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POLITICA

Quiénes son los dirigentes y exfuncionarios que no podrían ser candidatos si se aprueba Ficha Limpia

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El presidente Javier Milei confirmó, ayer, que reflotará el proyecto de Ficha Limpia para impedir que personas condenadas en segunda instancia se presenten como candidatos para cargos electivos. De aprobarse, la restricción dejaría fuera de competencia a distintos dirigentes del Partido Justicialista (PJ) involucrados en casos de corrupción.

La propuesta del Ejecutivo, según trascendió, se aplicaría para todas aquellas personas condenadas en segunda instancia por casos de corrupción o delitos dolosos. Las penas deben ser confirmadas antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral para ser tenidas en cuenta.

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Bajo estas condiciones, el exsecretario de Comercio Interior Guillermo Moreno es uno de los dirigentes peronistas que no podría volver a postularse en 2027. La Cámara Federal de Casación había confirmado, en mayo de 2025, la condena a tres años de prisión en suspenso del exfuncionario de Cristina Kirchner por alterar los datos de medición de la inflación del Indec. Es decir, enfrenta por ese delito una condena en segunda instancia tal como plantea el proyecto que enviará el gobierno nacional al Congreso.

El exfuncionario cuenta también con condena firme −es decir, confirmada por la Corte Suprema de Justicia, última instancia de apelación− en otras dos causas: una por la compra de cotillón anti-Clarín y otra por amenazas en una asamblea de Papel Prensa.

La pena contra Moreno ya incluía la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, lo cual plantea la pregunta sobre si Ficha Limpia modifica o no la situación electoral de este y otros exfuncionarios condenados e inhabilitados. El caso ineludible es el de la expresidenta Cristina Kirchner.

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En declaraciones radiales, Moreno había deslizado que, de todos modos, buscaría presentarse en 2027 dado que −interpretaba− “la condena es por inhabilitación perpetua para ser funcionario público” y que “un funcionario público es un policía o un ministro”. A su criterio, la restricción no alcanzaría a los cargos electivos. Ahora, de aprobarse Ficha Limpia, quedaría frustrado de antemano cualquier intento de sortear esa condena.

Guillermo Moreno está inhabilitado para ejercer cargos públicosRicardo Pristupluk

Al igual que Moreno, Cristina Kirchner también cuenta con condena firme. En junio del año pasado, la Corte Suprema dejó firme el fallo contra la expresidenta en la Causa Vialidad y la pena a seis años de prisión −que cumple en su domicilio de San José 1111, en Constitución− e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Otro de los dirigentes del PJ que podría verse afectado por Ficha Limpia es el exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri. Había sido condenado por un tribunal oral provincial a ocho años de prisión por negociaciones incompatibles con la función pública, pena que fue confirmada luego en segunda instancia por la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos.

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De aprobarse el proyecto del oficialismo, Urribarri no podría postularse para cargos nacionales. Sí podría presentarse a cargos provinciales, dado que Entre Ríos aún no logró sancionar una ley provincial de Ficha Limpia.

El exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri junto a la expresidenta Cristina Kirchner

Otro de los exfuncionarios kirchneristas que podría verse afectado por la aprobación de Ficha Limpia a nivel nacional es Ricardo Echegaray, extitular de la AFIP (hoy, ARCA). El mes pasado, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó su condena a cuatro años y ocho meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública por haber favorecido a la empresa Oil Combustibles, que retuvo 8000 millones de pesos en impuestos a los combustibles. De aprobarse la reforma electoral que impulsa el Gobierno, no podría integrar una lista electoral.

También quedaría fuera de juego el empresario de la carne y dirigente peronista Alberto Samid, habitual animador de las contiendas electorales, por dentro o por fuera de la estructura del PJ. En 2019, el matarife recibió la confirmación por parte de la Casación Penal de una condena a cuatro años de prisión por haber integrado una asociación ilícita que evadió impuestos en los 90.

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La sanción de Ficha Limpia no alcanzaría, en tanto, a dirigentes de otros partidos políticos que están siendo investigados por la Justicia como José Luis Espert. El exdiputado nacional y excandidato de La Libertad Avanza (LLA) quedó imputado, en octubre de 2025, por presunto lavado de dinero a instancias de una denuncia que presentó el legislador y dirigente social Juan Grabois luego de que se conociera que había cobrado 200.000 dólares de Federico Fred Machado, el empresario acusado de narcotráfico.

