Connect with us

ECONOMIA

Javier Milei prepara nuevo mecanismo para actualizar indemnizaciones judiciales

Published

on


El Banco Central y el Ministerio de Economía trabajan en una nueva tasa de referencia. La Corte Suprema consideró que no se pueden actualizar por CER

27/08/2024 – 17:10hs


El Banco Central y el Ministerio de Economía trabajan en una nueva tasa de referencia, aplicable exclusivamente para la actividad judicial, con lo que se buscará poner fin a los diferentes criterios de actualización de las indemnizaciones que establecen los tribunales.

La información fue confirmada este martes por Roberto Vázquez Ferreyra, socio del estudio jurídico homónimo, en uno de los paneles del Coloquio 2024 del Centro de Investigaciones para el Desarrollo del Seguro (CIDES), que se lleva a cabo en el Alvear Palace Hotel de la Ciudad de Buenos Aires.

Indemnizaciones judiciales: Javier Milei prepara nuevo método para calcularlas

Vázquez Ferreyra explicó que la Corte Suprema consideró que no se pueden actualizar indemnizaciones por CER, por no tratarse de una tasa de interés, sin embargo, poco después la Sala 8 de la Cámara de Trabajo dispuso todo lo contario.

«La buena noticia» de la reunión que mantuvimos ayer con el ministro de Economía, Luis Caputo, es que «están trabajando para crear una tasa de referencia para la actividad judicial, sólo aplicable para los juicios, con lo cual se terminarían todos estos problemas», indicó.

«Creo que vamos por buen camino: si se termina la inflación, se terminan los problemas, y por otro lado, habrá una tasa de referencia para que apliquen todos», dijo Vázquez Ferreyra.

El abogado participó del debate sobre «Criterios de actualización» junto al juez de la Cámara Civil de Córdoba, Federico Ossola; y el socio de PwC Argentina, Hernán Pérez Raffo, quienes coincidieron en los inconvenientes de establecer indemnizaciones «justas y razonables» en un contexto de alta inflación y demoras en la ejecución de las sentencias.

Ossola advirtió que «la inflación es un cáncer que corroe todo», y que en la Justicia «no hay ‘tarifación’ y todo queda supeditado a lo que invoque el damnificado y a lo que resuelva el juez».

Puso como ejemplo que a un hombre, que le chocaron el auto, cuando el seguro le pagó, esa indemnización «no alcanzaba para comprar un auto, porque la inflación aumentó 100%, pero los autos se incrementaron tres veces, por eso no la justicia utilizó el criterio de la valuación del auto». Ossola también puso de relieve que la parte aún está vigente de la ley de Convertibilidad el artículo que «prohíbe indexar, algo que no resiste más con una inflación del 200% anual». 

Por tal razón, destacó varios fallos de la Corte Suprema de Justicia que indicaron que los fallos «no pueden ir desacompasados de la realidad económica».

 



iprofesional, diario, noticias, periodismo, argentina, buenos aires, economía, finanzas,
impuestos, legales, negocios, tecnología, comex, management, marketing, empleos, autos, vinos, life and style,
campus, real estate, newspaper, news, breaking, argentine, politics, economy, finance, taxation, legal, business,
technology, ads, media, javier milei,indemnizaciones,banco central,inflacion

ECONOMIA

Los sueldos que pagarán el Impuesto a las Ganancias, tras la suba del mínimo en septiembre

Published

on


La suba de mínimo no imponible será del 13,3% para los salarios de septiembre, a partir de los datos de inflación de los últimos tres meses

13/09/2024 – 16:01hs


Luego de conocerse el dato de inflación de agosto, quedó confirmado cuánto aumentará el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para los sueldos de septiembre que se cobran en octubre.

La suba del piso será del 13,3%, en relación a la variación de los precios minoristas de julio (4,58%), julio (4,03%) y agosto (4,17%). Así surge de la ley 27.743 (artículo 74) que establece que «los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024 por el coeficiente que surja de la variación del IPC, organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente a los meses junio a agosto de 2024, inclusive».

Sube el piso del Impuesto a las Ganancias: qué sueldos comenzarán a pagarlo

De esta manera, el piso del salario bruto exento de Ganancias aumenta de $1.800.000 a $2.040.300 para un soltero sin hijos, mientras que para un empleado con cónyuge y dos hijos pasará de $2.200.000 a $2.490.000.

También deben actualizarse los valores de las escalas. Se espera ahora la reglamentación de la AFIP para que estos cambios sean operativos.

En principio, este ajuste de septiembre debía abarcar el IPC abril, mayo y junio, meses de mayor inflación. Y luego aplicar los ajustes semestrales. Sin embargo, la ley se salteó esos tres meses (abril/junio) y fijó junio, julio y agosto, meses de menor inflación.

A su vez, este ajuste trimestral no regirá en 2025 porque el artículo 73 establece que el mínimo no imponible y demás deducciones, se ajustarán el 1° de enero y 1° de julio por el IPC (Índice de Precios al Consumidor) correspondiente al semestre calendario anterior. 

Pero el decreto reglamentario N°652 alteró esa norma porque señala que la actualización de esos valores a partir del 1° de enero de 2025 «se realizará, excepcionalmente, tomando en consideración el coeficiente que surja de la variación del indicado índice, correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2024, inclusive». 

Gremios en pie de guerra contra el impuesto a las Ganancias

La semana pasada, y a raíz de una medida cautelar planteada por la Federación Argentina de Luz y Fuerza, la Justicia suspendió la aplicación del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores de este sector hasta que se resuelva el planteo de inconstitucionalidad de fondo.

Así lo resolvió el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n°44. La organización conducida por Guillermo Moser había presentado una medida cautelar apuntando a la ilegalidad del proceso en el que se aprobó la norma, dado que la cámara de Diputados reintrodujo el tributo en la Ley de Bases, luego de que este había sido rechazado en el Senado.

Se sumó así a otros gremios que obtuvieron distintos triunfos ante la Justicia por el regreso de Ganancias. Entre ellos se destacan el personal diplomático y administrativos de Cancillería: el colectivo está conformado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y la Asociación de Personal del Servicio Exterior de la Nación (Apsen) quienes accionaron contra las disposiciones del artículo 81 de la ley 27.743 y los artículos 5 y 9 del decreto 652/24, que derogan el artículo 280 del decreto 862/19, reglamentario de la ley 20628, acorde a la letra del expediente.

También la Justicia Federal del Chaco hizo lugar a una medida cautelar iniciada por la seccional Resistencia de la Asociación Bancaria (AB), con respaldo de la conducción nacional de la organización gremial, que fue quien realizó el amparo a nivel nacional.

Y docentes porteños, luego de una cautelar presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), un fallo ordenó suspender la Ley n°27.743, en sus artículos 74,81 y 94, referidos al Impuesto a las Ganancias.



iprofesional, diario, noticias, periodismo, argentina, buenos aires, economía, finanzas,
impuestos, legales, negocios, tecnología, comex, management, marketing, empleos, autos, vinos, life and style,
campus, real estate, newspaper, news, breaking, argentine, politics, economy, finance, taxation, legal, business,
technology, ads, media, impuesto a las ganancias,sueldo

Continue Reading

LO MAS LEIDO

Tendencias

Copyright © 2024 - NDM Noticias del Momento - #Noticias #Chimentos #Politica #Fútbol #Economia #Sociedad