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ECONOMIA

El dólar recupera terreno entre las mejores inversiones del 2025: así está el ranking que mira la City

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El primer trimestre cierra para los ahorristas con un resultado volátil, debido a que la inestabilidad del mercado local e internacional impactó en las carteras. De esta manera, el oro fue la inversión más ganadora de marzo y también de lo que ya ha transcurrido de 2025. Un claro ejemplo de que en épocas de turbulencias la elección fue por una opción muy conservadora. 

En tanto, el incremento que tuvo el precio del dólar en las últimas semanas en la plaza libre, comenzó a brindarle un mayor atractivo como instrumento de resguardo ante la incertidumbre que existe en la economía, como consecuencia a la falta de detalles sobre el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y cierto estancamiento de las proyecciones de despegue de la actividad.

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En resumen, el oro avanza 15% en pesos en todo el mes, y en el acumulado de todo el corriente año muestra un incremento de más de 31% en moneda doméstica.

Y en este escenario tan volátil, las acciones de empresas líderes argentinas, a través del índice Merval, muestran en todo marzo una suba interesante, mayor al 7%, una cifra que se ubica por encima del dólar libre, y que supera con creces a la inflación y a la tasa en pesos. 

Muy cerca, se ubica el dólar libre, que avanza más de 6% en todo el mes, y también pasa a ser el más ganador de todo el año, después del oro, con un aumento acumulado de más de 10% en el 2025.

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«La valorización del oro en los mercados mundiales y la del dólar a nivel local en las últimas semanas se traducen en un resultado singular para quienes optaron por el metal. También el Merval está desarmando el camino contractivo que tuvo en estas semanas de marzo, ubicándose como la opción que le sigue al oro en cuanto a la rentabilidad obtenida en el mes», concluye Andrés Méndez, director de AMF Economía, a iProfesional.

Para completar que, en este contexto, la «novedad» es la recuperación del dólar libre frente al peso, «producto de ciertas inconsistencias en lo político y del inminente acuerdo con el FMI que, seguramente, buscará que el mercado cambiario no sea un ´colador´ por el que se diluyen las divisas del país. En otros términos, quizás habrá un tipo de cambio más elevado que el actual».

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El oro es la inversión más ganadora de marzo, al subir más de 15% en pesos.

En la misma línea de subas, cercana al 6% en todo el mes, se ubicaron el Bitcoin y el dólar blue.

Y entre los menos rentables del mes, se pueden mencionar a los plazos fijos, tanto tradicional como UVA, que ofrecieron una tasa apenas por encima del 2% mensual. Una ganancia muy similar a la inflación que se registra en la actualidad.

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Mientras tanto, el dólar oficial se mueve desde febrero pasado bajo una devaluación estipulada, hasta el momento, de 1% mensual.

Cuánto se gana con una inversión de $1 millón en todo 2025

En el primer trimestre del año, las inversiones más ganadoras son el oro y, en segundo lugar, los dólares libres, que ofrecieron una renta positiva al superar a la inflación registrada en el mismo período.

Entonces, el ahorrista que invirtió $1 millón en oro el primer día hábil de enero, hasta este final de marzo acumuló un capital total de $1.302.000. Por ende, ganó más de $300.000 en los primeros tres meses del año.

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En segundo lugar, se encuentra el dólar MEP, que al comprar $1.000.000 a principios de año, hoy equivale a tener un capital mayor de $1.122.000.

«Desde inicios del 2025 hasta ahora, el ahorrista está obteniendo mejores resultados con las opciones más conservadoras, como el oro, plazos fijos y dólar, ubicándose en las antípodas aquellas opciones más riesgosas, como el Bitcoin y las acciones del Merval», grafica Méndez a iProfesional.

Si al capital inicial de $1 millón de inicios de enero se lo actualiza por la inflación registrada en el primer trimestre, el monto resultante equivale a tener hoy alrededor de $1.071.800.

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La inversión ganadora, hasta ahora, del 2025 es el oro, seguida por el dólar MEP.

La inversión ganadora, hasta ahora, del 2025 es el oro, seguida por el dólar MEP.

Renta acumulada por $1 millón desde 2024 hasta ahora

En el caso de los ahorristas que piensan en el largo plazo, aquellos que invirtieron en enero de 2024 hasta el momento, las más ganadoras en estos 15 meses son el plazo fijo UVA, las acciones líderes del Merval y el Bitcoin. Estas tres alternativas son las únicas que le ganaron a la inflación acumulada, por lo que ofrecen desde entonces una renta positiva.

