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Entre presiones de la CGT y del empresariado, este fin de semana redactarán la versión definitiva de la reforma laboral

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Este fin de semana se darán los retoques finales a la reforma laboral del Gobierno, luego de que se conoció una última versión que contiene cambios importantes respecto del borrador que redactó el Consejo de Mayo: ahora se hicieron concesiones a la CGT y se agregó un artículo que inquieta al empresariado.

La idea en la Casa Rosada es incorporar nuevas observaciones sindicales y empresariales entre sábado y domingo con la intención de presentar el proyecto el martes 9, como estaba previsto.

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Quienes analizaron en detalle la última versión quedaron sorprendidos porque hay varios artículos que no estaban incluidos en los borradores del Consejo de Mayo y, además, porque encontraron errores desde el punto de vista técnico jurídico en la redacción.

Javier Milei junto a Karina Milei, Santiago Caputo, Lule Menem y Pilar Ramírez

Esta última versión se corrigió en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia, a cargo de María Ibarzábal Murphy, alineada con el asesor Santiago Caputo, que siguió las órdenes de quitar artículos que irritaban a la CGT y que el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, defendía a rajatabla.

Quedó insinuado, en principio, que la Casa Rosada no quiere entablar una batalla a todo o nada con el sindicalismo, según la línea que bajó Karina Milei e instrumentaron dos de sus alfiles que sirvieron de nexo reservado con la CGT: el titular de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y el subsecretario de Gestión Institucional de la Secretaría General de la Presidencia, Eduardo “Lule” Menem.

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El giro más drástico de la última versión de la reforma laboral fue la eliminación del artículo que ponía límites a las cuotas solidarias, propuesta que iba a jaquear la “caja” sindical porque condicionaba el pago del aporte compulsivo al consentimiento explícito de los trabajadores. Para graficar qué trascendente era este tema para Sturzenegger hay que recordar que el ministro de Desregulación llamó “peajes sindicales” a esas cuotas solidarias en el coloquio de IDEA.

Aun así, hay un impedimento incluido en otro artículo para que el descuento de las cuotas solidarias lo recaude el sector empleador. La ley actual dice que “los empleadores estarán obligados a actuar como ‘agente de retención’ de los importes que, en concepto de cuotas afiliación u otros aportes deban tributar los trabajadores a las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial». Ahora, se restringió ese ítem a “las cuotas de afiliación” y se estableció: “Siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes”. Lo que quiere decir que los empleadores no estarán obligados a retener el importe de las cuotas solidarias para girárselo luego a los sindicatos.

Otro punto que se modificó en favor del poder sindical es el que establece la prelación del convenio por empresa respecto del convenio por actividad: se agregó que deberán ser negociados y firmados por el sindicato con personería, algo que saca de esta instancia a las comisiones internas y respeta la incidencia exclusiva del viejo unicato gremial.

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Son dos de los cambios que más reclamaba la CGT, aunque quedaron otros artículos que el sindicalismo intenta ahora que se eliminen o sean suavizados.

Una asamblea del Sindicato de Camioneros en una empresa de recolección de residuos

Uno es el que restringe la ultraactividad de los convenios, donde incluso se suma una disposición transitoria que resulta inquietante para los gremialistas: establece que “en el plazo de un año contado desde la promulgación de la presente ley, la Secretaría de Trabajo convocará a las partes legitimadas para negociar, y/o renegociar y/o ratificar las cláusulas de los Convenios Colectivos que estuvieran vencidos”.

Y agrega: “De oficio, o por petición de cualquiera de las partes legitimadas para negociar un Convenio Colectivo de Trabajo, cualquiera sea su nivel, cuyas cláusulas normativas se hallaren vigentes sólo por ultraactividad, la Secretaría de Trabajo podrá suspender los efectos del acto de homologación si se demuestra que su aplicación genera ‘distorsiones económicas graves que afecten el interés general’”.

