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La Corte Suprema intervino en una guerra de influencers y falló en defensa de la libertad de expresión

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La Corte Suprema de Justicia intervino en una disputa entre influencers y revocó un fallo que impedía a una instagramer y a sus seguidores criticar a otra, pues dijo que de ese modo se restringía el derecho a la libertad de expresión.

El fallo revisa la colisión del derecho al honor con el derecho a la intimidad y la libertad de expresión en redes sociales.

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La Corte Suprema intervino en una demanda que impulsó una instagramer contra otra influencer a la que acusó de hostigamiento digital.

Corte Suprema de JusticiaCSJN

El máximo tribunal revocó una medida cautelar dictada por la Cámara Nacional en lo Civil, que había ordenado que la demandada, por un lado, eliminara sus publicaciones agraviantes y, por otro, que en el futuro ella y sus seguidores dejaran de mandarle mensajes que la afectaran.

Para los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la “vaguedad” y amplitud de la medida de la Cámara Civil “restringió el derecho a la libertad de expresión” sin un análisis que así lo justificara.

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El caso analizado fue el conflicto desatado entre dos usuarias de las redes, Candela Sánchez (@candelasancheszf), que solicitó una medida cautelar preventiva contra Mariana Alejandra Núñez (@nanainseul).

En su demanda, Candela Sánchez se presentó como comunicadora digital, con más de 200.000 seguidores de Instagram, autora de un libro y “embajadora” de ciertas marcas.

Según dijo, sufría un “continuo acoso y hostigamiento cibernético” por parte de María Alejandra Nuñez, a la que calificó como una “reconocida hater e influencer”, y se quejó porque ella y sus seguidores la tildaban de “canjela” porque vivía de canjes. Y le decían “la comunicadora”, “lacandela”, “laadministradora” o “candemoncha”.

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Por eso, reclamó que la demandada se abstuviera de publicar sobre ella a través de su nombre o seudónimos, eliminara de sus redes las publicaciones que la atacaban y efectuara una publicación en forma permanente y sin posibilidad de comentarios de terceros para informar de la medida judicial. Y solicitó además que sus seguidores se abstuvieran de intimidarla.

La jueza de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, ordenó a la demandada cesar con las publicaciones e indicó a la Enacom que se informara a los medios de comunicación masiva de esa decisión judicial. La Sala K de la Cámara Civil confirmó la sentencia.

Sin embargo, la influencer demandada apeló: dijo que es una figura pública y que los comentarios habían sido realizados en sus redes sociales de X e Instagram donde, dijo, es “usual la confrontación social y política”.

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La Corte Suprema, haciendo hincapié en su doctrina en defensa de la libertad de expresión, revocó la medida de la Cámara Civil al sostener que toda restricción o limitación a ese derecho que impida o dificulte un proceso comunicacional “debe ser de interpretación restrictiva y que toda censura previa que sobre ella se ejerza padece de una fuerte presunción de inconstitucionalidad”.

“La actora se define como una ‘comunicadora digital’, ‘instagramer’ e ‘influencer’ que estaría sufriendo, según afirma, un continuo acoso y hostigamiento cibernético por parte de la demandada que, de acuerdo con lo alegado, sería otra reconocida ‘influencer’. Es decir, ambas partes tienen una alta exposición pública en las redes sociales. De las constancias de la causa surge que la demandante expone abiertamente en Instagram distintas facetas de su vida −junto con actividades comerciales−, interactúa con otras personas y, por lo tanto, habilita comentarios y críticas acerca del contenido de las publicaciones que comparte en dichos medios”, señaló el voto de Rosatti y de Rosenkrantz.

“Desde esta perspectiva, la cámara confirmó la admisión de una medida que interrumpe el proceso comunicacional en las redes sociales sin hacer ponderación alguna de las referidas circunstancias y sin precisar cuáles de los contenidos publicados serían ajenos a la exposición pública que la actora voluntaria y libremente ha elegido tener en ese ámbito. Al decidir de ese modo restringió el derecho a la libertad de expresión sin un análisis que así lo autorizara”, agregó la Corte.

