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ECONOMIA

Aprobados 97,5 millones de ayudas a 14 proyectos del Perte de Descarbonización Por EFE

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Madrid, 16 jul (.).- El Ministerio de Industria ha aprobado de manera definitiva catorce proyectos de la convocatoria de ayudas para la industria manufacturera dentro del Perte de Descarbonización Industrial, tras estimar las alegaciones de Gestamp (BME:) Vigo y Cementos Tudela Veguín, en La Robla (León), adjudicándose en total 97,5 millones.

Los proyectos se enmarcan en la convocatoria de la línea 1 del Perte de Descarbonización Industrial, de actuación integral para la descarbonización, que está dotada con 1.000 millones de euros (500 en subvenciones y 500 millones en préstamos), y está previsto que salga una segunda convocatoria a lo largo del segundo semestre de este año.

El Ministerio de Industria ha dicho en un comunicado que sigue trabajando a fondo en la evaluación de los proyectos y en la resolución de las alegaciones para que las ayudas a la actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera tenga el mayor éxito posible.

La línea 1 de ayudas de actuación integral para la descarbonización apoya las actuaciones llevadas a cabo por industrias nacionales para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, incluyendo la descarbonización de fuentes de energía con la electrificación de procesos y la incorporación de hidrógeno; gestión energética de procesos industriales; reducción del uso de recursos naturales o la captura de carbono, entre otras líneas de actuación.

Las alegaciones admitidas a la resolución provisional de la primera convocatoria han sido las correspondientes al proyecto de Descarbonización de Fuentes de Energía de Gestamp Vigo y al de Optimización del consumo de combustibles alternativos renovables para la descarbonización de la fábrica de cementos de La Robla, de Cementos Tudela Veguín.

Tras la resolución definitiva, el proyecto de Gestamp Vigo tendrá una ayuda de 4,4 millones de euros y el de Cementos Tudela Veguín, de 7,5 millones de euros.

Además, se han publicado las resoluciones definitivas de los proyectos de Cemex (BMV:) España Operaciones, Ederfil Becker, Gestamp Bizkaia, Ferroglobe (NASDAQ:) Spain Metals, Zukan, Cervezas Mahou, ENSO ESCO, Carnes y Vegetales, Cítricos del Andarax, Resonac Graphite Spain e Industrias Peleteras.

El Perte de Descarbonización Industrial se centra en la reducción de emisiones de carbono en el sector industrial a través del uso de tecnologías innovadoras y prácticas ecoeficientes.

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ECONOMIA

Los sueldos que pagarán el Impuesto a las Ganancias, tras la suba del mínimo en septiembre

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La suba de mínimo no imponible será del 13,3% para los salarios de septiembre, a partir de los datos de inflación de los últimos tres meses

13/09/2024 – 16:01hs


Luego de conocerse el dato de inflación de agosto, quedó confirmado cuánto aumentará el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para los sueldos de septiembre que se cobran en octubre.

La suba del piso será del 13,3%, en relación a la variación de los precios minoristas de julio (4,58%), julio (4,03%) y agosto (4,17%). Así surge de la ley 27.743 (artículo 74) que establece que «los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024 por el coeficiente que surja de la variación del IPC, organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente a los meses junio a agosto de 2024, inclusive».

Sube el piso del Impuesto a las Ganancias: qué sueldos comenzarán a pagarlo

De esta manera, el piso del salario bruto exento de Ganancias aumenta de $1.800.000 a $2.040.300 para un soltero sin hijos, mientras que para un empleado con cónyuge y dos hijos pasará de $2.200.000 a $2.490.000.

También deben actualizarse los valores de las escalas. Se espera ahora la reglamentación de la AFIP para que estos cambios sean operativos.

En principio, este ajuste de septiembre debía abarcar el IPC abril, mayo y junio, meses de mayor inflación. Y luego aplicar los ajustes semestrales. Sin embargo, la ley se salteó esos tres meses (abril/junio) y fijó junio, julio y agosto, meses de menor inflación.

A su vez, este ajuste trimestral no regirá en 2025 porque el artículo 73 establece que el mínimo no imponible y demás deducciones, se ajustarán el 1° de enero y 1° de julio por el IPC (Índice de Precios al Consumidor) correspondiente al semestre calendario anterior. 

Pero el decreto reglamentario N°652 alteró esa norma porque señala que la actualización de esos valores a partir del 1° de enero de 2025 «se realizará, excepcionalmente, tomando en consideración el coeficiente que surja de la variación del indicado índice, correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2024, inclusive». 

Gremios en pie de guerra contra el impuesto a las Ganancias

La semana pasada, y a raíz de una medida cautelar planteada por la Federación Argentina de Luz y Fuerza, la Justicia suspendió la aplicación del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores de este sector hasta que se resuelva el planteo de inconstitucionalidad de fondo.

Así lo resolvió el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n°44. La organización conducida por Guillermo Moser había presentado una medida cautelar apuntando a la ilegalidad del proceso en el que se aprobó la norma, dado que la cámara de Diputados reintrodujo el tributo en la Ley de Bases, luego de que este había sido rechazado en el Senado.

Se sumó así a otros gremios que obtuvieron distintos triunfos ante la Justicia por el regreso de Ganancias. Entre ellos se destacan el personal diplomático y administrativos de Cancillería: el colectivo está conformado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y la Asociación de Personal del Servicio Exterior de la Nación (Apsen) quienes accionaron contra las disposiciones del artículo 81 de la ley 27.743 y los artículos 5 y 9 del decreto 652/24, que derogan el artículo 280 del decreto 862/19, reglamentario de la ley 20628, acorde a la letra del expediente.

También la Justicia Federal del Chaco hizo lugar a una medida cautelar iniciada por la seccional Resistencia de la Asociación Bancaria (AB), con respaldo de la conducción nacional de la organización gremial, que fue quien realizó el amparo a nivel nacional.

Y docentes porteños, luego de una cautelar presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), un fallo ordenó suspender la Ley n°27.743, en sus artículos 74,81 y 94, referidos al Impuesto a las Ganancias.



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