ECONOMIA
El Gobierno declaró la emergencia agropecuaria en Chubut, Santa Cruz y varios departamentos de Mendoza

El Gobierno nacional oficializó la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario en las provincias de Chubut, Santa Cruz y en diversos departamentos de Mendoza. La decisión, publicada este miércoles a la madrugada en el Boletín Oficial, fue otorgada debido a la gravedad de las condiciones climáticas que afectaron a miles de productores del sur y oeste del país.
Las resoluciones firmadas por el titular del Ministerio de Economía, Luis Caputo, establecieron diferentes períodos de vigencia y condiciones según la provincia y el tipo de contingencia, bajo el marco de la Ley 26.509 de emergencia agropecuaria.
En el caso de la Resolución 746/2026, se dispuso el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía durante un año para todas las explotaciones ganaderas de Chubut. La medida entró en vigor desde el 7 de enero de 2026 y, según el texto oficial, se extenderá por el plazo de un año en todo el territorio provincial.
“Determínase que el 7 de enero de 2027 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas”, aclararon las autoridades al remarcar que los productores que deseen acceder a los beneficios previstos por la ley deberán contar con un certificado emitido por la autoridad provincial que acredite los daños en sus predios.

De esta manera, indicaron que el Gobierno de Chubut deberá remitir el listado de afectados a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios. Asimismo, indicaron que entre las ayudas se encuentran prórrogas impositivas y líneas de asistencia financiera a través del sistema bancario (ya sea nacional, provincial o mixto) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
De igual forma, en la Resolución 792/2026 se estableció el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones ganaderas de Santa Cruz impactadas por sequía y fuertes vientos. La misma tendrá una duración de un año, es decir, desde el 3 de febrero de 2026 hasta el 3 de febrero de 2027.
El procedimiento y los beneficios para los productores santacruceños replican el esquema establecido por la Ley N° 26.509 de Emergencia Agropecuaria. Esto incluye la presentación de certificados, incorporación en el listado de afectados y acceso a prórrogas impositivas, asistencia bancaria y medidas de apoyo articuladas por el Ministerio de Economía y la ARCA.
Por último, en la Resolución 765/2026, el Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en 16 departamentos de Mendoza afectados por heladas y granizo. Para los cultivos perjudicados por helada, el período de emergencia abarca del 1 de diciembre de 2025 al 31 de marzo de 2027, mientras que para los dañados por granizo, la vigencia es desde el 1 de enero de 2026 hasta la misma fecha de 2027.
Al igual que en las otras provincias, los productores deberán presentar la certificación correspondiente para acceder a los alivios fiscales y crediticios previstos por la normativa nacional. Además, el documento instruyó al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca a celebrar convenios para que se pueda poner en marcha el plan de asistencia.
Por último, indicaron que los departamentos y sus respectivas localidades alcanzadas fueron:
- Departamento San Carlos: Chilecito, Eugenio Bustos, La Consulta y Villa San Carlos.
- Departamento Tunuyán: El Totoral, La Primavera, Las Pintadas, Los Sauces, Tunuyán, Campo de los Andes, Los Árboles y Los Chacayes.
- Departamento Tupungato: Cordón del Plata, El Peral, El Zampal, El Zampalito, Gualtallary, La Arboleda, Tupungato, Villa Bastías y Zapata.
- Departamento Junín: Algarrobo Grande, Alto Verde, Junín, La Colonia, Los Barriales, Medrano, Mundo Nuevo, Phillips y Rodríguez Peña.
- Departamento Rivadavia: La Paz, Las Chacritas y Villa Antigua del Departamento La Paz; Andrade, El Mirador, La Central, La Libertad, Los Árboles, Los Campamentos, Medrano, Mundo Nuevo, Reducción, Rivadavia y Santa María de Oro.
- Departamento San Martín: Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy, El Central, El Divisadero, El Espino, El Ramblón, Las Chimbas, Montecaseros, Nueva California, Palmira, San Martín y Tres Porteñas.
- Departamento Las Heras: 12 de Octubre, La Dormida, Las Catitas y Santa Rosa del Departamento Santa Rosa; Capdevila y El Borbollón.
- Departamento Lavalle: Costa de Araujo, El Carmen, El Plumero, El Vergel, Ingeniero Gustavo André, Jocolí, Jocolí Viejo, La Palmera y San Francisco.
- Departamento Maipú: Agrelo, Carrizal, Las Compuertas y Perdriel del Departamento Luján de Cuyo; Barrancas, Fray Luis Beltrán, Rodeo del Medio y Russell.
- Departamento General Alvear: Alvear Oeste, Bowen, General Alvear y San Pedro del Atuel.
- Departamento San Rafael: Cañada Seca, Cuadro Benegas, Cuadro Nacional, El Cerrito, Goudge, Jaime Prats, La Llave, Las Paredes, Monte Comán, Rama Caída, Real del Padre, San Rafael, Villa Atuel y Villa 25 de Mayo.
ECONOMIA
Alerta por los dólares que salen del colchón: provincias pueden cobrar Ingresos Brutos

