POLITICA
El Gobierno reglamentó artículos de la reforma laboral: cambios en convenios, sindicatos y recibos de sueldo

El Gobierno reglamentó artículos de la ley de modernización laboral y estableció nuevas reglas para los convenios colectivos, las asociaciones sindicales, las plataformas digitales de reparto y movilidad, y las empresas de servicios eventuales. También se creó un nuevo formato obligatorio para los recibos de sueldo, que deberá mostrar el costo laboral total asumido por el empleador y el detalle de los distintos aportes y contribuciones vinculados a la relación laboral.
La normativa fue formalizada mediante el Decreto 407/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Mediante la medida, el Poder Ejecutivo reglamentó disposiciones de las leyes de contrato de trabajo, convenciones colectivas de trabajo y de asociaciones sindicales que fueron modificadas por la ley de modernización laboral, además de introducir precisiones sobre distintos aspectos de su implementación.
Uno de los capítulos centrales de la reglamentación está vinculado con la negociación colectiva. El decreto fija criterios para determinar qué convenios colectivos deberán considerarse vencidos a los fines de convocar a una renegociación. En aquellos casos en los que no exista una fecha expresa de vencimiento o no se haya establecido un período de vigencia, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para poner en marcha el procedimiento previsto por la ley.
Asimismo introduce modificaciones sobre los aportes, contribuciones, cuotas, retenciones y demás cargas económicas previstas en los convenios colectivos. A partir de la publicación del decreto, esos conceptos deberán computarse de manera global para verificar el cumplimiento de los límites establecidos por la legislación y no podrán fragmentarse entre distintos conceptos o beneficiarios para superar los topes legales.
También dispone que las convenciones colectivas que excedan esos límites deberán ser readecuadas y establece que no podrán homologarse ni registrarse nuevos acuerdos que incumplan esas restricciones, mientras que impone que determinados aportes y contribuciones previstos en convenios colectivos solo serán obligatorios para las empresas afiliadas a las entidades correspondientes.
Otro de los ejes de la reglamentación está relacionado a las asociaciones sindicales. Entre otras medidas, se establece que los cuerpos directivos deberán mantener una proporción razonable respecto de la cantidad de afiliados cotizantes y se incorporan mecanismos de control para verificar la representación sindical mediante cruces con registros del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otras bases públicas.
Además, se modifican las reglas vinculadas con la actividad sindical dentro de los establecimientos. El crédito horario sindical deberá utilizarse de manera compatible con la continuidad de las actividades y requerirá una comunicación previa al empleador con una anticipación mínima de 48 horas. También se establecen nuevas pautas para la protección de candidatos sindicales y para la aplicación de la tutela.
En cuanto a la documentación laboral, el Gobierno aprobó un nuevo modelo de recibo de sueldo. El nuevo formato incorpora un apartado específico destinado a reflejar el costo laboral total afrontado por el empleador, donde deberán detallarse los gastos vinculados con aportes sindicales, seguridad social, obra social, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), aseguradoras de riesgos del trabajo, cámaras empresarias y otros conceptos derivados de la relación laboral, entre otros conceptos.
El esquema deberá organizarse en cuatro secciones diferenciadas e incluir los datos del trabajador y del empleador, las contribuciones y conceptos abonados por la empresa, el detalle de la remuneración bruta y las deducciones correspondientes, además del salario neto percibido.
La reglamentación también alcanza a las plataformas digitales de reparto y movilidad. Al respecto, se designa a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación del régimen específico previsto para esa actividad, mientras que la Secretaría de Trabajo conservará las competencias vinculadas a los convenios colectivos que puedan celebrarse dentro del sector.
Por otra parte, se aprueba un nuevo régimen para las empresas de servicios eventuales. La normativa redefine los supuestos en los que podrán asignar trabajadores a empresas usuarias, establece condiciones para los contratos permanentes discontinuos y crea un esquema de inscripción electrónica acompañado por un sistema de garantías calculadas según la cantidad de trabajadores contratados.
