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POLITICA

La inocente casa que bajo el suelo esconde un secreto terrorífico de hace 800 años

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A simple vista, Beckets House parece una casa más dentro del pintoresco pueblo de Eastry, en Kent, Inglaterra. Con su fachada tradicional y su aire acogedor, pocos imaginarían que esta residencia de cinco dormitorios y dos baños esconde bajo sus cimientos un secreto histórico que se remonta a más de 800 años.

Lo que diferencia a esta propiedad de cualquier otra no es solo su arquitectura medieval bien conservada, sino el intrincado laberinto de túneles que se extienden a una profundidad de entre 15 y 20 metros. Estos pasadizos ocultos son parte de algunos de los episodios más turbulentos de la historia británica, en este caso, la persecución del arzobispo Thomas Becket por orden del rey Enrique II.

Thomas Becket, quien fuera arzobispo de Canterbury, tuvo una relación tensa con Enrique II debido a un conflicto sobre los derechos y privilegios de la Iglesia. En 1164, tras desobedecer al rey, Becket se vio obligado a huir para salvar su vida. Se cree que en su escape hacia Francia utilizó los túneles de Beckets House como refugio temporal mientras esperaba un barco en la cercana localidad de Sandwich.

Sin embargo, su destino no cambió. En 1170, Becket fue asesinado dentro de la Catedral de Canterbury por un grupo de caballeros que interpretaron las palabras del rey como una orden directa para eliminarlo. Su martirio lo convirtió en santo, siendo canonizado por el Papa Alejandro III poco después de su muerte.

Thomas Becket se escondió en las cuevas de esta mansión para protegerse de los enviados del rey Enrique II que buscaban asesinarlo

La casa Beckets no solo guarda este impresionante camino subterráneo, sino que su estructura medieval sigue intacta. Elementos como las vigas expuestas, los suelos de madera originales, las puertas y ventanas de guillotina, así como sus chimeneas de época, la convierten en una verdadera joya arquitectónica.

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Además, la propiedad cuenta con una distinción especial: la placa de diamante rojo de los Edificios Históricos de Kent, un reconocimiento otorgado a construcciones con un valor patrimonial significativo. A pesar de su importancia histórica, Beckets House está actualmente en venta por un precio de un millón de libras esterlinas. La propiedad no solo ofrece una oportunidad única para vivir en un lugar con siglos de historia, sino que incluye comodidades modernas como un enorme estacionamiento, establos y amplios jardines con gran cantidad de flores que rodean a un pequeño lago artificial.

La historia de Thomas Becket el arzobispo asesinado por el rey Enrique II

Los actuales propietarios, que vivieron allí durante más de 20 años, contaron al diario The Sun haber seguido descubriendo secretos con el paso del tiempo: “Nos enamoramos de Beckets en cuanto la vimos y luchamos por adquirirla. A lo largo de los años, encontramos detalles increíbles tanto en la superficie como bajo tierra. Ahora sentimos que es momento de pasarle la posta a nuevos dueños que sepan apreciar la magia de este lugar”.

Por su parte, la agencia inmobiliaria Fine & Country destacó el valor único de la propiedad en una de sus publicaciones en internet. “Existen muchas casas especiales en el Reino Unido, pero pocas ofrecen acceso exclusivo a un laberinto subterráneo con conexiones directas a una leyenda histórica. Beckets House no es solo una residencia, es un pedazo de historia”, aseguraron.

POLITICA

Caso Vialidad: el fiscal Villar pidió que la Corte Suprema duplique la condena contra Cristina Kirchner por corrupción

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El fiscal general Mario Villar presentó ante la Cámara Federal de Casación Penal su a la confirmación de la condena contra Cristina Kirchner por administración fraudulenta en perjuicio del Estado. El Ministerio Público Fiscal insiste en que la Corte Suprema agrave la acusación y que a la ex vicepresidenta también se le atribuya el delito de asociación ilícita en carácter de jefa. Esa modificación lleva su condena a doce años de cárcel. También, la fiscalía ante el máximo tribunal penal apeló la absolución de Julio De Vido.

