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POLITICA

Diego Valenzuela lidera la imagen positiva en la provincia de Buenos Aires durante 2024

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El intendente de Tres de Febrero, Diego Valenzuela, se posicionó como el jefe comunal con mejor imagen positiva de la provincia de Buenos Aires en 2024, alcanzando un promedio anual del 67,09% según el informe de la consultora CB.

El estudio mensual de CB Consultora analizó la imagen de los 24 intendentes más relevantes del Conurbano bonaerense, y Valenzuela logró destacarse al ocupar el podio en diez de los once meses evaluados. Con una gestión que ya supera los nueve años, el intendente de Tres de Febrero no solo cosechó un diferencial positivo del 38,43%, sino que también se consolidó como un aliado clave del presidente Javier Milei, con quien comparte una relación académica desde sus tiempos universitarios.

El desempeño de Valenzuela mostró su pico máximo de aprobación en marzo con un 70,3%, mientras que noviembre fue su punto más bajo con un 64,1%. A lo largo del año, ocupó el primer puesto en tres oportunidades, el segundo en seis, y solo una vez se ubicó en el tercer y cuarto lugar respectivamente.

Uno de los pilares de su gestión ha sido la reducción de tasas municipales y la eliminación de habilitaciones para comercios y empresas, políticas que buscan atraer inversiones y dinamizar la economía local. Además, su alianza con la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en la construcción del espacio político Pro Libertad y Apertura Republicana, apunta a fortalecer su influencia en el territorio bonaerense con una visión alineada al gobierno nacional.

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En el ranking de imagen positiva, Valenzuela fue seguido por Fernando Gray (Esteban Echeverría), Leonardo Nardini (Malvinas Argentinas), Jaime Méndez (San Miguel) y Federico Achával (Pilar). Por el contrario, los intendentes con peor diferencial de imagen fueron Gustavo Menéndez (Merlo) con -16,18%, Julián Álvarez (Lanús) con -14,23% y Fernando Moreira (San Martín) con -9,06%.

CB Consultora, reconocida por su precisión en el análisis del clima social y político, continúa posicionándose como una de las firmas más confiables en el ámbito de la opinión pública argentina y sudamericana, aportando herramientas clave para la comprensión de los escenarios electorales actuales. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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Leonardo Nardini, Gustavo Menéndez, Diego Valenzuela, Tres de Febrero, Patricia Bullrich, Fernando Gray, Federico Achával, Jaime Méndez, Fernando Moreira, Julián Álvarez, Apertura Republicana, Espacio Político Pro Libertad

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POLITICA

Apelan el fallo de Casación que permitió la libertad condicional de condenados por narcotráfico

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Pleé también reclamó la intervención de la Corte Suprema de la Nación y solicitó un fallo plenario que impida estos beneficios.

El debate se disparó a fines de enero cuando, por dos votos contra uno, la Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucional artículos de la ley 24.660 -una norma que impedía la libertad condicional para delitos graves como homicidios agravados, narcotráfico, terrorismo, trata de personas y secuestro seguido de muerte-, en momentos en que el Gobierno de Javier Milei de la mano de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, busca el endurecimiento de la ejecución de las penas de este tipo de delitos.

La Ley 24.660, también conocida como la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad y sus modificaciones de 2017, establece los criterios y procedimientos para la aplicación de medidas alternativas a la prisión y fue flexibilizada con la decisión de la Cámara de Casación de la semana pasada.

Las modificaciones a la ley original habían sido introducidas durante el gobierno de Mauricio Macri, y buscaban evitar los beneficios para condenados que les permitían salir antes del fin de su sentencia a través de medidas como la libertad condicional.

Ahora el fiscal Pleé solicitó convocar a un pleno de la Cámara de Casación para unificar la jurisprudencia y reestablecer la constitucionalidad de los artículos cuestionados. Esos fallos son de cumplimiento obligatorio para todos los jueces de la Cámara.

Según Pleé, la reforma legal que priva de la libertad condicional a los condenados por determinados delitos graves “no viola los principios constitucionales, ya que establece un régimen de progresividad específico para delitos graves como el tráfico de estupefacientes”

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“La diferenciación en el trato de los condenados por estos delitos es razonable y está justificada por la gravedad de los mismos”, argumentó el fiscal.

La causa que disparó la polémica involucra a Carlos Hernán Beati, quien junto a otras seis personas integraba una banda que supuestamente operaba una remisería pero en realidad repartía estupefacientes casa por casa en el municipio de Moreno.

Por este delito, el Tribunal Oral Federal número 3 de San Martín condenó a Beati a seis años de prisión. Pero su defensa presentó un recurso para que se declaren inconstitucionales las modificaciones de la ley 27.375, que excluía del beneficio de libertad condicional a (entre otros) los que cultivaran marihuana y comercializaran estupefacientes, como hacía Beati.

El TOF 3 de San Martín rechazó el reclamo y le negó la libertad condicional a Beati, pero su defensa apeló, Casación anuló el fallo del TOF y declaró inconstitucional los artículos cuestionados. Ahora el tema llega a la Corte.

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