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Atentado a la AMIA: el fiscal reclama el arresto de Alí Khamenei, líder espiritual de Irán

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En su dictamen de aceptación del juicio en ausencia, el fiscal Sebastián Basso hizo al juez federal Daniel Rafecas un pedido explosivo en términos de política internacional: solicitó la orden de captura nacional e internacional del líder supremo de Irán Ali Hosseini Khamenei. Se trata de un giro en relación con los anteriores titulares de la UIF-AMIA que consideraban que Khamanei tiene inmunidad por el cargo que ocupa.

En su resolución a la que accedió Clarín en exclusiva, el fiscal de la UFI-AMIA que reemplazó al asesinado Alberto Nisman, pidió que “se les reciba declaración indagatoria en orden a su participación en el atentado dirigido contra la sede de la AMIA del 18 de julio de 1994, y por tomar parte, con los restantes imputados iraníes mencionados en este dictamen”.

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También por su «patrocinio de la organización armada que actúa de manera clandestina fuera de las fronteras del territorio libanés vinculada al movimiento Hezbollah, que ha realizado desde hace décadas innumerables atentados contra la vida y los bienes de las personas que deben ser calificados como terroristas, entre ellos la AMIA”.

Khamenei es el líder de gobierno teocrático de Irán y fue presidente de entre 1981 y 1989. Fue designado líder supremo para suceder al ayatolá Komeiní, el líder de la Revolución Islámica de 1979, que murió en 1989.

Argentina e Irán solo tienen relaciones diplomáticas a nivel de encargado de negocios desde 1994 y esta decisión podría tensionar más los vínculos bilaterales.

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El fiscal solicitó que se libre oficio a Interpol “a los efectos de encomendarle el cumplimiento de la medida solicitada» y «en el que se haga saber que, en el caso de lograrse la captura requerida, el imputado 55 deberá ser puesto a disposición del Sr. Juez en carácter de detenido incomunicado”.

Esa solicitud la complementó con órdenes a las fuerzas de seguridad federales para que lo detengan si pisa territorio argentino. Será investigado en la causa en legajo por separado.

Para el fiscal, Khamenei “encabezó la toma de la decisión de perpetrar un atentado con bombas en Buenos Aires en julio de 1994 y emitió la orden ejecutiva (fatwa) 39 para llevarlo adelante. También es indudable que desde siempre y al día de la fecha Khamenei es el principal sostén de grupos que poseen capacidad militar como Hezbollah”.

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Recordó que “designó nada menos que al propio Secretario General de la agrupación terrorista como su representante en El Líbano. Todo en Irán, en lo referente a la política exterior y uso de la fuerza, pasa por su decisión”. En este sentido -prosiguió el fiscal en su argumento- “la Constitución iraní establece, en su art. 110, que el Líder tiene la responsabilidad y autoridad de determinar las políticas generales del país, supervisar la debida aplicación de esas políticas, decretar referendos y conceder el indulto o la conmutación de la pena a los condenados”.

“El Líder es, asimismo, el comandante en jefe de las fuerzas armadas y controla las operaciones de la inteligencia y seguridad militar. Además, está facultado a declarar la guerra o la paz y movilizar a las fuerzas armadas”, agregó.

Además, “tiene el poder de elegir y remover al jefe del poder judicial, al jefe de la cadena de radio y televisión estatal, y al comandante de la policía y de las fuerzas armadas. También designa a seis de los doce miembros del Consejo de los Guardianes. Es, por tanto, la máxima autoridad del país, y supervisa la relación entre los tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial”, dictaminó.

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Ahora bien, “en cuanto a su responsabilidad penal por la intervención en el atentado contra la AMIA, las razones esgrimidas por los anteriores titulares de la Unidad Fiscal en el dictamen de octubre de 2006 para diferir su convocatoria estuvieron vinculadas con la inmunidad que Khamenei podría ostentar frente a una imputación penal. Sin embargo, un análisis sensato de la cuestión a la luz del derecho de gentes (artículo 118 CN40) y del derecho internacional no permite sostener una inmunidad de esa naturaleza frente a su responsabilidad por un crimen de característica terrorista y de lesa humanidad”.

El ayatolá Ali Khamenei en una ceremonia de octubre de 2024, en Irán. Foto EFE

Consideró que “el atentado criminal aquí juzgado sucedió en territorio argentino y por lo tanto son las autoridades judiciales nacionales las que tienen el deber y la potestad de juzgar a sus responsables, con independencia del lugar y la posición social y política que ocupen en los territorios donde residan (artículo 1, inciso 1 del Código Penal Argentino)”.

