POLITICA
El histórico fallo que condenó a Cristina Kirchner (Última parte)

Cuando en noviembre de 2015 Mauricio Macri ganó las elecciones presidenciales, los involucrados en la maniobra delictiva probada más tarde en la llamada causa Vialidad entraron en pánico e inmediatamente pusieron en marcha el plan “limpiar todo”, como lo denominó el Ministerio Público Fiscal. Los autores y partícipes del fraude contra el Estado se pusieron en contacto y acordaron algunas acciones que resultaron probadas por distintas vías, pero fundamentalmente por los mensajes extraídos del teléfono celular del entonces secretario de Obras Públicas, José López, incautado en el marco de una investigación por enriquecimiento ilícito iniciada luego de aquel ridículo y estrambótico espectáculo de López cargando bolsos repletos de dólares en un convento. Los delincuentes acordaron “actuar rápido”, construir un “relato”, no dar “sensación de fuga” y “no retomar las obras”, según surgió de los mensajes extraídos del citado celular.
Como tanto la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) como la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP) habían pagado todos los certificados de las empresas de Lázaro Báez, el plan fue inventar deudas a su favor con el propósito de dar argumentos al grupo Austral para abandonar las obras y despedir a todo su personal (1800 personas). Esa actuación se completó con una nota del subadministrador de la DNV, Carlos Joaquín Alonso, notificando a Austral que el organismo no tenía más fondos en las partidas presupuestarias, por lo que no podía pagar esa deuda.
La expresidenta Cristina Kirchner tuvo principal y esencial participación en la maniobra, cuya innegable responsabilidad criminal fue probada a partir de estas pruebas:
- Haber mantenido en sus cargos hasta 2015 a Julio De Vido, José López, Nelson Periotti y otros funcionarios públicos imprescindibles para la concreción de la maniobra.
- Haber dictado el decreto 54/2009, por el que se designó a la DNV como beneficiaria directa del fideicomiso de los “fondos del gasoil” del decreto 976/2001, conformando un sistema por el que se podría asignar directamente fondos a la DNV sin especificar las obras a las que se aplicarían, a pesar de un dictamen legal adverso.
- Haber designado como subadministrador de la DNV a Alonso, a sabiendas de que se trataba de una persona de total confianza de Báez.
- Su intervención decisoria en el final de la operación, el plan “limpiar todo”, que surge de los intercambios de mensajes entre López y Báez; de un viaje que hizo a Santa Cruz para reunirse con los involucrados y de una reunión que consta en la agenda presidencial.
- Los múltiples negocios que formalizó con Báez por montos que la favorecieron desmedidamente y sin otra causa real justificante de tanto derroche que su participación en la defraudación al Estado.
- Por el hecho de ser Santa Cruz su “lugar en el mundo”, su provincia, la que gobernó Néstor Kirchner por muchos años, no pudo desconocer que Báez, un exempleado bancario, monopolizaba groseramente la obra pública vial, y que realizaba con él los negocios reseñados por enormes sumas cuyo origen no podía desconocer.
- El estado público que tomaron las denuncias penales de Elisa Carrió y del exgobernador santacruceño Sergio Acevedo, y la investigación periodística del equipo de Jorge Lanata, conocida como “la ruta del dinero K”, difundida ampliamente también por un lapidario informe de la Auditoría General de la Nación, alerta que fue olímpicamente desoída.
Las condenas tienen fundamentos lógicos. Se basan en la “colosal extensión del daño causado”, la insólita prolongación en el tiempo (12 años), la jerarquía de los funcionarios involucrados y el hecho de que se tratara de un desfalco de la magnitud del expolio de las arcas públicas
Los valientes fiscales Diego Luciani y Sergio Mola se esmeraron por demostrar que, aparte de la comisión del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, Cristina Kirchner, López, Báez y Periotti conformaron una asociación ilícita en los términos del artículo 210 del Código Penal, para lo cual enumeraron un conjunto importante de pruebas directas y otras indiciarias que hacían evidente que hubo un concierto de voluntades.
El Tribunal Oral Federal Nº 2 (TOF2), sin embargo, consideró que faltaba un elemento esencial del tipo penal de la asociación ilícita, como la pluralidad de planes criminales, extremo que no se habría demostrado. Por ello, resolvió, por mayoría, que se estaba ante un delito continuado y no frente a una asociación ilícita. El juez Andrés Basso votó en disidencia porque para él estaba probada suficientemente la asociación ilícita.
