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Ruta del Dinero K: tras el guiño de la Corte, avanza la investigación contra Cristina por presunto lavado

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La Corte Suprema de Justicia confirmó que Cristina Kirchner debe seguir bajo investigación en la Ruta del Dinero K. Se trata de un tramo del expediente que obtuvo firmeza por parte del máximo tribunal, que sigue en etapa de instrucción con la ex vice como única imputada. Si bien el fiscal Guillermo Marijuan dijo en dos oportunidades que debe ser sobreseída, por orden de la Cámara Federal la causa se reabrió, decisión que fue ratificada por la Corte. Ahora el juez Sebastián Casanello impulsó una serie de nuevas medidas de prueba clave en línea con la determinación del máximo tribunal.

Tras la decisión de la Cámara Federal de dejar sin efecto su sobreseimiento, Cristina acudió al máximo tribunal en un intento de evitar que su nombre esté vinculado a la Ruta del Dinero K, la causa en la que Lázaro Báez está condenado con confirmación de la Corte a 10 años de cárcel por haber lavado 55 millones de dólares. Pero los ministros del máximo tribunal rechazaron una serie de planteos formulados por el abogado de la ex vice Carlos Beraldi. Así se definió que, en etapa de instrucción, avanzara la investigación sobre la ex vicepresidenta.

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Se trata de un proceso de investigación conexo a la causa madre en la que Báez ya fue condenado (en un fallo ratificado también por la Corte) y en el que se indaga acerca del vínculo entre el empresario y la ex presidenta para «para determinar y establecer su posible coautoría o participación en esa concreta y puntual maniobra de lavado de dinero«.

Por eso ahora, con el camino despejado tras la decisión de la Corte, Casanello dispuso una serie de medidas de prueba para tratar de dilucidar “en qué se había invertido el dinero reingresado a Austral Construcciones”, la empresa de Báez, explicaron fuentes judiciales a Clarín.

La investigación por el uso de los fondos

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En la causa madre la Justicia dio por corroborado que todos los condenados conformaron una estructura jurídica, societaria y bancaria en la Argentina y en el extranjero, «por medio de la cual se canalizaron, transfirieron, disimularon, ocultaron y se pusieron en circulación en el mercado, fondos procedentes de delitos». La finalidad de este circuito fue «cortar todo lazo con su fuente ilegal e integrar esos activos al circuito económico formal bajo una apariencia lícita». Esto se logró a través del mecanismo llamado de “cable” o “compensación”; así lograron expatriaron grandes sumas dinerarias.

Se probó que el dinero así depositado en el extranjero “ingresaba a las cuentas de diversos bancos internacionales –generalmente con bajos controles fiscales- a nombre de otras personas jurídicas, que los acusados luego circularon». Finalmente el dinero se reunió en una cuenta a través de la cual se adquirieron bonos de deuda pública que posteriormente «fueron liquidados en la plaza local, simulando una supuesta inversión multimillonaria de una empresa fiduciaria suiza para adquirir acciones de la empresa Austral Construcciones».

Esa maniobra es lo justamente lo que ahora busca dilucidar el juez federal Casanello en la causa conexa en la que se investiga a Cristina. A qué se aplicaron esos fondos a los que se les quiso dar apariencia de lícitos pero que provenían de un origen espurio. En este caso, de una usina de facturas apócrifas. Por ese motivo, el magistrado encomendó a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCo) un estudio contable sobre la cuenta corriente de Austral Construcciones radicada en el Banco Nación para “reconstruir el flujo de fondos desde la repatriación del dinero”.

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El movimiento de fondos fue sustancial: entre 2010 y 2013 Báez adquirió 1.412 propiedades que a valor del tipo de cambio en 2016, cuando el fiscal Marijuan ordenó la tasación, arrojó un valor de 205 millones de dólares. Los cálculos establecidos en la causa indican que el patrimonio del empresario K creció 12.127%, mientras que el de Austral Construcciones se incrementó en un 45.313%.