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El máximo tribunal señaló que “la admisión de una medida cautelar como la de autos, sin precisar cuáles contenidos vulnerarían los derechos a la intimidad y al honor invocados por la actora, además de afectar el derecho de defensa de la destinataria en punto a la posibilidad de alegar sobre la legalidad de dichos contenidos, configura una indebida restricción a la libertad susceptible de generar un efecto inhibitorio no solo en la demandada, sino también en otros usuarios de las redes sociales”.

En ese sentido, añadió: “La orden dispuesta con un alcance excesivamente amplio para que la demandada se abstenga en el futuro de aludir públicamente a la actora, importa una clara censura previa en los términos del referido artículo 14 de la Constitución Nacional y del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Y señalaron que “ese contexto particular en el que tuvieron lugar las expresiones que se han reputado lesivas del honor de la actora, debió ser motivo de ponderación por los jueces de la causa a fin de emitir un juicio —aunque fuera provisional— sobre su licitud, de acuerdo con el estándar que esta Corte ha establecido en sus fallos”.

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Con su propio voto, el juez Lorenzetti se pronunció en el mismo sentido, donde hizo hincapié en la doctrina de la Corte Suprema sobre libertad de expresión y la aplicación de ese derecho en los tiempos de las redes sociales.

“La libertad de expresión es un valor del sistema democrático con la máxima protección y existe una amplia legitimación para reclamar por su defensa como derecho de incidencia colectiva. Ello debe ser distinguido del ejercicio individual que toda persona posee para expresarse en medios digitales. La censura previa de ese derecho no es admisible en ningún caso”, dijo Lorenzetti.

Sostuvo que “la libertad de expresión garantizada por la Constitución Nacional (artículos 14 y 32) y por diversos tratados de derechos humanos tiene un lugar preeminente en el marco de nuestras libertades constitucionales, entre otras razones, por su importancia para el funcionamiento de una república democrática”.

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“La sentencia (de la Cámara Civil) debe ser descalificada porque no se basa en una argumentación razonable, legítima y controlable por las partes y la sociedad, lesionando valores centrales del ordenamiento jurídico”, dijo Lorenzetti.




Hernán Cappiello,Corte Suprema de Justicia,Conforme a

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Diputados avanzó con tres proyectos por el endeudamiento de los argentinos y el debate llegará al recinto

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Las comisiones de Finanzas y de Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados dictaminaron este martes los proyectos vinculados al desendeudamiento familiar. El oficialismo consiguió un dictamen de mayoría, mientras que la oposición presentó dos despachos de minoría. El 7 o el 14 de octubre son las fechas en las que podría definirse en el recinto cuál de las propuestas avanzará.

El plenario estuvo encabezado por los diputados Santiago Pauli (LLA) y Hugo Yasky (UxP). Antes de la firma de los dictámenes participaron del debate el vicepresidente del Banco Nación, Alejandro Henke, y Nicolás Ferro, director del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

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Henke sostuvo que el Banco Nación es una entidad de inclusión financiera. Desde la oposición le recordaron que durante el debate de la Ley Bases el oficialismo había intentado incorporar un artículo para privatizar el Banco Nación, iniciativa que finalmente fue rechazada.

Tres dictámenes y posiciones enfrentadas

Con las firmas reunidas este martes quedaron plasmadas las diferencias entre el oficialismo y la oposición. Hubo un dictamen de mayoría encabezado por La Libertad Avanza y dos de minoría.

Los despachos impulsados por Unión por la Patria, Provincias Unidas —con la excepción del cordobés Ignacio García Aresca— y la Coalición Cívica alcanzaron 27 firmas.

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Por su parte, las fuerzas provinciales nucleadas en Argentina Federal, que responden a los gobernadores de Misiones y Salta, Hugo Passalacqua y Gustavo Sáenz, respectivamente, sumaron las firmas de Oscar Herrera Ahuad y Bernardo Biella.

