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Chubut: acusan a la hermana del presidente del PJ local de liderar una banda que estafó por más de $50 millones con viviendas sociales

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Un nuevo escándalo de corrupción se destapó en la provincia de Chubut que involucra a la hermana del presidente del PJ local. La acusación del Ministerio Público Fiscal apuntó contra cinco mujeres por 594 estafas que alcanzaron los $59,4 millones con la promesa de la construcción de viviendas sociales para familias en estado de vulnerabilidad.

En esa línea, la principal apuntada es Vanesa Fita, hermana del dirigente y diputado provincial, Gustavo Fita. Según consta en la acusación del fiscal general Martín Cárcamo a la que accedió Infobae, los hechos se habrían producido entre abril de 2023 y febrero de 2024, en la ciudad de Comodoro Rivadavia, donde se ofrecían viviendas construidas o próximas a construirse por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) a familias que necesitaban acceder a una solución habitacional.

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Para acceder a los presuntos planes, las familias debían transferir $100.000, distribuidos en dos partes: $80.000 destinados presuntamente al IPV y $20.000 para conexiones eléctricas. Sin embargo, el dinero era depositado en cuentas bancarias y billeteras virtuales vinculadas a las acusadas.

La investigación sostiene que Fita simulaba actuar como intermediaria de una cooperativa de viviendas y aseguraba contar con vinculaciones con funcionarios provinciales que le permitirían gestionar las adjudicaciones. Una vez incorporadas, las familias eran añadidas a grupos de WhatsApp donde recibían información sobre supuestas adjudicaciones, fechas de entrega y documentación requerida. Con el tiempo, esos plazos comenzaron a dilatarse: las acusadas invocaban problemas administrativos y trámites pendientes ante el IPV para justificar cada demora. También se organizaron encuentros presenciales en distintos establecimientos de Comodoro Rivadavia.

Gustavo Fita es diputado provincial y el presidente del PJ local (Gentileza)

De acuerdo con la acusación, los hechos habrían iniciado durante la gestión del exgobernador chubutense y se extendieron hasta el mandato actual de Ignacio Torres. Una de las denunciantes, declaró que durante una reunión Vanesa Fita les aseguró que contaba con el respaldo del entonces gobernador Arcioni y su secretaria. Según ese relato, la acusada utilizaba esas supuestas vinculaciones para generar confianza entre las familias y justificar la entrega de viviendas en plazos breves.

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La referencia forma parte de la prueba testimonial presentada por la Fiscalía, aunque no acredita que el exmandatario o su colaboradora hayan participado de la maniobra.

La investigación se inició en febrero de 2024 a partir de una denuncia presentada luego de que vecinos advirtieran irregularidades en las promesas de adjudicación. La Fiscalía reconstruyó el funcionamiento de la presunta organización a partir de esas denuncias, transferencias bancarias, comunicaciones telefónicas, mensajes de WhatsApp y Messenger, y documentación obtenida durante la pesquisa. A lo largo del proceso se formalizaron 179 denuncias penales y se identificaron centenares de maniobras fraudulentas.

Las maniobras ilícitas abarcaron desde la gestión del ex gobernador Mariano Arcioni hasta el mandato de Ignacio Torres

Con la presentación de la acusación pública, el Ministerio Público Fiscal solicitó avanzar hacia la instancia de juicio por jurados. El requerimiento deberá atravesar el control judicial correspondiente antes de una eventual apertura del debate oral.

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El requerimiento fiscal identifica a cinco mujeres de Comodoro Rivadavia como partícipes de la maniobra. La principal acusada es Vanesa Elizabeth Fita, de 43 años, a quien la Fiscalía atribuye la organización del esquema y señala como autora de los 594 hechos en su totalidad. Para ella se solicita una pena de entre seis y ocho años de prisión.

Las restantes cuatro son consideradas partícipes necesarias. María Victoria Curán, de 43 años, está vinculada a 400 de los hechos investigados, y la Fiscalía pide para ella entre cinco y seis años de prisión. Camila Lara Páez, de 22 años, aparece señalada en 320 hechos, con una pretensión punitiva de entre cuatro y cinco años. Lucía Lorena Miranda, de 47 años, está imputada en 130 de las maniobras, y el fiscal solicita entre tres y cuatro años de prisión. Por último, Gisela Belén Mansilla, de 34 años, es acusada de participar en cuatro hechos, con un pedido de entre uno y dos años de condena.

El fiscal Cárcamo calificó los hechos como estafa por calidad simulada e influencia mentida, en los términos de los artículos 172, 45 y 55 del Código Penal, con al menos 594 hechos en concurso real. La figura apunta al engaño deliberado mediante la simulación de un rol —intermediaria de una cooperativa— y la invocación de contactos con el poder para obtener un beneficio económico a costa de las víctimas.

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El Gobierno promulgó la ley que modifica el régimen de zonas frías

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El Gobierno promulgó el nuevo régimen de zonas frías, que había sido convertido en ley el 24 de septiembre tras su aprobación en el Senado. De esta manera, fue oficializada la reducción del alcance del subsidio para los sectores ampliados en 2021 -y solo se mantienen en la Patagonia, Malargüe y la Puna-, se establecieron nuevos requisitos de vulnerabilidad y se modificó el cálculo para su aplicación.

