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ECONOMIA

Qué gremios cobran con aumento en agosto 2026 tras las últimas paritarias

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Los sueldos que percibirán en agosto muchos argentinos llegarán con aumentos de sueldo negociados en paritarias. Sin embargo, la estabilización de la inflación por debajo del 2% mensual durante dos meses seguidos, por lo general no llevó a que los porcentajes negociados superaran ese umbral y recuperaran algo de poder adquisitivo de los trabajadores. 

Pero algunas entidades siguen teniendo sus incrementos atados al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), que en junio cerró en 1,9% intermensual. Este es, por ejemplo, el caso de los bancarios. 

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Si bien son muchas las paritarias cerradas durante julio que impactarán en los salarios que llegan a los bolsillos el mes que viene, las siguientes son las de los gremios más fuertes del país. 

Estatales

Los empleados de la Administración Pública Nacional nucleados en la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) aceptaron una actualización salarial del 6,64% para el trimestre junio-agosto de 2026, más un bono remunerativo de $50.000 a pagar en agosto. Las alzas se distribuirán de la siguiente manera:

  • 2,2% en julio
  • 1,9% en agosto más la suma no remunerativa

Luego, se definió una actualización para empleados públicos con regímenes especiales, como los de educación. Y se formalizó un nuevo esquema de recomposición para los integrantes de las Fuerzas Armadas y el personal de la Policía de Establecimientos Navales, con una actualización cercana al 6,2% entre junio y agosto de 2026.

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Empleados de Comercio

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribió una nueva paritaria con las cámaras del sector, con un incremento salarial del 5,7% sobre las escalas de junio para el CCT N° 130/75. Se abonará de la siguiente manera:

  • 1,9% a partir del mes de julio de 2026,
  • 1,9% a partir del mes de agosto de 2026
  • 1,9% a partir del mes de septiembre de 2026.

Los firmantes de la paritaria también acordaron prorrogar la incorporación de la suma fija no remunerativa de $120.000 vigente para su incorporación a las escalas básicas convencionales con la siguiente fórmula:

  • $20.000 con los básicos del mes de diciembre de 2026,
  • $20.000 con los básicos del mes de enero de 2027,
  • $20.000 con los básicos del mes de febrero de 2027,
  • $20.000 con los básicos del mes de marzo de 2027,
  • $20.000 con los básicos del mes de abril de 2027
  • $20.000 con los básicos del mes de mayo de 2027.

Y se pactó el otorgamiento de una asignación extraordinaria y por única vez, de carácter no remunerativo y no acumulativo, por $50.000, pagadera de la siguiente manera:

  • $25.000 a liquidarse junto con el sueldo del mes de julio de 2026
  • $25.000 a liquidarse junto con el sueldo del mes de agosto de 2026.

Las cámaras del sector y FAECyS volverán a reunirse en octubre del corriente.

Construcción

La Unión Obrera de la Construcción (UOCRA) llegó a un nuevo acuerdo para el CCT 76/75. Aplicarán un nuevo ajuste paritario del 6,1% además de dos sumas no remunerativas en total en tres meses.

Lo que sigue es un alza del 2% en julio, sobre la escala de junio, y en agosto otro 1,9% de aumento sobre los salarios de julio y la absorción de la suma no remunerativa de julio.

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Los aumentos salariales son acumulativos. Las sumas no remunerativas van desde los $50.000 a los $70.000 según la categoría, y se pagan un 50% en la primera quincena y el otro 50% en la segunda de los meses indicados, además de estar alcanzadas por los aportes.

Transporte

La Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las cámaras empresarias del transporte automotor de pasajeros pudieron después de mucha conflictividad cerrar su paritaria.

Los trabajadores del transporte público urbano y suburbano de corta y media distancia del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) verá una actualización entre julio, agosto y septiembre de 2026. El convenio fija para el personal de conducción un salario básico de $1.645.721,36 desde el 1° de julio, $1.676.990,06 a partir del 1° de agosto y $1.707.175,88 desde el 1° de septiembre. Los incrementos se aplicarán de manera proporcional al resto de las categorías laborales.