En conclusión, el ahorrista que hizo un plazo fijo UVA por $1.000.000 a inicios del año pasado, desde ese entonces hasta ahora suma un capital total de $2.975.000. Es decir, una ganancia que supera los $1.975.000.

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En segundo lugar se ubica el índice de acciones de empresas líderes, el Merval de Buenos Aires, donde ese millón inicial invertido hace 15 meses atrás hoy creció hasta $2.388.000.

El podio lo completa el Bitcoin, donde $1 millón invertido en esa época en dicha criptomoneda hoy equivale a un capital total de unos $2.296.000.

«Si el análisis se realiza para una inversión realizada a principios de 2024, los resultados son diametralmente opuestos a los obtenidos en los últimos meses. Por un lado, emerge la solidez de los plazos fijos UVA, que tienden a tornarse redituables cuando la inflación se desacelera, algo que, al resultar abrupto en la primera mitad del año pasado, les otorgó mayor atracción en ese momento», recuerda Méndez.

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Y finaliza: «Paralelamente, se advierte que tanto el Bitcoin como el Merval, amplios perdedores en 2025, resultaron inversiones sumamente atractivas al considerarlas en un periodo mayor desde al año».

En el lapso analizado, un capital de $1 millón ajustado por la inflación acumulada desde enero de 2024 hasta el presente equivale a una cifra de $2.279.204.

El plazo fijo UVA es la inversión más ganadora desde enero de 2024 hasta ahora.

El plazo fijo UVA es la inversión más ganadora desde enero de 2024 hasta ahora.

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Qué pasará con las inversiones ahora

Por lo pronto, marzo concluye con un precio de dólar libre que se ha recalentado en las últimas semanas, como consecuencia de las dudas en la confianza en el plan económico, al no tener el mercado una certeza concreta sobre cuándo se firmará el acuerdo con el FMI y cómo impactará eso en el tipo de cambio, que está considerado por algunos economistas como «atrasado».

Mientras tanto, la inflación se ubica en torno al 2%, al igual que la renta en pesos.

«Las expectativas para abril se concentran en descifrar si, ciertas turbulencias advertidas en el trimestre, pero particularmente en las últimas semanas, pueden ´suavizarse´ y otorgar más previsibilidad al mercado cambiario, quitándole a los dólares financieros el rol dinámico que atravesaron en esta primera parte del año», detalla Méndez.

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Y agrega: «Probablemente, el eventual cierre de un nuevo acuerdo con el FMI y el ingreso de divisas por el inicio del período en el que se liquida una buena porción de la cosecha gruesa del campo, tranquilice al precio del dólar. Al respecto, otorgar mayor certidumbre en materia cambiaria podría liberar liquidaciones que, de otra forma, permanecerían en una especie de ´esperar y ver´, afectando negativamente la oferta de divisas comerciales».

A nivel internacional, Méndez considera que el mercado sigue refugiándose en el oro ante los cambios comerciales que plantea la nueva conducción ejecutiva de los Estados Unidos. 

En otras palabras, quienes optaron por alternativas «conservadoras» enfrentarán un nuevo trimestre en el que, posiblemente, «no obtengan los contundentes resultados positivos» que cosecharon en el primer trimestre del año.-

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ECONOMIA

El presidente de YPF celebró la decisión de la Justicia de EEUU: “Este es un fallo histórico para la Argentina”

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Horacio Marin, CEO y presidente de YPF (Nacho Films)

La Corte de Apelaciones de Nueva York emitió una decisión que marcó una victoria para el país en el juicio por la expropiación de YPF. En ese contexto, Horacio Marin, presidente de la compañía, publicó un mensaje en sus redes sociales en el que consideró: “Hoy la Corte de Apelaciones de Nueva York emitió su decisión en la causa por la expropiación de YPF”.

La determinación judicial anuló la condena que enfrentaba la Argentina en el litigio por la expropiación de la principal petrolera del país. El reclamo alcanzaba los 16.000 millones de dólares en concepto de indemnización. Marin se refirió al impacto económico y político que implicó la decisión para el país y para la empresa.

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“Este es un fallo histórico para la Argentina y para YPF. Para el país, porque evita el pago de 16.000 millones de dólares en concepto de indemnización. Para YPF, es un capítulo muy importante porque nos permite seguir avanzando con una visión clara: consolidar nuestro plan 4×4, impulsar las exportaciones, proyectarnos hacia el 2031 y posicionar a la Argentina como un proveedor confiable de energía para el mundo”.

El monto reclamado se mantenía como uno de los principales desafíos económicos para el país. La resolución judicial generó repercusiones en diferentes sectores vinculados a la energía y a la economía nacional.