El primer voto en el fallo de Casación fue del doctor Gustavo Hornos, que además de confirmar el fallo del TOF 2 en cuanto a la condena que dictó por el delito de defraudación agravada, estuvo de acuerdo con los fiscales en que existió una asociación ilícita, calificación a la que no adhirieron sus colegas Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. Recientemente, esta cámara no concedió el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que la sentencia quedará firme, a menos que el máximo tribunal acceda a un recurso de queja que pueden plantear los defensores de los condenados.
Impresiona la gigantesca y burda maniobra que pergeñaron los condenados. Estaba todo a la vista. Báez llegó a tener el 50% de la obra vial de la provincia, recibió un trato preferencial, cobró sumas enormes en tiempo récord, realizó negocios con los Kirchner durante los años en que fueron presidentes de la Nación y les pagó cifras millonarias por operaciones simuladas.
Investigada seria e independientemente, toda la maniobra surgió con claridad irrefutable. Por ello la labor de las defensas fue tan endeble. Sus argumentos fueron siempre formales, vacuos, reiterativos y para nada novedosos. Trataron de atomizar las operaciones para eternizar la investigación, pero los fiscales y luego los juzgadores no lo permitieron, acertadamente miraron el conjunto de acciones desplegadas por los encausados procesados para concluir de modo unánime en la condena por defraudación agravada.
La Cámara de Casación sostuvo que la sentencia del TOF 2 no tiene fisuras lógicas. A su vez, el fallo de Casación es extraordinariamente robusto, detallado y minucioso. Se detiene en todos los argumentos de la acusación y de las defensas, sopesando cada uno en profundidad, recurriendo a la mejor doctrina y jurisprudencia en todos los temas que revisa, de tal forma que el requisito de la doble instancia está sobradamente cumplido, como para que no queden dudas sobre la seriedad y fundamentación de las condenas, basadas en la enorme contundencia de las pruebas valoradas y que, de ninguna manera, pueden considerarse una persecución política o lawfare, como ha afirmado Cristina Kirchner.
Las condenas tienen fundamentos lógicos. Se basan en la “colosal extensión del daño causado”, la insólita prolongación en el tiempo (12 años), la jerarquía de los funcionarios involucrados que formaban la primera línea del Estado y el hecho de que se tratara de un desfalco de magnitud exorbitante, cuyo accionar estuvo orientado exclusivamente a lograr un lucro indebido y no al bien común.
El decomiso ordenado por el TOF 2 y confirmado por Casación fue fijado en la escalofriante suma de casi 85 mil millones de pesos, en que se estimó el perjuicio causado al erario público por las maniobras defraudatorias. Aunque el daño fue muchísimo mayor, esa cifra da cuenta de la magnitud del expolio de las arcas públicas. Fue la mayor defraudación de la historia argentina y lo estremecedor es que fue cometida por dos personas que ejercían la presidencia de la Nación.
POLITICA
Los detalles del proyecto de la baja en la edad de imputabilidad, que será parte del temario en sesiones extraordinarias

El Gobierno anunció que el proyecto de la baja en la edad de imputabilidad será parte del temario en sesiones extraordinarias, del 2 de febrero hasta el 27 de ese mes.
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, anticipó en su cuenta de X que la ley Penal Juvenil será debatida en febrero en el Congreso, luego de encabezar una reunión de la mesa política del Gobierno en Casa Rosada para monitorear las negociaciones por la propuesta de reforma laboral que impulsa el oficialismo.
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Adorni publicó en su cuenta de X: “Reunidos en Casa Rosada desde temprano. La ‘Ley Penal Juvenil’ también formará parte del temario de las sesiones extraordinarias. Fin”.
Participaron de la cumbre liderada por Adorni la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, los ministros, Diego Santilli (Interior), Luis Caputo (Economía), el titular de la Cámara de Diputados, Martín Menem, la jefa de bloque de La Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, el asesor presidencial, Santiago Caputo, y el secretario de Asuntos Estratégicos de la jefatura de Gabinete, Ignacio Devitt.
