POLITICA
¿Lamentará Cristina Kirchner la “proscripción” de Marine Le Pen?

Antes de que la Corte Suprema termine de una buena vez de condenar a Cristina Kirchner por administración fraudulenta del Estado para que vaya presa y se le aplique la inhabilitación perpetua a ocupar cargos públicos (lo más probable es que esto suceda, aunque no se sabe cuándo), la ultraderechista Marine Le Pen acaba de ser sentenciada en Francia a cuatro años de prisión, es decir dos menos que la expresidenta argentina, por malversar fondos europeos.
Cristina Kirchner repitió mil veces que a ella la Justicia la perseguía por las medidas progresistas que adoptó como presidenta y que ese es el infortunio, la cruz de los líderes del campo nacional y popular. El caso Le Pen termina de estropear esa línea argumental, que ya venía roída por presidentes que marcharon presos por corruptos como el peruano Alberto Fujimori, no precisamente un progresista.
Le Pen dijo ayer lo mismo que dice Cristina Kirchner, que el fallo es político, que lo que buscan es proscribirla. “No hay enriquecimiento personal ni corrupción ni nada de eso”, declaró a la cadena de televisión TF1. Como suele hacer Cristina Kirchner, Le Pen evitó el tema verdadero: no se la está condenado por enriquecimiento, nadie había dicho eso, sino por malversación de fondos públicos, que es otro delito, otra manera de corrupción.
Ambos casos, el de la expresidenta, líder del peronismo (según su autopercepción) de izquierda, y el de la heredera de la ultraderecha fascista y antisemita de Francia que rompió con su padre, reconfiguró la fuerza, la pulió y consiguió ponerla más arriba que nunca, tienen parecidos y diferencias que vale la pena analizar.
El lunes a Le Pen no se le prohibió ocupar un cargo hasta la eternidad sino por cinco años. Sin embargo, esta parte del castigo está llamada a tener gran impacto sobre ella, sobre su partido y sobre la política francesa debido a que su plan era presentarse a las elecciones presidenciales de 2027, para las cuales los encuestadores le pronosticaban un lugar en el balotaje, es decir, aseguraban que habría estado entre los dos primeros. Nadie le atribuye a Cristina Kirchner posibilidades de volver a ganar una elección presidencial, pero su capacidad de intervenir en la dinámica política argentina sigue siendo considerable dado que conserva la posición de principal líder política de la principal fuerza de oposición.
Los delitos cometidos por Le Pen consistieron en una malversación de contratos laborales por el equivalente a tres millones de dólares. Su partido francés se quedaba con los euros que percibían doce asesores en el Parlamento Europeo. Los delitos de Cristina Kirchner son por favoritismo de obra pública santacruceña en contratos por 1100 millones de dólares. Si se hace la comparación por montos la líder argentina podría convertir a la francesa en una traviesa ejecutora de picardías administrativas.
Pero la diferencia más interesante atañe a algo que en nuestro país se discute casi a diario en cada esquina, una cuestión que involucra de lleno la confianza de la ciudadanía en la Justicia y, por extensión, en las instituciones: por qué una política a quien los jueces condenaron en dos instancias sucesivas por robar los dineros del Estado que se le dieron para que administrara sigue manejando, en parte notable, los hilos de la política, preside el mayor partido del país, controla el Senado con una primera minoría cercana a la mayoría absoluta, tiene la llave para obstruir o digitar, entre otras cosas, la designación de nuevos jueces y amenaza con presentarse una vez más a cargos electivos inferiores que le darán fueros, es decir inmunidad. Ahora mismo ella tiene la posibilidad de terciar en la integración de la Corte Suprema que debe pronunciarse en forma definitiva sobre su libertad.
Si bien Le Pen puede apelar su condena, y lo hará, el tribunal que la juzgó dispuso que la parte referida a la prohibición de ocupar cargos públicos empiece a regir de inmediato. Se trata de una medida de “ejecución provisional” solicitada por la fiscalía, sólo reversible si se confirma un fallo de segunda instancia favorable a Le Pen antes de las próximas elecciones. Justo lo inverso de lo que sucede acá, donde Cristina Kirchner fue condenada por el tribunal oral en lo federal N° 2 en diciembre de 2022 y por la Cámara Federal de Casación Penal en noviembre de 2024 por hechos ocurridos entre 2003 y 2015, pero hasta que la Corte no se pronuncie seguirá beneficiada con el principio de inocencia.
