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POLITICA

Villarruel se diferenció de Milei: cuestionó el envío de las FFAA a Rosario y defendió el aumento a senadores

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Victoria Villarruel se diferenció de Javier Milei y defendió el aumento a los senadores, cuestionó el envío de las Fuerzas Armadas a Rosario, entre otras declaraciones al programa de Jonatan Viale ¿La Ves?, por TN.

“Creo que tienen que ser retribuidos en forma digna. Tienen que ganar bien y actualmente no ganan bien. Cristina Kirchner, como pensionada, gana más de siete veces lo que gana un senador”, dijo en su primera entrevista como vicepresidenta y detalló que un legislador gana menos de dos millones de pesos.

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En esa línea, remarcó: “Si no reciben un sueldo digno para la importantísima tarea que le delegamos los argentinos, solo van a poder ser legisladores los ricos, los corruptos, los narcos o los que tengan sponsor atrás, el resto no va a llegar”.

“Le estamos delegando nuestra vida a futuro. Estas personas promulgan sobre el derecho a la propiedad, sobre nuestra libertad, educación, salud. Después hablamos de si lo hacen bien o mal o poco, pero su función es vital. Quiero tener senadores de calidad. Si van a cobrar poco, ¿no van a ser susceptibles a la corrupción?”, planteó.

Respecto al acuerdo que había firmado junto al titular de Diputados para subir los sueldos de los legisladores, Villarruel insistió con que se debería haber conservado: “Yo lo que creía es que el aumento que se les dio estaba por debajo de la inflación, pero dí marcha atrás porque me lo pidió el Presidente”.

La sesión comenzó caliente luego del fracaso del intento oficialista para postergar el debate. Martín Lousteau emitió un encendido discurso en el que cargó contra el Presidente y su gobierno.
(Foto: NA)
La sesión comenzó caliente luego del fracaso del intento oficialista para postergar el debate. Martín Lousteau emitió un encendido discurso en el que cargó contra el Presidente y su gobierno.
(Foto: NA)

“Se lo dije a Milei y él consideró que, dado que el pueblo está haciendo un esfuerzo sobrehumano para sostener esto, la clase política tenía que acompañarlo aún en desmedro de la responsabilidad que se les está dando”, precisó.

Y agregó: “Considero que tiene que haber paridad en los ingresos de los tres poderes. Nosotros acá hacemos nuestro esfuerzo en el Legislativo, espero que en el Ejecutivo también”.

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Por otro lado, se manifestó en contra del anuncio que hizo este jueves el ministro de Defensa, Luis Petri, respecto al proyecto que enviará con modificaciones en la ley de Seguridad Interior sobre el funcionamiento de las Fuerzas Armadas para los casos de terrorismo como ocurrió en Rosario durante las últimas semanas.

“No estoy de acuerdo. La función de las FFAA no es combatir a los civiles, creo que había quedado claro con el tema de los ‘70. El narco, para el derecho, es un civil”, apuntó y argumentó: “En los ‘70 se combatió al terrorismo. ¿Dónde están los que los combatieron? Presos”.

Petri viajó a Rosario para monitorear el despliegue del equipamiento de las Fuerzas Armadas junto al gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, y el intendente, Pablo Javkin. (Foto: TN)
Petri viajó a Rosario para monitorear el despliegue del equipamiento de las Fuerzas Armadas junto al gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, y el intendente, Pablo Javkin. (Foto: TN)

En ese sentido, explicó que con la legislación vigente si un agente del Estado lucha contra el terrorismo “el plexo legal no lo permite” ya que “los militares solo pueden combatir dentro de nuestro país ante una una declaración de sitio o ante un enemigo estatal del exterior”.

Noticia que está siendo actualizada.-



Victoria Villarruel, Senado

POLITICA

La Corte Suprema declaró constitucional la ley que obliga a usar cinturón de seguridad en todo el país

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por unanimidad el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todo el país. El incumplimiento del mismo será sancionado como una falta vial, es por ello que quienes no lo utilicen podrán ser multados.

En noviembre de 2014, un control de tránsito detuvo a un conductor, llamado por sus siglas D.S.G, cuando circulaba por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento mendocino de Las Heras. Tal como indica la norma provincial, al advertir que no llevaba puesto el cinturón, el oficial de tránsito le hizo una multa.

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Es por ello que D.S.G planteó la inconstitucionalidad de la ley que lo obligaba a usar cinturón cuando se desplazaba en la calle como único ocupante del vehículo. Sostuvo que, en esas condiciones, utilizar o no cinturón era una acción que no afectaba a terceros y debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional. Este artículo 19 dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Los conductores que no utilicen cinturón de seguridad serán multados. Es una norma que rige para todo el país. (Foto: GCBA)

Por unanimidad, la Corte rechazó este planteo de D.S.G y convalidó hoy la constitucionalidad del uso obligatorio del cinturón. Con diferentes votos, los jueces coincidieron en que las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.

En el caso puntual, señalaron que el uso obligatorio del cinturón se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros. En el caso de si se produce un accidente, la falta del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control de su auto y, por ende, afectar directamente a terceros.

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En su sentencia, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero indicó que el planteo de D.S.G se encuentra por fuera de la citada protección.

La Corte recordó que “la protección de la salud (tal el objetivo de la cláusula local que considera falta grave conducir sin cinturón y cabezales de seguridad, instrumentos diseñados para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre un accidente, con el fin de que no se lesione al hacer de freno del cuerpo frente a la brusca desaceleración producida por el impacto) tiene consagración jurídica en épocas relativamente recientes y está vinculada al llamado Estado de Bienestar”. También, que “la tutela de la salud en el específico ámbito vial, el problema de la indiferencia o de la atención jurídica por las consecuencias de la actividad ha tenido distintas etapas de regulación”.

La defensa del conductor que inició el reclamo y la contundente respuesta de la Corte

En su examen, el Máximo Tribunal dijo que D.S.G, en su presentación, sostiene que frente al derecho a la salud hay otro derecho a la “no salud” que, encuadrado dentro de la elección personal de la forma de vida (y eventualmente de muerte), tiene la misma entidad y reclama similar tutela jurídica.

En ese marco, la Corte recorrió su doctrina relativa a los alcances del artículo 19 que “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”. Asimismo, remarcó que “la reserva de este ámbito de autonomía constituye un rasgo característico de nuestro orden constitucional”.

La Corta, además, explicó que “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, ya que lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.

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El recurrente, señaló el Máximo Tribunal, “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales –incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”. Se trata, de acuerdo a lo que apuntó la Corte, de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”.

Por ello, entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.

Corte Suprema, cinturón de seguridad, Ley

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