POLITICA
La Justicia laboral declaró inconstitucional el decreto de Milei que limita el derecho a huelga

La jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, impulsado por el presidente Javier Milei, que consistía en ampliar las actividades esenciales para limitar el derecho a huelga.
El fallo de Fullana, que responde a una acción de amparo presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), se da casi un mes después de que la misma jueza, en una instancia previa, haya suspendido la aplicación del decreto.
La jueza Fullana, que la semana intervino para dejar sin efecto la disposición oficial que eliminaba el asueto para los empleados estatales, fundamentó su sentencia en que no existe situación de emergencia alguna o excepción que habilite el dictado por parte del Poder Ejecutivo de normas de carácter legislativo que son potestad del Congreso Nacional.
A través del decreto 340/2025, el Gobierno intentó ampliar las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto. Casi no había actividades exceptuadas. Para los sindicalistas, esta medida ponía en riesgo un derecho garantizado por la Constitución, como lo es del ejercicio de la huelga.
La CGT denunció que la norma violaba el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional, el principio de división de poderes y derechos laborales como la libertad sindical y el derecho de huelga, protegidos por el artículo 14 bis de la Constitución, el Convenio 87 de la OIT, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el Protocolo de San Salvador (PISDEC). La decisión judicial cuestiona la intención del Gobierno de legislar mediante mecanismos no permitidos en material laboral.
“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, decía el artículo 3 del decreto de Milei, que precisaba: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.
Ese artículo fue objetado. La medida, declarada ahora “inconstitucional” y que estuvo enmarcada en una serie de desregulaciones en el sector de la marina mercante, llevó además de la firma de Milei, la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Adolfo Sturzenegger (Desregulación del Estado).
Estas modificaciones estaban previstas en el capítulo 4 del DNU 70/23 que también fue suspendido en la Justicia con un fallo de segunda instancia y que está pendiente a una definición de la Corte Suprema.
En su fallo, la jueza Fullana subrayó que las restricciones al derecho de huelga afectaban la libertad sindical, un pilar protegido por normas constitucionales y tratados internacionales. El decreto no solo incorporaba a la Marina Mercante, sino que sustituía íntegramente el artículo 24 de la Ley 25.877,ampliando la lista de servicios esenciales a más de 60 actividades, lo que la CGT calificó como un avance regresivo sobre los derechos laborales.
En la CGT, como en las dos vertientes de la CTA, que también habían recurrido a la justicia laboral por este decreto, tomaron el fallo de la jueza como un triunfo propio. Las centrales obreras habían articulado una estrategia similar cuando a comienzos de la gestión de Milei, en diciembre de 2023, el Gobierno impulsó el DNU 70/23, cuyo capítulo IV, incluía una amplia reforma laboral. Ese capítulo también fue declarado inconstitucional y está pendiente de una resolución de la Corte Suprema.
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POLITICA
LLA pide la expulsión de Carignano y amenaza con denunciarla penalmente tras desenchufar micrófonos durante la sesión

El bloque de La Libertad Avanza (LLA) en Diputados presentó esta tarde un proyecto legislativo para facultar al presidente de la Cámara baja, Martín Menem, a efectuar una denuncia penal contra la legisladora de Unión por la Patria Florencia Carignano, quien generó uno de los momentos más controvertidos durante la sesión de ayer, al desconectar unos micrófonos de una consola, a fines de interrumpir el debate por la reforma laboral. Además, la bancada violeta anticipó que pedirá su expulsión del recinto.
En un comunicado difundido esta noche por el bloque libertario, se acusa a Carignano de haber realizado “actos de sabotaje ilegales”, durante la previa al debate por la reforma laboral.
“Las cámaras la filmaron desconectando micrófonos y otros dispositivos en un claro intento de impedir el normal funcionamiento del organismo”, precisaron luego sobre la secuencia de ayer.
“Lo hemos dicho una y otra vez: el kirchnerismo no está interesado en el debate parlamentario, sino en imponer sus ideas mediante la violencia. Estas actitudes no pueden ser permitidas. Aquí también el que las hace las paga”, advirtieron desde el bloque que conduce Gabriel Bornoroni.
Así, el bloque de LLA anunció que presentó un proyecto facultando a la presidencia de la Cámara para efectuar una denuncia penal contra Carignano, “por la posible comisión de delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”. Bajo esa misma línea, adelantaron que reclamarán la suspensión preventiva de la diputada y “su posterior expulsión del cuerpo”.
Desde la bancada libertaria llamaron a todos los bloques a acompañar la iniciativa oficialista. “La violencia y los actos desestabilizadores no pueden ser permitidos en la Cámara de Diputados de la Nación”, concluyeron.
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“Fuera, pobres”: echaron a la directora de Turismo Social de Misiones por burlarse desde el Caribe de las personas sin recursos