Los argumentos del fiscal del atentado contra la AMIA

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El principio “de inmunidad tiene como fundamento el principio par in parem non habet imperium, el cual predica que no existe jurisdicción entre iguales, afianzando de este modo el principio de igualdad soberana de los Estados, definiéndolo como aquel principio por el cual un Estado no puede ejercer sus poderes sobre, o interferir en, actividades legalmente ejercidas por otro Estado extranjero en el territorio del primer Estado”, argumentó el fiscal Basso en el texto al que accedió Clarín.

En este sentido, “es necesario enfatizar que el principio de inmunidad no sólo abarca las actividades llevadas a cabo por el Estado como tal, sino también a los actos cometidos por los altos funcionarios de un Estado: el Jefe de Estado, los miembros del servicio diplomático y consular, los ministros de relaciones exteriores y otros ministros viajando en misiones oficiales al exterior”.

Para Basso, “es necesario distinguir claramente entre el principio de inmunidad del Estado, el del Jefe de Estado o gobierno, el de los agentes diplomáticos, el de los funcionarios consulares, y el de algunos miembros de gabinete. También es dable señalar las fuentes de este principio, que ha sido regulado desde sus orígenes por el derecho internacional consuetudinario, pero con el desarrollo de las inmunidades separadas, se dio pie a la regulación convencional en algunos casos”.

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El fiscal Sebastián Basso y un pedido de alto impacto internacional contra Irán.El fiscal Sebastián Basso y un pedido de alto impacto internacional contra Irán.

Sin embargo, “ha sido la jurisprudencia la que ha realizado el mayor aporte a la regulación del principio de inmunidad de los Jefes de Estado. El fundamento de este principio consiste en permitir que el sujeto que goza de ese privilegio pueda ejercer sus funciones de manera cabal e independiente”.

La justificación radica en facilitar “las relaciones entre los Estados, que son iguales ante el derecho internacional; y a su vez tiene detrás otro fundamento: el respeto a la soberanía de los Estados. Así, el principio busca impedir que los Estados interfieran en los actos públicos llevados a cabo por los Estados extranjeros; resultando en una forma de respetar su independencia”. “También es dable señalar que las inmunidades reconocidas por el derecho internacional difieren de las inmunidades reconocidas en el derecho interno».

«En esta dirección, el art. 27 del Estatuto de Roma establece que ningún tipo de inmunidad podrá ser alegado ante la Corte Penal Internacional, en tanto que su inc. 2 enfatiza la distinción entre las inmunidades de carácter interno y las de carácter internacional”, finalizó el fiscal Basso.

Atentado a la AMIA,Daniel Rafecas,Irán,Últimas Noticias

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Qué pasa con el artículo 3 de la ley de reforma de los DNU, que la oposición no logró aprobar en Diputados

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Pese a que la Cámara de Diputados aprobó este miércoles la reforma que limita los DNU de Milei, no pudo convertirla en ley y la iniciativa volverá al Senado. Es que si bien la oposición logró la mayoría absoluta en la votación general, hubo un artículo que fue rechazado.

Por este motivo, ahora el proyecto volverá a la cámara de origen, que en este caso es el Senado. Una vez allí, los legisladores podrán insistir con la norma original o aceptar las modificaciones que se hicieron en la cámara revisora (Diputados). En cualquier caso, se sancionará la ley.

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Leé también: Cómo el Gobierno logró frenar la ley contra los DNU y cuál será la estrategia en el Congreso hasta diciembre

Respecto del tan mentado artículo 3, no alcanzó la mayoría absoluta. La oposición necesitaba 129 votos para aprobar el artículo, que es el que habla de los plazos para aprobar un decreto, pero solo tuvo 127.

El artículo es clave porque establece que el Congreso tendrá 90 días corridos para aprobar los DNU y los decretos delegados. Si ese plazo vence sin tratamiento, las medidas quedarán automáticamente sin efecto.

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El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, durante la sesión de este miércoles. (Foto: Congreso de la Nación)

El artículo en cuestión establece: “Los decretos se considerarán aprobados cuando así lo dispongan expresamente ambas Cámaras por la mayoría absoluta de los presentes, en un plazo de noventa (90) días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial. Cada Cámara comunicará a la otra su pronunciamiento dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles de producido”.

Leé también: LLA no puede dejar atrás el caso Espert y el relanzamiento de la campaña se complica por el fallo judicial

Ahora vuelve al Senado para que ratifique o modifique la sanción de Diputados. Así, el Gobierno gana tiempo. De todas maneras, la oposición en la Cámara Alta pedirá sesión a la brevedad para tratarlo.

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Cómo es el proceso para la aprobación de una ley

En el sistema bicameral argentino existen dos cámaras, la de origen y la de revisión. La revisora -en este caso Diputados- la trata una vez que la cámara de origen le da media sanción y allí puede producir lo que se llama una enmienda o corrección.

