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ECONOMIA

Rige la libre exportación de crudo y gas, Energía eliminó los permisos previos

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La Secretaría de Energía dio de baja las antiguas reglamentaciones que exigían autorizaciones previas y oferta prioritaria al mercado interno para poder exportar petróleo y gas. Aunque el principio de libre comercio exterior ya estaba fijado por la Ley de Bases, la operatoria diaria ante la Aduana seguía supeditada a resoluciones históricas que mantenían vivo el trámite burocrático.

Con la adecuación de los manuales de procedimiento, el Estado oficializó este miércoles la Resolución 166/2026 y pone en marcha de forma efectiva el régimen de silencio positivo a los 30 días, garantizando a las empresas la previsibilidad necesaria para cerrar contratos de exportación a largo plazo.

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El núcleo de la medida ratifica el cambio de paradigma en la comercialización al exterior de petróleo crudo, derivados y gas licuado de petróleo (GLP). A través de las reformas introducidas a la Ley de Hidrocarburos 17.319 por la Ley de Bases 27.742, la legislación establece la libertad comercial como principio rector para la industria energética.

Para respaldar jurídicamente este criterio sin margen de interpretación discrecional, la Resolución 166/2026 se fundamenta formalmente en los textos legales vigentes. Según se destaca de manera textual en los considerandos de la disposición, «los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, sujeto a la no objeción de la Secretaría de Energía».

Asimismo, la disposición restringe el margen de intervención estatal al establecer un límite taxativo para cualquier posible observación oficial sobre los cargamentos. El texto aclara expresamente que «la eventual objeción de la Secretaría de Energía sólo podrá ser formulada dentro de los 30 días de puesta en su conocimiento las exportaciones a practicar, debiendo estar fundada en motivos técnicos o económicos que hagan a la seguridad del suministro. Transcurrido dicho plazo, no podrá realizar objeción alguna».

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La instrumentación operativa en la Aduana

Para canalizar la operatoria de forma transparente, la norma formaliza la creación del Registro de Operaciones de Exportación, en el cual deberán asentarse todas las notificaciones, objeciones y constancias emitidas en el marco de la desregulación.

Asimismo, la resolución delimita en su articulado de manera taxativa cuáles son los productos cuya exportación queda sujeta a este procedimiento estandarizado, identificados bajo las Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) como aceites crudos de petróleo y aceites crudos de mineral bituminoso, gasolinas excepto de aviación y gasóleo / gasoil, y gases como propano crudo, otros propanos, butano y mezcla de Gas Licuado de Petróleo.

Aunque la Ley 27.742 consagró la libertad de exportación en el Congreso y el Decreto 1.057/2024 detalló su marco general a fines de 2024, en el plano administrativo faltaba adaptar la normativa secundaria. Las operadoras de la cuenca neuquina y del resto de las áreas productivas requerían la baja formal de los viejos regímenes procedimentales que subsistían en los sistemas informáticos oficiales.

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En el terreno práctico, la Resolución de hoy cumple la función indispensable de despejar la normativa previa. Así, la norma deroga las reglamentaciones que obligaban a tramitar autorizaciones explícitas o a ofrecer prioritariamente los volúmenes en el mercado local bajo esquemas de verificación previa.

Al quedar dados de baja dichos manuales de procedimiento, los sistemas de la Dirección General de Aduanas (DGA/AFIP) se alinean de forma definitiva con el principio de silencio positivo a los 30 días.

El circuito administrativo queda configurado bajo tres ejes operativos clave. El primero de ellos es la presentación directa, por lo cual la empresa comunica su intención de despacho informando las posiciones de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) correspondientes al cargamento.

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El otro eje es el plazo perentorio, dado que comienza a correr el plazo de 30 días corridos para que el organismo estatal analice los datos de respaldo, y finalmente, la aprobación automática, la que en caso de no existir observaciones de índole técnica o de seguridad de abastecimiento formuladas en tiempo y forma, la operación queda formalmente habilitada sin requerir un acto administrativo expreso de aprobación.

Previsibilidad para contratos de largo plazo

La trascendencia de esta resolución radica en otorgar certidumbre al eslabón aduanero y logístico. La exportación hidrocarburífera en la Argentina involucra compromisos internacionales de gran escala, fletes marítimos programados con estricta antelación y financiamiento de infraestructura de evacuación masiva, como oleoductos y terminales marítimas.