La reglamentación también incorpora cambios vinculados con los certificados médicos laborales, que deberán emitirse por medios electrónicos mediante plataformas registradas y profesionales habilitados, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas. Además, prevé la implementación de un sistema de notificaciones para informar a empleadores y agentes del sistema de salud sobre el inicio y la finalización de trámites jubilatorios.
La reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral
A través del Decreto 408/2026, el Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la ley de modernización laboral para contribuir al pago de indemnizaciones laborales sin modificar el régimen vigente. El sistema estará destinado a empleadores del sector privado y funcionará por medio de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), mediante cuentas individuales específicas para cada empleador.
La normativa dispone que las contribuciones al fondo serán canalizadas a través de ARCA y establece mecanismos para la administración, identificación y trazabilidad de los recursos acumulados en cada cuenta. Además, regula la posibilidad de que los empleadores trasladen los fondos entre distintos vehículos de inversión autorizados, mediante un sistema de portabilidad sujeto a las condiciones y controles que establezca la CNV.
El Ejecutivo, además, fijó el procedimiento para el pago de indemnizaciones a trabajadores registrados mediante los recursos acumulados en el fondo y estableció que la responsabilidad por el cálculo de los montos indemnizatorios seguirá siendo exclusiva del empleador. Asimismo, prevé una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte efectuado al Fondo de Asistencia Laboral y posterga hasta el 1 de noviembre de 2026 la entrada en vigencia del régimen.
Régimen de Promoción del Empleo Registrado
En tanto, se reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), que tiene como objetivo la regularización de trabajadores no registrados o deficientemente registrados en el sector privado. En la medida se establece un esquema de beneficios para los empleadores que adhieran al sistema, incluyendo la condonación parcial de deudas vinculadas con aportes y contribuciones a la seguridad social.
Según el Decreto 409/2026, la condonación alcanzará al 90% de la deuda para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, al 80% para medianas empresas y al 70% para el resto de los empleadores. A su vez, las deudas vinculadas con obras sociales, riesgos del trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio quedarán condonadas en un 100%.
La normativa también prevé que la deuda remanente podrá cancelarse mediante un plan de facilidades de pago que implementará ARCA o mediante pago al contado con una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses no condonados. Asimismo, establece que los períodos regularizados serán computados para el acceso a beneficios previsionales y prestaciones por desempleo y contempla la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) para determinadas infracciones alcanzadas por el régimen.
Modificaciones tributarias
En paralelo, se oficializaron cambios tributarios incorporados en la ley de modernización laboral vinculados a operaciones inmobiliarias. Mediante el Decreto 406/2026, se precisó el alcance de las exenciones del impuesto a las ganancias para los ingresos obtenidos por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda y para los resultados derivados de la venta de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre ellos.
La norma establece que las ganancias provenientes de la locación o sublocación de inmuebles con destino a casa habitación quedarán exentas para los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2026, incluso cuando los contratos hayan sido celebrados con anterioridad.
Gobierno,Boletín Oficial,Reforma laboral,Conforme a,,Minuto a minuto. Javier Milei y sus medidas, en vivo: cambios en Economía y tensiones por el financiamiento universitario,,»Basta al fracasado modelo socialista». Milei felicitó a Abelardo de la Espriella por el resultado de la primera vuelta en Colombia,,Financiamiento universitario. La reforma propuesta por Milei está frenada en Diputados por falta de avales,Boletín Oficial,,De $70.000. El Gobierno confirmó el bono previsional de junio y fijó los nuevos haberes para jubilados y pensionados,,A partir de junio. El Gobierno oficializó los nuevos aumentos en las tarifas de luz y gas,,No tiene aviones. El Gobierno autorizó a una nueva empresa a operar vuelos privados
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Juicio por la causa Cuadernos: mostraron fotos de las cajas fuertes de Cristina Kirchner en su casa de El Calafate