El proyecto consistió en una “readecuación” del régimen de subsidios a los consumos residenciales de gas natural en zonas frías y la regularización de deudas eléctricas. La iniciativa, que fue aprobada con 38 votos afirmativos y 8 negativos, estableció que el fondo pasará a financiar una bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano por redes, e incorporará una bonificación adicional para determinados usuarios residenciales incluidos en el Régimen de Subsidios Focalizados, de acuerdo con su ubicación y situación socioeconómica.

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A su vez, se mantendrán los beneficios para usuarios residenciales de la Patagonia, Malargüe y la Puna, aunque se eliminará de la ley el porcentaje fijo del 50% sobre los cuadros tarifarios plenos. A partir de ahora, el Poder Ejecutivo determinará el alcance y las modalidades del beneficio.

SE APROBARON LOS CAMBIOS EN EL RÉGIMEN DE ZONAS FRÍAS

Por 38 votos afirmativos y 8 negativos, el Senado aprobó el proyecto de ley para reformar el Régimen de Zonas Frías, que ya contaba con media sanción de Diputados.Captura

La senadora Flavia Royón (Primeros Los Salteños), presidenta de la Comisión de Minería, declaró, durante la sesión que la modificación cuenta con medidas para obtener “mayor transparencia y orden del marco energético”. ““Primero, modifica el régimen de zonas frías; se refiere a las deudas del mercado eléctrico mayorista; después aborda criterios de las tarifas de electricidad de gas; actualiza el marco normativo para energías renovables; y por último deroga regímenes hidrocarburíferos que hoy ya fueron reemplazados por instrumentos más modernos”, señaló.

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“Vivir en una zona fría genera una necesidad energética mayor, por eso se sigue contemplando cuestiones bioclimáticas para alcanzar condiciones adecuadas de calefacción para los usuarios. El proyecto ratifica la zona fría original y para el caso de zona ampliada pasa de un criterio de región geográfica a un criterio donde se incorpora el nivel socioeconómico de la familia y un consumo razonable, es decir subsidios focalizados”, continuó.

Flavia Royón es la presidenta de la Comisión de MineríaFabián Malavolta

En esta línea, en materia eléctrica, la modificación incluye un mecanismo para determinar y compensar las diferencias de ingresos que distribuidoras y transportistas dejaron de percibir como consecuencia de leyes de emergencia tarifaria. “En el caso de las distribuidoras, la compensación se aplica a deudas con CAMMESA, mientras que para las transportistas se contempla la compensación de penalidades contractuales, condicionada al desistimiento de reclamos judiciales o administrativos vinculados”, dijeron desde La Libertad Avanza.

Asimismo, con la nueva ley se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 la exención de tributos específicos, cánones o regalías sobre el acceso y la utilización de fuentes renovables de energía.

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El Gobierno oficializó los cambios en el subsidio de Zona Fría: quiénes podrán mantener el descuento en el gas

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El Gobierno de Javier Milei oficializó este martes la modificación del Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en las tarifas de gas a usuarios de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 y del Decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.

La reforma, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada por el Presidente el 9 de octubre, establece nuevas condiciones para acceder al beneficio y una bonificación adicional para los hogares que cumplan determinados requisitos socioeconómicos y geográficos.

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La nueva legislación modifica el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga distintos artículos de la Ley 27.637, que había ampliado el alcance territorial del régimen.

El principal cambio es que residir en una zona alcanzada por la ampliación anterior ya no será suficiente para acceder automáticamente al descuento. Los hogares deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y cumplir las condiciones establecidas por la nueva normativa.

Además, la bonificación adicional se aplicará sobre los denominados Consumos Base, por lo que no necesariamente alcanzará a la totalidad del gas utilizado por cada hogar.

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Sesión en el Senado por la quita de subsidios en zonas frías y la reforma del BCRA. (Foto: NA – Daniel Vides)

La reforma mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región conocida como Puna, donde continuarán los beneficios previstos en el régimen.

Quiénes podrán mantener el subsidio de Zona Fría con la nueva ley

La Ley 27.828 establece una bonificación adicional por Zona Fría para determinados usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes.

El beneficio estará destinado a hogares ubicados en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, contempladas en la normativa utilizada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

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Para acceder, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas previstas y cumplir alguno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley.

Los requisitos contemplados son:

  • Ingresos familiares: hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según el INDEC.
  • Certificado de Vivienda Familiar: hogares con al menos un integrante que posea este documento del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
  • Veteranos de Malvinas: hogares con un integrante que perciba una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Personas con discapacidad: hogares con al menos un integrante que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar de qué manera esa condición implica una necesidad de asistencia económica para pagar los servicios energéticos.

La ley no establece un límite de ingresos fijo en pesos, sino que lo vincula al valor de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con las mediciones del INDEC.

La legislación también determina que la bonificación adicional estará limitada a los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios.

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Por otra parte, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna conservarán un régimen específico. Para esas zonas continuarán los beneficios destinados a usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes, así como a determinados usuarios del Servicio General P.

