ECONOMIA
Transferencia de plata a familiares y amigos: se deben tener en cuenta los topes vigentes
Si tenés que transferirle dinero a tu hermano o amigo es sumamente importante que sepas cuáles son las limitaciones vigentes establecidas por AFIP
04/04/2024 – 07:00hs
En la actualidad, transferir plata a un familiar o o un amigo mediante plataformas de pago como Mercado Pago o de otras aplicaciones se volvió muy habitual, y contar con dinero en efectivo (o con los montos que se necesitan hoy en día) no es tan común. La virtualidad hizo que estos trámites se simplifiquen, pero hay que tener en cuenta este dato para no tener problemas con AFIP.
Sin embargo, para que se pueda hacer esta transferencia sin ningún problema, es importante que tener en cuenta que hay algunas limitaciones vigentes. A continuación, te damos a conocer algunas de las que tenés que tener en cuenta a la hora de enviar dinero a un amigo.
Cuánto puedo transferirle a un hermano o un amigo sin declarar a AFIP
Antes que nada, consideremos que hay restricciones con respecto al monto máximo que se puede transferir. El límite de los cajeros automáticos es de $125.000, mientras que por Home Banking podés transferir hasta $250.000, según lo establecido por el Banco Central.
Pero si lo que querés es realizar una transferencia por una cantidad superior a estos límites, hay otras formas para transferir dinero a tus hermanos o amigos. Una consiste en realizar una transferencia tradicional, que lleva un día hábil para procesarse. Otro método implica que le des un preaviso al banco.
En este caso, deberás informar a la entidad financiera la fecha en la que realizarás la transferencia, el monto aproximado y, en algunos casos, proporcionar el CBU o número de cuenta de la persona receptora. Esta modalidad suele ser común en operaciones como la compra de un vehículo automotor o un inmueble.
Con respecto a la cantidad de dinero que podés transferirle a una persona sin necesidad de declarar, es importante señalar que la restricción no es para quien envía dinero, sino para quien lo recibe. En este caso, la necesidad de justificar el dinero recaería en tu hermano o amigo.
Existen restricciones con respecto al monto máximo que se puede transferir
Hasta cuánta plata se puede transferir sin declarar
Como mencionamos anteriormente, al momento de hacer una transferencia, el justificativo no recae en quien la emite, sino en quien la recibe. En este sentido, el límite establecido por AFIP es de $200.000 sin necesidad de realizar una declaración jurada, por lo que superando este monto se incremente el «riesgo» de que se deba declarar la procedencia del dinero.
Los $200.000 abarcan casi todas las operaciones realizadas por una persona en el transcurso de un mes calendario. Esto incluye el dinero depositado en cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas de sueldo y de seguridad social, además de las transferencias recibidas. También se consideran los saldos en depósitos a plazo fijo, así como en cuentas y otros tipos de inversiones.
Si, por ejemplo, su familiar realizó un depósito de $200.000 en un plazo fijo y recibe una transferencia suya, suponiendo que no cuenta con ingresos declarados, es muy probable que el banco le solicite justificar los fondos. Esta cifra reemplaza el límite anterior de $90.000, el cual se consideraba obsoleto en la actualidad.
Por otra parte, en el caso de que el banco considere necesario solicitar una justificación de los fondos, se comunicará, por lo general, vía email, solicitando la documentación respaldatoria que demuestre la procedencia de esos movimientos. Los documentos más comunes para justificar el origen de los fondos son la facturación de los últimos 6 meses, recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, certificados de ingresos emitidos por un contador público, entre otros.
¿Con qué documentación puedo justificar el origen de los fondos?
La documentación más habitual a presentar para realizar, de forma correcta, la justificación del origen de fondos son:
- Recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios
- Constancia del monotributo
- Facturación de los últimos meses
- Certificado de fondos emitido por un contador público
- Declaratoria del heredero
- Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa
- Boletos de compraventa, por ejemplo, en el caso de la venta de un vehículo
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ECONOMIA
De acuerdo a ARCA, estos son los valores por hora de empleada doméstica en Febrero 2025
Se acerca fin de mes y los empleadores necesitan conocer cuánto pagar por el valor hora de la empleada doméstica.
Los valores de enero serán los mismos que el mes anterior, ya que no se registraron hasta el momento negociaciones en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares que aumente el monto a abonar por el servicio doméstico jornalizado o mensualizado.
Los siguientes son los valores que figuran en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) para pagar a la empleada doméstica en febrero.
ARCA: cuánto cobra una empleada doméstica por hora
El último acuerdo de aumento de sueldo al que llegó la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares implicaba un 6,02% de aumento en el valor hora del servicio doméstico. El incremento decidido entonces fue de un 3,2% en septiembre, aplicado sobre el sueldo de agosto 2024, y del 2,8%, aplicado sobre el sueldo de septiembre 2024.