La bancada de Unión por la Patria, que conduce Germán Martínez. (Foto: Cámara de Diputados)

Las distintas propuestas tienen varios puntos en común y buscan brindar alivio a los 20 millones de personas que actualmente tienen deudas, en su mayoría con bancos y billeteras virtuales. De ese universo, casi 6 millones se encuentran en situación morosa, con más de tres meses de atraso en sus pagos.

Durante el debate en el recinto podrían alcanzarse nuevos acuerdos y sumarse otras fuerzas con terminales en distintos gobiernos provinciales.

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La propuesta del oficialismo

La Libertad Avanza, junto con aliados permanentes como el Pro y la UCR, mantuvo la premisa anticipada por el presidente Javier Milei: “El Estado no debe intervenir en un asunto entre privados”.

El oficialismo centró su dictamen en la prevención de la toma de deudas, con eje en la educación financiera, la transparencia crediticia y la mitigación del fraude digital.

La diputada Silvana Giudici (LLA) destacó la evolución del crédito y sostuvo: “En el año 2023, el crédito estaba en sus niveles históricos más bajos: 6,1 % del producto bruto interno. En solo dos años, este gobierno lo llevó a más de 12% del PBI y la posibilidad de que los argentinos accedan al crédito se duplicó. Pero, además, los niveles de morosidad se han estancado: es el tercer mes consecutivo en que no crecen. Y la ratio de mora ya está en niveles inferiores al 3 %”.

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Santiago Pauli, presidente de la Comisión de Finanzas, junto a los libertarios Silvana Giudici, Diego Hartfield y Gastón Riesco. Foto: Cámara de Diputados
Santiago Pauli, presidente de la Comisión de Finanzas, junto a los libertarios Silvana Giudici, Diego Hartfield y Gastón Riesco. Foto: Cámara de Diputados

La legisladora cuestionó las iniciativas opositoras y afirmó: “Estas formulaciones del pasado (topes a las tasas, plazos obligatorios, condonaciones de los punitorios) nos recuerdan y nos retrotraen exactamente al punto en el que estuvimos con la Ley de Alquileres. No aprendieron lo suficiente: poniendo topes ficticios porque lo diga una ley momentánea, lo que hacen es quebrar un mercado, quebrarle las posibilidades de oportunidad a la gente para poder pensar en un país distinto, en la esperanza del futuro y en la construcción del bien común”.

Transparencia y educación financiera

El dictamen de mayoría se denomina proyecto de ley de Transparencia crediticia, educación financiera, mitigación del fraude digital y protección de los consumidores.

La iniciativa establece un marco común de transparencia y protección para los usuarios de operaciones de crédito de consumo. También busca fortalecer la información para comprender y comparar las condiciones económicas, promover un consentimiento efectivo e informado, actualizar la educación financiera frente a la expansión de los servicios digitales, prevenir y gestionar el fraude digital y facilitar la movilidad hacia alternativas de financiamiento más convenientes.

Lee También: Riesgo país: el Gobierno atribuye la suba al contexto global y espera una baja en los próximos meses

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El proyecto establece que la información deberá permitir identificar el costo total de la financiación y comparar alternativas equivalentes.

El Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA), o el indicador integral que en el futuro determine la autoridad competente, deberá exhibirse con una relevancia adecuada. No podrá presentarse de manera que quede subordinado, oculto o resulte menos perceptible que el valor de la cuota, una tasa promocional u otros elementos utilizados para comercializar el producto.

El proyecto de la oposición

El proyecto firmado por Unión por la Patria, Provincias Unidas y la Coalición Cívica declara la Emergencia Social y Económica en materia de endeudamiento de los consumidores financieros en todo el territorio nacional por un año desde la publicación de la ley, con posibilidad de prorrogarla por otro año.

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Durante ese período, las entidades financieras, las emisoras de tarjetas de crédito reguladas y cualquier otra entidad que otorgue financiamiento destinado al consumo de personas humanas no podrán aplicar una Tasa Nominal Anual (TNA) superior a 1,5 veces la TNA correspondiente a los depósitos a plazo fijo a 30 días publicada por el BCRA.