Confirmaron la condena de 4 años y 8 meses contra Ricardo EchegarayArchivo

Aunque enfrenta esta denuncia, Espert no tiene condenas en su contra, ni siquiera en primera instancia, por lo que, incluso si se aprobara Ficha Limpia, no existiría ninguna restricción legal a una candidatura en caso de que decidiera volver a la arena política.

Otros dirigentes inhabilitados

A estos dirigentes afectados, se suman otros exfuncionarios kirchneristas que, incluso de no sancionarse Ficha Limpia, ya enfrentan algún tipo de inhabilitación para competir en elecciones. Es el caso, entre otros, del exvicepresidente de Cristina Kirchner, Amado Boudou. En 2020, la Corte Suprema de Justicia dejó firme su condena a cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa Ciccone.

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Algo similar sucede con el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, condenado a cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por la Tragedia de Once. En noviembre del año pasado, la Corte Suprema dejó firme el fallo por considerarlo partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en la causa por el siniestro ferroviario.

El exministro de Transporte de Néstor y Cristina Kirchner Ricardo Jaime también tiene condena firme en la causa por la Tragedia de Once, de modo que tampoco podría ser candidato.




reflotará el proyecto de Ficha Limpia,April 21, 2026,condena firme,dejó firme el fallo contra la expresidenta,Había sido condenado,confirmó su condena,quedó imputado,condena a cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua,la Corte Suprema dejó firme el fallo,Congreso Nacional,Conforme a,Congreso Nacional,,»La superstición ya no tiene vigencia». Un diputado opositor y el Gobierno buscan derogar la “ley del lobizón”,,»Se acabó la joda». Milei envía la reforma electoral al Congreso: elimina las PASO e incluye ficha limpia,,Discapacidad. Lugones propone nuevos cambios y reaviva un conflicto con alto costo político para el Gobierno

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Procesaron a Roberto Baratta, exmano derecha de Julio De Vido, por enriquecimiento ilícito

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El juez federal Julián Ercolini procesó a Roberto Baratta, mano derecha de Julio De Vido en el Ministerio de Planificación, por el delito de enriquecimiento ilícito y trabó un embargo sobre sus bienes hasta la suma de 1500 millones de pesos.

El desfasaje entre sus ingresos y gastos es de casi 4,3 millones de pesos, correspondientes al período 2003 al 2017. El juez aclaró que la suma es a valores a época, sin actualización por la alta inflación del período.

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Julio de Vido, exministro de Planificación FederalCaptura

El principal cuestionamiento es una casa en el country Mapuche de Pilar, que la defensa dijo que era de la madre de Baratta, pero donde el exfuncionario pagaba las cuentas y hasta el servicio de cable estaba a nombre de su chofer Oscar Centeno.

Baratta era subsecretario del Ministerio de Planificación Federal y está siendo juzgado por el caso de los cuadernos de las coimas, como uno de los cobradores que retiraba bolsos con dinero de empresas y los llevaba a dependencias oficiales.

Según el fallo de Ercolini, Baratta incrementó su patrimonio de manera “apreciable e injustificada” mientras fue funcionario y durante los dos años posteriores a dejar el cargo.

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La resolución de 73 páginas analiza la evolución patrimonial desde el 28 de mayo de 2003 hasta el 10 de diciembre de 2017.

En ese lapso Baratta fue subsecretario de Coordinación y Control de Gestión del ministerio, hasta diciembre de 2015.

La perito oficial del Cuerpo de Peritos especializado en casos de corrupción reconstruyó los ingresos y gastos del exfuncionario.

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Julián Ercolini y Andrés Basso

Ricardo Pristupluk

Concluyó que hubo saldos negativos en 2005, 2008, 2010 y en todos los ejercicios de 2012 a 2017.

Después de aceptar algunas objeciones de la defensa, el desfase quedó en al menos 4.294.425,90 pesos.

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Ercolini aclaró que esa suma está calculada a valores de cada año, sin actualizar, en un período de fuerte inflación. Por eso, escribió, la cifra “constituye, pues, un piso”.