El año pasado, la Sala IV de la Casación Federal con un voto mayoritario confirmó la condena por corrupción contra Cristina en el caso Vialidad, pero únicamente por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

Ahora, el Ministerio Público Fiscal -sosteniendo el criterio planteado por el fiscal de juicio, Diego Luciani- volvió a marcar que debe incorporarse en la acusación el delito de asociación ilícita. Será la Corte Suprema la que revisará la confirmación de la condena del caso Vialidad.

”El delito de asociación ilícita se caracteriza por castigar la membresía, o la actuación como miembro de ésta, sin necesidad de que se ejecuten los hechos planificados. Entonces: ¿cómo se explica que traten de excluir la aplicación de este tipo penal por cómo se tratan jurídicamente los hechos cometidos posteriormente? La Cámara de Casación no lo contesta”, sostuvo en su apelación el fiscal Mario Villar.

El 6 de diciembre de 2022, Cristina Kirchner se convirtió en la primera vicepresidenta en ejercicio del poder con una condena por corrupción. El TOF 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, la encontró culpable de fraude contra el Estado. El daño ocasionado se estimó en 85.000 millones de pesos.

La sentencia fue revisada por la Cámara de Casación, que confirmó que con “grado de certeza, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.

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En respuesta al criterio del máximo tribunal penal, el representante del Ministerio Público Fiscal, indicó ahora que la Casación “omite hacer un análisis de tal jurisprudencia que se ocupa del delito de asociación ilícita y determinar cuáles son sus consecuencias, ni cómo deriva de ella sus conclusiones“.

Las obras viales licitadas en suelo santacruceño fueron “sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas” a Báez, dijo el Tribunal y añadió que la conformación de su holding y el crecimiento económico del mismo, fue “exponencial” y el mismo se vio “directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.

El voto unánime fue para confirmar las penas sobre Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y el resto de los acusados. El voto minoritario del camarista Gustavo Hornos, al igual que el que había firmado el juez Andrés Basso en el juicio oral, consideró que la ex vice también debía ser acusada como jefa de una asociación ilícita.

Cuando la fiscalía analizó esta postura, señaló que para interpretar un “elemento del tipo de la asociación ilícita que, como dijimos antes, ya estaba consumada, ¿con qué fundamento lo hace? No lo dice en ningún momento de las 1.541 páginas; nuevamente ausencia de respuesta de la cámara de casación, por consiguiente, falta de fundamentación”.

La fiscalía representada ante el máximo tribunal penal por Mario Villar, sostuvo en reiterados planteos que durante el período en el que -a criterio de la Casación-, operó una “maquinaria de corrupción”, funcionó “una asociación ilícita”. Así lo manifestó cuando sostuvo los argumentos de su par de juicio, Diego Luciani.

Para la fiscalía se cumplen todos los elementos que el Código Penal exige para aplicar una asociación ilícita. «Se necesitaba un empresario que estuviera dispuesto a colaborar en este sistema, todo para lograr los fines de la asociación ilícita” y para esto “se creó un sistema de corrupción usando un fin noble que es la obra pública vial”.

“En esta cadena de funcionarios aparece la Dirección Provincial de Vialidad, este esquema y estas personas llevaron adelante las 51 defraudaciones contra la administración pública, no fue el Estado el que la cometió”, explicó Villar.

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Las 51 licitaciones, ¿un solo delito?

La Sala IV de la Cámara de Casación basó el rechazo de la asociación ilícita en la idea de que hay un único hecho, porque la asociación ilícita requiere delitos indeterminados, que deben ser planificados “esa multiplicidad de planes no estarían dadas para el Tribunal, algo que es erróneo”, explicaron fuentes del Ministerio Público Fiscal.

Se habló, en este punto, sobre un hecho delictual “que se cometió durante tres administraciones presidenciales”. Se trata “de tres administraciones distintas y en cada una de ellas se volvió a elegir” a quienes estuvieron en cada rol investigado. Entonces, “no es una única administración”, remarcó el fiscal Villar.

Al convertir 51 hechos en uno solo, los camaristas Borinsky y Barroetaveña sostienen que lo que no se cumple es el elemento de planes indeterminados.