(Foto: Adobe Stock)
(Foto: Adobe Stock)

Además, la Tasa Efectiva Anual (TEA) y el Costo Financiero Total (CFT), incluidos intereses, cargos, comisiones, seguros y otros conceptos que integren el costo del financiamiento, deberán guardar una razonable proporcionalidad con ese límite.

La iniciativa también prohíbe incorporar conceptos destinados a eludir los topes establecidos y le asigna al BCRA la determinación de la metodología de cálculo y actualización de los límites, además de los mecanismos de fiscalización y control.

Un programa para refinanciar deudas

El proyecto opositor crea el Programa Nacional de Desendeudamiento Familiar y Personal, destinado a facilitar la refinanciación, reestructuración y cancelación de deudas de consumo de personas que atraviesen situaciones de sobreendeudamiento o vulnerabilidad financiera.

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Entre sus objetivos figuran reducir la carga financiera de los hogares, recuperar capacidad de consumo e ingreso disponible, prevenir situaciones de exclusión financiera y evitar que las deudas comprometan las condiciones mínimas de subsistencia.

El diputado Pablo Juliano (Provincias Unidas) explicó que se consensuaron cerca de 50 proyectos y que la iniciativa establece un régimen de regularización y alivio financiero puntual.

Pablo Juliano de Provincias Unidas en la Conferencia de la oposición pidiendo sesión el próximo 9 de septiembre por el endeudamiento familiar. Foto: TN
Pablo Juliano de Provincias Unidas en la Conferencia de la oposición pidiendo sesión el próximo 9 de septiembre por el endeudamiento familiar. Foto: TN

Según detalló, durante 180 días se declararía la emergencia por esta situación y podrían adherir personas con deudas de hasta tres canastas básicas totales. También se estableció que, al momento de reestructurar las deudas, la cuota máxima no podrá superar el 30% de los ingresos de las personas.

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Comienza la “segunda presidencia” de Abdala, el senador puntano que reemplazará a Milei y Villarruel

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Apenas habían pasado unos pocos minutos de las 16 de un martes con un clima caprichoso que alternó momentos de lluvia con otros de sol y el libertario Bartolomé Abdala (San Luis) ya había puesto su rúbrica ante una escribana del Gobierno aceptando las responsabilidades del Poder Ejecutivo, cargo que comienza a ejercer desde esta noche por la partida de Javier Milei hacia Francia.

Esta no es la primera vez que a Abdala le toca asumir la conducción del Estado por la ausencia en simultáneo del Presidente y su vicepresidenta, Victoria Villaruel, que viajó el lunes al mediodía rumbo a España. Ya lo hizo durante menos de dos días en diciembre de 2005.

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Sin embargo, esta será su permanencia más larga en el sillón de Rivadavia que, vale aclararlo, no va a ocupar ya que ejercerá la jefatura del Estado desde su despacho del cuarto piso del palacio legislativo. Son las oficinas que le dejó Adolfo Rodríguez Saá en diciembre de 2023, otro efímero expresidente nacido en San Luis.

Ramón Puerta le coloca la banda presidencial a Adolfo Rodríguez Saá el 23 de diciembre de 2001; fue otra efímera presidencia de un puntanoARCHIVO

Es lógico. Aunque el jefe del Estado se encuentre fuera del país, el resto de la cúpula del poder político del Gobierno libertario sigue en el país, con la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, a la cabeza, acompañada por su segundo, Eduardo “Lule” Menem, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli.

Eso no intimida a Abdala, que muestra su disposición para ayudar al Gobierno en lo que necesite. “Las luces de mi despacho van a estar encendidas ante cualquier circunstancia para la que me necesiten”, afirma. En este caso, el senador será Presidente por algo más de 80 horas, hasta el regreso de Milei desde Francia, previsto para las 10 de la mañana del próximo sábado.