La acusación se refiere a la compra de un lote y a la construcción de una casa en el Mapuche Country Club, de Pilar, que Baratta dijo que era de su madre y no suya.

El lote se escrituró en septiembre de 2012 a nombre de Marta Rosa Girola, madre de Baratta, por 70.000 dólares pagados en efectivo.

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Entre diciembre de 2012 y enero de 2015 se levantó allí una casa de unos 380 metros cuadrados, con subsuelo, planta baja y primer piso.

El arquitecto Diego Manuel Gómez, que diseñó y dirigió la obra, dijo que trataba directamente con Baratta, quien le indicaba qué construir.

También declaró que cobró unos 3,7 millones de pesos en alrededor de treinta entregas, en pesos y dólares, siempre en efectivo y sin cheques ni transferencias.

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Según el arquitecto, los pagos los hacía el propio Baratta o los llevaba su secretario privado, Nelson Javier Lazarte.

Gómez agregó que no conocía a la madre del exfuncionario y que al padre solo lo había visto algunas veces recorriendo la obra.

El fallo señala que las facturas de una constructora estaban emitidas a nombre de Baratta, con el domicilio de su departamento, y la cuenta del country registró gastos de Baratta y de su esposa, Dalina Bielle, hasta diciembre de 2017.

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Además, los impuestos y las expensas se pagaban casi siempre en efectivo y el servicio de cable e internet de la casa estaba contratado desde 2015 a nombre de Oscar Centeno, chofer de Baratta y autor de los cuadernos que dieron origen a la causa por las coimas de la obra pública.

En mayo de 2013, la madre firmó además una oferta de donación del inmueble a favor de su hijo. Para el juez fue un “artilugio jurídico” para incorporar formalmente el bien a su patrimonio, aunque no hay registro de que la donación haya sido aceptada.

La lista de bienes que le adjudicó el juez a Baratta incluye un departamento en José Hernández 2043, en Belgrano, comprado en 2010 por 220.000 dólares, de los cuales 215.000 se entregaron en efectivo.

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Además tiene dos unidades con cocheras en la calle Thames, a nombre de su esposa, cuatro autos, plazos fijos en varios bancos y cajas de seguridad; hizo viajes al exterior y pagó cuotas del Belgrano Day School.

Tiene además 27.500 euros y 25.276 dólares en efectivo, secuestrados en un allanamiento a su casa ordenado en otra causa que lo involucra junto a De Vido.

Ercolini señaló que el déficit “no presenta una distribución temporal azarosa”. Se profundiza desde 2012, coincide con la compra del lote y la construcción de la casa, y culmina en 2017, cuando pesa especialmente el dinero secuestrado.

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En su indagatoria del 16 de septiembre, Baratta dijo que Ercolini carecía de imparcialidad y sostuvo que todos sus bienes se explican por su sueldo de funcionario, los ingresos de su esposa y los recursos de sus padres.

Dijo que la casa de Pilar la compraron sus padres con la indemnización que su padre cobró al retirarse de Edenor; que la decisión de construir se debe a la enfermedad de su hermana, ya fallecida, para darle un lugar de descanso y que los euros y dólares secuestrados eran de su suegra y provenían de una herencia.

El juez respondió que la existencia de esos recursos familiares quedó en parte acreditada, pero que no se probó que se hubieran usado para pagar las compras cuestionadas.

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El delito de enriquecimiento ilícito prevé de dos a seis años de prisión e inhabilitación perpetua.




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La Justicia le dio cinco días al Gobierno para informar cuántas hectáreas bonaerenses están en manos de extranjeros

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La Justicia de La Plata intimó al Gobierno nacional a informar, en un plazo de cinco días, cuántas hectáreas de la provincia de Buenos Aires están en manos de titulares extranjeros y dónde se encuentran. La medida también obliga a conservar los registros y antecedentes recopilados durante los años de vigencia de la Ley de Tierras.

La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata, que hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo bonaerense.

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El objetivo, según el fallo, es preservar la información existente sobre la titularidad de tierras rurales en la provincia, luego de la derogación de la normativa que durante más de una década estableció límites a la propiedad extranjera.