Los juristas darán sus razones, pero que haya seguido ejerciendo la vicepresidencia de la Nación quien fue condenada por defraudar a la administración pública suena raro. Por lo menos a los oídos de muchas personas de a pie que se rigen primero que nada por el sentido común.
Desde ese lugar, también, quizás deba actualizarse una pregunta nunca bien contestada: ¿para qué querían la plata los Kirchner? El caso Le Pen significa al parecer desvío de dinero para uso partidario, lo cual renueva este intríngulis porque más de una vez los kirchneristas pretendieron así justificar a sus jefes: el dinero no era para su enriquecimiento sino para hacer política, causa noble si las hay. Hasta los jueces electorales son más benévolos cuando se trata del financiamiento de la política. Por algo algunos empresarios procesados de la causa Cuadernos intentaron hacer pasar sus coimas -al cabo sin éxito- por aportes de campaña.
Los ridículos tiempos de la justicia argentina están hoy tan naturalizados que la perdurabilidad del caso Skanska, el primero de la corrupción kirchnerista, ahora no escandaliza a nadie. Lleva veinte años en tribunales yendo para adelante y para atrás. Varios de los protagonistas de la causa quedaron definitivamente exentos de la posibilidad de ser condenados algún día debido a que se murieron.
Hay quienes erróneamente creen que la cantinela del “lawfare” fue la manera excluyente de Cristina Kirchner de explicarle al público por qué jueces y fiscales la persiguen. En verdad ese argumento, que se estrenó hace no más de seis años, hoy languidece. El neologismo “lawfare”, supuesta confabulación de jueces y medios de comunicación digitados por los poderes “verdaderos” para acabar con los líderes progresistas, cada vez sale menos seguido de la boca de la expresidenta. Ella ahora prefiere ser percibida como Le Pen, una víctima de proscripción a secas.
Más de media docena de explicaciones kirchneristas sobre la corrupción se contabilizan desde Skanska. No han sido secuenciales ni metódicas. A veces se repone un viejo argumento. Las superposiciones abundan. No hay una línea continuada basada en la inocencia. Los argumentos más bien son en formato contraataque. Una síntesis:
1) “Corruptos somos todos”. Relativismo moral en estado puro. Solía atribuírsele pareja calidad de pecador a Mauricio Macri (“¿Y Macri?”, era el latiguillo). Tras el escándalo $LIBRA, Macri fue sustituido por Milei. En un comunicado de hace diez días, Cristina Kirchner dijo que ella no es abusadora sexual, alusión a Donald Trump, ni hizo una criptoestafa.
2) “Los corruptos son los empresarios”. Doctrina originaria. Viene de cuando vio la luz el caso Skanska, “un asunto entre privados” decía el entonces jefe de Gabinete de Néstor Kirchner, Alberto Fernández (Milei copió esta frase hace poco para hablar de Libra). Años más tarde, frente a los bolsos de José López y al caso Odebrecht, Cristina Kirchner también puso el foco en la necesidad de que la Justicia investigue a los empresarios que coimearon, no tanto a los funcionarios.
3) “Nos acusan porque con nuestras medidas revolucionarias tocamos sus intereses”. Las causas por corrupción habrían sido inventadas en revancha por las medidas que el kirchnerismo tomó en favor del pueblo y en contra de los grandes capitales, como la que se le ocurrió al vicepresidente Amado Boudou, la estatización de las AFJP. Por alguna razón, Cristina Kirchner abandonó luego este argumento y no volvió a mencionar a su segundo vicepresidente.
4) “El juez Claudio Bonadío me odia”. La ex presidenta repitió durante años esta acusación. Hablaba de la arbitrariedad de un único juez federal, curiosamente el que tenía mayor pasado peronista (exmilitante de Puerta de Hierro, nombrado juez por Menem). A medida que se multiplicaron y complicaron las causas en manos de otros jueces y fiscales, incluso antes de la muerte de Bonadío (2020), la teoría de que todo se debía a un sujeto malvado cayó en desuso.