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Afecto a las analogías y metáforas futboleras, Abdala rechaza comparar su situación con un ascenso de categoría. “Ya estoy jugando en primera”, dice sobre su condición de senador nacional. No, prefiere hablar de un “cambio de frente”. “Estaba en el Legislativo y ahora pasaré a jugar en el Ejecutivo por unos minutos del partido”, afirma.

En su primera incursión por la Presidencia no firmó ninguna medida de Gobierno. Aunque estuvo cerca cuando tuvo que encontrarse con los ministros de Economía, Luis Caputo, y de Salud, Mario Lugones, quienes querían que le pusiera su firma a un proyecto de ley para enviarlo al Congreso.

Cuenta Abdala que declinó la oferta ya que consideró que era un honor que le correspondía ejercer a Milei, quien ya estaba pronto a regresar al país. Se espera que, en este caso, a pesar de que ahora estará casi cuatro días al frente del Poder Ejecutivo, se repita el mismo escenario.

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Bartolomé Abdala y Victoria VillarruelNicolás Suárez

De hecho, Abdala insiste en que ejercerá la presidencia desde su despacho. Es que, aunque quisiera, no tiene donde permanecer en Balcarce 50. Desde el minuto uno de la administración libertaria Karina Milei se encargó de limitar el ingreso de Villaruel negándole la posibilidad de tener una oficina en la Casa de Gobierno, como sí lo tuvieron otros vicepresidentes. En otras palabras, no hay lugar para extraños que no tengan que ver con el corazón del poder libertario.

Con su “nueva presidencia” Abdala ya integra la lista de presidentes provisionales del Senado que, en virtud de la ley de Acefalía y por la ausencia simultánea del país del Presidente y del vice, ocuparon la primera magistratura del país en más de una oportunidad.

El tope de ese ranking lo ocupa un riojano que, de alguna manera, está ligado a la actual administración libertaria: el riojano Eduardo Menem, padre del actual presidente de la Cámara de Diputados.

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El “hermano Eduardo” fue presidente provisional del Senado entre mayo de 1989 y finales de 1999. Desde el 10 de diciembre de 1991, cuando Eduardo Duhalde asumió la gobernación de Buenos Aires, hasta la misma fecha de 1995, el senador riojano ocupó la primera magistratura cada vez que Carlos Menem salía del país como consecuencia de la ausencia de un vicepresidente.




Gustavo Ybarra,Conforme a

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La oposición criticó el fallo de la Corte Suprema que eliminó el límite a la venta de tierras a extranjeros: “Vergonzoso”

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Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema que quita los límites a la venta de tierras a extranjeros, al poner en vigencia el artículo 154 del megadecreto 70/23 de inicios del gobierno de Javier Milei, diferentes diputados de la oposición criticaron la decisión del Máximo Tribunal de Justicia y lo calificaron como “vergonzoso” y “escandaloso”.

Un tribunal había dictado la inconstitucionalidad de ese artículo, que derogaba la ley de Tierras establecida en 2011 durante el gobierno de Cristina Kirchner, tras una presentación de inconstitucionalidad realizada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).

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Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación:Carlos Fernando Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Ricardo LorenzettiCorte Suprema

La Corte revocó el fallo tras concluir que la agrupación no contaba con la representatividad suficiente como para solicitar la suspensión del decreto presidencial. Indicaron los jueces de la Corte que “frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia”.

En redes sociales, no tardaron en aparecer las críticas hacia el fallo, en especial de voces opositoras a la administración libertaria. Uno de los primeros fue el diputado del Partido Socialista Esteban Paulón, quien solicitó una sesión especial en la Cámara baja para tratar el tema. “Tras el fallo VERGONZOSO de la Corte Suprema es urgente que convoquemos a una sesión especial para Derogar el DNU 70/23″, dijo.

En ese sentido, añadió: “No puede haber espacio para que justicia le de la espalda a las masivas movilizaciones populares en defensa de la ley de Tierras y la decisión del Senado en el mismo sentido hace tan sólo algunas semanas”.