Sobre este punto vuelve a profundizar el juez Sebastián Casanello con el pedido a la DAJuDeCo. Puntualmente, teniendo como punto de partida el reingreso de dinero desde Suiza, se ordenó un análisis de todas las salidas de dinero de las cuentas de la compañía como de los involucrados en la causa, la información bancaria como también los registros fiscales correspondientes. El interrogante central es si Cristina se pudo haber beneficiado con las maniobras de blanqueo, si intervino en algún momento del circuito investigado y corroborado. Y en ese sentido, hay un planteo clave: ¿la fortuna de Báez fue adquirida a título personal o actuó como prestanombre de la ex vicepresidenta?

Para el movimiento de dinero que involucró 55 millones de dólares fue indispensable utilizar los servicios financieros y bancarios de una institución intermediaria que tuviera cuentas en bancos en el extranjero, lo que permitía la compensación de «montos dinerarios de quienes pretendían transferir divisas hacia el exterior y de quienes querían repatriarlas por fuera de los mecanismos de control vigentes». En función de ese punto es que el juez pidió información pericial que involucra la “maniobra de bonos en diciembre de 2012 y abril de 2013”.

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Además, se solicitó información a Estados Unidos sobre los dichos de Leonardo Fariña, el único arrepentido en este expediente. Entre sus declaraciones, indicó que Báez “le ocultaba a Cristina Kirchner sus transferencias al extranjero”.

Pruebas de otras causas

Para avanzar con el cuadro probatorio, Casanello también pidió determinar si en la causa de los Cuadernos de las Coimas -donde Cristina es la principal acusada-, “hay información relevante de las confesiones de los imputados colaboradores” que sea relevante al movimiento de dinero bajo estudio en este expediente.

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Mismo criterio se aplicó respecto al caso Vialidad, donde la ex vice y Báez recibieron la mayor pena a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. La consulta central es si hay en esa causa alguna prueba que pueda contribuir a clarificar los aspectos bajo estudio en este tramo de la Ruta del Dinero K.

Otro de los aspectos que busca analizar el magistrado refiere al “depósito de los cheques emitidos por la sociedad de bolsa producto de la venta de bonos de Helvetic Services Group con dinero que estaba en Suiza hasta fines de 2016 cuando ACSA entró en quiebra”. ¿Por qué se pide esto? Parte del entramado de lavado se utilizó la financiera SGI -la «Rosadita«- que fue conocida por las imágenes en las que, entre whiskys y cigarros, Martín Báez y otros ex socios de Báez contaban cinco millones de dólares.

Las voces disidentes

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A diferencia de la posición de la Cámara Federal, ratificada por la Corte, el Ministerio Público Fiscal, representado por Guillermo Marijuan, en dos ocasiones, expuso el mismo criterio: Nada de lo investigado desde 2018 a 2023 es suficiente para acusar a la ex vice. Por ese motivo, el 9 de octubre del año pasado y por segunda vez, expresó en un dictamen que no hay elementos de prueba para sostener la imputación contra la ex presidenta en esta investigación por lavado de dinero.

Pese a ello el expediente se encuentra reabierto por orden de la Cámara Federal porteña, que consideró que antes de sobreseer a la ex vice se omitieron ciertas medidas de prueba como documentos que son parte de otras investigaciones como los Cuadernos de las Coimas o Vialidad.

Esta causa tiene como únicos acusadores a la asociación civil Bases Republicanas, aceptados como querellantes por la Sala II del tribunal de Apelaciones. La consecuencia inmediata es que Cristina se encuentra imputada por lavado de dinero y la investigación debe determinar si tuvo responsabilidad o no en las operaciones de blanqueo.

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Sin embargo, la fiscalía mantiene su postura: no hay elementos de prueba suficientes para incriminar a la ex presidenta y ex socia comercial de Báez. Un punto que el representante del Ministerio Público Fiscal resaltó a la hora de pedir la desvinculación de la ex vice en «esta concreta y puntual maniobra de lavado de dinero», se impulsó una medida de prueba a cargo de la DAJuDeCo en el que se analizaron las líneas telefónicas asignadas a la vice entre 2010 y 2013.

Dicha ventana de tiempo es la que se investigó en la Ruta del Dinero K, fueron los años en los que se concretaron las maniobras de blanqueo encabezadas por Báez. Aquel entrecruzamiento entre el dueño del Grupo Austral y Cristina arrojó un total de 372 comunicaciones en poco más de dos años.

