El Gobierno convocó a una nueva licitación para la privatización de rutas nacionales

El Ministerio de Economía oficializó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la Etapa III de la Red Federal de Concesiones, en el marco del proceso de privatización de la empresa Corredores Viales SA. La medida fue adoptada a través de la resolución 174/2026, una semana después de que el titular de la cartera Económica, anunciara la fase “B” de la Etapa II.
Esta iniciativa también comprende la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento y prestación de servicios al usuario en los tramos Cuyo, Centro Norte, Noroeste, Chaco Santa Fe, Litoral, Noreste, Centro y Mesopotámico de la red vial nacional.
La Secretaría de Transporte tuvo a su cargo la propuesta de tramos de la red vial nacional a concesionar, la verificación del estado actual de los mismos y la elaboración de la documentación licitatoria y contractual. Los tramos comprendidos en esta etapa incluyen segmentos de las Rutas Nacionales 7, 9, 11, 12, 16, 18, 19, 34, 66, 105, 1V-66, A-012 y A016.
También se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, los Formularios de Cotización, el Modelo de Contrato, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y los Pliegos de Especificaciones Técnicas Particulares correspondientes a cada tramo. Toda la documentación puede ser consultada y descargada por los interesados en la plataforma CONTRAT.AR. ( y hay tiempo hasta el “04/05/2026 a las 13:00 horas”.
En tanto para la presentación de las ofertas, la fecha límite es el 18 de junio, al mediodía.
La resolución detalla que “el llamado a licitación será publicado en el Boletín Oficial y en el sitio web del Ministerio de Economía por el término de siete (7) días, y en el sitio web del Banco Mundial denominado ‘DGMARKET’ por el término de tres (3) días corridos”. Para el procedimiento, el Gobierno ordenó la creación de una Comisión Evaluadora ad hoc, la cual estará integrada por tres miembros titulares y tres suplentes, que ya fueron designados.

La semana pasada se lanzó una nueva licitación para concesionar más de 2.500 kilómetros de rutas nacionales en cinco provincias, correspondiente a la Etapa II-B. Así lo anticipó el ministro de Economía, Luis Caputo, quien especificó que la convocatoria es de alcance nacional e internacional y comprenderá cuatro corredores estratégicos. “Seguimos trabajando para tener una infraestructura vial más moderna y mejores rutas, alentando a la inversión privada y cuidando al mismo tiempo los recursos de los argentinos”, afirmó.
El proyecto sustituye al esquema deficitario vigente por un modelo sin subsidios, enfocado en, según lo mencionado por Caputo, alegando “más transparencia, competencia y eficiencia en la gestión vial”. Las obras se ejecutarán en la rutas nacionales 8, 33, 35, 36, 188, 193 y en los accesos A005 y A008, además de las 7, 9 y 12 que se mencionan también en la nueva resolución.
La fase II-B cubrirá Buenos Aires, La Pampa, Santa Fe, Córdoba y San Luis y estará dividida en cuatro tramos: el tramo Mediterráneo, de 672 kilómetros, que conecta el centro productivo del país; el tramo Puntano, de 720 kilómetros, definido como corredor de integración interprovincial y carga de larga distancia; el tramo Portuario Sur, que incluye 637 kilómetros hacia accesos portuarios y nodos logísticos; y el tramo Portuario Norte, de 528 kilómetros, orientado a fortalecer la conectividad con polos industriales y portuarios del centro del país.
Al igual que el reciente lanzamiento, la fase II se enmarca en el Proyecto Red Federal de Concesiones, que prevé la gestión de la operación y mantenimiento de los corredores viales por parte del sector privado. En su conjunto, prevé la concesión demiles de kilómetros de rutas nacionales, con foco en la logística, el transporte de cargas y la conectividad productiva.
En la publicación en X, Caputo remarcó que la Etapa II-B se desarrollará bajo un esquema“sin subsidios”, con mayor competencia entre oferentes y reglas orientadas a mejorar la eficiencia en la gestión vial.
ECONOMIA
Tras los nuevos aranceles de Trump, se achica la ventaja comercial del acuerdo de la Argentina con Estados Unidos