Fuerte presión de LLA a la baja en la edad de imputabilidad: “Veremos quiénes siguen defendiendo a los delincuentes”
La exministra de Seguridad destacó en su cuenta de X: “Nos vemos en el Congreso en febrero para tratar la Ley Penal Juvenil y actualizar la edad de imputabilidad. La sociedad necesita justicia y prevenir nuevas víctimas. No más excusas ni dilaciones. Ahí vamos a ver con claridad quiénes están del lado de los argentinos, y quiénes siguen defendiendo a los delincuentes».
El diputado de LLA y exministro de Defensa, Luis Petri, publicó en su cuenta de X: “¡Bajar la edad de imputabilidad es urgente y necesario! ¿Cuántas nuevas víctimas vamos a esperar para reformar una ley que demuestra su fracaso cada vez que un hecho violento deja a una familia destrozada en manos de un peligroso delincuente que mata a sangre fría?“.
Petri planteó: “¡El presidente Javier Milei habilitará su tratamiento en extraordinarias! Bajar la edad de imputabilidad es un debate impostergable que requiere ser resuelto por el Congreso de la Nación. La Argentina cuenta con una de las edades más altas del mundo y eso genera la imposibilidad de hacer justicia y la impunidad para quienes cometen delitos aún comprendiendo cabalmente lo que hacían. ¡Una lucha de décadas que tiene que quedar definitivamente saldada y así será!“.
El dictamen como antecedente del debate de la baja de la imputabilidad
El plenario de las comisiones de Legislación Penal, Presupuesto, Justicia y Familias, Niñez y Juventudes de Diputados trabajó durante varios meses el año pasado y consensuó 12 proyectos de ley que establecían la edad de imputabilidad de los menores entre los 16 y los 12 años.
El dictamen de mayoría salió con las firmas de los libertarios, el PRO, la UCR, partidos provinciales, la Coalición Cívica, Encuentro Federal y Democracia para Siempre. Se trató de un amplio consenso que modificó el proyecto original del Poder Ejecutivo, que reducía la edad de imputabilidad a los 13 años.
Finalmente, el plenario de cuatro comisiones, liderado por la diputada Laura Rodríguez Machado, titular de Legislación Penal, estableció que el régimen penal se cambie de los 16 a los 14 años; penas máximas de hasta 15 años; y sanciones alternativas para condenas menores a 10 años referidas a servicios comunitarios, prohibición de conducción y reparaciones económicas.
La bancada de Unión por la Patria consideró que la edad debía mantenerse y seguir en los 16 años, mientras que el Frente de Izquierda rechazó de plano cualquier cambio a la norma actual.
imputabilidad, Congreso, sesiones extraordinarias
POLITICA
El Gobierno formalizó la renuncia de Paul Starc y de otros funcionarios del Gobierno

El Gobierno oficializó este lunes la salida del exfiscal Paulo “Paul” Starc al frente de la Unidad de Información Financiera (UIF), al que había llegado tras la salida del primer titular del organismo de la era libertaria, Ignacio Yacobucci. En el mapa libertario, Starc era un hombre cercano al asesor presidencial, Santiago Caputo.
Su desvinculación se oficializó la semana pasada a través de un comunicado del Gobierno, y previamente había sido confirmada a por fuentes confiables.
Menos de un año después de su designación, el Poder Ejecutivo firmó su renuncia a través del Decreto 45/2026 y le agradeció por los servicios prestados durante su paso por el organismo.
Starc había sido elegido en enero de 2025, tras la salida de Yacobucci, pero el Poder Ejecutivo efectivizó su nombramiento en abril pasado, tras la audiencia pública para que arribe al cargo, realizada el 17 de marzo de ese mismo año.
Tras conocerse la salida de Starc desde el Ministerio de Justicia anunciaron que su reemplazante será Ernesto Gaspari, y sostuvieron que Starc se fue “por razones personales”, al tiempo que le agradecieron por su desempeño en el organismo.
Asimismo, el Gobierno aceptó la renuncia de Luis Pierrini como secretario de Transporte y designó en su lugar a Fernando Herrmann, quien asumió el cargo a partir del 22 de enero de 2026. La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 47/2026 del Ministerio de Economía, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y firmada por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La medida oficializó un cambio que ya había sido anticipado la semana pasada, cuando se conoció la salida de Pierrini mediante un comunicado oficial del Gobierno. La norma dispuso la aceptación de la renuncia presentada por el funcionario y expresó el agradecimiento del Poder Ejecutivo por los servicios prestados durante su gestión, al tiempo que confirmó la designación de su reemplazante en la Secretaría de Transporte, un área clave dentro de la estructura económica del Gobierno.