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A su crítica se plegó el diputado de FIT Nicolás del Caño: “Una institución monárquica como la Corte Suprema, integrada por solo ¡3 personas!, revierte lo que millones logramos en las calles el 6 de agosto (…) Parece que a los cortesanos no les llegó la información de que el admirador de Thatcher ahora se hizo ‘malvinero’. Una farsa de quienes saquean y entregan todo. Como hicimos contra el 2×1 en beneficio de los genocidas, tenemos que derrotarlos en las calles».

Por su parte, el diputado de Fuerza Patria Martín Soria expresó: “A meses de que el Pueblo y el Congreso dijeran NO a la ley de extranjerización del territorio de Milei, la Corte Suprema aparece para hacer lo que el gobierno no pudo. No quedan dudas, ésta Corte esta ocupada por empleados de los intereses extranjeros”.

Quien se manifestó también fue el diputado de Coalición Cívica Maximiliano Ferraro. “Mientras se lavan la cara con un proyecto de ley de “soberanía nacional”, van a extranjerizar la tierra estratégica de la Argentina sin límite alguno”, dijo y agregó: “La sociedad ya se expresó, y también lo hizo el Senado. Lo que no prosperó en el Congreso no pueden sostenerlo con un DNU. No lo podemos permitir. Tenemos que volver a salir todos a reclamar, pacíficamente, protección para la tierra y los recursos estratégicos de los argentinos. A nosotros, Diputados y Senadores, nos toca activar con urgencia todos los mecanismos legislativos, legales e institucionales para frenarlo”.

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Leopoldo Moreau, de la bancada kirchnerista, tildó al fallo de “vergonzoso” y acusó a la Corte Suprema de “dar la espalda” a la soberanía nacional. “Habilita al gobierno de Milei a la venta indiscriminada y sin límites de ninguna naturaleza de territorio y de los recursos naturales de nuestro país. Para ellos, los excombatientes de Malvinas no tienen legitimidad para impulsar una acción de inconstitucionalidad contra el artículo de un DNU que incluso ya tenía un rechazo parcial del Senado de la Nación”, sostuvo.

Además marcó que la Argentina atraviesa un momento “peligroso e inestable” y dijo que algunas potencias mundiales “han puesto el ojo” sobre la mitad del territorio nacional. “Todo esto ocurre en un momento peligroso e inestable, donde algunas potencias del mundo han puesto el ojo sobre lo que es la mitad del territorio nacional. El Gobierno festeja pero todo esto deja al desnudo que la supuesta preocupación de Milei y su secta por la soberanía de Malvinas es sólo una puesta en escena que, en todo caso, pretende sustituir en el territorio continental la hegemonía colonial de Gran Bretaña por la pretensión imperial de Estados Unidos que pretende extenderse desde el Ártico hasta la Antártida”, apuntó.

En esta línea, el diputado Juan Grabois llamó a “voltear” el fallo de la Corte. “La lucha de todo un pueblo frena la entrega de la patria y vienen tres tipos que no votó nadie a tirar todo para atrás ¿esto es democracia?“, cuestionó.

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También se manifestó Cecilia Moreau, de Unión por la Patria, que advirtió que la oposición intentará que se dé marcha atrás con el fallo: “Esto no va a quedar acá. El pueblo frenó el remate de nuestras tierras. Ahora la Corte pretende volver a habilitarlo. El Senado ya rechazó el DNU 70/2023. Diputados tiene que hacer lo mismo. La Argentina no se vende, la soberanía no se entrega”.

Por último, la diputada Gabriela Estévez, también de Unión por la Patria, cruzó: “Milei derogó por decreto la ley que ponía límites a la extranjerización de nuestras tierras. Ahora la Corte dejó sin efecto el fallo que había frenado esa derogación. A los excombatientes los mandaron a Malvinas a defender la soberanía, hoy les dicen que no están legitimados para reclamar por ella ante la Justicia”.




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