El procedimiento en ese caso es anotar con qué mayoría se realizó y vuelve a la cámara de origen. A partir de ahí, la cámara de origen (Senado) tiene 2 opciones: con la misma mayoría que la revisora realizó la enmienda, insistir para aprobar la norma original, o aceptar las modificaciones y cambiar el texto del proyecto. En ambos casos, se convierte en ley.

Pese a que el proyecto vuelve al Senado, solo se revisará el artículo en cuestión. No está contemplada la situación en la que, una vez que un proyecto aprobado vuelve a la cámara de origen, sea rechazado a nivel general. Se pone a consideración solo la enmienda.

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En resumen, puede pasar que insista y se convierta en ley con los 90 días de plazo que establecía el proyecto original, o que se convierta en ley sin ese plazo. Será ley, solo resta saber si será el proyecto original del Senado o la versión de Diputados.

Hasta que no vuelva al Senado no se puede sancionar. La Cámara Alta no tiene plazo para tratarlo.

DNU, Congreso de la Nación, Diputados, Senado

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En un trámite exprés, la Cámara de Diputados aprobó el pedido del juez Mirabelli para avanzar con medidas contra Espert

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En un trámite exprés, la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría el pedido del juez federal de San Isidro Lino Mirabelli para que se lo autorice a avanzar con medidas de prueba sobre el diputado José Luis Espert, protegido por la ley de fueros.

La autorización se aprobó con 215 votos positivos y solo 3 abstenciones de los diputados Oscar Zago, Eduardo Falcone y Gerardo González, de Desarrollo y Coherencia. Semejante mayoría incluyó al bloque libertario -adonde pertenece Espert, quien solicitó licencia hasta el 8 de diciembre próximo- y a Pro, aliado del oficialismo.

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El oficio del juez Mirabelli, dirigido al presidente de la Cámara de Diputados Martín Menem, ingresó al cuerpo esta tarde, en plena sesión. Según trascendió, el juez solicitó que se habilite una medida de registro y otra de secuestro sobre bienes de Espert, informaron a fuentes oficiales.

Anoticiados de la llegada del oficio a la Cámara de Diputados, los legisladores se enfrascaron en un debate sobre cuál era el procedimiento más pertinente para avanzar en la autorización solicitada por el magistrado. Sucede que en su oficio Mirabelli solicitó expresamente en su oficio que no se den a publicidad las medidas de prueba que pretende llevar adelante porque el expediente se halla bajo secreto de sumario.

El rionegrino Martín Soria, uno de los denunciantes de los nexos de Espert con Fred MachadoSantiago Oroz

Desde el bloque Democracia para Siempre sugirieron que la sesión se constituya en secreta para evaluar el oficio del magistrado antes de aprobar la autorización. “Yo no sé qué medidas solicita el juez. Nadie nos puede pedirnos que autoricemos algo cuyo contenido no conocemos ”, alegó Fernando Carbajal.

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Sin embargo, la propuesta no fue compartida por el resto de las bancadas. Finalmente imperó la propuesta de la diputada Mónica Frade (Coalición Cívica), para que se lo autorice sin más a Mirabelli para que lleve adelante las pruebas que considere pertinentes.

“Nosotros no tenemos por qué saber cuáles son las pruebas que el juez en el marco de una investigación considera procedentes. Somos otro poder del Estado. No vamos a interferir ni tener injerencia en ese trámite judicial”, fundamentó Frade.

Si bien hubo amplia mayoría en la aprobación del pedido del juez, no faltaron reproches a Menem. “El pedido del juez llegó a las cinco de la tarde y recién lo estamos tratando a las 9 de la noche. Si nosotros no planteábamos la moción, ¿qué iba a pasar? ¿Qué esperaban para comunicar lo que pedía el juez cuando el pleno estaba funcionando en una sesión especial?“, acicateó Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica).

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El diputado Espert está siendo investigado por haber recibido una transferencia de 200.000 dólares del empresario Federico “Fred” Machado, que está preso para ser extraditado a los Estados Unidos, donde lo acusan de una serie de delitos que incluyen la conspiración para el narcotráfico.

Mirabelli dispuso esta medida a pedido del fiscal del caso, Fernando Domínguez, que ayer imputó a Espert por lavado de dinero en la causa iniciada por una denuncia de Juan Grabois. Domínguez busca además rastrear los movimientos de dinero del diputado y revisar sus cuentas. Eso requiere el levantamiento del secreto fiscal y bancario.