El nuevo secretario de Transporte, Fernando Augusto Herrmann, es arquitecto, con orientación en sistemas constructivos especiales, y egresado de la Universidad de Belgrano. Además, cuenta con un Executive Master en Administración de Empresas (EMBA) del Instituto de Altos Estudios Empresariales (IAE), una formación que combina perfiles técnicos y de gestión.
De acuerdo con la información oficial difundida por el Gobierno al anunciar el cambio de autoridades, Herrmann posee una trayectoria profesional vinculada al desarrollo de obras de infraestructura y a la gestión en el sector. A lo largo de su carrera también se desempeñó como docente en distintas instituciones académicas, entre ellas la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (FADU), el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU), la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) y la Federación Argentina de Universidades Privadas (FAUP).
La salida de Pierrini se produjo en un contexto de tensión dentro del sector del transporte. Días antes de que se comunicara su salida del cargo, había informado sobre un conflicto entre empresas de colectivos por el reparto de los subsidios estatales, una disputa que expuso diferencias internas y reclamos cruzados dentro del sistema de transporte automotor.
En línea con los cambios que lleva adelante el Poder Ejecutivo, la Secretaría de Energía aceptó la renuncia de Carlos Alberto María Casares del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y designó a su nuevo interventor, Marcelo Alejandro Nachon, a través de la Resolución 18/2026.
En su carta de dimisión, el ahora exfuncionario declaró que la administración libertaria lo considera “prescindible”.
Y es que en julio del año pasado, el Poder Ejecutivo dio inicio formal a la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Enrge), que reemplazará en los próximos meses a los actuales entes de control, Enargas y ENRE, y asumirá todas las funciones bajo una única estructura.
Esta situación explica el paso al costado de Casares, que estaba entre los candidatos para asumir como titular del Enrge, pero finalmente el Gobierno se decidió por el actual interventor en el ENRE, Marcelo Lamboglia.
La designación de Nachon tendrá validez en las condiciones y en el plazo previsto en el Artículo 2° del Decreto N°370, de fecha 30 de mayo de 2025, que extendió el estado de intervención del organismo hasta el 9 de julio de 2026 o hasta que se conforme el directorio definitivo.
Por último, el Poder Ejecutivo avanzó con otra modificación en el área de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (Renaper), al aceptar la renuncia de su actual titular, Pablo Luis Santos. En su lugar asumirá el abogado Diego Sebastián Pérez Lorgueilleux.
Así quedó formalizado a través del decreto 33/2026, que lleva la firma del presidente Javier Milei y del ministro Diego Santilli. “Agradécense al funcionario renunciante los servicios prestados en el desempeño de dicho cargo”, indicaron.
había sido confirmada a LA NACION,Decreto 45/2026,efectivizó su nombramiento en abril pasado,Decreto 47/2026 del Ministerio de Economía,,LA NACION,Resolución 18/2026.,decreto 33/2026,,Boletín Oficial,Transporte,Conforme a,,»Terminar con algo que está terminado». D’Elía lanzó una crítica a Cristina Kirchner y llamó a votar por Kicillof,,»Tour de la gratitud». Milei llega este lunes a Mar del Plata y el martes habla en La Derecha Fest,,Reforma laboral. El oficialismo reactiva las negociaciones en el Senado para aprobar el proyecto a mediados de febrero,Boletín Oficial,,»Ilegítimo». La Anmat prohibió en todo el país un alcohol sanitizante por irregularidades sanitarias,,Irregularidades en la inscripción. La Anmat prohibió la venta de una serie de productos de limpieza y cuidado personal,,Tras reclamos del sector. El Gobierno eliminó un aporte que pagaban las empresas radicadas en Tierra del Fuego
POLITICA
La jueza Guichandut tuvo dos denuncias por mal desempeño en el Consejo de la Magistratura

Desde que asumió como jueza, en 2005, Patricia Susana Guichandut recibió dos denuncias por mal desempeño ante el Consejo de la Magistratura, en 2010 y en 2015. En ambos casos, el pleno del organismo desestimó las presentaciones. Infobae tuvo acceso a las denuncias y a los argumentos de los consejeros que votaron a su favor.