El mensaje de Marin incluyó un reconocimiento explícito al equipo que llevó adelante la representación legal de la Argentina. “Quiero felicitar especialmente a quienes llevaron adelante esta defensa con solvencia y responsabilidad en un proceso complejo y de alto impacto”. De esta forma, el presidente de YPF hizo público su agradecimiento a los profesionales involucrados en la defensa de los intereses argentinos en un contexto judicial internacional.

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El reclamo de 16.000 millones de dólares quedó sin efecto tras la decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York (Reuters)
El reclamo de 16.000 millones de dólares quedó sin efecto tras la decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York (Reuters)

La empresa YPF ocupa un lugar estratégico en la estructura productiva y energética argentina. La causa por la expropiación sumó años de litigios y controversias en tribunales de Estados Unidos. El resultado de la decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York modificó el escenario financiero y jurídico para la compañía y para el Estado nacional, al evitar un desembolso millonario.

En su mensaje, Marin detalló los ejes centrales de la gestión de la compañía tras el fallo. Habló del plan 4×4 y de la proyección hacia 2031 como parte de la estrategia para fortalecer la posición de YPF en el mercado internacional. La referencia a la posibilidad de consolidar exportaciones y de transformarse en un proveedor confiable de energía para el mundo sintetizó la expectativa de la conducción de la empresa frente a la nueva etapa abierta por el fallo de la Corte de Apelaciones de Nueva York.

La decisión judicial también influyó en la agenda de los actores económicos y políticos del país. El monto de la demanda, que alcanzaba los 16.000 millones de dólares, se mantenía en el centro de las discusiones sobre la sostenibilidad fiscal y la política energética. La anulación de la condena generó expectativas de reordenamiento en la planificación financiera tanto de la empresa como del Estado.

El reconocimiento de Marin a quienes participaron en la defensa legal reflejó la relevancia del proceso y el alcance del desafío enfrentado por la Argentina. El presidente de YPF subrayó la solvencia y la responsabilidad con la que se abordó el litigio, en un escenario considerado de alto impacto. Estas expresiones se difundieron ampliamente en medios nacionales y en canales institucionales de la compañía.

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La posición de YPF en el mercado energético global se presenta como uno de los ejes de la gestión actual. El mensaje de Marin proyectó la expectativa de consolidar el perfil exportador de la compañía a partir de la eliminación de un obstáculo judicial de gran envergadura. El plan 4×4 y la proyección hacia 2031 figuran en el centro de la estrategia anunciada por la conducción de la petrolera estatal.

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ECONOMIA

Acciones de YPF escalan en la City tras el fallo de Nueva York, ¿momento de comprar?

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El fallo a favor de YPF de la Justicia de Nueva York, que evita al país pagar u$s16.000 millones, generó un impulso «extra» al que ya tenían las acciones de la principal empresa petrolera argentina, ya que antes de esta noticia eran las que más subían en todo marzo, no solo por el impacto de la guerra en Medio Oriente y la consecuente suba del precio del petróleo, sino también por otros fundamentos, como es el potencial que tiene Vaca Muerta. Por eso, los expertos del mercado consultados por iProfesional detallan si conviene comprar, mantener o vender este activo.

En concreto, las acciones de YPF suben este viernes hasta 7% en Buenos Aires y en Nueva York, por lo que encabezan las alzas del índice de empresas líderes, el Merval del ByMA, ya que escalan 34% en todo el mes

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Incluso, quedan muy por debajo del propio índice Merval, que asciende apenas 6,6% en el mismo lapso.

Por lo que las acciones de YPF superan por amplia diferencia al incremento en el mismo período de dos variables claves: al dólar, que retrocede cerca de 3% en el mercado oficial mayorista. Y a la inflación, que rondará un incremento de 3% en todo marzo.

Además, en Wall Street, donde también cotiza la firma petrolera nacional, pero bajo el formato de ADR, aumenta de precio un 31% en dólaresen el mes.

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Y en todo el año, las acciones de YPF avanzan 25%, encabezando también por amplia diferencia el ranking de las empresas líderes del Merval que más suben en el 2026.

«YPF está a solo 3% del máximo histórico, si ajustamos el precio por dividendos que pagó», resume Andrés Repetto, analista de mercado y fundador de Andy Stop Loss, a iProfesional, sobre el importante momento en la Bolsa de la compañía.