5) “La corrupción no existió, nunca se probó nada”. Ha sido una argumentación por demás curiosa, dado que fue aplicada no sólo respecto de causas profusas en elementos probatorios y testimonios incontestables como la de los cuadernos, sino que fue dicha sobre la causa Vialidad, la del magistral alegato del fiscal Diego Luciani, en la que Cristina Kirchner ya resultó condenada dos veces con la misma pena. Ella arguyó que ninguna prueba la vincula con las decisiones sobre la obra pública santacruceña y le cargó el fardo al jefe de Gabinete, de quien dijo con ironía que los jueces debían investigarlo. La entonces vicepresidenta se refería a su compañero de fórmula, invento suyo, el presidente Alberto Fernández.
6) “El dinero de la corrupción no es pecaminoso porque está destinado a financiar la política”. He aquí, finalmente, la sacralización del acto corrupto. El periodista K Hernán Brienza fue quien expresó esta teoría con más claridad. Escribió en Tiempo Argentino: “La corrupción –aunque se crea lo contrario- democratiza de forma espeluznante a la política. Sin la corrupción pueden llegar a las funciones públicas aquellos que cuentan de antemano con recursos para hacer sus campañas políticas. No hay que ser ingenuos. Sólo son decentes los que pueden ‘darse el lujo’ de ser decentes. Sin el financiamiento espurio sólo podrían hacer política los ricos, los poderosos, los mercenarios”. Tal vez deberían decírselo a Marine Le Pen para levantarle el ánimo.
POLITICA
Con un nuevo proyecto de UxP, se retoma el debate para elevar el número de miembros de la Corte Suprema

Con la convocatoria de una jueza, un catedrático y un constitucionalista, el plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia del Senado, encabezadas por Alejandra Vigo, de Córdoba Federal y por Juan Carlos Pagotto del oficialismo, retomará el tratamiento de los proyectos de ley que elevan el número de integrantes de la Corte Suprema de Justicia. Ya hay diez iniciativas en discusión.
Será el tercer encuentro que lleve adelante la senadora Alejandra Vigo, con la novedad del ingreso para su tratamiento de un proyecto de la senadora Juliana Di Tullio de UxP, que busca una Corte de nueve miembros.
Se espera para la discusión las exposiciones de la jueza del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Aída Tarditti; el académico Marcelo López Mesa y el constitucionalista Diego Armesto. El debate se llevará a cabo en el Salón Illia del palacio legislativo a partir de las 14:30.
En la última reunión, celebrada el pasado 25 de junio, la senadora Alejandra Vigo le adelantó a TN la intención de la Comisión de citar al ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, para conocer la opinión del Poder Ejecutivo. Invitación que podría concretarse en las próximas semanas. Hasta el momento el debate transcurre con cierta lentitud, pero con la intención de buscar el mayor consenso entre los diez expedientes que contienen las diferentes iniciativas.
De acuerdo a la Constitución, la designación de los jueces de la Corte Suprema de Justicia requiere del voto positivo de dos tercios de los presentes del Senado, un trámite que es imposible llevar adelante sin un acuerdo del oficialismo con la oposición.
La falta de consenso político entre los libertarios y Unión por la Patria (UxP), hicieron naufragar las postulaciones del presidente Javier Milei de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema de Justicia. El Senado rechazó sus pliegos, en la sesión del pasado 4 de abril. Hoy el Máximo Tribunal funciona en la actualidad con solo 3 de los 5 jueces, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti.
Las propuestas legislativas para reformar la Corte Suprema
El senador Juan Carlos Romero (Cambio Federal) plantea un tribunal de siete cortesanos y que no más de cinco sean del mismo sexo. La legisladora Silvia Sapag (UxP) propone la paridad de género, llevando a una proporción mínima de mujeres a un 40% en la integración de la Corte. En tanto, el proyecto del senador Flavio Fama (UCR), que es acompañado por las legisladoras Edith Terenzi, Carolina Losada, Stella Olalla y Mercedes Valenzuela, amplía la paridad de género a los Tribunales Federales Colegiados de Justicia de la Nación.
