POLITICA
La Legislatura bonaerense registra a barrabravas como empleados y “ñoquis”
Artículo publicado originalmente en LA NACIÓN
LA PLATA.– La investigación por el desvío de cientos de millones de pesos de las arcas bonaerenses a través de tarjetas de débito que figuran a nombre de “ñoquis” y prestanombres del Poder Legislativo provincial incluye un capítulo todavía poco explorado: hinchas y barrabravas que trabajan –o figuran que trabajan– en la Cámara de Diputados y el Senado bonaerenses, según reconstruyó LA NACION durante las últimas semanas.
Al menos una decena de integrantes y referentes de la barra de Estudiantes de La Plata integran o integraron la Legislatura provincial durante los últimos años. Varios aparecen como empleados; otros, como contratados. Y algunos de ellos ingresaron gracias a dos hinchas de ese club: Claudio Albini, subdirector de Personal de la Cámara de Diputados bonaerense, y su hijo, el concejal platense Facundo Albini, apoderado del Frente Renovador de Sergio Massa para toda la provincia.
Algunos de esos integrantes y referentes de la hinchada del “Pincha” llegaron, incluso, a encabezar la barra de Estudiantes o a disputar su liderazgo, lo que se tradujo en negocios multimillonarios dentro y alrededor del estadio, como también un ida y vuelta continuo con punteros, policías y dirigentes políticos de esta capital y de la provincia. Y al menos uno de ellos se abocó a las mismas tareas que Julio “Chocolate” Rigau: apropiarse de dinero del Estado bonaerense.
La nómina de empleados de la Legislatura incluye a barras de otros equipos de fútbol. Pero entre los de Estudiantes figuran dos de los barras más famosos y temidos de las últimas décadas, Omar “Hache” Alonso, ya fallecido, y Rubén Orlando “el Tucumano” Herrera. A través de la Legislatura, ambos accedieron a contratos, obra social y aportes jubilatorios, incluso mientras aparecían en las páginas policiales de los medios locales.
Banda criminal y Legislatura
Uno de esos barras que pasó por la Legislatura es el “Tucumano” Herrera. Otrora líder de la pesada de Estudiantes, también manejó boliches y varios negocios en esta capital hasta que fue detenido en 2018, acusado de integrar una asociación ilícita junto al destituido juez de Garantías, César Melazo. Cayó junto a un puñado de policías y barras que se abocaban a los robos, los secuestros extorsivos y el narcotráfico, en otra investigación que impulsó la fiscal Betina Lacki.
Herrera permaneció tras las rejas hasta enero de 2022, cuando recuperó su libertad tras presentar un habeas corpus, aunque terminó por aceptar su culpabilidad en un juicio abreviado. Reconoció haber sido uno de los organizadores de la banda criminal, además de compartir emprendimientos con Melazo. Recibió una condena a cinco años de prisión.
Los antecedentes laborales de Herrera (55 años) muestran, sin embargo, que el barra con domicilio en el Gran Bell, uno de los countries más exclusivos de la zona, también figuró como empleado de la Cámara de Diputados bonaerense, tras pasar por el Senado provincial, aunque no consta a qué legislador o bloque político debía responder.
Herrera no fue el único barrabrava y miembro de la banda criminal que aceptó su culpabilidad en un juicio abreviado, ni que figuró como empleado de la Legislatura. Ángel Custodio Yalet (49) fue uno de los encargados de proveer teléfonos y armas de fuego a sus secuaces, actuó como chofer de la banda y figura como empleado en relación de dependencia de la Cámara de Diputados bonaerense.
Yalet operaba, en la práctica, como otro “Chocolate” Rigau, según surge de la resolución judicial que en 2022 convalidó su condena en juicio abreviado a tres años de prisión como miembro de una asociación ilícita y cuya copia obtuvo LA NACION. El barra cobraba “de manera fraudulenta” cheques de la Legislatura que le conseguía su suegro, Hugo Alberto Sini (66) –también empleado de la Cámara de Diputados provincial, en la estratégica Secretaría Administrativa–, lo que consta en testimonios, una planilla Excel de una computadora secuestrada durante un allanamiento y varias escuchas telefónicas.
Los registros laborales que cotejó LA NACION muestran, además, que el “Tucumano” Herrera tampoco fue el único de su familia que trabaja o trabajó para la Legislatura. También aparece su hija, Macarena Aylén Herrera (27), pero con el recorrido inverso. Figura primero en Diputados y luego en el Senado bonaerense, en tanto que Liliana Dora Herrera (57 años), tiene legajo en la Cámara de Diputados provincial, además de constar como aportante a la campaña del Frente Renovador de Massa en 2013.