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La CGT también quiere borrar del proyecto el agregado que considera infracción muy grave a “provocar, y/o instar y/u organizar el bloqueo o tomar un establecimiento”, lo que permitirá que en casos de bloqueos contra las empresas se responsabilice y se pueda sancionar a las cúpulas sindicales.

Demoras y cancelaciones en Aeroparque por un paro de los aeronáuticos (Foto: Jaime Olivos)

También se salvó de la poda la dura reglamentación del derecho de huelga, que la CGT tratará nuevamente de que se elimine (estaba en el DNU 70 y en el decreto 340, ambos frenados por la Justicia). ¿Lo lograrán gracias a que ese punto está contemplado en otro proyecto de ley presentado por la diputada nacional Verónica Razzini, ahora libertaria? Hay quienes sospechan que la estrategia podría ser quitar ese artículo de la reforma laboral para facilitar su aprobación en el Congreso e intentar que la regulación de las huelgas se debata aparte.

Si bien el número de delegados por empresa se mantendrá como hoy (el artículo que lo reducía a la mitad se eliminó), el proyecto insiste en los límites a las asambleas para evitar que se conviertan en medidas de fuerza e incluso se incorporó un inciso que considera una práctica desleal del sindicato “intervenir o interferir intencionalmente afectando el desenvolvimiento de la actividad de la empresa mediante la convocatoria a asambleas violando los términos del artículo 20 bis de la presente ley, u otras medidas de acción directa”.

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Se incorporaron, además, dos prácticas desleales del sindicato que la CGT resistirá: “Rehusarse a negociar colectivamente con los representantes de la parte empleadora legitimados para hacerlo o provocar dilaciones que tiendan a obstruir el proceso de negociación”, y “no acatar la conciliación obligatoria dispuesta por la autoridad con facultades suficientes”.

Bloqueo sindical en la empresa Química Rame

Los delegados sindicales igual quedan en la mira. Según los abogados de la CTA de los trabajadores, el proyecto “debilita el alcance práctico de la representación: ahora sólo dirigentes titulares y delegados electos, eliminando la tutela sindical para suplentes y congresales” y “permite modificar las condiciones de trabajo del “candidato” si hay una reorganización total del establecimiento o sector, lo que antes estaba prohibido».

En la ley actual, destacan los abogados ceteístas, los delegados tenían más margen para usar horas gremiales según el convenio. Ahora, se fijan hasta 10 horas mensuales (“salvo que el convenio colectivo aplicable disponga una cantidad mayor“) y añade: “El ejercicio de este derecho no podrá generar la interrupción de actividades en el área de trabajo”.

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Los empresarios también reaccionaron con cierto malestar ante la última versión de la reforma laboral: nadie les avisó que habían incluido un nuevo artículo que crea los llamados Fondos de Asistencia Laboral (FAL), “destinados exclusivamente a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones y pagos” vinculados con las indemnizaciones por despido, que surge del aporte de los empleadores a través de una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones.

El ministro de Economía, Luis Caputo, y el titular de la UIA; Martín Rappallini

En realidad, ese punto se incorporó ahora porque estaba en estudio por parte del Ministerio de Economía, pero hay otro artículo le quita sustento a las quejas del sector empleador: los empresarios que contribuyan con el 3% para los FAL se beneficiarán con una reducción de 3 puntos porcentuales en la contribución patronal con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Es decir, ese 3% de rebaja de los aportes irá, si así lo desean, al sistema que financiará las indemnizaciones por despido e inclusive ese dinero dará sus dividendos en la Comisión Nacional de Valores hasta que efectivamente sea utilizado para esa finalidad.

Los abogados de las empresas miran con lupa el articulado para que el nuevo sistema no encarezca el aporte de los empleadores, mientras en el Gobierno aseguran que es una innovación que les permitirá financiar las indemnizaciones de otra forma.