Corrupción K,La ruta del dinero K,Lázaro Báez,Cristina Kirchner

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Reglamentaron la ley que amplía el registro de datos genéticos y pone el foco en el ADN de violadores

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El Gobierno oficializó este jueves un cambio de fondo en la política criminal argentina al aprobar, mediante el Decreto 709/2025 publicado este viernes en el Boletín Oficial, la nueva reglamentación de la Ley 26.879, que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal.

El decreto establece que el Ministerio de Seguridad será la autoridad de aplicación de la ley, desplazando así a la órbita de Justicia que hasta ahora tenía bajo su control la base de datos. El texto ordena la transferencia de toda la información existente en el antiguo registro al nuevo sistema, que amplía su alcance a la investigación de una gama más amplia de delitos graves.

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La decisión central del Ejecutivo responde a la necesidad de adaptar el marco normativo a los avances científicos y tecnológicos de los últimos años, así como a las modificaciones introducidas por la Ley 27.759, que amplió el objeto del registro.

El resultado en Disputados de la votación a la ley de Registro Nacional de Datos Genéticos, donde se aprobó la media sanción

Según el decreto, la individualización genética se considera “la herramienta más eficaz y certera usada para la identificación criminal”, y su uso forense resulta clave para el esclarecimiento de hechos bajo investigación judicial, la identificación de presuntos autores y la desvinculación de personas ajenas al delito.

En el considerando de la norma, enfatizaron que el almacenamiento, registro y tratamiento de los datos personales deberán realizarse bajo “estricto secreto y confidencialidad”, en línea con la Ley de Protección de los Datos Personales 25.326 y los convenios internacionales suscriptos por la Argentina.

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Además, se dispone que los perfiles genéticos se almacenen en una base de datos separada de la información filiatoria de los aportantes, y que se guarde constancia de los funcionarios que accedan al registro, garantizando la trazabilidad y la administración segura de la información.

A su vez, subrayaron que el registro contribuirá a evitar la revictimización que se produce cuando los delitos quedan impunes, y que su objeto incluye también la identificación de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas, así como la discriminación de las huellas del personal que interviene en la escena del hecho delictivo.

En este sentido, la reglamentación prioriza el ingreso de perfiles genéticos de imputados, procesados y condenados por homicidios dolosos, abusos sexuales, narcotráfico y robos agravados.

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El mensaje que publicó la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, cuando salió la media sanción del proyecto de ley

La nueva normativa refuerza la coordinación federal y la interoperabilidad entre jurisdicciones, promoviendo el intercambio de información con registros provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

De acuerdo con lo estipulado, esta base de datos contará con información proveniente de laboratorios acreditados bajo normas de la Organización Internacional de Estandarización (ISO) y del Organismo Argentino de Acreditación.

En cuanto a la conducción del organismo, el decreto dispone que, hasta que se sustancie el concurso público de oposición y antecedentes para la designación del director titular, el Poder Ejecutivo podrá nombrar a un director interino con especialización en genética forense y experiencia probada en la materia. La autoridad de aplicación deberá aprobar el procedimiento del concurso en un plazo de 120 días hábiles desde la entrada en vigencia del decreto.

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Para esto, derogaron la reglamentación anterior, aprobada en 2017, bajo el argumento de “readecuar y reforzar el marco normativo vigente para el uso forense de datos genéticos, mediante el establecimiento de altos estándares de seguridad, confidencialidad, interoperabilidad entre jurisdicciones y respeto por los derechos fundamentales, con especial énfasis en la rigurosidad científica, la coordinación federal y la transparencia en el manejo de datos personales sensibles”.

La reglamentación también prevé la creación de la Comisión Nacional de Huellas Genéticas, encargada de coordinar, asesorar y supervisar la implementación y funcionamiento del registro, así como de intervenir en el concurso para la designación del director.