(AP Foto/Mark Schiefelbein, Archivo)
La decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos de anular el esquema arancelario que había impuesto Donald Trump modificó el mapa comercial global. Frente al fallo judicial, el presidente americano reaccionó y, en reemplazo de los gravámenes diferenciados que regían hasta aquel momento, la Casa Blanca anunció un arancel general del 10% para todos los socios comerciales, que luego elevó al 15 por ciento.
El cambio impactó directamente en países que habían negociado condiciones específicas con Washington. Entre ellos, la Argentina, que había acordado un arancel del 10% para sus exportaciones hacia el mercado estadounidense, en línea con el Reino Unido y por debajo de países como China e India, que afrontaron tasas del 34% y 25%, respectivamente.
Con el nuevo esquema, los países que habían conseguido mejores condiciones quedaron más expuestos, al mismo tiempo que aquellos que tenían los aranceles más altos vieron una mejora en sus condiciones. Puntualmente, el diferencial al que había accedido la Argentina quedará sin efecto, al menos por 150 días, plazo durante el cual regirá la medida antes de requerir aprobación del Congreso estadounidense.
Según un análisis elaborado por el organismo independiente Global Trade Alert (GTA), citado por el diario británico Financial Times, el nuevo arancel global del 15% implicará una reducción significativa en la carga promedio que enfrentaban algunos de los países más afectados por el esquema previo.
El estudio revela que Brasil registraría la mayor baja, con una caída de 13,6 puntos porcentuales en su arancel promedio, seguido por China, con una reducción de 7,1 puntos. También se verían beneficiados otros exportadores asiáticos como Vietnam, Tailandia y Malasia, especialmente en sectores como indumentaria, muebles, juguetes y plásticos.
En contraste, aliados tradicionales de los Estados Unidos como el Reino Unido, la Unión Europea y Japón figuran entre los más expuestos bajo el nuevo régimen. El Reino Unido, que había acordado un arancel del 10% para numerosos productos -al igual que la Argentina-, verá aumentar su tarifa promedio en 2,1 puntos porcentuales en promedio ponderado. En el caso de la Unión Europea, el incremento general estimado es de 0,8 puntos, con países como Italia y Francia entre los más afectados.
El nuevo esquema, de aplicación automática, estará vigente por 150 días. Luego de ese período, la medida necesitará autorización del Congreso estadounidense. Sin embargo, la administración de Trump ya evalúa iniciar investigaciones que podrían habilitar nuevamente la aplicación de aranceles específicos a determinados países.
El nuevo escenario contrasta con el diagnóstico que circulaba semanas atrás. Un análisis de The Economist había señalado que la Argentina y el Reino Unido se encontraban entre los países que habían logrado mejores condiciones en sus negociaciones con Washington.
REUTERS/Al Drago/File Photo
En ese momento, ambos habían conseguido limitar sus aranceles al 10%, con concesiones consideradas menores en comparación con otros socios comerciales. En el caso argentino, el acuerdo -firmado en un contexto de fortalecimiento del vínculo económico entre ambos países- contemplaba cupos mayores de exportación y excepciones impositivas favorables para la carne vacuna, principalmente.
Según el relevamiento de GTA, mientras países como Indonesia, India o miembros de la Unión Europea debieron abrir más sus mercados o aceptar mayores compromisos regulatorios -en otras palabras, cedieron más-, la Argentina y el Reino Unido habían obtenido un acceso relativamente ventajoso al mercado estadounidense, brindando menos concesiones estructurales. Este beneficio, no obstante, quedó en suspenso tras el fallo judicial.
Estados Unidos no es un mercado menor para la Argentina. Según datos de la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR), las exportaciones argentinas hacia ese destino alcanzaron en 2025 un récord histórico de USD 8.338 millones. La cifra implicó un crecimiento cercano al 29% interanual y quedó casi 25% por encima del máximo previo, registrado en 2022.
En paralelo al récord exportador, el intercambio comercial total entre ambos países fue el segundo más alto de la serie histórica, mientras que el superávit bilateral también alcanzó valores máximos. Durante 2025, Estados Unidos se mantuvo como el tercer destino de las exportaciones argentinas y como el tercer origen de importaciones, detrás de Brasil y China. Y de hecho, según los datos que publicó el jueves pasado el Indec, en enero fue el principal destino de las ventas externas de la Argentina, en buena medida debido a las exportaciones de petróleo crudo.
En ese contexto, la modificación del esquema arancelario introduce un factor adicional en un vínculo comercial que venía mostrando dinamismo. Productos como el aceite de soja, la carne vacuna, el aluminio, el vino, los limones y otros bienes agroindustriales e industriales explican buena parte de ese flujo.
De acuerdo con el análisis de Global Trade Alert, Brasil sería el país con mayor reducción promedio de aranceles bajo el nuevo esquema. En rubros donde ambas economías compiten —desde manufacturas industriales hasta determinados productos agroindustriales— la equiparación de tarifas con la Argentina podría alterar la competencia relativa en el mercado estadounidense.
Esto se da, además, en un escenario en el que la Argentina enfrenta desafíos de competitividad asociados a costos logísticos, presión tributaria y escala productiva. Por esta razón la pérdida de un diferencial arancelario puede tener un impacto mayor que en economías con estructuras de costos más amplias o integradas.
Un análisis de la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) recordó que el gobierno argentino no había presentado el acuerdo con EEUU al Congreso y que con la decisión de la CSJ EEUU, el texto perdería sustento legal.
No obstante, también destacó que la cuota de carne bovina de 80.000 toneladas que EEUU otorgó a Argentina se concedió mediante una proclama y no era parte del texto del acuerdo ARTI, por lo que no habría motivo para que pierda vigencia.
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