Acciones de YPF y otros motivos que impulsan su precio

Más allá del factor de la importante suba mundial del precio del petróleo, para algunos analistas existen otros motivos que brindan argumentos a la suba de la cotización de las acciones de YPF, tanto en Buenos Aires como en Nueva York.

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En primer lugar, el fallo en Nueva York que anula el juicio en contra de pagar u$s16.000 millones por la expropiación de la compañía, ayuda a que la empresa tenga un panorama favorable.

«La sentencia vinculada a YPF resulta favorable para la Argentina desde el punto de vista financiero, aunque no modifica de manera directa el valor operativo de la compañía. El impacto principal no pasa por la empresa en sí, sino por el frente fiscal y financiero del Estado», afirma Pablo Lazzati, CEO de Insider Finance.

Por otro lado, «la suba de YPF se explica, por un lado, porque está incrementando mucho su producción y creciendo como empresa, mejorando sus fundamentales, así como también mejora el panorama y contexto del país, pero también por el conflicto de Medio Oriente. Diría que más por el segundo motivo escaló en el corto plazo», detalla Repetto.

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Para Esteban Castro, economista y CEO de Inv.est, el fuerte desempeño de YPF en marzo «no responde únicamente al conflicto en Medio Oriente. Si bien la suba del precio del petróleo actúa como catalizador global para todo el sector energético, en el caso puntual de YPF hay drivers propios muy relevantes. El principal es la consolidación de Vaca Muerta como motor de crecimiento: la compañía viene mostrando incrementos sostenidos en producción, especialmente en shale oil, con mejoras en eficiencia y costos. Esto se traduce en mejores márgenes y mayores expectativas de generación de caja en dólares, algo clave para una empresa argentina».

A esto suma un cambio en la «percepción» de riesgo sobre Argentina.

«El mercado comienza a descontar un escenario de mayor estabilidad macro y reglas más claras para el sector energético, lo que beneficia directamente a YPF por su rol estratégico. También hay expectativas de avances en la normalización de precios y mayor participación privada en el sector, factores que podrían acelerar inversiones», reflexiona Castro.

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En este contexto, afirma que YPF funciona como «un activo muy sensible a la compresión del riesgo país y a la mejora de expectativas económicas».

Acciones de YPF de la mano del precio del petróleo

Este liderazgo indiscutido en la plaza bursátil de la empresa estatal se debe, en primera medida, al incremento mundial del precio del petróleo, por el impacto directo de la guerra en Medio Oriente, zona caliente vinculada directamente a la extracción de hidrocarburos y el comercio por el estrecho de Ormuz, y que llevó al barril del crudo a valores por encima de los u$s100. Marcando un incremento cercano al 50% en todo marzo.

«YPF sube por la correlación con el petróleo, ahí no hay otra cosa que es la suba de las naftas y el impacto que tiene eso en la rentabilidad más alta de la compañía, que me parece que es lo esencial», detalla Rubén Pasquali, analista de mercado de Fernández Laya.

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Al respecto, Carlos Olivieri, asesor financiero y profesor de Mercado de Capitales de la Universidad Di Tella, acota: «Todas las petroleras han subido por el incremento del petróleo. De hecho, el fondo número uno de energía, que es el índice XLE, ascendió 37%». 

Desde la opinión de Gustavo Neffa, economista y director de Research for Traders (RfT), sentencia: «Es el precio petróleo porque todas las empresas petroleras a nivel mundial estuvieron subiendo. Es lógico, porque no es que YPF exporta petróleo, sino que abastece mucho más al mercado interno. Por lo que es, simplemente, un posicionamiento estratégico de los inversores locales y de afuera. Estamos en guerra, lo único que está subiendo es el dólar ylas empresas de petróleo, todo lo demás baja».

En este sentido, coincide Juan Diedrichs, asesor de inversiones de Capital Markets, más allá que aclara que «no todas las petroleras respondieron igual a la suba del crudo, debido a que algunas venden al mercado interno, como es el caso de YPF, y otras exportan».

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Finalmente, Leonardo Guidi, analista de AN Conectar Bursátil, suma: «La suba de YPF de marzo responde 100% al incremento del precio del petróleo y no a fundamentos argentinos. Prueba de ello es que las acciones de las otras empresas grandes estuvieron moviéndose de manera lateral o bajista en el mes, con excepción de Vista Energy, otra empresa petrolera».

¿Momento de comprar o vender YPF?

Para los analistas, el precio del petróleo puede tener alguna suba más, pero se considera que, una vez concluida la guerra en Medio Oriente, el valor del barril del crudo volvería a bajar de forma notoria. Ergo, las acciones de las empresas del sector se verían arrastradas a la baja por dicho motivo. Pero las acciones de YPF podrían tener sustento para seguir al alza de hasta 30% en un más largo plazo.