En el juicio por la causa Cuadernos, mostraron fotos de las cajas fuertes de la expresidenta Cristina Kirchner en su casa de El Calafate, Santa Cruz. Las imágenes se exhibieron por pedido de la fiscal, Fabiana León. Son del allanamiento a la finca de la expresidenta, que se hizo en 2018.
Se trata de imágenes presentadas por el Ministerio Público Fiscal por la declaración testimonial del excomisario de la Policía Federal Argentina, Adrián Lotocki, que estuvo a cargo de esos operativos.
Los procedimientos se hicieron el 23 de agosto de 2018 por orden del entonces juez federal, Claudio Bonadio (que murió en 2020) y del fiscal, Carlos Stornelli, por la causa Cuadernos.
En la audiencia se mostraron fotos de dos cajas fuertes abiertas, una en un estante arriba de un perchero con ropa, que estaba vacía, y otra en un estante a la altura de piso, con libros y cuadernos dentro.
Las fotos se exhibieron con la declaración de Lotocki, que en ese entonces era jefe de la delegación Río Gallegos de la PFA. El excomisario dijo que por pedido de Bonadio tenía la orden de “revisar todo el lugar”, que tiene tres plantas, un subsuelo y varios ambientes.

Lotocki declaró: “Había un ambiente antes de subir al primer piso que nos llamó la atención que era una puerta pequeña que tenía como un contramarco”. Se trata de la puerta de una bóveda que se ubicaba en la planta baja, cerca de la escalera que iba al primer piso.
Dijo que la puerta “era muy gruesa” y que de allí “se secuestraron elementos de interés para la causa. La puerta se abrió por orden del juzgado y había mucha documentación y cosas de valor”, declaró. Consultado sobre si en ese lugar había una puerta blindada, el excomisario dijo que “aparentemente sí”.
Mencionó que Gendarmería usó “herramientas especiales” para abrirla y que adentro encontraron varios elementos de valor como biblioratos con documentación, bastones presidenciales y una carta que San Martín escribió a Bernardo O’Higgins, y que todo “se secuestró todo por orden del juzgado”.
Además, según el acta del operativo, detectaron que en un ambiente del subsuelo, en un lugar que funciona como “pequeño depósito que guarda objetos personales, regalos institucionales, algunos objetos de valor y documentación varia”, pudo haber tenido “un uso distinto al actual”.
El acta indicó que el ambiente habría tenido cambios “en su marco y puerta de acceso, tanto sea en dimensiones como en materiales, siendo los actuales madera aglomerada y puerta de madera tipo placa con apertura hacia el exterior del pasillo”. Gendarmería rompió un revestimiento que cubría el marco de una puerta diferente a la que cerraba el lugar.
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La Corte confirmó que un exdiputado kirchnerista irá a juicio por un “vacunatorio vip” en Chubut

Con el término “inadmisible”, la Corte rechazó el recurso que había presentado un exdiputado del kirchnerismo acusado en una causa similar a la del “vacunatorio VIP”. Se trata de Santiago Igón, de Chubut, quien había ofrecido una donación de $3 millones para evitar ir a juicio oral y público.
Fuentes judiciales señalaron que Igón supuestamente recibió dos vacunas contra el Covid en el Hospital Zonal de Esquel cuando aún no le correspondía, en febrero de 2021, durante la pandemia de coronavirus. En ese entonces, ocupaba una banca en el Congreso. Era diputado del peronismo alineado con la administración de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner.
La causa de Igón tiene un paralelismo con la del “vacunatorio vip”, que se investiga en los tribunales federales de Comodoro Py. En ambas, se indaga si hubo vacunados que no debieron haber sido priorizados en ese momento por sobre otra población de riesgo.
Antes de que este recurso llegara a la Corte, donde los tres jueces rechazaron el planteo de la defensa que buscaba evitar el juicio donando $3 millones al hospital local, Igón ya había sido procesado por el magistrado federal de Esquel, Guido Otranto. Esa decisión había sido confirmada en segunda instancia por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia.
Según señalaron fuentes judiciales al tanto del caso, el exdiputado chubutense está acusado de supuesta aceptación de dádiva. Al igual que él, también había sido procesado el responsable de supervisión del operativo de vacunación en ese momento (febrero 2021).
De acuerdo con las mismas fuentes, Igón tenía 43 años cuando se anotó en la plataforma “Vacunate Chubut”. Ahí supuestamente informó dos condiciones de riesgo: obesidad y diabetes. Pero la denuncia sostiene que, al llegar al centro de vacunación, habría hecho valer su cargo de diputado.
Más de cuatro años después del hecho investigado, en septiembre de 2025, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, a cargo del caso, aceptó un pedido de la defensa: que Igón reparara de forma integral el perjuicio con un pago de alrededor de $3 millones al Hospital Provincial de Chubut, en Esquel.
No conforme con eso, la fiscalía apeló y la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal le dio la razón. Para revocar esa salida, que extinguía la acción penal, Casación se basó en los precedentes, en la oposición del Ministerio Público Fiscal y en los argumentos que había dado el tribunal oral. La defensa recurrió entonces en queja ante la Corte Suprema, que rechazó el planteo por inadmisible.
Esta causa es diferente a la popularmente conocida como el “vacunatorio vip” que tramita en los juzgados de Comodoro Py, en la Ciudad de Buenos Aires. Esta última registró novedades en agosto, cuando la jueza federal María Eugenia Capuchetti citó a indagatoria al expresidente Eduardo Duhalde, a su esposa Hilda “Chiche” Duhalde, al periodista Horacio Verbitsky, a sindicalistas, legisladores y otras 30 personas acusadas de haberse beneficiado con vacunas que aún no les correspondía recibir, en el llamado “vacunatorio vip” que durante la pandemia funcionó en el Ministerio de Salud, bajo la presidencia de Alberto Fernández.
Las citaciones habían sido pedidas por el fiscal Eduardo Taiano, tras una decisión de la Cámara Federal que resolvió hace dos años profundizar la investigación no solo sobre los funcionarios que autorizaron la vacunación, sino sobre los que pusieron el brazo para ser vacunados.
Esa primera parte del expediente contra los funcionarios que autorizaron la vacunación ya fue elevada a juicio oral y público. Hay solo tres imputados que llegaron a juicio por abuso de autoridad y peculado: Marcelo Ariel Guille, exsecretario del entonces ministro de Salud Ginés González García; el exsubsecretario de Estrategias Sanitarias Alejandro Salvador Costa; y el exdirector ejecutivo del Hospital Posadas Alejandro Alberto Maceira.
También se investigaba el papel de Ginés González García, quien falleció a los 79 años, a poco de que su procesamiento fuera confirmado. El ministro, que estaba a cargo de Salud, renunció en febrero de 2021 tras revelarse el escándalo.
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La Libertad Avanza Misiones impulsa la boleta única y la eliminación de la ley de lemas para las elecciones locales de 2027

