POLITICA
Qué es una medida cautelar “interina”, la herramienta que utilizó la Corte Suprema para reponer la ley de tierras

La Corte Suprema de Justicia dictó hoy una medida cautelar “interina” que repuso las restricciones a la venta de campos a extranjeros previstas en la ley de tierras.
“Una cautelar es una medida judicial de resguardo de un derecho”, explicó el constitucionalista Alejandro Carrió.
Las cautelares son medidas excepcionales y transitorias que, en casos como el que hoy resolvió la Corte, buscan evitar los daños irreparables que podrían producirse mientras la Justicia tramita una causa hasta que toma una decisión que resuelva el caso.
Hay dos requisitos básicos para su dictado: la verosimilitud del derecho (que sea razonable creer que quien reclama tiene razón) y el peligro en la demora (urgencia).
“La solicita quien tiene un interés legítimo para pedir su protección -dijo Carrió-. Se aplica ante el peligro cierto de que ocurra un hecho que afecte ese derecho, siempre que el derecho invocado parezca verosímil.”
Daniel Sabsay destacó que la medida se “justifica” en situaciones en las que la “velocidad” juega un papel clave para evitar un daño “irreparable”. Magalí Miranda, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Córdoba, explicó que la medida cautelar puede dictarla incluso un juez incompetente (como pasó hoy con la Corte, que dictó la medida y envió la causa al juzgado de primera instancia de Bariloche, donde debe tramitarse). También, que estas medidas se caracterizan porque la regla es que se dictan sin haber escuchado los argumentos de la otra parte.
Pero en este punto hay una excepción: cuando una medida cautelar se dispone contra el Estado Nacional -como en este caso-, la regla es que sí debe pedírsele previamente un informe al Gobierno. Así lo estableció la ley de medidas cautelares contra el Estado, sancionada en 2013, durante el gobierno de Cristina Kirchner.
Esa misma ley prevé, no obstante, la posibilidad de dictar cautelares sin darle intervención previa al Estado: son las cautelares “interinas”, que -dice la norma- sólo pueden disponerse “cuando circunstancias graves y objetivamente impostergables lo justificaran”. En esos casos -establece la ley-, “el juez o tribunal podrá dictar una medida interina, cuya eficacia se extenderá hasta el momento de la presentación del informe o del vencimiento del plazo fijado para su producción”.
Las cautelares interinas están reguladas por el artículo 4, inciso 1, tercer párrafo –mencionado por la Corte–. El artículo 2 de esa misma ley –también citado en el fallo– alude a las medidas cautelares “dictadas por juez incompetente” –como lo sería, en este caso, el máximo tribunal, en tanto los inferiores aún no resolvieron la causa, que sólo podría llegarle a la Corte por vía recursiva–. El fragmento mencionado por los jueces en la sentencia de hoy establece que la cautelar contra el Estado dictada por un juez incompetente tendrá eficacia “cuando se trate de un derecho de naturaleza ambiental”, entre otros casos.
El planteo que resolvió la Corte fue presentado por una asociación ambientalista, dos grupos indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, que invocaron la defensa del ambiente y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
De hecho, al referirse a la cautelar impuesta, el máximo tribunal también citó la Ley General del Ambiente, que establece que en cualquier estado del proceso judicial pueden solicitarse “medidas de urgencia, aun sin audiencia de la parte contraria, prestando debida caución por los daños y perjuicios que pudieran producirse” y que los jueces pueden disponerlas sin petición de parte.
En paralelo, el artículo 2° de la ley que regula las cautelares contra el Estado (26.854) también especifica que “ordenada la medida, el juez deberá remitir inmediatamente las actuaciones al juez que considere competente [como lo hizo hoy con el juzgado de Bariloche], quien, una vez aceptada la competencia atribuida, deberá expedirse de oficio sobre el alcance y vigencia de la medida cautelar concedida, en un plazo que no podrá exceder los cinco (5) días”.
Constitucionalistas consultados por cuestionaron la urgencia de tomar una medida como la adoptada por la Corte Suprema esta mañana. “No parece que la próxima sesión de la Cámara de Diputados pueda ser una razón atendible [como un motivo de urgencia para dictar la cautelar interina] aun cuando, por supuesto, no ha sido ese el fundamento del voto mayoritario”, planteó Carrió en las últimas horas.
El fallo de la Corte
El fallo de la Corte, firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, dice: “Considerando la naturaleza de los derechos invocados (entre los que se encuentran el derecho de obtener una respuesta judicial en tiempo oportuno y el derecho a la protección del medio ambiente), resulta necesario que este Tribunal dicte una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables mientras el proceso retoma su adecuado cauce”.