«Si pensamos que pronto se llegará a un acuerdo de paz, el oil podría corregir y bajar nuevamente debajo de los u$s100, lo que presionaría a la acción de YPF a una sana corrección de mercado. De momento, no compraría, es para tomar ganancias con esta suba o para mantener (holdear)«, reflexiona Repetto.

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Por eso, Guidi completa: «De haber un principio de acuerdo entre EE.UU. e Irán, tomaría ganancias inmediatamente, porque si el precio del crudo baja de nuevo a u$s60, como estuvo en enero, esas acciones caerán en un porcentaje similar».

Aunque para un plazo más extenso los expertos son optimistas con las acciones de YPF.

«Actualmente, la acción se mueve en torno a los u$s43 por ADR en Wall Street, y en un escenario favorable podría tener un valor objetivo con una potencial de suba del 20% al 30% en dólares. Si bien viene de una recuperación importante, los fundamentos de mediano plazo siguen siendo positivos, por lo que el activo continúa siendo atractivo dentro del sector energético argentino, especialmente para perfiles que busquen exposición a la recuperación del país», sentencia Castro a iProfesional

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En ello coincide Neffa: «Invertiría en YPF, sí, claro. Vista, Pampa, Tenaris y, especialmente, YPF, son recomendaciones de compra que tenemos en las empresas petroleras desde hace mucho tiempo atrás».

También Pasquali opina algo similar: «Creo que YPF tiene esa posibilidad de subir que no tienen otras compañías argentinas».

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Carnet de mochilero, registro de palomas mensajeras y sanciones por azotar: una por una, las normas que derogará la “ley hojarasca”

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El Ejecutivo ya envió al Congreso el proyecto de «ley hojarasca». REUTERS/Agustín Marcarián

El Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de Ley de Derogación de Legislación Obsoleta, conocido como “ley hojarasca”, que busca la anulación de cerca de 70 leyes que han perdido utilidad pero que aún están vigentes.

Según el ministerio de Desregulación que conduce Federico Sturzenegger, las razones para derogar esas leyes provienen de cambios regulatorios posteriores, su desuso por el avance tecnológico o el paso del tiempo y el interés en desburocratizar el sector público. A la vez, el proyecto defiende el principio constitucional que indica que nadie está privado de hacer lo que la ley no prohibe, por lo que no hace falta autorizar lo que ya está autorizado. En ese plano, una norma autoriza a transmitir la televisión en color.

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Algunas normas a derogar rondan lo insólito, como exigir un carnet de mochilero para hacer dedo o inhabilitar a los funcionarios públicos que azoten a alguna persona. Pero la “ley hojarasca” también aprovecha para aportar una cuota de motosierra. Deroga muchas comisiones y entes a cargo del estado. Elimina el aporte de fondos estatales para entidades como la Federación Argentina de Municipios, un enclave del peronismo bonaernse, o el Círculo de Legisladores, entre otros. Y también anula el uso de dinero oficial en instancias como el Premio Nacional de la Calidad o los premios destinados a distintas actividades culturales, o bien dejá atrás beneficios impositivos otorgados a lo largo del tiempo.

Todo lo descripto anteriormente sobre ese extenso listado de leyes, cabe destacar, en muchos casos nunca tuvo un efecto concreto. Por distintos motivos, las leyes no fueron reglamentadas o su cumplimiento se volvió abstracto.

Las leyes que busca derogar el Gobierno en la “ley hojarasca” son las siguientes:

