POLITICA
Qué es un plebiscito y para qué sirve la consulta popular que quiere hacer Javier Milei
Qué es un plebiscito y para qué sirve la consulta popular que puede hacer Javier Milei (Fotos: Oficina del Presidente y Reuters).Qué es un plebiscito y para qué sirve la consulta popular (Foto: Télam).
El gobierno de Javier Milei tiene la posibilidad de llamar a un plebiscito tras el fallo del primer tratamiento particular de la Ley Ómnibus en el Congreso. En caso de que esto ocurriera, implicaría un voto popular directo y no obligatorio de los ciudadanos sobre el proyecto.
Qué es un plebiscito y para qué sirve
Un plebiscito es un voto popular directo para que los ciudadanos decidan sobre una propuesta de envergadura política o legal. Según la Constitución Nacional, en su artículo 40, este proceso permite que la Cámara de Diputados ponga a consideración de la gente un proyecto de ley.
Cómo funcionaría el plebiscito si lo realizara Javier Milei
Si Javier Milei realiza un plebiscito, este sería no vinculante, lo que significa que, aunque el proyecto obtuviera el voto afirmativo de la mayoría absoluta de votos válidos emitidos, no se convertirá automáticamente en ley, sino que deberá ser tratado por el Congreso de la Nación.
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Qué es un plebiscito no vinculante y cuál es el único antecedente que tiene Javier Milei
Un plebiscito no vinculante en Argentina es un proceso en el cual las autoridades buscan la opinión del público sobre determinados temas pero el resultado no tiene efecto legal directo, es decir, no se convierte en ley por el resultado de esa votación. Esta consulta puede ser iniciada por un proyecto del Congreso o por decreto del Poder Ejecutivo. Para ser efectiva, requiere la aprobación de la mayoría absoluta en cada cámara del Congreso o, si es por decreto, la aprobación del gabinete de ministros.
Un antecedente histórico en la Argentina que tiene Javier Milei fue la consulta de 1984 durante el gobierno de Raúl Alfonsín sobre el Tratado del Canal del Beagle con Chile, donde más del 80% apoyó la propuesta del Gobierno de un Tratado de Paz con Chile, aunque el resultado no tenía carácter vinculante.
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Qué es un plebiscito vinculante
Un plebiscito vinculante es un tipo de referéndum en el cual los ciudadanos votan directamente sobre una propuesta legislativa o política específica. Si la mayoría vota a favor, la propuesta se aprueba y se convierte en ley o en una decisión de carácter obligatorio. Esto significa que las autoridades están legalmente obligadas a implementar la decisión tomada por la población.
POLITICA
El psicólogo de Bendita, Gabriel Cartañá, acorralado judicialmente por Nahir Galarza
La situación del psicólogo venezolano Gabriel Cartañá se agravó tras su rebeldía y es por ello el juez, Eugenio Labeau, a cargo del Juzgado Civil Nro. 80 de CABA, impartió la orden de avanzar en la demanda en su contra y le hizo saber que, a pesar de sus evasivas, las providencias judiciales se le daran por efectivas en forma automática.
La joven entrerriana denunció al mediático psicólogo por falsificar su firma en una carta de supuesto consentimiento para difundir a los medios y por violar el debido secreto profesional.
El panelista del programa «Bendita TV», que conduce Beto Casella en Canal 9, fue demandado en 2020 por Nahir Galarza por la violación del secreto profesional y otros delitos y la debida notificación de la demanda fue recibida y firmada de puño y letra por la hermana del mediático, la señora Mónica Cartañá, con quien habita en su domicilio de San Miguel, en la provincia de Buenos Aires.
Según manifestó la joven, cuyo caso se transformó en un fenómeno audiovisual sin precedentes, con dos libros, una película y una serie documental de dos capítulos, el psicólogo se ofreció en 2018 a efectuarle las pericias sobre su psique. El plan consistía en que el profesional de la salud mental realizaría tres viajes a visitarla en su celda de la comisaría de la Minoridad y la Mujer de Gualeguaychú, y le practicaría una docena de test con la intención de que, de estar a la altura profesional y académica, fueran sumados al expediente.