Además, agrega que “el Tribunal cuenta con atribuciones suficientes para disponer las medidas necesarias para preservar los bienes jurídicos que se invocan como afectados, más allá de las reglas que rigen su competencia”.
A continuación, suspende los efectos del artículo 154 (aquel que deroga la ley de tierras) del decreto 70/2023 “hasta tanto el juez competente [el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche] se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar”.
En cambio, el juez Carlos Rosenkrantz se opuso a la sentencia y votó en disidencia, con alusiones directas a la medida “interina”. Primero, planteó que no le corresponde a la Corte dictar una cautelar “sobre la cual no hubo pronunciamiento de las instancias inferiores”.
Dice que “el hecho de que exista normativa que permite en ocasiones excepcionales el dictado de medidas cautelares o interinas por juez incompetente” no anula lo anterior, dado que está condicionado por requisitos estrictos. Y “en el caso estas condiciones no están cumplidas”, señala.
Respecto de la cautelar “interina”, afirma que tampoco es posible que un juez incompetente, “como lo es esta Corte en las presentes actuaciones”, dicte una medida interina, dado que “están previstas únicamente para cuando, habiéndose solicitado […] existan ‘circunstancias graves y objetivamente impostergables’ que lo justifiquen. Se trata de medidas accesorias de las medidas cautelares solicitadas en el pleito y tienden únicamente a asegurar la efectividad de aquellas mientras se sustancia el trámite específico que prevé la ley. En el caso […] no corresponde el dictado de una medida interina”.
Por último, sobre la disposición de una cautelar en virtud de la Ley General del Ambiente, sostiene que “en la demanda no hay una sola indicación que permita inferir, siquiera mínimamente, que habría un peligro ambiental grave o irreversible que hiciera impostergable la adopción de una medida excepcionalísima”.
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POLITICA
En medio de la polémica por los fondos para discapacidad, Milei acusó a la oposición: “No defienden derechos, defienden cajas”

Javier Milei elevó la tensión por Discapacidad, jubilaciones y universidades mientras el Gobierno mantiene abiertas negociaciones con bloques aliados en el Congreso. El Presidente publicó un extenso mensaje en el que acusó al socialismo de apropiarse de “causas nobles” para justificar gasto público, estructuras burocráticas y el manejo de fondos sin controles suficientes.
El jefe de Estado tituló su publicación “La estafa de las banderas nobles” y sostuvo que ese mecanismo se repite en distintos países de América Latina. Según planteó, primero se toma una demanda con amplio respaldo social y luego se utiliza esa bandera para cuestionar cualquier intento de revisar cómo se administran los recursos.
Milei mencionó expresamente los conflictos con los fondos para discapacidad, jubilados y la universidad pública. En su planteo, esos sectores son utilizados como argumento para evitar auditorías y defender estructuras que, según afirmó, concentran intermediarios, privilegios y recursos públicos.
“No defienden derechos. Defienden cajas”, escribió el Presidente. También reclamó que se abran las cuentas, se publiquen los contratos y que cada responsable explique el destino de los fondos. La publicación no incluyó anuncios de medidas concretas ni modificaciones sobre los proyectos que actualmente discute el oficialismo.
El mensaje aparece en un momento especialmente sensible para la agenda parlamentaria. Discapacidad continúa entre los temas que el Gobierno intenta ordenar con sus aliados, mientras el financiamiento universitario también forma parte de los reclamos que distintos bloques vienen planteando en las conversaciones con el Ejecutivo.
La referencia a las jubilaciones amplió además el alcance político del mensaje. Milei volvió a vincular esas discusiones con su cuestionamiento general al aumento del gasto público y con la necesidad de controlar las estructuras encargadas de administrar fondos estatales.
POLITICA
Bianco sugirió que Kicillof podría competir con Cristina en caso de que fuera habilitada por la Justicia internacional

El ministro de Gobierno bonaerense, Carlos Bianco, sugirió que el gobernador Axel Kicillof podría competir en una eventual PASO con la exmandataria Cristina Kirchner en caso de que la expresidenta recibiera un fallo favorable de la justicia internacional y fuera habilitada posteriormente por los tribunales locales, en un nuevo capítulo de la interna peronista de cara a las elecciones presidenciales de 2027.