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La CGT negoció en forma reservada, pero sigue diciendo en público que no conoce el texto real de la reforma y que mantiene su rechazo a todos los puntos que trascendieron. Ni siquiera da por cierto el alivio de que continúen las cuotas solidarias y que la firma de los convenios por empresa tenga que estar a cargo de los sindicatos con personería.

“El Gobierno impide una reforma laboral consensuada porque rechaza sentarse a negociar con el sindicalismo y el empresariado”, dijo a Infobae En Vivo el cotitular de la CGT Cristian Jerónimo (empleados del vidrio). “Los cambios deben pensarse entre todos los actores, pero hasta ahora el Gobierno ha ignorado cualquier propuesta sindical y avanza por imposición”, sostuvo.

A la espera de esa convocatoria, los líderes cegetistas buscan sumar respaldos de gobernadores y legisladores para que la reforma laboral termine en una versión light cuando se trate en el Congreso.

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Las próximas horas serán decisivas. Puede haber más cambios en el texto porque sindicalistas y empresarios profundizaron su lobby, pero la nueva reforma laboral, a pesar de tantos retoques, parece estar más cerca.

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La madre de Jeremías Monzón asistió al Congreso para presenciar el debate por la baja de la edad de imputabilidad

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La Cámara de Diputados debate este jueves el proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, en una sesión que busca otorgar media sanción a la reforma del Régimen Penal Juvenil.

La iniciativa fija en 14 años la edad mínima para juzgar delitos graves como homicidio, abuso sexual o secuestro, estableciendo una pena máxima de hasta 15 años de prisión. Entre los presentes en el Congreso se encontró Romina, la madre de Jeremías Monzón, el adolescente de Santa Fe asesinado en diciembre de 2025 por menores que resultaron ser inimputables bajo la ley vigente.

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Romina fue recibida anteriormente por Patricia Bullrich

Jeremías fue encontrado muerto el 22 de diciembre con más de 20 puñaladas en una antigua fábrica abandonada. La investigación determinó que los autores materiales fueron dos adolescentes de 15 y 14 años, mientras que su novia, M.A., fue imputada como coautora tras descubrirse que lo engañó para citarlo en el lugar del crimen.

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Durante la manifestación frente al Congreso, Romina denunció la situación procesal de los responsables directos: “Lamentablemente, estoy de luto. Hace menos de dos meses, asesinaron a mi hijo, y dos de los tres menores están en libertad, sin siquiera tener un antecedente penal”.

Jeremías Monzón

A pesar de su apoyo a la reforma, la madre de la víctima reconoció que la aprobación del proyecto no tendrá impacto legal en el caso de su hijo. “Lamenté que no se hará justicia por mi hijo porque esta ley no es retroactiva. Esto va a ser un legado de nuestros hijos para que no siga pasando”, expresó.

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Asimismo, cuestionó el enfoque actual del sistema judicial sobre la rehabilitación de los delincuentes juveniles: “Es tan necesario que esto cambie porque los liberan como si nada, y hablan mucho de la reinserción social de gente que decidió matar, a salir a robar. ¿Y quién habla de la reinserción social de las víctimas?”.

El debate actual retoma una discusión del año 2024, cuando el Ejecutivo propuso inicialmente bajar la edad a los 13 años, propuesta que perdió estado parlamentario pero sirvió de base para el dictamen actual. 

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Cruce picante: qué se dijeron Adorni y Zaracho

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El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la diputada Natalia Zaracho protagonizaron un intercambio de declaraciones en la red social X. El debate ocurrió tras la aprobación de la reforma laboral en el Senado de la Nación. Los funcionarios discutieron sobre la negociación con los gobernadores y la ejecución de obras públicas en las provincias.

Natalia Zaracho cuestionó la votación en la Cámara alta con duros términos contra el Poder Ejecutivo y los mandatarios provinciales. La legisladora sugirió que se otorgaron beneficios a las provincias a cambio de votos positivos para la ley.