Con este fallo, la jueza Güendalina Sessarego ordenó al Ministerio de Justicia de la Nación a precisar hasta qué fecha fueron actualizadas las bases de datos y garantizar la conservación íntegra de los antecedentes registrales reunidos durante los últimos 15 años.

Además, el organismo a cargo de Juan Bautista Mahiques, deberá informar la cantidad y ubicación de las hectáreas bonaerenses que se encuentran en manos extranjeras.

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Qué dice el fallo

La sentencia, a la que tuvo acceso TN, sostiene: “Lo que aquí se procura preservar no es solamente un elemento probatorio para el proceso, sino la información en poder del Estado que resulta relevante para conocer la evolución de una realidad territorial dinámica y, eventualmente, adoptar medidas adecuadas frente a potenciales daños”.

“En la causa, y tal como se subrayó, la prevención del daño presenta una dimensión predominantemente informativa. Si bien la situación territorial, dominial y catastral es dinámica, la información ya recolectada constituye el antecedente necesario para conocer la evolución de esa realidad y posibilitar, en su caso, su posterior utilización. Por ello, su pérdida o alteración durante la sustanciación del proceso podría dificultar la eficacia de la tutela que corresponda adoptar”, agregó la jueza.

Por todo ello, resulta “razonable ordenar al Estado Nacional que tome las medidas conducentes para preservar la información existente y ya registrada relativa a las tierras rurales situadas en la Provincia de Buenos Aires, evitando su pérdida, destrucción, alteración o cualquier otra circunstancia que pueda afectar su integridad o disponibilidad”, concluyó el fallo.

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La Ley de Tierras impone restricciones en la venta de tierras a extranjeros, especialmente aquellas con fuentes de agua significativas o en zonas estratégicas de seguridad fronteriza. (Foto: TN ).

La demanda fue impulsada por la Defensoría del Pueblo de la provincia, encabezada por Guido Lorenzino. El organismo sostuvo que la eliminación de los mecanismos de control previstos por la legislación podía afectar la disponibilidad de información sobre el territorio y dificultar el seguimiento de la titularidad de los campos.

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La Corte Suprema apura una nueva definición por la ley de tierras

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La Corte Suprema apuesta a dictar cuanto antes un nuevo fallo sobre la ley de tierras; para eso, abrevió los plazos legales en el caso que ahora tiene a estudio y, en 24 horas, podría quedar en condiciones de dar a conocer una decisión.

El expediente que tiene para resolver el máximo tribunal incluye un pedido de medida cautelar; si la concede, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros.

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En la práctica, revertiría los efectos que tuvo su propio fallo del martes de la semana pasada. Ese día, invocando un motivo procesal, revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023, de Javier Milei, que derogó esa ley.

El fallo de la Corte Suprema motivó duras críticas y una amenaza de la oposición con hacer caer en el Congreso todo el DNU 70/2023 -y no solo el artículo contra la ley de tierras-. La oposición pretende tratar el tema en una sesión especial el jueves de la semana próxima.

En medio de los cuestionamientos, la Corte decidió volver sobre el tema. Resolvió que va a tratar un planteo vinculado con su fallo anterior: una “aclaratoria” solicitada por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, que defienden la ley de tierras y quieren que les precisen si el fallo del máximo tribunal alcanza también al amparo colectivo presentado por ellos o no.

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A diferencia de la semana pasada, los tres jueces de la Corte ahora no están de acuerdo en cómo seguir con este tema y, como sin tres votos no hay fallo posible, ayer convocaron a dos conjueces. Todo indica que Carlos Rosenkrantz no está dispuesto a tomar una decisión que vuelva a cambiar el panorama. En la vereda de enfrente estarían Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti.

Los conjueces que se sumarán para este caso son los camaristas Diego Barroetaveña (de Casación) y Juan Ignacio Pérez Curci (de la Cámara Federal de Mendoza). Fueron sorteados ayer y las reglas del proceso indican que las partes tienen 72 horas para recusarlos. Sin embargo, la Corte acortó hoy ese plazo.