El proyecto que presentó La Libertad Avanza Misiones en las últimas horas en la Legislatura unicameral se sustenta en tres ejes. Por un lado, instituye a la boleta única de papel como instrumento para la votación de cargos provinciales y municipales. Además, elimina el mecanismo de lemas en la elección de intendentes. Por último, incorpora la figura de “ficha limpia”, una idea que el oficialismo provincial había impulsado antes de su fragmentación.
El debut de esta reforma electoral sería en los comicios del año próximo, en los que el actual mandatario, Hugo Passalacqua, buscará la reelección. LLA, a través de su presidente, Adrián Núñez, o del diputado nacional Diego Hartfield, intentará dar la sorpresa y quedarse con la gobernación.
La propuesta de una Boleta Única Misionera (BUM) establece que el instrumento de votación sea una papeleta donde se reúna toda la oferta electoral tanto provincial como municipal y de ambos poderes: ejecutivos y legislativos.
“Queremos que haya fila para cada cargo y columna de cada partido. Que sea del mismo tamaño y con igual trato gráfico. Y que tengamos una boleta en color”, detalló Nuñez en declaraciones a Infobae.
Cómo funciona la BUM

El esquema prohíbe la doble candidatura y las colectoras. “En ningún caso se permitirá que una misma lista de candidatos se encuentre en más de una columna de la Boleta Única Misionera”, indica. Además, prohíbe que una agrupación política adhiera sus candidatos a los de otra.
Por otro lado, el elector deberá marcar con una cruz su opción en cada categoría. No existe, como en otros distritos que recurrieron a este mecanismo, una alternativa de “lista completa”.
Con el sistema BUM, “se terminan las boletas que faltan y las robadas. Y también la ventaja del que tiene aparato para imprimir y repartir (papeletas) por toda la provincia”, señaló Núñez.
Para la elección de gobernador, vicegobernador e intendentes, la boleta deberá contener los nombres, apodos y apellidos de los candidatos con sus respectivas fotografías en color con fondo blanco. En los cuerpos de diputados provinciales y concejales municipales, deberá contener como mínimo los nombres y apellidos de los cuatro primeros candidatos de la lista.
“Estamos llamados a hacer historia. Esta no es una demanda política, es una demanda ciudadana de transparencia, de agilidad”, consignó Núñez.
El presidente de LLA Misiones remarcó a su vez: “La propuesta busca garantizar igualdad de condiciones entre partidos grandes y chicos. La boleta será impresa por el Estado bajo el control del Tribunal Electoral”.
Fin de la ley de lemas y ficha limpia

La propuesta que presentó la fuerza libertaria incorpora dos transformaciones importantes para el sistema político de la tierra colorada. Por un lado, termina con la ley de lemas para las elecciones municipales. Por otro, incorpora el requisito de que las candidaturas superen el tamiz de la “ficha limpia”.
El primer artículo del proyecto propone la derogación del sistema de acumulación de votos por lema o sublema. Mediante esta herramienta, vigente sólo para la votación de intendentes, el candidato con más votos de un frente electoral suma los de los demás de su espacio. Así, la multiplicación de sublemas, sobre todo en los distritos importantes como Posadas u Oberá, es una maniobra para aspirar votos hacia la candidatura principal.
En tanto, la propuesta de ficha limpia impide ser candidato a quien tenga una condena confirmada en segunda instancia. La veda alcanza a aquellos que cometieron delitos contra la integridad sexual y la administración pública. También a quienes hayan cometido homicidio o lesionado a una persona, secuestradores o quienes tengan condenas por calumnias e injurias, entre otros casos.
Antes del quiebre entre Passalacqua y Carlos Rovira que terminó con la fuerza que gobernó la provincia por 20 años, el Frente Renovador había propuesto su propio modelo de “ficha limpia”. Su alcance era mucho más amplio. Restringía la participación a quienes incurrían en crueldad animal, no pagaran impuestos o no superaran un test antidrogas.
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