Según reveló la periodista Josefina López Mac Kenzie en el portal de TN, el recorrido del “Tucumano” Herrera aporta otro dato singular. Al parecer. Claudio Albini –quien durante 2023 llegó a viajar a Brasil para alentar a Estudiantes en la Copa Sudamericana– reside junto a su hija, su yerno y su nieta en una vivienda que perteneció antes al exjefe de la barra.
Aprietes, balazos y Legislatura
Otro referente histórico de la barra de Estudiantes, Ángel Omar “Hache” Alonso, muestra un recorrido similar al del “Tucumano” Herrera, aunque con un final trágico. Dos veces llegó a encabezar la hinchada –y sus negocios lícitos e ilícitos–, entre 1993 y 1995, y entre 2000 y 2004, y las dos terminó por perderlo tras caer detenido.
El prontuario penal del “Hache” Alonso fue frondoso, alimentado por múltiples investigaciones judiciales a lo largo de décadas y que incluyeron el homicidio de un taxista, extorsiones varias, y el atropello y muerte de dos criaturas en Formosa, entre otras. Pero eso no impidió que obtuviera un contrato en la Legislatura bonaerense.
El final para el “Hache” Alonso llegó en abril de 2022, en una cama de hospital, tras una infección que derivó en una peritonitis y un coma farmacológico. Meses antes habían asesinado a su hijo, Gonzalo “Pipi” Alonso (29), de un tiro en la cabeza tras una disputa por un contenedor de basura. Y entre los que se acercaron a despedirlo al “Pipi” estuvo otro empleado de la Legislatura, Matías Gergo, con un mural incluido en 529 entre 17 y 18.
Fanático de Estudiantes, Gergo participó en viajes institucionales del club a Jujuy, por ejemplo, y dedica su cuenta en Twitter al Pincha, aunque no todo su recorrido fue alegrías. En marzo de 2011 estuvo cerca de morir. Recibió un balazo en el cuello, tras una emboscada que organizó la barra de Gimnasia, en 13 y 520. Ahora, con 35 años, acumula una foja laboral con tres hitos: Municipalidad de La Plata, Estudiantes y la Legislatura bonaerense. LA NACION procuró contactarlo, pero al cierre de esta edición no respondió los mensajes.
El “Tucumano” Herrera, el “Hache” Alonso o Gergo distan de ser, sin embargo, los únicos que figuran o figuraron como empleados o contratados en la Cámara de Diputados provincial. LA NACION detectó a otros hinchas y barrabravas o a sus familiares directos, pero se reserva sus nombres para no entorpecer la investigación judicial en curso.
Olvidos llamativos
Pero las ramificaciones son numerosas. Lo deja en evidencia, entre otros varios ejemplos, el testimonio de Ezequiel Tocci (44 años), el único de los 48 dueños de las tarjetas de débito que se abrió de la versión que declaró el resto de los supuestos empleados de la Legislatura tras la detención de Julio Segundo “Chocolate” Rigau, hincha fanático de Estudiantes, como sus hijos Cristian, Gerardo y Maximiliano, también empleados de la Legislatura.
Tras presentarse como “productor agropecuario”, Tocci se despegó de la versión común a los otros 47 titulares de tarjetas de débito. Reconoció que esperaba que lo nombraran “asesor” en la Legislatura, pero con dos detalles llamativos. Dijo que “nunca” supo a quién asesoría y dijo no recordar qué “empleado de ahí”, por la Cámara de Diputados, lo convocó.
Tocci también declaró bajo juramento de decir verdad ante la fiscal que investiga el caso, Betina Lacki,, que nunca llegó a trabajar en la Legislatura y que la tarjeta de débito la retiró en el Banco Provincia, pero que “al otro día” le pidieron que la devolviera, sin tampoco recordar quién se la pidió, ni en qué oficina de la Legislatura entregó el plástico.
Al declarar, Tocci se presentó con Alfredo Gascón como letrado. Es decir, compartió el abogado con “Chocolate” Rigau. Y además de omitir el nombre de quien le ofreció abrirle las puertas de la Legislatura bonaerense, tampoco detalló su vínculo con Juan Carlos Tocci, un policía bonaerense exonerado en los ‘90 que se reconvirtió en mutualista con Amepa y, según sus críticos, en usurero. Expresidente del club Villa San Carlos, se erigió en un financista clave para la construcción del estadio de Estudiantes.
POLITICA
Garantizar el plazo razonable de juzgamiento
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró extinguida la acción penal contra el exministro de Economía Domingo Cavallo en la causa en la que se lo había condenado por pago de sobresueldos. El alto tribunal entendió que la duración del proceso, que se extendió por dos décadas, vulneró la garantía del plazo razonable de juzgamiento.
