La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, arribó al Congreso de la Nación para exponer y contestar preguntas sobre aspectos detallados en laLey Ómnibus, que están vinculados a su área de gestión.
Así, en el inicio de su discurso la funcionaria aseguró que la incertidumbre en torno al futuro del proyecto provocó la suba del dólar y del Riesgo País registrada esta semana. “Cualquier error que pueda surgir en el cambio que se está generando puede provocar una situación de incertidumbre que lleve a que los distintos actores se muevan da tal manera que el país lleve a una situación gravísima económica”, aseguró.
Luego anunció que el Poder Ejecutivo decidió retirar del proyecto el insólito artículo que limitaba las reuniones de más de tres personas en el espacio público.
“He escuchado, y entiendo la razón de por qué ha podido haber una mala interpretación del artículo 331, que plantea que se debería pedir un permiso para una reunión de tres personas. Ese artículo está vinculado a la Ley del Tránsito y no a la ley en general. Quizás deberíamos haber puesto que ese artículo era el inciso final del artículo que cambiamos de la ley de Tránsito. Para facilitar la discusión – porque da lo mismo cuántos cortan el tránsito – les vengo a decir que vamos a retirar ese artículo porque está suficientemente explicado en otros artículos. Al haberse generado una confusión preferimos retirarlo. Denlo por retirado”, explicó Bullrich.
En este contexto, el proyecto contemplaba un capítulo dedicado a la Seguridad Interior, cuya primera sección busca reglamentar la organización de las manifestaciones, fijando duras sanciones para los organizadores y aquella persona que impida el funcionamiento normal de los transportes.
Además de la modificación propuesta al Código Penal, a través del artículo 331 del proyecto, el Gobierno definía a la reunión o manifestación como una “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”, con el propósito de ejercer el derecho a la protesta.
Estas reuniones o manifestaciones deberían ser notificadas al menos 48 horas antes de su realización al Ministerio de Seguridad, detallando las características; los datos de la persona u organización que la convoca, especificando “nombres y datos personales”; la finalidad de la movilización; el recorrido que tendrá; el tiempo de duración; y la cantidad estimada de participantes.
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Una vez recibida toda esa información, la cartera dirigida por Patricia Bullrich otorgaría un comprobante que certifique la correcta presentación realizada, documento que deberán tener los organizadores al momento de la realización de la convocatoria. De contar con esto, la movilización podrá realizarse siempre y cuando no estorbe, impida o entorpezca el tránsito.
Sorpresivo giro en el caso YPF: por una denuncia contra Cristina y Eskenazi, la jueza Preska podría revocar su fallo contra argentina por u$s 16.000 millones
El destino de la segunda deuda más grande de la Argentina, detrás del préstamo con el FMI que Mauricio Macri tomó en 2018, podría tener un inesperado giro favorable para el país: aunque ya firmó una sentencia que obliga al Estado a pagar 16.000 millones de dólares al fondo estadounidense Burford por el modo en que fue estatizada YPF en 2008, esta semana la jueza estadounidense Loretta Preska abrió una consulta a las partes del proceso para consultarlos sobre una inquietante denuncia que aterrizó en su escritorio y podría llevarla a anular su fallo. La Argentina tiene tiempo hasta este martes para responder al tribunal.
Se trata de la presentación que el lunes pasado realizó al organización civil Republican Action for Argentina (RAFA), litigante y participante de distintos procesos judiciales en cortes internacionales en los que están en juego intereses argentinos.
Para comprender la importancia capital de la noticia, es necesario ingresar a un áspero laberinto de negociados, traiciones, oportunistas y rocosos expedientes judiciales. Veamos.
A través del abogado argentino Fernando Irazu, RAFA se presentó en el juzgado de Preska con información y documentos sobre la supuestamente fraudulenta compra en 2008 del 25% de las acciones de YPF por parte del Grupo Petersen, de la familia Eskenazi, en connivencia delictiva con el matrimonio Kirchner, del que se sospecha fue su testaferro.
Cuando luego de la muerte de Néstor Kirchner y una jamás esclarecida ruptura de la relación de su viuda con Eskenazi, en abril de 2012 el gobierno tomó el control de la petrolera, sólo expropió el paquete mayoritario de acciones, que tenía la firma española Repsol. Ignoró a su otrora íntimo socio argentino.
Luego de algunos intentos de negociar, Petersen vendió los derechos del reclamo penal por no haber sido indemnizados, que terminaron en manos de los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park. ¿Sólo de ellos, sin ninguna participación o cláusula secreta en favor de los Eskenazi? Todos ellos juran que no.
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Diciembre de 2007: Cristina con el titular de Repsol-YPF, Antonio Brufau y Enrique Ezkenazi, jefe del Grupo Petersen.
El reclamo judicial comenzó a andar en la correspondiente sede neoyorquina, y después de otra serie de peripecias acabó con la condena a que la Argentina pague 16.000 millones de dólares a Burford y Eton.
Con las cartas echadas, el doctor Irazu presentó en el juzgado de Preska una Moción de la Regla 60 -instrumento procesal para pedir la anulación de una sentencia- que contiene la denuncia que Elisa Carrió hizo en Comodoro Py en 2006 por el supuesto vaciamiento de YPF para luego comprar más baratas sus acciones, y las sucesivas ampliaciones en 2012 y 2023, en las que acusa a los Kirchner de haber convenido con Eskenazi la captura de las acciones de la petrolera.