Al erradicar la incertidumbre sobre eventuales bloqueos de despachos a último momento, las empresas refinadoras y productoras disponen de una herramienta concreta para suscribir contratos de suministro a largo plazo con compradores internacionales (take-or-pay o compromisos plurianuales).

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La estandarización del procedimiento aduanero consolida la previsibilidad indispensable para el desarrollo de inversiones en Vaca Muerta y en las distintas cuencas productivas de la Argentina.

El ordenamiento de la Secretaría de Energía llega en un momento clave para la balanza comercial energética. Esta semana, la cartera económica destacó que durante mayo se exportaron 9,4 millones de barriles desde Puerto Rosales, marcando el mayor volumen mensual jamás registrado para esa terminal clave en la evacuación de la producción no convencional de la Argentina.

El salto operativo consolida una tendencia de fuerte aceleración en los despachos al exterior. Entre enero y mayo de este año, Puerto Rosales registró un incremento del 115% en los volúmenes exportados en comparación con el mismo período de 2025.

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En este escenario de crecimiento exponencial en la salida de crudo, la simplificación del trámite aduanero y la certeza sobre el plazo de aprobación automática pasan a ser elementos determinantes para acompañar el ritmo logístico del sector.

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ECONOMIA

El Gobierno promulgó la Ley de Zonas Frías: los 94 municipios que pierden el subsidio y cuándo empieza a regir la nueva norma

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La nueva ley redefine el esquema de subsidios y podría generar aumentos en la factura de gas para millones de usuarios (Imagen ilustrativa Infobae)

FOTOS SENADO- VOTACION ZONAS FRIAS
El Senado aprobó la reforma al régimen de Zonas Frías el 24 de septiembre, con 38 votos a favor y ocho en contra
  • 25 de Mayo
  • 9 de Julio
  • Adolfo Alsina
  • Adolfo Gonzales Chaves
  • Alberti
  • Arrecifes
  • Ayacucho
  • Azul
  • Bahía Blanca
  • Balcarce
  • Baradero
  • Benito Juárez
  • Bolívar
  • Bragado
  • Cañuelas
  • Capitán Sarmiento
  • Carlos Casares
  • Carlos Tejedor
  • Carmen de Areco
  • Castelli
  • Chacabuco
  • Chivilcoy
  • Colón
  • Coronel Pringles
  • Coronel Rosales
  • Coronel Suárez
  • Daireaux
  • Dolores
  • Florentino Ameghino
  • General Alvarado
  • General Alvear
  • General Arenales
  • General Belgrano
  • General Guido
  • General La Madrid
  • General Las Heras
  • General Lavalle
  • General Madariaga
  • General Paz
  • General Pinto
  • General Pueyrredon (Mar del Plata)
  • General Rodríguez
  • General Viamonte
  • General Villegas
  • Guaminí
  • Hipólito Yrigoyen
  • Junín
  • La Costa
  • Laprida
  • Las Flores
  • Leandro N. Alem
  • Lincoln
  • Lobería
  • Lobos
  • Maipú
  • Mar Chiquita
  • Marcos Paz
  • Mercedes
  • Monte
  • Monte Hermoso
  • Navarro
  • Necochea
  • Olavarría
  • Pehuajó
  • Pellegrini
  • Pergamino
  • Pilar
  • Pinamar
  • Puan
  • Ramallo
  • Rauch
  • Rivadavia
  • Rojas
  • Roque Pérez
  • Saavedra
  • Saladillo
  • Salliqueló
  • Salto
  • San Andrés de Giles
  • San Antonio de Areco
  • San Cayetano
  • San Nicolás
  • San Pedro
  • Suipacha
  • Tandil
  • Tapalqué
  • Tordillo
  • Tornquist
  • Trenque Lauquen
  • Tres Arroyos
  • Tres Lomas
  • Villa Gesell
  • Villarino



FOTOS SENADO- VOTACION ZONAS FRIAS

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ECONOMIA

Cuánto cobra un vigilador en octubre y cuánto suben los sueldos de seguridad privada hasta diciembre