Karina Mabel Acosta posteó un video de sus vacaciones en Cancún dedicado a “todos los pobres”. Era la directora de Turismo Social de la provincia de Misiones. El gobernador Hugo Passalacqua la echó luego de que se viralizaran las imágenes.
“Estoy volando por los aires de México, Cancún. Para todos los pobres”, soltó Acosta, también conocida como “La Reina”. Fue en un video en el que se la ve junto a otras mujeres realizando una actividad recreativa. Todas rieron a carcajadas tras la ocurrencia. Luego se la escuchó a la exfuncionaria diciendo: “Fuera, pobres”.
En el singular video, agregó: “Miren las chicas divinas que conocí acá. Las amo. Gracias por haber compartido su tiempo conmigo”.
La filmación prosiguió con una frase de una de las acompañantes que se oye a lo lejos y que Acosta retoma y repite: “Y esta noche: las despechadas”. Las otras mujeres festejaron con un grito.
La ex titular de Turismo Social de Misiones cerró la grabación dando vuelta el teléfono y mostrando, desde el aire, el paisaje que estaba observando. Se veían torres de hoteles y playas paradisíacas de uno de los destinos favoritos de los argentinos en el Caribe.
La difusión de estas imágenes generó un profundo malestar social en toda la tierra colorada. Confluyeron varios factores. El primero, ver a una funcionaria pública vacacionando en el exterior siendo que el turismo es una de las principales industrias locales.
Además, la jactancia del uso del dinero ganado en su función de empleada del Estado y la descalificación hacia las personas de escasos recursos cayó como un acto de discriminación. Se trata de un exhibicionismo con tintes morbosos del nuevo posicionamiento social logrado a través de la política, algo que fastidia a una sociedad que pone al trabajo y al sacrificio como valores sociales altos.
Cuál fue la reacción oficial
El gobernador Passalacqua dispuso la inmediata remoción de Acosta del cargo que ocupaba. La viralización del video, en momentos en que la provincia ajusta sus números, fue un baldazo de agua fría. Misiones pasó por problemas para pagar el medio aguinaldo de diciembre y debió desdoblarlo. A comienzos de año, tuvo que apelar a una moratoria impositiva para mejorar la recaudación.

Un último movimiento realizado en el mismo sentido fue congelar el sueldo del titular del Poder Ejecutivo. La decisión se tomó al excluir de los aumentos que se otorguen a los trabajadores del Estado a la retribución que recibe el mandatario provincial.
El decreto por el que se la apartó del gobierno no hizo mención al hecho puntual. Tan solo ordenó que se deje sin efecto el nombramiento de Acosta como Directora de Turismo Social de la provincia. La ahora exfuncionaria, de 51 años, había sido nombrada en el cargo el 16 de febrero de 2024.
Una alta fuente de la administración provincial confió a Infobae: “No habrá tolerancia con este tipo de cosas”. Luego, anticipó que el gobierno misionero busca abrir una etapa nueva con “un cambio importante de paradigma” en el que se pondrá en valor “la responsabilidad de ocupar un cargo público”.
Asimismo, consignó que el despido de Acosta fue “un claro mensaje al resto de los funcionarios del enojo del Gobernador para con este tipo de situaciones”. Yendo más allá, puntualizó: “Estaba recaliente. Reclamó a sus funcionarios que se acomoden”.
Además del difícil momento económico, el oficialista Frente Renovador de la Concordia no atraviesa su mejor etapa política. Luego de más de dos décadas gobernando la provincia, tuvo dificultades para ganar las elecciones locales de medio término y cayó derrotado en los comicios nacionales. En ambas votaciones, La Libertad Avanza logró un respaldo importante de los votantes.
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POLITICA
La Casación confirmó el sobreseimiento de Milei en una denuncia por injurias de Jorge Fontevecchia