La legisladora de Neuquén, Lucila Crexell (Provincias Unidas) busca una Corte de nueve magistrados, del mismo modo que Mónica Silva (Juntos Somos Río Negro). La cordobesa Alejandra Vigo (Provincias Unidas) y la salteña Nora del Valle (UxP) solicitan cinco jueces en la Corte Suprema, con representación federal y conformada por un mínimo dos mujeres.
Juliana Di Tullio (UxP) propone en su proyecto elevar el número de integrantes del máximo tribunal, llevarlo de cinco a nueve miembros, estableciendo que “a efectos de asegurar la diversidad de género, la Corte no podrá integrarse por más de cinco jueces del mismo género”.
Juliana a Di Tullio cerró su iniciativa con la intención de “dotar a la cabeza de uno de los poderes del Estado de mayor representación federal, equilibrio de género y de juristas de distintas especialidades; y con ello, mejorar la calidad institucional de nuestra República”.
En la Cámara de Diputados, la libertaria Marcela Pagano también presentó un proyecto para ampliar la Corte Suprema: propone 21 integrantes, que trabajarían en siete salas especializadas, compuestas por tres miembros cada una. Estarían organizadas por materias de Derecho Penal, Civil, Comercial y Societario, Laboral y de la Seguridad social, Administrativo y Tributario, Ambiental y derecho Público General.
Corte Suprema de Justicia, Senado, Alejandra Vigo
POLITICA
La Libertad Avanza le ofreció mejores lugares en la lista al PRO y estarían cerca de cerrar la alianza en CABA

El frente electoral entre La Libertad Avanza (LLA) y el PRO en la Ciudad de Buenos Aires estaría a punto de concretarse luego de intensas negociaciones. Según informaron fuentes del PRO a TN, LLA ofreció al partido macrista dos lugares “entrables” en la lista de diputados nacionales: el quinto y el sexto puesto, una concesión que significaría posibilidad real de representación legislativa. Esta propuesta habría sido clave para destrabar el diálogo entre ambos partidos.
La negociación electoral había quedado estancada debido a la exigencia del PRO de obtener dos bancas seguras, ubicadas entre los primeros seis sitios, mientras que LLA inicialmente solo ofrecía una posición firme (el quinto lugar) y otro en zona no garantizada (entre el séptimo o el octavo lugar). El entendimiento tendría el objetivo de garantizar al menos dos diputados macristas, en una elección donde el PRO pone en juego tres bancas.
Mauricio Macri cruzó a los libertarios por el acuerdo electoral: “Quieren tomar una posición dominante”
Mauricio Macri, expresidente y referente del PRO, mantuvo una postura crítica hacia los planteos iniciales de LLA, al afirmar que los libertarios buscan “una posición totalmente dominante” en las listas porteñas. No obstante, ratificó su apoyo a una alianza que aporte gobernabilidad, y dejó en manos de su primo Jorge Macri, jefe de Gobierno, la decisión final sobre la aceptación de la oferta.
Desde La Libertad Avanza insisten en que el acuerdo responde a un enfoque de pragmatismo electoral y que “sería lógico que se presenten juntos en la Capital”, en línea con lo pactado en la provincia de Buenos Aires.
Queda pendiente la confirmación de nombres y el cierre formal del trato antes de la fecha límite de alianzas, que vence esta semana. Voceros de ambos espacios coinciden en que “el acuerdo va a existir”, aunque aún no definieron completamente los lugares y candidaturas, ni el sello final que llevará la boleta.
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alianza La Libertad Avanza PRO,CABA,Elecciones,Mauricio Macri
POLITICA
El Gobierno aumentó los salarios de las Fuerzas Armadas y la Policía de los Establecimientos Navales

El Ministerio de Economía y el Ministerio de Defensa establecieron, mediante la Resolución Conjunta 63/2025, los nuevos importes del haber mensual para el personal militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial con las firmas de Luis Caputo y Luis Petri, fija los montos correspondientes a los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2025.
