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POLITICA

Tras acercarse a los gobernadores del norte, el Gobierno busca un voto clave en el Senado

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Un día después de reestablecer un puente con los gobernadores del norte de cara a la agenda legislativa, el ministro del Interior Guillermo Francos busca vasos comunicantes con mandatarios provinciales que hasta ahora habían sido esquivos para blindar los proyectos del Ejecutivo en el Congreso.

El ministro político –firme como “rulo de estatua”, según los dichos de Javier Milei- recibió este miércoles en su despacho a la senadora por Neuquén Lucila Crexell.

La legisladora había sido muy crítica de la gestión libertaria y en enero decidió -en acuerdo con el gobernador Rolando Figueroa- la conformación de un monobloque para defender los intereses de su provincia. Antes rompió el bloque de Cambia Federal que presidía el salteño Juan Carlos Romero.

Crexell arremetió contra el Gobierno por el fracaso de la Ley ómnibus y recordó, ante los agravios permanentes del Presidente, que el Poder Legislativo puede destituir al mandatario. A fines de diciembre había anticipado que el Mega-DNU que sancionó el Presidente podría hundirse en el Congreso. “Hay una alta probabilidad de que se pueda dar vuelta esto de que nunca se volteó un DNU. Fue como cuando Macri designó a los dos ministros de la Corte por decreto”, comparó la ex senadora del Movimiento Popular Neuquino y JxC.

En el Gobierno creen que los votos de Crexell en la Cámara Alta valen doble justo por la paridad entre los votos que puede juntar el oficialismo y la oposición, justo cuando el kirchnerismo junta amistades para voltear el DNU y el oficialismo acaba de poner en funciones a la comisión bicameral.

Crexell, que se había acercado a JxC en 2019 de la mano de Miguel Pichetto había hecho campaña por Patricia Bullrich. Sin embargo, en el balotaje respaldó la candidatura de Sergio Massa. Figueroa, en cambio, es amigo del ex ministro de Economía y lo apoyó desde las generales.

Crítico con el libertario, Figueroa se mantenía hasta ahora más distante que sus pares de Chubut y Santa Cruz, Ignacio Torres y Claudio Vidal a los que el Gobierno tentó con la posibilidad de revertir contratos de YPF en zonas que no fueron finalmente explotadas, una alternativa que también podría servir a Neuquén.

Sin embargo, el mandatario neuquino ensayó hasta ahora un silencio más componedor que el de su también vecino, el gobernador de Río Negro Alberto Weretilneck.

Los gobernadores del norte que el martes se reunieron con el ministro repiten que Francos no les pidió nada, pero reconocieron que Victoria Villarruel, quien también estuvo en Salta, les repitió que quiere «estar bien con los senadores y con los gobernadores». Algunos de los ejecutivos provinciales señalan que no todos sus diputados les responden. «La política ya no es lineal. Ni ellos pudieron asegurar el voto de Carolina Píparo», se excusó un gobernador.

Los mandatarios provinciales que se entrevistaron con Francos le pidieron al Gobierno que genere los consensos necesarios antes de volver a discutir la ley ómnibus entera o separada.

El tucumano Osvaldo Jaldo, que se apuró en romper el bloque de UxP en el Congreso en un guiño al oficialismo, calificó el encuentro con Francos como un primer paso para que el Ejecutivo normalice el vínculo con los gobernadores. «Capaz sean los primeros pasos para que el Gobierno empiece a limar asperezas con las provincias. El Congreso tiene que sancionar las leyes que necesita el Presidente pero que den esa reciprocidad para que contemos con los recursos financieros que necesitamos las provincias», sostuvo el mandatario tucumano.

Un día después de la visita de Francos al norte, el Gobierno convocó a la paritaria nacional docente que el Presidente había asegurado que no llamaría.

Cinco días después de gobernadores de JxC para interactuar mano a mano con el Presidente, sin intermediarios, un tiro por elevación al rol de Francos y de Santiago Caputo, el jujeño Carlos Sadir asistió finalmente al convite organizado por Sáenz.

En el bloque de mandatarios provinciales cambiemitas le restaron relevancia. «Todos vamos a recibir al ministro si viene a nuestras provincias. Nuestro planteo tiene que ver con plantearle al Presidente nuestra agenda como un bloque unificado», explicó una fuente involucrada. En JxC interpretaron la promesa de Luis Caputo de discutir el capítulo fiscal pendiente y la ley ómnibus como un guiño a sus demandas.



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La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

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