En pleno debate sobre qué hacer sobre el oficio de Mirabelli contra Espert, desde Pro la diputada Silvana Giudici desafió al bloque de Unión por la Patria con tratar el pedido de desafuero del salteño Emiliano Estrada, imputado por la justicia de su provincia por peculado y abuso de autoridad en una causa en la que se lo acusa de haber incurrido en el uso indebido de fondos públicos para ejercer una campaña de difamaciones en redes sociales.

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La propuesta no prosperó, pero el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz, citó al legislador a que brinde su descargo la semana próxima.


José Luis Espert,Laura Serra,José Luis Espert,Conforme a,José Luis Espert,,Lo protegen sus fueros. La Justicia pidió autorización a la Cámara de Diputados para avanzar con medidas contra Espert,,Cámara de Diputados. Hasta cuándo pidió Espert licencia,,Tras la resolución. Quién encabezará la fórmula bonaerense de LLA en lugar de Espert

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Diputados aprobó el pedido de la Justicia para avanzar con medidas contra José Luis Espert

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La cámara de diputados aprobó este miércoles una autorización pedida por la Justicia para avanzar con medidas en el marco de la investigación contra el diputado José Luis Espert, a quien se investiga por haber recibido pagos del empresario Fred Machado, acusado de narcotráfico, durante su campaña presidencial de 2019.

El oficio del juzgado federal N° 2 de San Isidro ingresó a la cámara en plena sesión especial. Lo envió el juez Lino Mirabelli, por pedido de la fiscalía a cargo de Federico Domínguez, quien lleva adelante la investigación derivada de la denuncia promovida por el dirigente Juan Grabois.

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El pedido de autorización que realizó la Justicia obedece a que, al ser diputado, Espert tiene fueros y goza de inmunidades especiales. Asimismo, el juez pidió que no se den a conocer los pormenores del procedimiento que se realizará, ya que la causa se encuentra bajo secreto de sumario. Difundir los detalles de las medidas podría entorpecer la investigación, explicaron en el recinto.

La ley de fueros indica que “no se podrá ordenar el allanamiento del domicilio particular o de las oficinas de los legisladores ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin la autorización de la respectiva Cámara”.

El diputado José Luis Espert actualmente se encuentra de licencia, a raíz de las acusaciones en su contra por los lazos con el empresario Fred Machado. Debió primero bajarse de su candidatura a diputado por la provincia de Buenos Aires de cara a las elecciones del 26 de octubre. Luego renunció a presidir la comisión de presupuesto. Finalmente, esta mañana, cuando el cuerpo se disponía a evaluar su expulsión, presentó en pedido de licencia.

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La acusación que promovió Grabois surgió luego de que se conociera un documento de la Justicia de Estados Unidos que comprobaba el pago de 200 mil dólares de parte de una empresa de Machado directamente a una cuenta de Espert. El legislador libertario primero lo negó, pero ante la presión y las evidencias, terminando aceptando el pago y el vínculo entre ambos.

Por amplia mayoría, la cámara aprobó la solicitud de la Justicia.  (Jaime Olivos)

El oficio judicial ingresó a la presidencia de la cámara de diputados minutos después de las 17. El escrito estaba dirigido al presidente del cuerpo Martín Menem. Cuando el pedido trascendió, el diputado de la Coalición Cívica, Juan Manuel López pidió la palabra y abrió el debate para que la solicitud judicial se someta a votación.

La mayoría de los legisladores estuvo de acuerdo desde un principio en acceder al pedido de la Justicia. Sin embargo, el pedido del juez Mirabelli para que los pormenores de las medidas solicitadas no se conozcan trabó por unos instantes la votación, ya que muchos legisladores se quejaron de estar “votando a ciegas”.

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Allí se barajaron distintas opciones. Una de ellas fue la posibilidad de realizar una sesión secreta, algo contemplado en el reglamento de la cámara, para que todos los diputados se informen de los detalles de las medidas judiciales sin difundirlas masivamente, y recién ahí decidir si votarían a favor o en contra de lo que pidió el juzgado de San Isidro.

Esa posibilidad fue rápidamente descartada. Finalmente, se sometió a votación el pedido judicial, con la salvedad de que Espert no podrá ser detenido, pero la Justicia podrá tomar medidas para avanzar con la investigación.

No obstante, en el recinto varios de los diputados que hicieron uso de la palabra dejaron entrever que el fiscal Domínguez buscaba avanzar en allanamientos a propiedades y oficinas de Espert, como así también el secuestro de bienes.

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En las últimas horas, el empresario Fred Machado fue trasladado desde su casa en la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, donde cumplía arresto domiciliario, a una unidad penal, donde espera para ser trasladado a los Estados Unidos, ya que la Corte Suprema autorizó su extradición.

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