La jueza fue blanco de las criticas del presidente Mauricio Macri y del jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta por su actuación en el caso de un motochorro colombiano. A pesar de la contundencia de la respuesta oficial, en el Gobierno aseguran que no es una jueza “zaffaroniana” y advierten que hay que poner el foco en la actuación de la fiscal, que impulsó la probation.
La primera denuncia contra Guichandut -que proviene del fuero correccional- fue presentada por Miguel Ángel Rafael Dapueto de Ferrari: la acusó de desestimar en tiempo récord una querella por injurias contra un juez del fuero laboral. El denunciante intentó en otro juzgado, pero la causa volvió a Guichandut, que por entonces estaba a cargo del Juzgado Nacional en lo Correccional N° 13.
Para el denunciante, la jueza había violado «en forma flagrante lo normado por el art. 418 último párrafo apartado in fine, en perjuicio [suyo] como querellante, y en beneficio (…) del Juez colega de la ahora denunciada».

La presentación fue evaluada por la Comisión de Disciplina y luego desestimada in límine (sin una investigación previa) por el plenario del Consejo. La resolución, del 11 de noviembre de 2010, destaca que la denuncia solo expresaba una “disconformidad” con las decisiones adoptadas por Guichandut en el marco de los expedientes 25.795/2009, 1097/2010 y 26.066.
“La valoración de los criterios de interpretación normativa o probatoria que los magistrados incorporan a sus resoluciones se encuentran por fuera de la competencia asignada a este Consejo de la Magistratura y solo son susceptibles de revisión a través de los canales recursivos que el ordenamiento procesal prevé“, argumentó en ese caso el plenario bajo la presidencia de Luis María Cabral.
La jueza Guichandut fue cuestionada esta mañana por el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta luego de liberar a un motochorro colombiano a cambio de pagar 700 pesos en concepto de “reparación del daño” a la víctima. El motochorro, identificado como Jair Stevens Jurado Mora, le había robado el celular a una joven de 18 años en Avenida La Plata al 100.

Guichandut tuvo otra denuncia por mal desempeño: fue realizada en 2015 por Jorge Omar Cao, que fue sobreseído en una causa por lesiones leves tras una discusión con dos agentes de la AFIP en un restaurante ubicado en Salguero y Mansilla. El denunciante argumentó que la jueza no valoró una serie de pruebas presentadas por su defensa y omitió realizar otras que lo hubieran beneficiado.

Al momento de realizar su descargo, la jueza sostuvo que la causa se demoró por las “múltiples y reiteradas presentaciones” de la defensa de Cao. “De los ocho cuerpos que conforman la causa, alrededor de dos de ellos están compuestos por presentación del Sr. Cao”, se quejó la jueza. Y destacó que la instrucción estuvo delegada en la Fiscalía.
El 10 de septiembre de 2015, el plenario del Consejo, bajo la presidencia de la jueza Gabriela Vázquez, desestimó la denuncia. La resolución tuvo en cuenta que el denunciante tuvo a su disposición todas las medidas procesales para defenderse y que solo expresó “discrepancias” con la magistrada.
Siete años después de publicada la nota (enero de 2026) uno de los involucrados pidió derecho a réplica, a continuación su descargo: “Se omitió en la nota que estoy sobreseído desde 2017 en el expediente citado, según consta en las actuaciones judiciales. Actualmente continúo presentando recursos con el fin de que se anulen las decisiones adoptadas por el Juzgado de Instrucción, ya que solicito que las actuaciones sean reiniciadas debido a la ausencia de una investigación imparcial. Según el expediente 27743/12 ante el Juzgado Correccional 13, los funcionarios involucrados reconocieron que se acercaron a mi vehículo “golpeando e insultando”, un hecho que elimina la posibilidad de que existiera una discusión, ya que los propios testimonios suponen un abordaje agresivo hacia mi persona y mis bienes. El incidente no tuvo lugar dentro de un restaurante. Así lo verifican varios testigos presentados durante el juicio, quienes nunca fueron convocados a declarar. Respecto al informe publicado, se indica erróneamente que “Cao aseguró que Guichandut se negó a realizar una pericia sobre el auto (que habría sufrido daños) y que omitió un informe del médico legista”. Lo cierto es que esto se desprende del contenido del expediente: los agresores reconocen los ataques, se omitió la valoración del informe oficial realizado por el médico legista y se admitieron “certificados de reposo emitidos por una clínica privada, sin ningún estudio complementario”, lo que impidió una correcta consideración de lo sucedido».
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