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  • Ley N° 94 (1864). Inhabilitaba por diez años a cualquier autoridad que hiciera azotar a una persona. El motivo de su derogación es que la pena de azotes está prohibida por la Constitución Nacional y resulta anacrónica.
  • Ley N° 3.863 (1899). Otorgaba beneficios impositivos a compañías de seguro agrícola y sumaba el seguro agrícola a privilegios de gastos de cosecha. Quedó sin sustento tras la derogación de los artículos pertinentes del Código Civil.
  • Ley N° 16.789 (1965). Obligaba a las reparticiones estatales a comprar automóviles nacionales para su uso. Se deroga por ser una traba que impide la eficiencia en el uso de recursos públicos.
  • Ley N° 20.400 (1973). Prohibía operaciones mano de obra de personas que no ofrezcan voluntaria y espontáneamente sus servicios. Se considera a esta norma precursora en la lucha contra la trata de personas. Fue superada por legislación posterior en la materia.
Aniversario atentado embajada Israel
Argentina’s Minister of Modernization, Federico Sturzenegger, attends a ceremony to commemorate the 34th anniversary of the bombing at the Israeli embassy in Buenos Aires that killed 29 people and wounded 200, at the Israeli Embassy Square in Buenos Aires on March 17, 2026. (Photo by JUAN MABROMATA / AFP)
  • Ley N° 20.843 (1974). Establecía el “padrinazgo presidencial” y la gratuidad de la educación para los ahijados presidenciales. Se deroga por resultar innecesaria, ya que la educación pública gratuita es un beneficio general. La norma reflejaba una costumbre originada en la presidencia de José Figueroa Alcorta.
  • Ley N° 21.778 (1978). Facultaba a las empresas estatales a convocar licitaciones y celebrar contratos destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos, superados por la Ley N° 17.319 y sus modificaciones.
  • Ley N° 22.109 (1979). Habilitaba al Poder Ejecutivo a “disponer el aislamiento de
  • enfermos o sospechosos de viruela y sus contactos» y disponía reglas de vacunación. Se deroga al haberse dictado posteriormente una ley de vacunación integral.
  • Ley N° 23.678 (1989). Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras a liquidar desde 1989, entre otros extremos. Esta norma dejó de aplicarse.
  • Ley N° 24.675 (1996). Refiere a la actuación de los Auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por una acordada de la Corte.
  • Ley N° 448 (1871). Otorgaba un premio en metálico al descubridor de minas de carbón. Se deroga por carecer de sentido en un contexto de descarbonización de la economía.
  • Ley N° 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento de fines del siglo XIX. Se volvió completamente obsoleta frente a los mecanismos vigentes.
  • Ley N° 16.879 (1965). Concede diversas exenciones impositivas a la industria nacional adjudicataria de licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. Nunca se aplicó.
  • Ley N° 18.569 (1970). Regularizaba el uso de la microfilmación en el Ejército. El avance tecnológico la dejó sin efecto.
  • Ley N° 19.648 (1972). Declaraba de interés nacional la explotación de carbón y combustibles sólidos. Se deroga por la política de reducción del uso de carbón.
  • Ley N° 20.114 (1973). Permitía a la Armada emplear microfilmación. Ya no tiene sentido práctico por el avance digital.
  • Ley N° 20.577 (1973). Declaraba de interés nacional las innovaciones en transmisión televisiva, sujetas a aprobación legislativa. Se deroga por inadecuación ante los avances tecnológicos.
  • Ley N° 21.895 (1978). Autorizaba las emisiones de televisión a color. Resulta innecesaria por la existencia de un marco normativo moderno en comunicaciones. Y el proyecto lo considera “regresivo y contrario a los principios constitucionales sancionar una ley que permite realizar una actividad que no perjudica a terceros”.
  • Ley N° 23.756 (1989). Habilitaba el uso de microfilmación en organismos estatales. El método dejó de usarse.
  • Ley N° 23.888 (1990). Encomienda al Poder Ejecutivo la realización de un Censo Técnico Permanente de Infraestructura en localidades urbanas y rurales del país. El censo nunca se hizo.
  • Ley N° 14.034 (1951). Imponía pensas de prisión a “argentinos que propiciaran sanciones políticas o económicas contra el Estado”. Se deroga por su carácter persecutorio y por ser contraria a los principios constitucionales.
  • Ley N° 18.312 (1969). Creaba el Fondo para el Desarrollo de la Producción de Papel Prensa y Celulosa. Se elimina por limitar la libertad de prensa y expresión.
  • Ley N° 19.787 (1972). Esta ley del gobierno de facto de Alejandro Agustín Lanusse declaraba de interés nacional la difusión de la “música argentina” y le otorgaba beneficios impositivos. Según el proyecto tenía “motivaciones de control sobre la cultura por parte de un gobierno militar”.
Vista del edificio del Congreso de la Nación Argentina, en Buenos Aires (Argentina). Foto de archivo. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni
