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POLITICA

Capítulo fiscal: el Gobierno también retiró el proyecto para subir Ganancias

El vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó la decisión oficial de retirar el capítulo fiscal de la ley ómnibus.

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El vocero presidencial, Manuel Adorni, ratificó este lunes que el Gobierno retiró el proyecto que estipulaba una suba en el Impuesto a las Ganancias como consecuencia de la decisión de apartar la cuestión fiscal de la discusión que realiza el Congreso de la ley bases, conocida popularmente como ómnibus.

Adorni aseguró que “el paro es un absoluto sinsentido” pero que respetarán el derecho a parar
“Había algunas dudas sobre lo que iba a pasar con la ley de ingresos personales, lo que se conoce popularmente como la nueva ley de Ganancias, también se retira del debate. Está dentro del paquete de modificaciones en el área económica”, informó.

La semana pasada, el Poder Ejecutivo había girado al parlamento un texto que reinstauraba el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que tienen ingresos brutos mensuales superiores a 1.250.000 pesos. Ésa barrera se encuentra en 15 salarios mínimos (actualmente $2.340.000) a partir de la última modificación sancionada el año pasado en medio de la campaña electoral, que contó con el voto positivo del entonces diputado Javier Milei.

El dato de la suspensión de los cambios en Ganancias había sido anticipado por el propio ministro Luis Caputo en la conferencia del viernes pasado, pero durante el fin de semana surgieron nuevas versiones que indicaban lo contrario.

En su habitual conferencia de prensa, Adorni confirmó además que como consecuencia del retiro del paquete fiscal de la Ley Ómnibus, que podría ser debatida mañana en la Cámara baja (aún no se pidió formalmente la sesión), habrá un ajuste mayor a las provincias.

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Cúneo Libarona cambió el reglamento para que los jueces que cumplan 75 años pidan 5 años más de mandato

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El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, cambió este viernes el reglamento para la extensión por 5 años más del mandato de jueces que hayan cumplido 75 años y estableció que deberán pedirlo un año antes de llegar a esa edad. En esas condiciones, el Gobierno podrá enviar su legajo al Senado para que apruebe su nominación.

Entre los cambios que Cúneo introdujo al reglamento que había hecho su antecesor Martín Soria, redujo de 15 a 5 días el plazo para que esas entidades de la sociedad civil presenten observaciones sobre los candidatos.

Según fuentes judiciales, el reglamento no precisa cuáles serán los “elementos de convicción» que tendrá el Gobierno para aceptar o no la prórroga.

Se trata de un tema clave porque en la actualidad la justicia federal tiene 143 vacantes, 33 defensorías públicas y 15 fiscalías, según el presidente del Colegio Público de Abogados de la CABA y ex camarista Ricardo Gil Lavedra.

En una nota, Gil Lavedra le pidió que el presidente Javier Milei acelere la elección de candidatos de las 100 ternas que tiene desde principios de años.

En los considerandos del nuevo reglamento, se dice que la modificación es para «adoptar mecanismos que permitan a la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema, dar a conocer sus observaciones fundadas, puntos de vista y objeciones respecto de los Magistrados que soliciten el nuevo nombramiento» (…) «el PODER EJECUTIVO NACIONAL contará con mayores elementos de convicción para disponer en la materia, contribuyendo al mejoramiento de la prestación del Servicio de Justicia.»

En el artículo 1º, se dice que “los Jueces que pretendan un nuevo nombramiento en los términos de la presente, podrán requerirlo ante el MINISTERIO DE JUSTICIA, durante el año anterior a la fecha en que alcancen la edad de SETENTA Y CINCO (75) años”.

Y en el artículo 3º se establece que la cartera de Justicia “publicará en la página web del Ministerio y en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA durante UN (1) día, la solicitud referida en el artículo 1º. Cuando el cargo involucrado tuviere asiento en una Provincia, la citada publicación deberá efectuarse también en UN (1) diario de circulación en la jurisdicción correspondiente”.

Desde el día de publicación “en el BOLETIN OFICIAL y por el término de CINCO (5) días hábiles, la sociedad civil, los colegios profesionales, asociaciones que nuclean a sectores vinculados con el quehacer judicial, de los derechos humanos y otras organizaciones que por su naturaleza y accionar tengan interés en el tema podrán hacer llegar al MINISTERIO DE JUSTICIA, por escrito y de modo fundado y documentado, las observaciones, objeciones, posturas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación al Magistrado solicitante, ello junto con una declaración jurada de su propia objetividad respecto de los profesionales en cuestión”.

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