A las 19:09 de este miércoles, Sergio Miguel Nápoli, secretario de la Corte, firmó una resolución que anuncia que “por disposición del Tribunal, se notifica a las partes que han sido designados conjueces en la presente causa los Dres. Barroetaveña y Pérez Curci, que han aceptado el cargo” y que “en atención a las particulares circunstancias de la causa” (particularidades que no detalla), “corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. La resolución agrega: “A ese solo efecto, habilítanse días y horas inhábiles”.

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Si decide que este amparo colectivo debe recibir un tratamiento por separado del caso de la semana pasada, la Corte, con sus tres titulares y sus dos conjueces, debe determinar qué trámite le da al expediente. Una opción es devolverlo a la justicia federal de La Plata o de Bariloche, donde se inició. Difícilmente sea eso lo que discute, considerando el apuro que expresó.

La otra opción sería que la propia Corte tratara ella -sin enviar el caso a primera instancia- la medida cautelar. Sería una medida excepcional, dictable solo si considera que se cumplen los requisitos y que la urgencia es tal que no hay otra alternativa.

Los conjueces

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Barroetaveña y Pérez Curci son penalistas, cuentan con una larga carrera judicial y no es la primera vez que son nombrados conjueces. Tienen algo más en común: los dos integraban tribunales de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) hasta que renunciaron, en diciembre del año pasado. Barroetaveña presidía el Tribunal de Ética de la asociación que encabeza Claudio Tapia; Pérez Curci formaba parte de la Cámara Nacional de Resolución de Disputas de la AFA. Renunciaron después de que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) le pidió a la Corte que dispusiera el cese de las funciones de todos los jueces en los tribunales de la AFA.

El nuevo planteo

El nuevo planteo lo hicieron ante la Corte la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora Odarda, que presidió el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas durante el gobierno de Alberto Fernández. Ellos habían presentado una acción colectiva para que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 154 del decreto 70/2023 de Javier Milei, que derogó por completo la ley de tierras. Este planteo fue tratado por la Cámara Federal de La Plata como un caso conexo al del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que solicitaba lo mismo. En el caso de los excombatientes, la Cámara Federal de La Plata les dio la razón, pero la Corte revocó ese fallo con el argumento de que el Cecim, que había invocado que estaba en juego la soberanía, no tenía legitimación activa para promover el caso.

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La aclaratoria de Árbol de Pie y los demás promotores de este caso fue presentada el jueves pasado. Solicita “que se precise” si el fallo de la Corte de la semana pasada “produce algún efecto” sobre su expediente y, “en su caso, cuál es su alcance, teniendo especialmente en consideración que los actores de autos [los miembros de Árbol de Pié, Odarda y las comunidades indígenas] han invocado títulos de legitimación propios y diferentes de aquel examinado en Cecim, que no han sido objeto de pronunciamiento”.

Sostienen que su planteo no debe seguir la suerte del de los excombatientes porque ellos alegan una legitimación diferente. Remarcan que lo que ellos invocan no tiene que ver con la defensa de la soberanía nacional, sino que son “derechos de incidencia colectiva vinculados con la protección del ambiente y derechos propios de los pueblos y comunidades indígenas, particularmente relacionados con sus territorios ancestrales y con la incidencia que sobre ellos podría producir la eliminación del régimen de protección establecido por la Ley 26.737 [la ley de tierras]″.

Lo que ya “aclaró”

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Tras las críticas que generó el fallo del martes pasado y la reacción de la oposición (que amenaza con hacer caer en el Congreso todo el decreto 70/2023), la Corte hizo circular un comunicado “aclaratorio” en el que sostuvo que ella solo había resuelto un aspecto procesal, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a todos los precedentes del tribunal. Afirmó que la sentencia no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales” (la de Árbol de Pie es una de ellas) y que “tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”. Además, criticó a quienes, para “presionar sobre el tema” de la ley de tierras, promovieron “discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

Si bien circuló como un comunicado de la Corte Suprema, no lo hizo por los canales oficiales del tribunal y en la vocalía de Rosenkrantz informaron a que este juez no había participado ni consentido la redacción ni la difusión de ese documento. Y el jueves, en un encuentro de jueces de tribunales orales, Rosenkrantz reclamó “tener temple para soportar las críticas”.




Rosenkrantz reclamó,Paz Rodríguez Niell,Conforme a

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