A través de los años, Carrió aportó más pruebas de aquella supuesta complicidad, y el posterior negocio millonario del reclamo judicial porque el Estado no pagó las acciones que tenían los Eskenazi. Para la fundadora de la Coalición Cívica, sus verdaderos dueños eran los Kirchner, que durante todo el proceso se mostraron cuanto menos tibios para defender los intereses del país y no indemnizar a Petersen (luego Burford y Eton).
Entre los sucesivos denunciados por la Coalición Cívica están desde Cristina Kirchner y Axel Kicillof hasta Julio De Vido y Carlos Zannini.
Axel Kicillof, Julio de Vido y Cristina Kirchner, durante un acto sobre la recién expropiada YPF, en junio de 2012. Archivo Clarín.
En su presentación en Nueva York, RAFA también sumó un segundo exhibit, como se llaman las nuevas pruebas con las que se pretende reabrir un caso. Se trata de un explosivo informe secreto de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) confeccionado en 2018 por su titular durante el gobierno de Mauricio Macri, Mariano Federici.
El trabajo de inteligencia financiera, al que ahora accedió Clarín, desmenuza paso por paso los aparentes enjuagues financieros del Grupo Petersen para hacerse de las acciones de YPF y la persistencia actual de supuestos derechos económicos sobre el resultado de la multimillonaria demanda de Burford.
«No se puede descartar que el arribo del Grupo Petersen en Repsol YPF pudo ser consecuencia de una maniobra diseñada, o planificada, con la complicidad del gobierno de turno, en ese entonces, bajo la presidencia de Cristina Kirchner«, dice el informe secreto que leyó -y consideró- la jueza Preska.
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Esa montaña de información precisa, detallada y documentada fue completamente soslayada por el juez que hace casi dos décadas debe investigar estos conjeturales delitos, y que ni siquiera formuló una sola citación a indagatoria en el caso. ¿Su nombre? Ariel Lijo.
«Como parte interesada, yo pedí la intervención en el caso, la investigación, la suspensión y la revocación del fallo de Preska por las razones contempladas en la Regla 60, ya que lo debe hacer la misma jueza que dictó la sentencia», dice a Clarín el doctor Fernando Irazu.
Las mociones para anular sentencias dictadas en causas civiles en los tribunales inferiores de los Estados Unidos se rigen por la Regla 60 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil. Por lo general, la moción no puede basarse en motivos que se hayan considerado previamente, por lo que solo puede concederse en circunstancias inusuales, como cuando la sentencia se obtuvo mediante fraude que no pudo haberse descubierto en el momento del juicio.
«El proceso fue planteado como una disputa civil o comercial, un túnel que te lleva a este resultado, cuando en realidad es un tema de derecho penal. Y los intereses del Estado Argentino e YPF con los Kirchner difieren de los intereses de los argentinos, evidentemente», desliza el titular de RAFA.
Noviembre de 2008: Cristina Kirchner en el despacho presidencial al titular de Repsol-YPF, Antonio Brufau, y el recién ingresado a la petrolera y amigo de los Kirchner, Enrique Eskenazi. Foto Marcelo Carroll.
«El tema se planteó como una disputa derecho privado cuando en realidad estamos frente a un esquema criminal internacional que decanta en fraude procesal ante un tribunal norteamericano para llevarse el botín», acelera el abogado.
Irazu pidió la Regla 60 ex parte, es decir sin participación de ninguna de las otras partes del proceso, «porque solicité que se ordene una investigación criminal por parte del Departamento de Justicia estadounidense y la agencias relevantes a nivel internacional, desde Estados Unidos. Argumenté que debía ser ex parte porque los investigados y eventualmente acusados no debían ser alertados.»
Pero cuando el miércoles pasado la jueza aceptó y giró su reclamo a todas las partes decidió darles vista de todo, excepto los dos exhibits: el expediente Carrió que duerme en las cajoneras de Lijo y el radiactivo informe secreto de la UIF sobre los Eskenazi.
«Es decirle a los Eskenazi, Kirchner, Burford y Eton que el Departamento de Justicia de Washington y otros organismos deben investigarlos y someterlos a proceso penal», dice el representante de la Republican Action for Argentina. «Asumo que la jueza desea ver qué tienen para decir el Estado Argentino e YPF, quienes nunca argumentaron lo que yo ahora estoy argumentando, por razones obvias: los Kirchner y los Eskenazi controlaron en la práctica el Estado Argentino e YPF en momentos clave del proceso. Cuando se inició la demanda y cuando se emitió el fallo, Kirchner estaba en el poder.»
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La diputada de la Coalición Cívica Marcela Campagnoli redondea: «el doctor Irazu se presentó ante el juzgado de Loretta Preska para solicitar que se investigue la comisión de delitos de defraudación, estafa procesal y lavado de activos, cometidos por una asociación criminal comandada por Cristina Kirchner, utilizando de testaferros a la familia Eskenazi».
«Allí se denunció que los derechos legales para litigar contra YPF y la Argentina obtenidos por Burford fueron fruto de maniobras ilícitas de defraudación al Estado argentino y de lavado de activos en España. Por ese motivo, se solicitó que se investigue un fraude al sistema judicial estadounidense, intentando ejecutar bajo apariencia de una actividad comercial los frutos de esos delitos», concluye Campagnoli.
Mientras avanza el tic tac del reloj procesal hasta el martes, cuando vencerá el plazo para responder a Preska, crece la expectativa sobre cuál será esa respuesta por parte del gobierno e YPF: ¿apoyará y abundará la tesis con la que la Republican Action for Argentina abrió una inesperada rendija para discutir el pago de 16.000 millones de dólares? ¿Hay en esas oficinas real conciencia de la envergadura de esa responsabilidad? Clarín se contactó con la procuración del Tesoro y el ministerio de Justicia, que no quisieron responder al respecto.