La Ley de Inocencia Fiscal prevé la adhesión de las provincias, pero ninguna lo hizo y están habilitadas para retener Ingresos Brutos en el banco
Puntos importantes
Falta de adhesión provincial a Ley de Inocencia Fiscal pone en riesgo dólares por Ingresos Brutos.
Sin adhesión formal, se espera pacto tácito para no perseguir.
Ley de Inocencia Fiscal II da seguridad a fondos hasta 2027, limita presunciones ARCA y su uso.
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ECONOMIA
El dólar volvió a subir pero acumula un aumento de solo 3% en el último año

El monto operado en el segmento de contado alcanzó este lunes los USD 605,2 millones, mientras que el dólar mayorista subió 6,50 pesos o 0,4%, a 1.524,50 pesos. El tipo de cambio oficial anota en octubre una ganancia de siete pesos o 0,5 por ciento.
“La suba de hoy es la más alta para un día de operaciones desde el 1 de octubre pasado, y el tipo de cambio mayorista vuelve a los niveles registrados en esa fecha”, afirmó Gustavo Quintana, agente de PR Corredores de Cambio.
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“El dólar mayorista arranca la semana con un deslizamiento que lo lleva a superar los $1.520. A pesar de ello, la dinámica de la cotización viene pasando a un segundo plano por estos días para los operadores, ya que prefieren focalizarse en la aceleración del ritmo de compras del BCRA”, comentó el economista Gustavo Ber.
“Ocurre que aprovechar la mayor oferta de divisas que vienen aportando el campo y la liquidación de Obligaciones Negociables resulta bienvenido y oportuno de cara a 2027. Ello no solo podría contribuir a contar con más recursos para gestionar una eventual mayor volatilidad, a partir de la habitual dolarización preelectoral, sino también para atender, de ser necesario, compromisos de deuda”, añadió el titular del Estudio Ber.
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En el último año, el dólar mayorista anota un alza de 49,50 pesos o 3,4% respecto de los $1.475 del 20 de octubre de 2025, unos 30 puntos porcentuales debajo de la inflación interanual de 33,4% informada por el Indec para septiembre pasado.
El Banco Central fijó un techo para el régimen de bandas cambiarias en los $1.939,33 pesos. El dólar mayorista quedó a 414,83 pesos o 27,2% de se límite para la libre flotación, que fue “testeado” hace un año por la rampante dolarización en el período de elecciones de medio término.
El dólar al público ganó cinco pesos o 0,3%, a $1.540 para la venta en el Banco Nación. El dólar blue también avanzó cinco pesos, a 1.560 pesos.
“Así, la distancia entre el techo de la banda y el tipo de cambio se mantuvo en un elevado 27,5%, entre los niveles más amplios desde la implementación del esquema de bandas en abril 2025″, indicó Portfolio Personal Inversiones.
“Más allá del ruido de la semana pasada y de las incógnitas que todavía persisten, quedó una señal relevante: con el dólar estable, el equipo económico parece poco dispuesto a convalidar una tensión persistente en las tasas cortas. El balance semanal fue favorable en los tres frentes: las tasas cedieron desde sus máximos y volvieron a acercarse al piso del 20% TNA (Tasa Nominal Anual), el dólar prácticamente no se movió y el BCRA compró casi USD 1.000 millones en lo que va del mes. Todo esto, además, en octubre, un mes en el que la estacionalidad suele jugar en contra de la oferta de divisas y al que todavía le quedan diez ruedas”, definieron desde Portfolio Personal.
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No obstante, “las mayores dudas provienen del ámbito interno, donde el mercado exige certezas sobre la estrategia de financiamiento y la acumulación de reservas para atender los abultados vencimientos de 2027 y 2028, inquietud que quedó expuesta tras la reciente decisión del Tesoro de marginar de las licitaciones a títulos clave como el Bonar 2029 ante los elevados costos de endeudamiento”, observó Ignacio Morales, Chief Investments Officer de Wise Capital.
“La estrategia oficial responde a la urgencia de abastecer de divisas al Tesoro de cara a los compromisos de deuda con tenedores de bonos Globales agendados para el próximo 9 de enero, una necesidad exacerbada tras la suspensión por tiempo indeterminado de la licitación del Bonar 2029 (AO29) con la que se preveía captar USD 800 millones en el ámbito local, en un contexto donde el programa financiero de 2027 proyecta obtener USD 5.000 millones mediante futuras emisiones en el mercado doméstico”, agregó Ignacio Morales.
Corporate Events,South America / Central America
ECONOMIA
Nuevo plan de retiro de Javier Milei para empleados públicos nacionales