La decisión afecta a todos los integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales, quienes verán actualizados sus haberes mensuales según las escalas detalladas en los anexos de la resolución. El documento responde a la necesidad de ajustar los salarios conforme a la evaluación escalonaria realizada para el personal militar y policial, en línea con los criterios adoptados para la Administración Pública Nacional.
La medida se dicta tras la intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público y de los servicios jurídicos permanentes de ambos ministerios. La resolución se apoya en las atribuciones conferidas por el Decreto 101/1985 y sus modificaciones posteriores, que facultan a los ministros a fijar los haberes del personal militar y policial.
La resolución conjunta establece en su artículo 1°: “Fíjase el ‘Haber Mensual’ del Personal Militar de las Fuerzas Armadas para los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2025, conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en el anexo I”.
A continuación, los haberes para los próximos cinco meses:
- Teniente General, Almirante, Brigadier General: 2.647.231 / 2.681.645 / 2.716.506 / 2.749.104 / 2.779.344 / 2.809.917
- General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor: 2.360.746 / 2.391.436 / 2.422.525 / 2.451.595 / 2.478.563 / 2.505.827
- General de Brigada, Contralmirante, Brigadier: 2.150.875 / 2.178.836 / 2.207.161 / 2.233.647 / 2.258.217 / 2.283.057
- Coronel, Capitán de Navío, Comodoro: 1.883.977 / 1.908.469 / 1.933.279 / 1.956.478 / 1.977.999 / 1.999.757
- Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro: 1.638.026 / 1.659.320 / 1.680.891 / 1.701.062 / 1.719.774 / 1.738.692
- Mayor, Capitán de Corbeta: 1.290.493 / 1.307.269 / 1.324.263 / 1.340.154 / 1.354.896 / 1.369.800
- Capitán, Teniente de Navío: 1.068.783 / 1.082.677 / 1.096.752 / 1.109.913 / 1.122.122 / 1.134.465
- Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente: 950.619 / 962.977 / 975.496 / 987.202 / 998.061 / 1.009.040
- Teniente, Teniente de Corbeta: 857.015 / 868.156 / 879.442 / 889.995 / 899.785 / 909.683
- Subteniente, Guardiamarina, Alférez: 776.176 / 786.266 / 796.487 / 806.045 / 814.911 / 823.875
- Suboficial Mayor: 1.323.613 / 1.340.820 / 1.358.251 / 1.374.550 / 1.389.670 / 1.404.956
- Suboficial Principal: 1.173.415 / 1.188.669 / 1.204.122 / 1.218.571 / 1.231.975 / 1.245.527
- Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante: 1.040.248 / 1.053.771 / 1.067.470 / 1.080.280 / 1.092.163 / 1.104.177
- Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar: 915.014 / 926.909 / 938.959 / 950.227 / 960.679 / 971.246
- Sargento, Cabo Principal: 821.475 / 832.154 / 842.972 / 853.088 / 862.472 / 871.959
- Cabo Primero: 737.225 / 746.809 / 756.518 / 765.596 / 774.018 / 782.532
- Cabo, Cabo Segundo: 682.345 / 691.215 / 700.201 / 708.603 / 716.398 / 724.278
- Voluntario 1ra., Marinero 1ra.: 621.524 / 629.604 / 637.789 / 645.442 / 652.542 / 659.720
- Voluntario 2da., Marinero 2da.: 575.163 / 582.640 / 590.214 / 597.297 / 603.867 / 610.510
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De igual modo, el artículo 2° dispone: “Fíjase el ‘Haber Mensual’ del Personal de la Policía de Establecimientos Navales para los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2025 conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en el anexo II”.
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La resolución surge tras la actualización previa de haberes realizada en abril de 2025, que había fijado los montos para los meses de marzo, abril y mayo.
El documento también aclara que el gasto derivado de la actualización de haberes será cubierto con los créditos asignados a las subjurisdicciones correspondientes del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional bajo la órbita del Ministerio de Defensa.
La decisión se enmarca en la reglamentación del Capítulo IV de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 y en el Estatuto de la Policía de Establecimientos Navales, así como en los decretos y resoluciones que regulan la política salarial del sector público nacional.
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