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El nuevo arreglo en el sector establece subas escalonadas, recomposición de haberes y mejoras en condiciones laborales para los empleados


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Cuánto cobra un empleado de seguridad privada en octubre de 2026

  • Vigilador General: $1.053.200
  • Vigilador Bombero: $1.123.000
  • Administrativo: $1.155.100
  • Vigilador Principal: $1.191.000
  • Verificación de Eventos: $1.123.000
  • Operador de Monitoreo: $1.123.000
  • Guía Técnico: $1.155.100
  • Instalador de Sistemas Electrónicos: $1.191.000
  • Controlador de Admisión y Permanencia General: $1.053.200

Cuánto aumentó el sueldo de seguridad privada en octubre

  • Vigilador Bombero, Verificación de Eventos y Operador de Monitoreo: de $1.105.700 a $1.123.000
  • Administrativo y Guía Técnico: de $1.137.100 a $1.155.100
  • Vigilador Principal e Instalador de Sistemas Electrónicos: de $1.172.100 a $1.191.000
  • Controlador de Admisión y Permanencia General: de $1.037.600 a $1.053.200

Cómo queda la escala salarial de seguridad privada hasta diciembre

  • Septiembre: $1.037.600
  • Octubre: $1.053.200
  • Noviembre: $1.069.000
  • Diciembre: $1.085.000
  • Vigilador Bombero, Verificación de Eventos y Operador de Monitoreo: $1.123.000, $1.140.500 y $1.159.500
  • Administrativo: $1.155.100, $1.173.400 y $1.194.000
  • Vigilador Principal: $1.191.000, $1.210.200 y $1.232.300
  • Guía Técnico: $1.155.100, $1.173.400 y $1.193.900
  • Instalador de Sistemas Electrónicos: $1.191.000, $1.210.200 y $1.232.300
  • Controlador de Admisión y Permanencia General: $1.053.200, $1.069.000 y $1.085.000

Qué suma no remunerativa cobran los empleados de seguridad privada

  • Julio: $20.000
  • Agosto: $30.000
  • Septiembre: $50.000
  • Octubre: $60.000
  • Noviembre: $70.000
  • Diciembre: $120.000

Cuánto se cobra por viáticos en octubre

Qué adicionales cobran los empleados de seguridad privada

  • Julio: $135.660
  • Agosto: $138.200
  • Septiembre: $140.600
  • Octubre: $142.700
  • Noviembre: $144.900
  • Diciembre: $147.000

Qué descuento tienen los empleados de seguridad por el aporte solidario del 2%

  • Vigilador General: $21.064
  • Vigilador Bombero, Verificación de Eventos y Operador de Monitoreo: $22.460
  • Administrativo y Guía Técnico: $23.102
  • Vigilador Principal e Instalador de Sistemas Electrónicos: $23.820
  • Controlador de Admisión y Permanencia General: $21.064

Cuánto cobra un empleado de seguridad privada en diciembre de 2026

  • Vigilador Bombero: $2.019.600
  • Administrativo: $2.062.000
  • Vigilador Principal: $2.108.000
  • Verificación de Eventos: $2.019.600
  • Operador de Monitoreo: $2.019.600
  • Guía Técnico: $2.061.900
  • Instalador de Sistemas Electrónicos: $2.108.000
  • Controlador de Admisión y Permanencia General: $1.930.000



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ECONOMIA

León XIV y la Doctrina Social de la Iglesia

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El Papa León XIV visitará la Argentina los primeros días de noviembre. Será el segundo Pontífice en la historia en venir a nuestra tierra. Habrán pasado casi cuarenta años desde la última visita de Juan Pablo II, quien pisó y besó nuestro suelo en dos oportunidades (1982 y 1987). Uno se pregunta entonces, más allá de lo pastoral, cuáles pueden ser los temas en los que pondrá énfasis el Santo Padre, en sus homilías y discursos. Difícil saberlo exactamente, pero, no me caben dudas, que habrá de referirse en algún momento a lo tratado en su primera encíclica “Magnifica Humanitas” (Magnífica Humanidad), sobre la custodia de la persona humana en el tiempo de la Inteligencia Artificial. Es de notar, que la mayoría de los análisis que se han hecho sobre la encíclica, se han referido al tratamiento de lo que tiene que ver con los avances en el uso de la Inteligencia Artificial y sus posibles consecuencias, así como en la forma de regularla. Sin embargo, al leerla, uno puede hacer hincapié también en las referencias que hizo el Santo Padre sobre la Doctrina Social de la Iglesia, su carácter, evolución y los principios en los que se apoya; doctrina que, desde siempre ha despertado posiciones encontradas. Es a ello a lo que quiero referirme.