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Manuel Adorni desestimó las acusaciones de la diputada con un mensaje sobre las obras de cordón cuneta (X, Manuel Adorni)

Zaracho escribió: “Se cagaron en los trabajadores de todo el país. La historia los va a poner en su lugar. A este Gobierno de hijos de p*ta, a los senadores que votaron esto y a los gobernadores que se vendieron por dos cordones cuneta”.

Manuel Adorni respondió el mensaje con un comentario técnico sobre las competencias del Estado nacional. El ministro coordinador buscó desacreditar la acusación de la diputada mediante la ironía. Adorni publicó: “Estimada Natalia, los ‘cordones cuneta’ son responsabilidad de los gobiernos locales, jamás podríamos haber otorgado dos de ellos tal como usted sugiere. Saludos”.

La iniciativa legislativa propone una modificación profunda en la Ley de Contrato de Trabajo. El texto otorga mayor flexibilidad en las condiciones de contratación y en el régimen de despidos. El oficialismo obtuvo el respaldo de los bloques de “opositores dialoguistas” para avanzar con estas medidas.

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El Gobierno logró media sanción para la reforma laboral

El plan estipula un recorte en los elementos que integran el cómputo para los pagos por desvinculación forzosa. Los empleadores excluyen el aguinaldo, las vacaciones y los premios de la cifra final. Tampoco ingresan las propinas en este cálculo. La ley crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) como herramienta principal de financiamiento. Estas cuentas poseen carácter inembargable y reciben aportes mensuales de las patronales.

Las grandes empresas destinan el 1% de sus contribuciones para conformar este fondo. Las pymes realizan un aporte mayor, que llega al 2,5%. La reforma también altera el régimen de enfermedades y accidentes fuera del ámbito laboral. El empleado percibe el 50% de su salario básico durante tres meses si no tiene cargas de familia. El plazo se extiende a seis meses para los trabajadores con familiares a cargo.

Protesta por la reforma laboral de distintos sectores sociales. Plaza de los dos Congresos
Protesta por la reforma laboral de distintos sectores sociales. Plaza de los dos Congresos

La reforma laboral establece restricciones severas para las medidas de fuerza sindicales. El Gobierno divide las actividades en dos categorías principales según su importancia social. Los servicios esenciales deben garantizar una prestación mínima del 75% de su capacidad habitual. Los servicios considerados trascendentales operan con al menos el 50% de cobertura durante los paros.

El dictamen deroga cinco estatutos profesionales con vigencia histórica. Los periodistas, los viajantes de comercio y los peluqueros pierden sus marcos normativos específicos. La medida alcanza también a los choferes particulares y a los operadores de radio. La cuota sindical obligatoria permanece vigente para todos los trabajadores. Los empleados pagan este aporte a los gremios sin importar su condición de afiliados.

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Este contenido fue producido por un equipo de con la asistencia de la IA.

protagonizaron un intercambio de declaraciones,cuestionó la votación en la Cámara alta,Audiencia,Manuel Adorni,Reforma laboral,,Identifican nuevos bienes. Piden decomisarles US$5 millones y 141 inmuebles a Cristina y Báez: incluyen San José 1111,,Fake news. Cornejo denunció a tuiteros por la difusión de un video «manipulado» sobre su vida privada: “No fue en París”,,Incidentes en el Congreso. Liberaron a 54 de los 71 detenidos e identifican a los que tiraron bombas molotov,Audiencia,,Cómo llegó Bad Bunny a ser un el ícono latino y qué rebelión presentará en River,,Media sanción. A quién afecta la Reforma laboral: estos son los puntos clave del proyecto de Milei,,El rol clave de las familias. Therian: un especialista explicó por qué detrás del fenómeno viral «hay sufrimiento»

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La ANMAT retiró del mercado un jabón para la ropa importado por no contar con un rótulo en español

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Esta madrugada la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de un jabón líquido para la ropa y unas bombas de infusión. Además, confirmó la baja de una empresa que se dedicaba a la creación de productos farmacéuticos.