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El anexo del decreto aclara cómo funcionará la recolección, almacenamiento y uso de perfiles genéticos en investigaciones penales:

  • Para la obtención de perfiles genéticos de personas imputadas, procesadas o condenadas, la normativa exige que las autoridades judiciales ordenen la extracción de muestras biológicas dentro de los cinco días hábiles posteriores al acto procesal correspondiente. Se priorizarán los perfiles de imputados, procesados o condenados por homicidio doloso, abuso sexual, narcotráfico y robo agravado.
  • Una vez extraída la muestra y configurado el perfil genético, el laboratorio interviniente deberá remitir al Registro, en un plazo de cinco días hábiles, la información filiatoria y genética pertinente, junto con copia de la resolución judicial.
  • Los perfiles genéticos serán eliminados del Registro si la situación procesal no se resuelve y la investigación supera los tres años, o si una resolución judicial desvincula definitivamente a la persona de la causa penal.
  • El Registro no podrá negar a los titulares el acceso a sus datos. Se deberá dejar constancia de las consultas y dar a conocer el procedimiento para solicitar la rectificación de datos erróneos, la cual deberá realizarse en un plazo máximo de cinco días hábiles.

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El Senado le exige a Guillermo Francos que aplique la Emergencia en Discapacidad y amenaza con removerlo de su cargo

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En la sesión de este jueves, el Senado se opuso al decreto 681/2025 por el cual se promulgó la ley de Emergencia en Discapacidad -luego del rechazo del Congreso al veto de Javier Milei-, pero suspendió su aplicación. El Ejecutivo considera que el Parlamento omitió indicar la manera en la cual se financiaría.

La iniciativa, redactada por el legislador de la UCR Martín Lousteau, se aprobó en la sesión de este jueves por 54 votos a favor y cinco en contra. “(El Ejecutivo) está incumpliendo con la ley por no aplicar la Emergencia en Discapacidad”, advirtió Lousteau.

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Acompañado por los senadores Guadalupe Tagliaferri (PRO), Pablo Blanco (UCR) y Alejandra Vigo (Provincias Unidas), el senador de la UCR además apuntó contra el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, al advertir que el funcionario se atribuye competencias legislativas al suspender la puesta en marcha de la Emergencia en Discapacidad.

Según explicó Lousteau, el ministro Coordinador tiene la obligación de realizar las ampliaciones y las modificaciones presupuestarias, para de esa manera asegurar el cumplimiento de las medidas adoptadas por el Congreso.

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El Senado insistió por la implementación de la Emergencia en Discapacidad. (Foto: Senado)

“Hace dos años que no hay presupuesto por decisión del propio Gobierno, que impidió su tratamiento, por lo que desde entonces las partidas se asignan discrecionalmente“, concluyó el senador.

La iniciativa fue acompañada por el bloque de Unión por la Patria. “hay una falta de interpretación del Presidente de lo que es el Estado de Derecho, y esto genera una gran inseguridad jurídica”, argumentó el presidente del bloque, José Mayans.

Pedidos de moción de censura contra el ministro Francos

Por el incumplimiento de la puesta en marcha de la Emergencia en Discapacidad, tanto en Diputados como en el Senado -y desde distintos bloques opositores- hay pedidos de mociones de censura contra Guillermo Francos.

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En la próxima sesión de la Cámara Baja (sería el 8 de octubre) se fijarían una fecha para tratar los pedidos de interpelación en la Comisión de Asuntos Constitucionales. Se trata del primer paso para llevar adelante una moción de censura. De aprobarse esa moción en ambas cámaras, el jefe de Gabinete perdería la confianza del Congreso y debería ser removido del cargo.

El senador Martín Lousteau, junto a la vicepresidenta Victoria Villarruel y los legisladores José Mayans, Eduardo Vischi y Martin Goerling. (Foto: Senado / Charly Díaz Azcue)
El senador Martín Lousteau, junto a la vicepresidenta Victoria Villarruel y los legisladores José Mayans, Eduardo Vischi y Martin Goerling. (Foto: Senado / Charly Díaz Azcue)

“Conforme al artículo 101 de la Constitución Nacional pedimos la interpelación del jefe de Gabinete para que cumpla con el artículo 19 de la Ley de Emergencia en discapacidad y asigne las partidas presupuestarias. Es su obligación legal. De lo contrario, deberá afrontar las consecuencias. Las leyes se cumplen”, posteó Fernando Carbajal, de Democracia para Siempre, uno de los espacios que realizó la presentación contra Francos. Desde Unión por la Patria, Encuentro Federal y Coherencia -el bloque que agrupa a los exlegisladores oficialistas- hicieron pedidos similares.