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Además, las partes acordaron el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa de $170.000 para los choferes, que también será proporcional para las restantes categorías y al tiempo efectivamente trabajado. Contempla asimismo una actualización de los viáticos o reintegro de gastos por cada jornada efectivamente trabajada. Los valores serán de $20.000 desde julio, $21.000 desde agosto y $22.000 a partir de septiembre.

Aceiteros

La Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso (FTCIODyARA) y el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros (SOEA) San Lorenzo alcanzaron un acuerdo con las cámaras patronales del sector que llevará el sueldo básico de la actividad por encima de los 2,7 millones de pesos.

El esquema de aumentos pactado con los representantes de CIARA, CIAVEC y CARBIO se aplicará de forma escalonada sobre la categoría inicial —correspondiente al escalafón de peón— bajo el siguiente cronograma:

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  • A partir del 1° de julio de 2026: el salario inicial básico se elevará a $2.578.400 (viniendo de la base anterior de $2.344.000).
  • A partir del 1° de septiembre de 2026: el piso salarial de la actividad trepará a los $2.719.040.

Camioneros

La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios firmó a fines de junio una actualización de su última paritaria, que le agrega una suma no remunerativa de 30.000 pesos a los sueldos que cobran este mes los nucleados en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 40/89.

En el último acuerdo el gremio que lidera Hugo Moyano consiguió un 10,1% de aumento salarial para el período marzo-agosto 2026. Del mismo, quedan por brindar las siguientes alzas:

Mecánicos

El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) cerró un acuerdo para la rama de talleres de reparación y afines (CCT 27/88) para el trimestre julio-septiembre 2026.

El alza se pagará en función de asignaciones no remunerativas con impacto en los adicionales y horas extra, generando una nueva escala salarial a partir del 1 de julio, con un salario de base mínimo en torno a 1,1 millones de pesos por mes.

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Las sumas -que en el caso de los mensualizados van de 72.161 a 107.246 pesos por mes, de acuerdo a la categoría- se integrarán al básico en octubre del corriente.

Empleadas domésticas

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares resolvió el pasado 30 de abril otorgar un alza del 6,5% en total a las empleadas domésticas. De esa subaqueda por abonar un 1,4% en julio. En tanto, la suma no remunerativa correspondiente a marzo se integrará al salario básico en dos etapas: el 50% en abril y el restante 50% en julio.

Bancarios

La actualización los trabajadores afiliados al gremio La Bancaria será del 1,9%, en línea con el IPC de junio. Así el salario inicial para los trabajadores bancarios alcanzará los 2.481.855,32 pesos, e incluye una participación en ganancias (ROE) que se define según la categoría en la escala salarial del convenio 18/75.

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También se actualizó el Día del Bancario, que se cobra el 6 de noviembre de cada año y se debe liquidar en su totalidad. Por ahora quedó en 2.150.328,87 pesos, aunque también irá variando al ritmo del IPC de cada mes.

Ferroviarios

Para los trabajadores de Trenes Argentinos – SOFSA, la Fraternidad se consiguió una actualización de la siguiente manera:

  • 1,7% en abril sobre sueldos de marzo
  • 1,5% en mayo sobre abril y suma no remunerativa de $40.000
  • 2,4% en junio sobre mayo y el aumento del bono de presentismo al 45%
  • 2,2% en julio sobre junio;
  • 1,9% en agosto sobre julio, más suma no remunerativa de $50.000.

El retroactivo debe abonarse antes del 15 de agosto próximo.

Otros sindicatos de la actividad, como ASFA, APDFA y Unión Ferroviaria, acordaron un incremento salarial del 8,03% a partir de julio como retroactivo, más un 1,9% de amento en agosto.