Por medio de la publicación de las disposiciones 259/2026, 492/2026 y 499/2026 en el Boletín Oficial, el organismo aclaró que en los tres casos se habían detectado irregularidades relacionadas con la habilitación y/o inscripción en el registro correspondiente.

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En el caso del detergente importado, la ANMAT especificó que se trataba de un producto de la marca “Tide ORIGINAL”, que no contaba con ningún rótulo en español. Por este motivo, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal propuso la prohibición de venta y uso de todos los lotes de este producto en territorio argentino.

Entre las recomendaciones del área técnica, se sugirió además el inicio de un sumario sanitario contra la empresa GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. y su directora técnica, Marcela Ester Falguera, debido al incumplimiento de disposiciones relativas al correcto rotulado en idioma nacional y a la obligación de conservar contramuestras de los productos comercializados.

La investigación comenzó tras una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios, donde se advertía que el detergente para ropa “Tide Original. 17 LOADS BRASSEES. 739 ml. P&G. smartlabel” estaba a la venta en un supermercado Carrefour de Pilar, provincia de Buenos Aires, sin ningún sobrerotulado en español. El producto poseía únicamente inscripciones en inglés y no incluía el número de registro nacional exigido para su comercialización.

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Se trata de un producto importado (Imagen Ilustrativa Infobae)

La firma GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. se encuentra inscripta ante la ANMAT bajo el RNE N° 020048208 como importador y exportador de productos de uso doméstico. Aunque al principio sus representantes afirmaron desconocer el origen del lote denunciado, más tarde reconocieron su responsabilidad cuando se aportó una muestra que permitió identificar el número de lote.

Frente a esto, la empresa declaró entonces que no contaba con contramuestras del mismo, contraviniendo las exigencias regulatorias para la trazabilidad en el sector. Asimismo, el área técnica ordenó el retiro inmediato del lote afectado, sometiéndolo a seguimiento para evitar su circulación en el mercado.

Respecto al lote de bombas de infusión, el organismo explicó que la decisión se debía a una denuncia realizada por la empresa ICU Medical Argentina S.R.L., que reportó el extravío de varias unidades de bombas de infusión Plum A+TM (números de serie: 18314614, 18313908, 18311337, 18313170, 18312661, 18302456, 18301723) y Plum360TM (número de serie 20852391).

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Con el objetivo de resguardar la seguridad de eventuales usuarios y adquirentes, se prohibió el uso, comercialización y distribución a nivel nacional de los equipos debido a que se desconoce el estado y condición en las que se encuentran.

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No obstante, aclararon que ambos dispositivos, clasificados como riesgo III y registrados a nombre de la compañía denunciante, están destinados a infusiones parenterales, enterales y epidurales, y, en el caso de la bomba Plum360TM, también a la administración de sangre o productos sanguíneos.

Por último, informaron que la empresa IDEFARMA S.R.L. fue dada de baja como establecimiento habilitado para el acondicionamiento de especialidades medicinales, tras constatarse la ausencia de actividad desde su habilitación inicial en su planta de Adrogué, provincia de Buenos Aires.

La decisión se produjo después de que el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) diera su conformidad al procedimiento, una vez acreditada la inactividad de la empresa. Previo a esto, la firma había sido habilitada para el acondicionamiento primario de especialidades medicinales sólidas en blisters, cintas y sobres, todos ellos no estériles y sin principios activos betalactámicos, citostáticos ni hormonales, así como para tareas de acondicionamiento secundario.

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De acuerdo con la Ley N° 16.463, las operaciones vinculadas a la producción, comercialización, fraccionamiento y otras actividades sobre medicamentos solo pueden realizarse con autorización expresa y control de la autoridad sanitaria, y en establecimientos que cumplan con las regulaciones vigentes para proteger la salud pública y la economía del consumidor.

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