En su momento, según la defensa de Galarza a cargo del Dr. Horacio Dargainz, Cartañá, los engañó y solo realizó dos entrevistas de cuarenta minutos para luego enviar una pericia básica e incompleta en materia de los supuestos test y que fue rechazada de plano por su inconsistencia profesional y, por ende, jamás utilizada en el juicio oral.
«Es un farsante. Menos mal que no me abrí con él, para mí solo era un viejo baboso que decía las mismas boludeces que en Bendita TV”, confesó Galarza en un pasaje del libro “El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático” de su exvocero Jorge Zonzini en el que se basaran las producciones de ficción y cinematográficas de la Paramount y Amazon.
“La decisión fue demandarlo en forma penal y civil para que ninguna otra mujer adolescente deba pasar por una vejación tal a su intimidad, ser vulnerada en espacios televisivos, radiales y shows de teatro para beneficio económico del imputado, sin ningún tipo de escrúpulos, ética profesional e incumpliendo con el debido secreto profesional”, expresó el doctor Horacio Dargainz.
Por su parte, Cartañá manifestó que la denuncia era “una maniobra de promoción” y no iba a prosperar. Asimismo, presentó una carta con la supuesta firma de Nahir Galarza autorizando a que el psicólogo pudiera divulgar en los medios y sus puestas teatrales la intimidad de todo lo conversado durante la fallida pericia, documento que la querella denunció por apócrifo.
Los abogados de Galarza admiten que la firma apócrifa de la joven ya se probó con el documento revisado por peritos calígrafos de parte y oficiales, por lo que le podría caber a Cartañá penas de prisión por el delito especificado en el artículo 172 del Código Penal, que dictamina que “si el instrumento falso o ideológicamente falso tiene como fin controvertir el objeto de la demanda, es una estafa procesal, que se comete al inducir mediante ardid o engaño a un juez para que emita una resolución en perjuicio de la otra parte”. Además, el mismo código expresa que tal crimen “será reprimido con prisión de un mes a seis años”
La demanda contra Gabriel Cartañá (M.N. 32.810), conocido por su rol de panelista junto a Beto Casella, Edith Hermida, Horacio Pagani y elenco, está caratulada “Nahir Galarza C/ Cartañá Borlenghi Gabriel S/Daños y perjuicios”, y tramitó desde 2022 en el juzgado Civil y Comercial Nro. 4 de Paraná, a cargo de la jueza Elena Beatriz Albornoz. En su largo peregrinar procesal y por las sucesivas evasivas del demandado, finalmente, la causa recayó en el juzgado Civil Nro. 80 a cargo del juez Eugenio Labeu, secretaría Nro. 110 a cargo del Ignacio Bravo D’André y con intervención de la fiscalía en lo Civil y Comercial Nro. 3 a cargo de la fiscal Raquel Mercante.
Cabe destacar que Nahir Galarza, tras la negativa de la Corte Suprema de Justicia la Nación de estudiar su caso, amparandose en el artículo 280 que la faculta para decidir que casos reveer o no, abrió la instancia que mantiene esperanzada tanto a Nahir como a su defensa técnica de que sea ahora la Corte Interamericana de Derechos Humanos la que revoque el fallo e inste a la realización de un nuevo juicio con perspectiva de género sino que, además, investigue la hipótesis denunciada por Nahir tras cuatro años de terapia intracarcelaria que al poder expresarse denunció a su padre, Marcelo Galarza, como verdadero ejecutor del crimen de Fernando Pastorizzo ocurrido en la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos por el que fue condenada a la pena de prisión perpetua convirtiéndola en la mujer adolescente (19) más joven en recibir dicha condena. (www.REALPOLITIK.com.ar)
ETIQUETAS DE ESTA NOTA
Nahir Galarza, Jorge Zonzini, Beto Casella, Marcelo Galarza, Horacio Dargainz, Eugenio Labeau, Gabriel Cartañá, Mónica Cartañá, Raquel Mercante, Ignacio Bravo D’André, Elena Beatriz Albornoz, Horacio Pagani, Edith Hermida
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