Respecto al carácter de la Doctrina Social, la encíclica nos recuerda que es dinámico, es decir que surge de una Iglesia “que camina con la humanidad”; que “reconoce la autonomía de las realidades terrenas y la distinción entre comunidad eclesial y comunidad política y, precisamente, por eso, aspira a servir al bien común”; que “se ofrece como una presencia que ayuda a leer en profundidad la realidad”; que se “sitúa a la par del mundo sin imponerse sobre él”. En una palabra, que la Iglesia, a través de su Doctrina Social, “participa con compromiso en los caminos a través de los cuales la sociedad misma crece y se organiza, y ofrece su contribución al logro de una convivencia más justa y fraterna”. “No es un manual de principios y normas que hay que aplicar, sino un camino de discernimiento comunitario”.

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Promover o procurar el bien común, pareciera ser un principio que no debería generar demasiadas controversias: todo individuo es un ser en relación con otros y con una comunidad

En cuanto al desarrollo y evolución de la Doctrina Social, la encíclica parte de los tiempos en que fue promulgada la Rerum novarum, por parte de León XIII, en 1891, que trataba sobre la llamada “cuestión obrera”, hasta terminar mencionando las de Francisco, Laudato si y Fratelli Tutti, sobre el cuidado de la creación, la centralidad de la paz y la fraternidad. Asimismo, en la encíclica, León XIV, como un continuador de alguna manera de León XIII, no sólo por el nombre elegido, sino por esta primera temática abordada, nos recuerda los cinco principios en los que se apoya la Doctrina Social de la Iglesia, partiendo del reconocimiento de la dignidad de todos los seres humanos creados a imagen y semejanza de Dios y del altísimo valor de los derechos humanos. Veamos muy brevemente algo de lo que el Papa nos quiso recalcar de cada uno de ellos:

Promover o procurar el bien común, pareciera ser un principio que no debería generar demasiadas controversias, ya que todo individuo es un ser en relación con otros y con una comunidad. Así, los intereses del conjunto representan un bien mayor agregado al individual. “El bien común es un plus, resultado de la interacción y de la influencia recíproca que une diferentes acciones, iniciativas, esfuerzos y decisiones. Si se sumaran simplemente los bienes individuales, no se podría explicar la existencia de este plus que los supera y al mismo tiempo los enriquece”, dice la encíclica, para luego agregar: “Trabajar juntos en pos del bien de todos significa tener un proyecto compartido”. Y refiriéndose al rol del Estado señala: “Corresponde al Estado garantizar la cohesión, la unidad y una justa organización de la sociedad civil, para que el bien común realmente pueda ser procurado con la contribución de todos.”

El principio del destino universal de los bienes, puede entrar en conflicto entre quienes reducen todo a los derechos absolutos sobre la propiedad privada y los que no. Como si los primeros dijeran: esto es mío y hago lo que quiero con él. La encíclica nos recuerda “que los bienes de la tierra —el suelo, el agua, el aire y los recursos naturales— han sido dados por Dios a toda la familia humana para sostener la vida de todos, hoy y en las futuras generaciones, y que toda persona tiene un derecho originario al uso de dichos bienes”. Pero aclara que, “no es conforme con el designio de Dios, usar este don de modo tal que sus beneficios favorezcan sólo a unos pocos”. Y al referirse a los bienes, habla de los materiales y de los inmateriales y culturales, entre ellos las nuevas tecnologías. En este sentido, la tradición de la Iglesia siempre ha visto en la propiedad un medio “para custodiar y administrar los bienes de manera que puedan servir mejor al bien común”, pero nunca como un derecho absoluto o intocable, sino que “su función social debe ser considerada como una doctrina cierta de la Iglesia”.