Utilizó para ello una elogiable doctrina que tiene la particularidad de ser una creación propia de nuestra Corte. Nació hace más de medio siglo a través del fallo “Mattei Ángel”, muchos años antes de que el derecho a una “justicia pronta” rigiera normativamente en nuestro país a través de la adhesión a tratados humanitarios internacionales. Desde aquellas épocas, la Corte Suprema de Justicia no ha dejado de reiterarla mediante numerosos fallos fundados en la necesidad de que todo individuo cuente con un pronunciamiento que defina su situación frente a la ley y la sociedad, poniendo término del modo más rápido posible a la situación de incertidumbre y aflicción que provoca el tener abierto durante décadas un proceso penal.
Entre otros destacados conceptos, el supremo tribunal ha señalado que la excesiva duración de un proceso distorsiona todos los fines de una eventual pena. Para ser eficaz, agrega, requiere la menor distancia temporal entre el hecho y la condena. La inutilidad de la sanción aparece en los casos en los que el tiempo transcurrido entre el hecho y el juicio, o entre la condena y su ejecución, hace que la persona imputada no sea la misma.
No existe explicación, ni lógica ni legal, para que dicha valiosa doctrina no se haya aplicada hasta ahora a los procesos judiciales ligados a los enfrentamientos armados que vivió el país en los años 70. Tanto la Corte Suprema como la Cámara Federal de Casación Penal han dejado establecido en sendas acordadas firmadas por todos sus miembros, que la garantía del plazo razonable de juzgamiento es también de aplicación a las causas por los llamados delitos de lesa humanidad. En el mismo sentido se ha expedido oportunamente la Procuración General de la Nación, mientras que el propio Estatuto de Roma, que es el que tipifica esa clase de delitos y los declara imprescriptibles, contempla precisamente la garantía de ser juzgado sin indebidas dilaciones.
Destacados autores, la Corte Suprema de Justicia y altos tribunales provinciales han reconocido que la garantía del plazo razonable de juzgamiento aplica aun a casos en los que todavía no se haya cumplido legalmente el plazo de prescripción. Se trata de dos institutos diferentes. La prescripción se funda en el cumplimiento de plazos procesales, así como en la pérdida del afán punitivo del Estado y del interés de la sociedad cuando ha transcurrido un tiempo establecido por la ley. El plazo razonable de juzgamiento, en cambio, no tiene límites temporales fijados por la ley. Se trata de una garantía superior, nacida de nuestra Corte Suprema y hoy contenida en los tratados humanitarios que se incorporaron a nuestra Constitución, mediante la cual la Nación se obliga a garantizarle a toda persona un plazo razonable para su juzgamiento, o que le serán determinados sus derechos de cualquier tipo en un plazo razonable.
La aplicación de esta doctrina a las causas formadas por los hechos de la década del ‘70 constituye la puerta para que los tribunales pongan fin a estos procesos tardíos e interminables. Ofrece una herramienta eficaz para comenzar a sanar heridas sociales que se reabren permanentemente ante la imposibilidad de juzgar los crímenes de la guerrilla. Juzgar solo a los agentes estatales de menor jerarquía como está ocurriendo, por crímenes de hace medio siglo, mientras se encuentran libres e indemnizados los líderes guerrilleros, es signo inequívoco de falta de equidad y demora estatal que refuerza la percepción de inseguridad jurídica. Solo se está juzgando a oficiales por entonces subalternos y a decenas de agentes de policía, de Gendarmería o del Servicio Penitenciario, con prisiones preventivas que triplican el tiempo promedio que padece en ese estado un delincuente común. El comportamiento actual de los agentes de seguridad y de las Fuerzas Armadas a la hora de cumplir órdenes emanadas del poder político en situaciones graves se ve inevitablemente condicionado por esta injustificable situación.
La inagotable apertura de nuevas causas y el mantenimiento de centenares de otras por hechos acaecidos hace más de 50 años atiborran las agendas de los tribunales orales federales que no llegan a dar respuesta eficiente a los delitos actuales de corrupción o narcotráfico. La herramienta propuesta no requiere la anulación de las condenas firmes impuestas para delitos de lesa humanidad; como tampoco modificaría la doctrina de la imprescriptibilidad de lo ocurrido en los 70 según la doctrina sentada por la mayoría de la Corte en los fallos “Simón” y “Arancibia Clavel”.
Que una persona deba esperar medio siglo para que el Estado argentino lo enjuicie penalmente, o que se tarden 15 o 20 años para arribar a una sentencia definitiva es un absoluto sinsentido que violenta el marco jurídico. Aplicar la garantía del plazo razonable a esta clase de delitos permitirá que nuestro Estado limite su afán punitivo tal y como prevén las reglas que establece la Constitución. A la paz y la concordia, como lo ha expresado reiteradamente la Iglesia, no se llega sin Justicia. Se trata de cumplir y hacer cumplir el camino de la ley; una ley infectada por motivaciones ideológicas que hace tiempo abandonó toda razonabilidad y que debe volver a ser pareja para todos.
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