Vista del edificio del Congreso de la Nación Argentina, en Buenos Aires (Argentina). Foto de archivo. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni
  • Ley N° 20.120 (1973). Regulaba reuniones en lugares cerrados, imponía avisos y autorizaciones policiales. Obligaba a los organizadores de reuniones públicas en lugares cerrados a dar previo aviso y autoriza a la policía a ingresar para revisar que se cumplan las normas. Se deroga por violar libertades constitucionales.
  • Ley N° 20.802 (1974). Establecía el carnet de mochilero de uso obligatorio para los que soliciten ayuda de terceros desplazarse con fines turísticos, lo que habilitaba la detención policial sin causa. Se deroga por violar el derecho a la libre circulación.
  • Ley N° 20.959 (1975). Otorgaba privilegios de libre circulación y estacionamiento a legisladores y funcionarios del Congreso. Se deroga por contradecir el principio de igualdad ante la ley.
  • Ley N° 20.983 (1975). Obligaba a medios de comunicación estatales a difundir temas turísticos por un mínimo diario de 60 minutos. Se deroga por desuso y por estar regulado por normas posteriores.
  • Ley N° 22.875 (1983). Imponía medidas de defensa nacional de dudosa aplicabilidad. Sancionada después de la guerra de Malvinas y basada en las “hipótesis de conflicto” de entonces, se deroga “generar inseguridad jurídica”.
  • Ley N° 22.964 (1983). Permitía internar a pacientes con lepra en forma compulsiva. Se deroga por estigmatizar enfermedades y por ser “de corte netamente medieval”.
  • Ley N° 14.041 (1951). Permitía la formación de acopio permanente de materiales para la Marina de Guerra. Se deroga por carecer de operatividad y ser una potestad administrativa.
  • Ley N° 14.800 (1959). Obligaba a quien demuela una propiedad con salas de teatro a construir un teatro con características similares al inmueble demolido. El proyecto considera que la norma “reduce los incentivos a la instalación de nuevos teatros. El resultado es una pérdida de recursos para la cultura y estructuras edilicias que por años quedan abandonadas, lo cual en algunos casos finalmente requiere la intervención estatal”.
  • Ley N° 17.752 (1968). Promueve la construcción, equipamiento y explotación de hoteles nuevos para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación.
  • Ley N° 19.340 (1971). Obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. El trámite exigía presentar balances, con cuadros
  • de pérdidas y ganancias, bienes y deudas. “No tiene razón de ser en la actualidad”.
  • Ley N° 19.363 (1971). Permitía sorteos entre compradores de entradas de cine, financiado con un impuesto a las entradas. Se deroga por ineficiencia y porque el costo del sorteo supera el beneficio.
  • Ley N° 20.308 (1973). Creaba el Fondo Naval para Actividades Náuticas, con fondos de la Armada, lo que “implica un vehículo para el uso de recursos propios para fines propios”. Se deroga por falta de relevancia y transparencia.
  • Ley N° 20.496 (1973). Declaraba de interés nacional el uso de fertilizantes, ya regulado por ley posterior.
  • Ley N° 20.876 (1974). Declaraba de interés nacional la apicultura y “prohibía la introducción del capital extranjero en el sector”. Se deroga por haber quedado sin efecto la prohibición y por inutilidad de la ley.
  • Ley N° 21.056 (1975). Obliga a empresas de transporte a exhibir material promocional de turismo. Se deroga por imponer costos injustificados al sector privado.
  • Ley N° 21.145 (1975). Otorga un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y alojarse a un precio reducido en los servicios que presten empresas estatales. Se deroga por la reducción de la oferta estatal y la falta de uso.
  • Ley N° 21.159 (1975). Imponía cursos obligatorios de formación turística a empleados públicos. Se deroga por desuso y redundancia.
  • Ley N° 22.426 (1981). Regulaba la transferencia de tecnología y marcas extranjeras, exigiendo aprobación estatal. Se deroga por violar la libertad de contratación y comercio.
  • Ley N° 22.963 (1983). Exigía autorización oficial para el uso de mapas en etiquetas de productos y otros usos. Se deroga por ser una injerencia excesiva y generar costos innecesarios.
  • Ley N° 23.419 (1986). Exigía a empresas públicas y estatales informar al Poder Ejecutivo sobre perforaciones en el subsuelo. Se deroga por resultar redundante y burocrática.
  • Ley N° 23.634 (1988). Declara de interés nacional y prioritario cría de conejos y crea la Comisión Nacional de Cunicultura. Se deroga por ser un organismo ineficaz y un gasto innecesario.
  • Ley N° 24.057 (1992). Regulaba trámites y organismos hoy disueltos.
  • Ley N° 24.127 (1992). Instituía el “Premio Nacional a la Calidad” en el sector privado y la administración pública, financiado con recursos estatales. El proyecto considera que debe derogarse porque “el sector privado no necesita que el Estado lo premie por tener procesos eficientes. En cualquier caso, será el mercado quien lo premie, a mayor eficiencia obtendrá mayores ganancias”.