Si bien el funcionario bonaerense desestimó una posible candidatura de Fernández de Kirchner, al considerar que un eventual dictamen favorable del Comité de Derechos Humanos de la ONU no sería vinculante, tampoco descartó de plano la posibilidad de competir en una interna si fuera finalmente habilitada.
“No sé, habrá que discutirlo el año próximo. Porque nosotros dijimos que este año no se discuten candidaturas. El año próximo veremos cuál es la situación, quién convocó más, quién representa más”, expresó Bianco, en diálogo con el canal de streaming Cenital, tras ser consultado por la posición de Movimiento Derecho al Futuro (MDF) sobre una eventual candidatura de Fernández de Kirchner.
Sin embargo, Bianco rechazó la posibilidad de que la expresidenta pueda presentarse, aún con un fallo favorable de la Justicia internacional, dado que la Fernández de Kirchner cumple con prisión domiciliaria e inhabilitación para ejercer cargos públicos por la causa Vialidad.
“Se hablaba de un dictamen en octubre (del Consejo de Derechos Humanos de la ONU). Ojalá que suceda. No soy abogado, entiendo que el dictamen no es vinculante para la Justicia argentina. Es una instancia intermedia que tendrá que evaluar la Justicia argentina y ojalá que lo haga por la positiva”, manifestó.
Y reiteró que con Kicillof determinaron que la acción política de este año iba a estar basada en fortalecer el armado político del MDF. “El año que viene veremos”, aventuró.
Por otro lado, el funcionario se mostró a favor de realizar una alianza amplia para vencer a La Libertad Avanza (LLA) en 2027, en un espacio que incluya a otros sectores además de los propios del peronismo.
“Hay que ampliar. Con los propios no alcanza para ganar una elección. Y nunca alcanzó además. El peronismo siempre fue frentista, porque nunca le alcanzó con los puros, los propios”, afirmó.
Respuesta de La Cámpora
La respuesta de dirigentes ligados a La Cámpora no se hizo esperar. Martín Doñate, exsenador por Río Negro, criticó a Bianco por señalar que el eventual dictamen de la ONU no iba a ser vinculante con la Justicia argentina.
“La Argentina ya conoció elecciones con el peronismo y sus líderes proscriptos, y quienes ganaron así gobernaron con la legitimidad prestada. Llegar a 2027 con Cristina presa e inhabilitada sería repetir ese simulacro de democracia, con el agravante de que esta vez habría quienes, desde nuestras filas, estarían dispuestos a ser parte de esa coreografía”, expresó el exlegislador, vía X.
Y afirmó que la recuperación del Estado de derecho exigía terminar con la “persecución judicial”, al advertir que quienes pretendan ser la alternativa al presidente Javier Milei “deberían ser los primeros en asumir esa tarea con los más altos estándares de compromiso y conducta”.
“A esta altura, por la responsabilidad que acumulás, Bianco, y con este tipo de posicionamientos tan deleznables, te estás volviendo un gran problema para la unidad nacional que requiere la hora”, subrayó.
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POLITICA
A pesar del fallo de la Corte Suprema, la oposición insiste con rechazar el DNU que deroga la Ley de Tierras – Nexofin

La Corte Suprema de Justicia ordenó reponer la vigencia de la Ley de Tierras tras una presentación judicial. La decisión provocó un fuerte impacto político y modificó la estrategia legislativa del oficialismo en la Cámara de Diputados.
Ante este nuevo escenario, la administración de La Libertad Avanza decidió desactivar la sesión impulsada por la oposición para el próximo 15 de octubre. En su lugar, el oficialismo convocó a una mega sesión programada para el 21 de octubre con múltiples temas.
Germán Martínez (UxP) y Martín Menem (LLA)
El temario oficialista incluirá la derogación del artículo que permitía la venta sin límites de suelo productivo a capitales extranjeros.
Por su parte, el diputado socialista Esteban Paulón celebró la medida cautelar al señalar que “la Corte toma nota del moco que se mandó” con la normativa.
Además, sectores de la oposición criticaron el fallo y ratificaron que continuarán exigiendo el rechazo completo del DNU 70/2023. El legislador Maximiliano Ferraro advirtió en las redes sociales que “¡la Ley de Tierras vuelve a estar vigente!” hasta que exista una sentencia definitiva.
La extensa jornada parlamentaria proyectada por el oficialismo también abordará nuevos proyectos sobre discapacidad, morosidad financiera y soberanía territorial. Las autoridades nacionales buscan así neutralizar las demandas opositoras y reordenar el debate legislativo.
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