Qué es la moción de censura

Es el procedimiento por cual el Poder Legislativo puede exigir la responsabilidad política al Ejecutivo. Se requieren dos etapas. La primera, consiste en la aprobación de un pedido de interpelación a los efectos del tratamiento de la moción de censura. Esta etapa puede ser promovida en cualquiera de las cámaras y requiere una mayoría absoluta de los miembros.

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La segunda etapa de ejecución -la moción de censura- también requiere el voto de la mayoría absoluta sobre la totalidad de cada una de las cámaras y cuyo efecto es la remoción del funcionario. Sin embargo, no hay impedimento para que el Presidente vuelva a nombrarlo.

Senado, Discapacidad, Martin Lousteau

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Un video secreto complicó a los García Furfaro en la causa del fentanilo contaminado

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El caso del fentanilo contaminado que provocó la muerte de al menos 124 personas en Argentina sumó en las últimas horas una prueba clave que complica aún más a los empresarios involucrados. La Justicia incorporó al expediente un video registrado por las cámaras de seguridad de la casa del director del laboratorio Ramallo, Javier Tchukran, donde se observa a los hermanos Diego y Ariel García Furfaro participando de una reunión que hoy es investigada como un intento de encubrimiento.

El encuentro se llevó a cabo el 17 de mayo de 2025, apenas cinco días después de que la ANMAT realizara la denuncia penal por el lote 31202 de fentanilo. En ese video, hallado en el celular de Tchukran, se escucha al empresario admitir que ordenó borrar toda la información vinculada al laboratorio. “No hay un solo gramo de información”, aseguró frente a los García Furfaro, en una frase que se convirtió en uno de los pasajes más comprometedores del proceso judicial.

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El juez federal Ernesto Kreplak procesó con prisión preventiva a los tres protagonistas del encuentro. Tanto los García Furfaro como Tchukran están acusados de adulteración de sustancias medicinales agravada por resultado de muerte, un delito que contempla penas de hasta 25 años de prisión.

La causa, que ya tiene 17 imputados y siete detenidos, no solo apunta contra los empresarios farmacéuticos, sino también contra fallas graves en los mecanismos de control estatal. Documentos internos del Instituto Malbrán habían advertido en marzo sobre la falta de robustez en los procesos de producción, la existencia de “riesgos críticos” y la presencia de bacterias peligrosas en los lotes. Sin embargo, esas alertas no fueron atendidas hasta mayo, cuando los fallecimientos ya se habían multiplicado.

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En paralelo, la investigación sumó testimonios que exponen un clima de irregularidades dentro de los laboratorios. El técnico químico Eduardo “Ruso” Darchuk, exjefe de producción, declaró que durante una reunión interna una jefa de control microbiológico reconoció haber omitido un resultado positivo en una muestra de fentanilo. “La verdad, me olvidé”, habría dicho, según reconstruyó Darchuk. Aquella omisión, de haber sido corregida a tiempo, podría haber evitado la tragedia.

Las consecuencias judiciales también alcanzaron a otros integrantes de la familia García Furfaro. Ariel, señalado como el principal responsable del grupo, fue procesado junto a sus hermanos Diego y Damián, su madre Nélida Furfaro y su abuela Olga Arena. Todos enfrentan embargos multimillonarios: un billón de pesos en el caso de Ariel y quinientos mil millones para Diego.

El avance de la investigación revela un entramado de negligencias empresariales y fallas regulatorias que explican cómo un medicamento adulterado pudo circular en hospitales y clínicas de todo el país. La Justicia sostiene que hubo una “decisión deliberada de encubrir la contaminación” y que los responsables priorizaron el negocio por encima de la salud de los pacientes.

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El video:

La entrada Un video secreto complicó a los García Furfaro en la causa del fentanilo contaminado se publicó primero en Nexofin.



Fentanilo contaminado,GARCIA FURFARO,Javier Tchukran,Laboratorio Ramallo

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