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El principio del destino universal de los bienes, puede entrar en conflicto entre quienes reducen todo a los derechos absolutos sobre la propiedad privada y los que no

El principio de subsidiariedad, también despierta oposición entre quienes consideran que los Estados no deben intervenir en nada o los que piensan que debe intervenir en todo. La encíclica nos dice que la Iglesia “llama subsidiariedad al principio según el cual aquello que pueden hacer las personas, las familias, las comunidades locales y los cuerpos intermedios no debe ser absorbido por instancias superiores. Las instituciones de nivel superior deben reconocer, proteger y promover la libertad y la creatividad de los niveles inferiores, coordinando sus aportaciones para que cooperen eficazmente al bien común”. De alguna manera nos está sugiriendo que en todo aquello que pueda realizar la llamada actividad privada o el tercer sector, no debiera inmiscuirse el Estado, salvo para algún tipo de armonización en busca de un sano equilibrio. Y más adelante, señala que este principio “alienta a superar toda forma de gestión paternalista o asistencialista de la vida social, promoviendo un estilo de corresponsabilidad: un Estado que valora la iniciativa de los ciudadanos y una sociedad civil capaz de generar vínculos y activar energías al servicio del bien común”.

El principio de solidaridad, pareciera, en general, darse por aceptado, pero en la práctica no resulta tan así, ya que este principio, como dice la encíclica, está estrechamente vinculado al de subsidiariedad y ambos al del bien común. La encíclica menciona que este principio “nace de la visión de persona concebida por la fe; todo ser humano es creado a imagen de Dios e incorporado a una red de relaciones que lo vinculan a los demás, a los pueblos y a la creación… La solidaridad, pues, es el reconocimiento concreto de que el destino de cada uno está ligado al destino de todos”. Y menciona aquello de que nadie se salva solo. “La solidaridad nace precisamente cuando decidimos no permanecer indiferentes frente a aquello que le sucede a nuestro prójimo y transformamos vínculos inevitables en itinerarios de intercambio, de cooperación y de cuidado mutuo, aprendiendo a pensar y actuar en términos de comunidad”. Pero hace una advertencia respecto a estos dos últimos principios, que resulta de interés remarcar: “Cuando la subsidiariedad no está acompañada de la solidaridad, termina por transformarse en la simple protección de intereses particulares”.

El principio de solidaridad, pareciera, en general, darse por aceptado, pero en la práctica no resulta tan así

Por último, está el principio de justicia social. Ya sabemos todas las controversias que genera, sobre todo en nuestro país, donde algunas fuerzas políticas lo han utilizado a lo largo de la historia como una de sus banderas, tal vez procurando una cooptación del electorado por sus creencias religiosas, y otros la rechazan haciéndola culpable de los males que nos aquejan. “La justicia social se reconoce, por la capacidad de un orden social, económico y político que permita a todos, y en particular a los más frágiles, vivir de manera realmente humana, sin que ninguno se quede atrás. En esta perspectiva, la justicia social exige mirar a las personas y a los pueblos comenzando por los que son más vulnerables: los pobres, los migrantes, los refugiados, los desplazados internos, las víctimas de la violencia, las personas que viven en periferias urbanas o existenciales”, nos recuerda entre otras cosas la encíclica. En este sentido, aparece con claridad para la Iglesia, la llamada “opción preferencial por los pobres”. “El Magisterio reciente ha insistido en el hecho de que la justicia social exige una mirada cuyo punto de partida sean los últimos”. Además, señala que “la idea de justicia social ayuda a reconocer que las injusticias no nacen sólo de decisiones equivocadas de los individuos, sino también de estructuras, mecanismos, sistemas económicos y culturales que producen desigualdad casi automáticamente”.

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Pienso que, con el paso de los días y la mayor cercanía de la visita papal, la reflexión individual y colectiva sobre estos principios, puede preparar nuestro espíritu y corazón, más allá de cualquier ideología, para una acogida más plena de sus posibles palabras, recordando siempre que el Papa cuando habla lo hace pensando no sólo en la comunidad que visita, sino en toda la humanidad y que, en ello, reside la catolicidad.

El autor es licenciado en Administración y escritor. Su último libro es una biografía sobre San Carlo Acutis (V&R)

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