  • Ley N° 24.298 (1994). Creaba el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior. Se deroga por ser declamativa y por estar cubierta la función por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Ley N° 24.960 (1998). Instituía el premio “Prevención de las Adicciones” que tiene como finalidad incentivar la participación en la prevención de la drogadependencia. Se deroga porque los organismos de lucha contra las adicciones no requieren una ley para establecer planes u otorgar premios.
  • Ley N° 25.750 (2003). Conocida como la “ley de Bienes Culturales”. Restringía la propiedad extranjera en medios de comunicación hasta el 30% de su capital accionario. Se deroga por considerarse inconstitucional y restrictiva de la inversión extranjera.
  • Ley N° 26.227 (2007). Creaba el Consejo Federal de la Juventud. Se deroga por superposición de funciones y por ser innecesaria la estructura burocrática.
  • Ley N° 26.688 (2011). Declaraba de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos. Se deroga por ser una norma meramente declamativa sin consecuencias prácticas.
  • Ley N° 27.171 (2015). Obligaba a la Federación Colombófila Argentina a “constatar el año de nacimiento y la matrícula de las palomas mensajeras de carrera que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo”. En suma, obligaba a registrar palomas mensajeras. Se deroga por innecesaria intervención estatal en actividades asociativas privadas.
  • Ley N° 20.984 (1975) y Ley N° 24.807 (1997). Creaban organismos para integrantes del sector público financiados con fondos nacionales. Se derogan para eliminar estructuras innecesarias y liberar recursos.
  • Ley N° 11.380 (1926). Autorizaba al Banco de la Nación Argentina a ampliar plazos de préstamos a Sociedades Cooperativas, en base en una ley derogada hace 50 años. Se deroga por falta de utilidad y sustento normativo.
  • Ley N° 12.307 (1936). Establecía premios a la pintura y literatura, a otorgar por institutos que ya no existen. La competencia corresponde hoy a la Secretaría de Cultura y al Fondo Nacional de las Artes.
La "ley hojarasca" reduce la legislación innecesaria pero también hace recortes siguiendo la línea de la motosierra. (AP Foto/Jose Luis Magana)
La «ley hojarasca» reduce la legislación innecesaria pero también hace recortes siguiendo la línea de la motosierra. (AP Foto/Jose Luis Magana)
  • Ley N° 13.521 (1949). Exceptuaba del pago de impuestos a gestiones para obtener excepciones al servicio militar obligatorio, que dejó de existir en 1994, por lo que la gestión carece de objeto.
  • Ley N° 14.578 (1958). Creaba el Fondo Especial de Obras y Servicios Públicos, a financiar con recursos de un artículo derogado. Actualmente es un fondo sin recursos.
  • Ley N° 17.584 (1967). Creaba el Fondo Nacional Permanente para Estudios de Preinversión, que dejó de existir hace años.
  • Ley N° 20.085 (1973). Instituía el “Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas” en Cabo San Antonio. El proyecto nunca superó la etapa de prefactibilidad.
  • Ley N° 20.299 (1973). Establecía un régimen de seguros estatales para el comercio exportador ante riesgos no cubiertos por aseguradoras privadas, en un esquema de alta intervención estatal, ya abandonado.
  • Ley N° 20.327 (1973). Creaba el organismo Ediciones Culturales Argentinas dependiente de Cultura, que dejó de publicar y cuya función es cubierta por el sector editorial privado.
  • Ley N° 20.543 (1973). Otorgaba créditos y beneficios a arrendatarios y aparceros que adquieran predios, beneficios que hace tiempo que o están disponibles.
  • Ley N° 20.956 (1975). Encomendaba a Agua y Energía Eléctrica estudios para aprovechar energía mareomotriz en el litoral marítimo. El proyecto nunca avanzó y la empresa ya no existe.
  • Ley N° 23.671 (1989). Creaba un Comité de Análisis y Seguimiento para recursos crediticios del tratado con España. Sus funciones corresponden hoy a la Secretaría de Hacienda y el Comité ya no está activo.
  • Ley N° 24.731 (1996). Establecía que el Ministerio de Economía debía publicar un informe anual de tecnología industrial. La norma ha dejado de ser operativa.
  • Decreto Ley N° 12.795/44. Regulaba la inscripción y exclusión en el Registro de Comerciantes en Granos por la Comisión Nacional de Granos y Elevadores, organismos que ya no existen y cuyas inhabilitaciones no se aplican.
  • Ley N° 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina – “Circulo de Legisladores”-. “Proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo con sus propios fondos”, señaló el proyecto.
  • Ley N° 24.807 (1997). Crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Estado Nacional.



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