La Cámara Federal de Casación confirmó el sobreseimiento del presidente Javier Milei en una querella por injurias que había planteado el director de la Editorial Perfil, Jorge Fontevecchia.
Milei había bautizado a Fontevecchia como “Tinturelli” y “quebrador serial”, le dijo que “vive de la pauta” y lo llamó “ensobrado”.
Ahora el máximo tribunal penal del país, con los votos de los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, confirmó el sobreseimiento de Milei por el delito de injurias que le había atribuido el periodista y empresario.
En la causa se investigaban tres episodios donde Fontevecchia se había considerado injuriado por el Presidente en distintas apariciones públicas antes y después de asumir el poder.
Hubo tres momentos que cuestionó Fontevecchia: el 27 de febrero de 2023 Milei dijo en LN+ con Viviana Canosa que el periodista era un “quebrador serial”, que, “como no cambia el modelo de negocios, sigue quebrado…” y que es “parte de la casta” que “vive de la pauta”. Habría dicho que “la casta” estaría constituida, entre otros, por “los empresarios prebendarios”, los “periodistas ensobrados” y “todos los cómplices de este sistema que se alían para mantener un modelo de decadencia donde la cara más visible son los políticos”.
El segundo evento tuvo lugar el 8 de abril de 2024 durante el programa “Multiverso Fantino” del canal de streaming Neura. Allí, Milei, ya presidente, aludió a Fontevecchia como “el diario de Tinturelli”.
“Ya pedí varias veces que no me manden más las cosas del pasquín de ellos, y sin embargo la gente de Tinturelli me sigue mandando esto. Tinturelli porque está carmeleado que da miedo, ¿no? Al margen de eso… pero bueno, está camino a la quiebra, así que bueno. Ya quebró una vez, lo salvó un empresario; después lo salvaron los políticos, pero ahora, como no tiene pauta, va a la quiebra», dijo.
Finalmente, agregó el suceso del 7 de septiembre de 2024. Durante un discurso en la Cámara de Comercio Milei expresó: “[ni] que hablar de Tinturelli, llevando a economistas que decían que (el dólar) iba a estar a 7.000, o sea, el equivalente a 15.000 de hoy. Pero bueno, ese, digamos, ese delincuente con tal de llevar gente a ensuciarme, digamos, con que dijera un disparate cada vez más grande, lo llevaba. Pero bueno, así le van los negocios y está por quebrar”.
Ante un planteo del Presidente por “atipicidad”, el juez Sebastián Casanello había dictado el sobreseimiento de Milei por considerar que sus dichos, en el contexto en que se produjeron y por involucrar personajes públicos, no constituían delito.
Elevada la causa a la Cámara Federal de Casación Penal por el recurso de Fontevecchia, la Sala III resolvió por unanimidad rechazarlo y confirmar el sobreseimiento de Milei.
El juez Mahiques, en su voto que lideró el acuerdo, dijo que cuando los calificativos con potencialidad ofensiva al honor o las expresiones de tono injuriante guardan relación directa con asuntos de interés público y se insertan en el marco del debate democrático, la conducta deviene atípica con independencia de la calidad del sujeto activo.
Por su parte, en su voto concurrente, el juez Borinsky, tras poner de resalto el valor de la libertad de expresión como piedra angular del sistema democrático y sus límites, expuso que los dichos de Milei en el contexto de análisis y discusión política, se debatió sobre el sistema de medios, la postura del Estado en torno a las erogaciones en materia de publicidad oficial y la visión que del modelo económico del presidente.
“Más allá de cierto uso de la sátira y del tono burlesco con el que fueran manifestadas, constituyen opiniones y valoraciones críticas que tuvieron lugar en el marco de la discusión de cuestiones de interés público, amparadas por la libertad de expresión”, dijo Borinsky.
El juez Gemignani compartió los argumentos de sus colegas y expidió su voto en igual sentido.
Hernán Cappiello,Conforme a
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