Sin embargo, el Gobierno aún no oficializó los aumentos para empleadas domésticas de septiembre y octubre de 2024, tras cuatro meses desde que se cerró el acuerdo. Por lo tanto los valores que figuran aún en ARCA para el pago por hora del servicio doméstico son los de agosto.
Si no se oficializa antes de fin de mes la homologación de lo decidido, los empleadores podrian pagar los siguientes valores a la empleada doméstica:
Supervisora
- Con Retiro: 3.160 pesos por hora
- Sin Retiro: 3.461 pesos por hora
Personal para tareas específicas
- Con Retiro: 2.992 pesos por hora
- Sin Retiro: 3.280 pesos por hora
Caseros
- Sin Retiro: 2.826 pesos por hora
Cuidado de personas
- Con Retiro: 2.826 pesos por hora
- Sin Retiro: 3.160 pesos por hora
Personal para tareas generales
- Con Retiro: 2.620 pesos por hora
- Sin Retiro: 2.826 pesos por hora
A eso se suman siempre el pago de horas extras, en caso de que la empleada doméstica se haya desempeñado fuera de su jornada de trabajo, y el pago de los adicionales que correspondan por antigüedad y zona desfavorable.
Las horas extras se pagan un 50% más calculado sobre el salario habitual, si se completan en días regulares, y un 100% más (doble jornada) si se realizan en días feriados, domingos, o los sábados después de las 13 horas.
A la vez, por antigüedad se deberá abonar un adicional del 1% por año trabajado en los salarios mensuales de la empleada doméstica, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate.
Qué aportes tiene una empleada doméstica en febrero 2025
Hasta que no se difunda en el Boletín Oficial la homologación de los aumentos acordados en octubre pasado, ARCA no puede actualizar los valores de aportes a la empleada doméstica tampoco, que son los siguientes:
Para empleados mayores de 18 años
- Menos de 12 horas semanales: 5.547,71 pesos
- Desde 12 a menos de 16 horas semanales: 8.467,56 pesos
- Desde 16 o más horas semanales: 17.437,92 pesos
Para empleados mayores de 16 y menores de 18 años
- Menos de 12 horas semanales: 5.362,77 pesos
- Desde 12 a menos de 16 horas semanales: 8.097,77 pesos
- Desde 16 o más horas semanales: 16.898,54 pesos
Para empleados jubilados
- Menos de 12 horas semanales: 5.023,77 pesos
- Desde 12 a menos de 16 horas semanales: 7.496,68 pesos
- Desde 16 o más horas semanales: 10.980,66 pesos
Se deben concretar los aportes patronales siempre a las empleadas domésticas registradas, aún si trabajan por horas y no están mensualizadas. Todos los empleadores paralos que trabaja deben completar el pago de aportes.
Mientras no se homologue el acuerdo de septiembre, los valores oficiales por hora del trabajo de la empleada doméstica y los valores de los aportes patronales del servicio doméstico permanecen con esta escala de agosto.
Cuál es el aumento de sueldo para empleadas domésticas
Más allá de que el ARCA no haya recibido la homologación del acuerdo en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, los empleadores que acostumbran tener las mejores prácticas salariales con la empleada doméstica pagan igual de acuerdo a los aumentos ya convenidos.
Es decir, lo que corresponde es no pagar el valor hora de agosto del servicio doméstico -y dejar que el sueldo de la empleada doméstica tenga cinco meses de atraso- sino pagar el 6% de aumento ya convenido para concretar en octubre. En ese caso, la escala del valor hora del servicio doméstico es la siguiente:
Supervisor/a
- Con retiro: 3.351 pesos por hora
- Sin retiro: 3.670 pesos por hora
Personal para tareas específicas
- Con retiro: 3.175 pesos por hora
- Sin retiro: 3.480 pesos por hora
Caseros
- Hora: 2.997 pesos por hora
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: 2.998 pesos por hora
- Sin retiro: 3.352 pesos por hora
Personal para tareas generales
- Con retiro: 2.780 pesos por hora
- Sin retiro: 2.998 pesos por hora
Más allá de que se pague a la empleada doméstica el sueldo con los aumentos definidos en octubre ya aplicados, los aportes patronales se seguirán pagando al ARCA con los valores de agosto, ya que el organismo oficial de recaudación no puede actualizarlos hasta tanto no esté la homologación.
En caso de que no se defina en los próximos días la homologación de dichos incrementos y se publique el acuerdo en el Boletín Oficial, será imposible que se negocien en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares nuevos aumentos de sueldo para la empleada doméstica. Los mejores empleadores, sin embargo, no deberían dejar que el sueldo de su empleada se siga atrasando, y pueden incrementarlo a cuenta de futuros aumentos.
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