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ECONOMIA

ANSES pagará un bono de hasta $70.000 a jubilados en octubre: quiénes lo cobran

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El Gobierno oficializó un bono de hasta $70.000 para octubre. El monto cambia según el haber previsional y alcanza a jubilados y pensionados de ANSES

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ECONOMIA

Hoy es el Día del Empleado de Comercio: para quiénes es feriado y cómo se paga a los trabajadores

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Este lunes 28 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, trasladado desde la fecha original del 26 en base a un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector. Los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 podrán decidir si prestan tareas.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que el cambio de fecha fue acordado por las partes firmantes del convenio. Según el comunicado, “el lunes 28 los empleados mercantiles convencionados dentro del mencionado Convenio Colectivo tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante la jornada”.

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Los comercios no tienen obligación de cerrar. La entidad precisó que la conmemoración no impide la apertura de los establecimientos si son atendidos por sus propietarios o por empleados que acepten trabajar ese día.

Cuánto cobran los que trabajan

Quienes trabajen el lunes deberán cobrar la remuneración correspondiente con un recargo del 100%, sin que ello genere un descanso compensatorio. La CAC señaló: “Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.”

“Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará (no afecta presentismo, ni se aplican descuentos). Por ello, en materia de salario se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal,” señaló la Cámara.

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El origen de la fecha

El origen de la celebración se vincula con el 26 de septiembre de 1934, día en que fue promulgada la Ley 11.729. Esa norma representó un antecedente para la regulación del trabajo mercantil: incorporó derechos laborales para el sector y estableció bases que luego tuvieron influencia en la negociación colectiva de la actividad.

La fecha quedó asociada a la organización de los empleados del comercio y a la incorporación de garantías para una actividad que reúne tareas y rubros muy diversos.

El Día del Empleado de Comercio fue establecido por la Ley 26.541, sancionada en 2009. La norma fijó el 26 de septiembre como fecha anual de la conmemoración, en referencia a la promulgación de la Ley 11.729, y dispuso que la jornada tuviera el carácter de descanso remunerado para quienes se encuentran alcanzados por la actividad mercantil.

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La legislación equiparó sus efectos a los de un feriado nacional para los trabajadores comprendidos. De ese modo, el sentido de la fecha quedó ligado tanto al reconocimiento de las conquistas laborales históricas del sector como a la preservación de la remuneración de quienes optan por no prestar servicios.

La norma se aplica a los empleados incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que ordena las relaciones laborales de buena parte de la actividad comercial. El convenio alcanza, entre otros rubros, a supermercados, comercios de todos los sectores, tiendas de indumentaria, perfumerías y locales de electrodomésticos. En todos esos locales, ya sean minoristas o mayoristas, se aplican las normas establecidas en la ley en relación a si existe o no obligación de trabajar y a la remuneración correspondiente.

La celebración también cuenta con antecedentes recientes de traslados cuando el 26 de septiembre coincide con un día que dificulta la organización habitual de la actividad. En 2025, por ejemplo, las entidades empresarias y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios acordaron pasar la conmemoración al lunes 29 de septiembre. Para este año, el acuerdo trasladó la fecha al lunes 28, sin alterar la referencia histórica que motivó su creación.

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La Ley 26.541 consolidó una jornada propia para los trabajadores mercantiles, con el 26 de septiembre como fecha de referencia en el calendario laboral argentino.

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ECONOMIA

Un plazo fijo de $2 millones puede dejar casi $15.000 más si lo hacés online

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Una diferencia de apenas 3 puntos en la tasa puede representar casi $15.000 más para quienes colocan $2 millones durante 90 días


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Cuánto rinde un plazo fijo de $2.000.000 a 90 días

Qué bancos ofrecen las tasas más altas

TNA y TEA no significan lo mismo

  • La TNA funciona como una referencia anual para calcular los intereses de la colocación. En un plazo fijo de 90 días, el rendimiento efectivo del período surge de aplicar esa tasa al tiempo durante el cual queda inmovilizado el dinero.
  • La TEA, en cambio, contempla el efecto de reinvertir los intereses durante un año. Por eso suele ser superior a la TNA y sirve para comparar alternativas cuando se supone que el capital y los intereses se renuevan periódicamente.

Qué pasa si necesitás el dinero antes de los 90 días



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