Del otro lado de ese argumento se posicionó el camarista Hornos, quien consideró que la estructura investigada funcionó “ininterrumpidamente durante más de doce años, desde el inicio del mandato de Néstor Kirchner en 2003 hasta el fin del segundo mandato de Fernández de Kirchner en 2015, y se basaba en una red de colaboradores estratégicos que ocupaban posiciones clave en la administración pública”.

Avalando el criterio del Ministerio Público Fiscal, señaló que la maniobra “no consistió en una serie de licitaciones aisladas o negligencias administrativas, sino en una asociación delictiva estable y continua que explotó el aparato estatal para su beneficio”.

Durante su apelación, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo: “aquí se dieron tres administraciones presidenciales, lo cual produce un corte en la unidad y cuanto menos si las 51 licitaciones no debían ser consideradas en concurso real, ddeberían haber sido tratadas en concurso real por las tres administraciones”.

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Lo cual implica -amplió la fiscalía-, “una multiplicidad de planes, en la lógica del Tribunal de 51 planes ejecutados a tres planes ejecutados. Qué contesta la cámara de casación a esto: nuevamente nada. Este argumento alternativo en favor de los múltiples planes delictivos de la asociación ilícita queda sin respuesta”.

El tipo de delito

El Ministerio Público Fiscal considera que existió una “asociación ilícita integrada por Cristina Kirchner, Julio De Vido, José López, Nelson Periotti y Lázaro Báez”, que realizaron los hechos investigados” y que -a su vez- se “organizaron para cometerlos”.

Entiende la fiscalía que en el caso Vialidad se cumplen los elementos de la asociación ilícita: se da el elemento organizacional, la voluntad unificada y la indeterminación de los delitos.

Respecto a este último punto surge la mayor discusión. Los camaristas Borinsky y Barroetaveña entendieron que las 51 licitaciones adjudicadas responden a un sólo hecho de administración fraudulenta, y no habría planes múltiples sino una sola gran defraudación.

El Ministerio Público Fiscal considera que cada licitación es una defraudación en sí misma, es decir que cada proceso licitatorio constituyó un delito individual lo que permite sostener uno de los elementos indispensables de la asociación ilícita que responde a la multiplicidad de los ilícitos cometidos.

En este caso, “la gravedad de los hechos de corrupción, una defraudación cometida por funcionarios públicos durante doce años lo que habla de un delito continuado”, explicó una fuente judicial a Clarín.

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A diferencia de sus pares de la Sala IV, el juez Gustavo Hornos sostuvo que “nada impide que dentro de una estructura estatal se configure una organización criminal, si el propósito de la misma es el de cometer delitos sistemáticos en beneficio de sus miembros. En otras palabras, la ilegalidad de la finalidad y la planificación criminal eran lo que realmente definían la asociación ilícita, más allá de los cargos o funciones previas de los involucrados”.

La fiscalía llega ante la Corte Suprema con un fallo que en su voto minoritario avala la tesis que Diego Luciani expuso durante el juicio: existió una asociación ilícita que encabezó Cristina Kirchner.

La estrategia de la organización fue clara: “utilizar el aparato estatal y la burocracia administrativa como una fachada para encubrir los delitos cometidos. Este modus operandi permitió a los miembros de la organización actuar con una aparente legalidad, mientras desviaban fondos públicos y aprovechaban su posición para enriquecerse y beneficiar a sus allegados, particularmente en el sector de la construcción vial en Santa Cruz”, indica el voto del camarista Hornos que recoge el criterio del Ministerio Público Fiscal.

Por ese motivo, Hornos entendió que “la asociación fue creada para cometer delitos de forma indeterminada y sostenida, manteniendo en sus puestos a los funcionarios involucrados en estas maniobras para garantizar la continuidad de las operaciones ilícitas y los beneficios económicos derivados”.

En otros términos, concluyó que “este modelo de corrupción no se limitó a la manipulación de unas pocas licitaciones irregulares, sino que constituyó una asociación ilícita con una estructura organizada y jerárquica que operó durante más de doce años con una clara estrategia de saquear los recursos del Estado”.

Esta línea argumental fue retomada por el fiscal general Mario Villar al acudir ante la Corte Suprema de Justicia, con la pretensión de que la condena de la ex vicepresidenta sea agravada.

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