Los potenciales beneficiarios son 3 tipos de empleados. Quienes acepten el retiro voluntario no podrán volver a trabajar en el Estado durante 8 años
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Mensaje de Federico Sturzenegger en X sobre el plan de retiros voluntarios
Qué empleados públicos son elegibles para el retiro voluntario
- Mujeres desde los 58 años y a hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para acceder a la jubilación ordinaria. Podrán elegir entre dos alternativas, una de ellas: «Cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual, durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que ocurra primero. Durante ese período se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y de obra social previstos en el régimen». La otra alternativa es «percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un límite de 18 remuneraciones y sin superar el equivalente a los meses restantes para reunir los requisitos jubilatorios».
- Mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años, con al menos 30 años de aportes jubilatorios y, en estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. No rige el límite adicional vinculado con el tiempo restante para cumplir los requisitos jubilatorios, a la vez que también se abonará una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.
- Mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. La gratificación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones. Además, recibirán cuatro sueldos adicionales quienes acrediten menos de 15 años de antigüedad en planta permanente, mientras que aquellos con 15 años o más percibirán cinco remuneraciones adicionales.
Quiénes no podrán adherirse
- Se encuentre procesado por delitos contra la Administración Pública Nacional, excepto que en dicho proceso recaiga pronunciamiento judicial absolutorio firme y definitivo antes de la finalización del plazo establecido para solicitar la adhesión al presente Régimen».
- Estuviese sometido a sumario administrativo en trámite en el que se investiguen hechos pasibles de las sanciones de cesantía o exoneración previstas en los artículos 32 y 33 del Anexo de la Ley N° 25.164, o hechos atribuidos a su conducta que pudieran haber ocasionado un perjuicio fiscal, de conformidad con lo que informen el titular de la unidad de sumarios del organismo en que tramite el sumario y el servicio jurídico permanente.
- Tuviese pendiente de ejecución el procedimiento para determinar alguna medida disciplinaria que pueda constituir una causal de cesantía o exoneración.
- Hubiere iniciado reclamo administrativo o acciones judiciales contra la Administración Pública Nacional centralizada o descentralizada o demás organismos en los que el Estado Nacional sea parte, con motivo de su relación laboral, salvo que desista voluntariamente del proceso mediante acto expreso y homologación administrativa o judicial, según corresponda. Quedan exceptuados los reclamos y acciones fundadas en cuestiones regidas por la Ley Nº 24.557 y sus modificatorias.
- Hubiera iniciado los trámites para el otorgamiento de la jubilación ordinaria, retiro por invalidez, o prestación por edad avanzada u otra prestación equivalente nacional, provincial o a cargo de Cajas Profesionales.
- Cumplan con los requisitos para el acceso al beneficio previsional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N° 24.241. En el caso de las mujeres que hubieren adoptado la opción prevista en el segundo párrafo del artículo mencionado, el requisito de la edad se considerará cumplido a los 65 años.
- Hubiere presentado su renuncia al cargo y estuviere pendiente de aceptación.
- Se encontrara o fuera puesto en situación de disponibilidad durante la vigencia del presente.
El empleo público en la era Milei
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