El Poder Ejecutivo, por sí o mediante la autoridad de aplicación, tendrá la facultad de determinar las modalidades de esos beneficios.

Qué cambia en las facturas de gas y hasta cuándo estará vigente el régimen

La modificación introduce un cambio en las condiciones de acceso a los descuentos para los usuarios de las zonas comprendidas en la ampliación anterior.

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La bonificación adicional dejará de depender únicamente de la ubicación geográfica y quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos del régimen focalizado.

Esto significa que los hogares que no reúnan las nuevas condiciones podrían dejar de recibir el descuento territorial anterior, aunque su situación frente a otros subsidios energéticos deberá evaluarse por separado.

Además, el nuevo beneficio se aplicará sobre los consumos base establecidos por el régimen, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado en una casa.

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Sin embargo, la Ley 27.828 no establece un porcentaje específico para la nueva bonificación adicional ni determina cuánto aumentarán las facturas de los usuarios que dejen de recibir el descuento anterior.

Tampoco precisa cuántos hogares podrán conservar el beneficio ni cuántos quedarán excluidos.

En cuanto al financiamiento, la normativa establece que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se constituirá con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con las excepciones previstas en la ley.

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El Poder Ejecutivo podrá aumentar o disminuir el nivel de ese recargo hasta en un 50%, de acuerdo con las modalidades que considere pertinentes.

La reforma también incorpora disposiciones sobre el mercado eléctrico, las condiciones de contratación de gas, las fuentes renovables de energía y la actividad hidrocarburífera.

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Malvinas: venció el ultimátum de la Argentina al Reino Unido y es inminente el pedido de arbitraje al Tribunal del Mar

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El plazo de dos semanas que el gobierno de Javier Milei concedió al Reino Unido para detener las actividades vinculadas con el proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas venció este lunes y abrió una nueva etapa del reclamo argentino. El Ministerio de Relaciones Exteriores, encabezado por Pablo Quirno, trabaja ahora para formalizar, durante esta semana, una presentación ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, con sede en Hamburgo, en busca de medidas provisionales que puedan impedir el avance del emprendimiento mientras se desarrolla un arbitraje internacional.

Según pudo saber Infobae de fuentes oficiales con conocimiento de las actuaciones, la Cancillería conduce la estrategia diplomática y jurídica internacional, mientras que la Procuración del Tesoro de la Nación, encabezada por Sebastián Amerio, trabajó durante las últimas semanas sobre los aspectos legales de la presentación. Los próximos pasos contemplan completar las instrucciones a los abogados que llevarán el caso. Todavía resta determinar si la representación se organizará exclusivamente con letrados argentinos o si se incorporará asesoramiento jurídico externo. La presentación fue proyectada para esta semana, aunque no tiene una fecha pública confirmada.

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La novedad es el vencimiento de la intimación que la Oficina del Presidente comunicó el 28 de septiembre. Desde entonces, Londres mantuvo su rechazo a la posición argentina y defendió las actividades económicas autorizadas por las autoridades de las islas. La falta de un acuerdo abre la posibilidad de que Buenos Aires avance con el pedido anunciado por Milei. Su presentación, sin embargo, no suspende automáticamente Sea Lion: corresponde al Tribunal decidir si adopta medidas y cuál será su alcance.

El Gobierno concentra su expectativa inmediata en una decisión provisional que frene nuevas actividades de desarrollo y explotación hidrocarburífera. No pretende que el Tribunal del Mar resuelva la soberanía de las islas, materia ajena a su jurisdicción. Busca que examine obligaciones internacionales vinculadas con los recursos marítimos y determine si corresponde preservar la situación actual hasta que exista una resolución arbitral sobre el fondo.

El presidente Milei habló ante la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el reclamo de soberanía de Argentina sobre Malvinas

La conducción de la gestión está centralizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde la Consejería Legal Internacional, encabezada por el embajador Mario Oyarzábal, interviene en el desarrollo técnico del procedimiento. La Procuración del Tesoro, bajo la conducción de Amerio, participó de la preparación jurídica de las actuaciones. De acuerdo con la información obtenida por Infobae, la Cancillería coordina los próximos movimientos para completar la presentación y avanzar ante la instancia internacional.

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El Tribunal del Mar puede disponer medidas provisionales

El 28 de septiembre, Milei instruyó a la Cancillería a iniciar el procedimiento del Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). En su comunicado, la Presidencia exigió al Reino Unido que adoptara medidas para impedir el inicio o la continuación de actividades destinadas a explotar hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte y advirtió que recurriría al Tribunal del Mar si no obtenía una respuesta satisfactoria.

“Si en 2 semanas el Reino Unido no frena la explotación ilegítima, vamos a ir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar”, publicó el Presidente en X. El canciller Pablo Quirno anunció entonces que había notificado a Londres el inicio del arbitraje. Esta última comunicación y la eventual solicitud de medidas provisionales son actuaciones diferentes, una distinción central para comprender qué puede pasar desde ahora.

La CONVEMAR prevé, a través de su Anexo VII, la constitución de un tribunal arbitral de cinco integrantes para resolver controversias sobre interpretación o aplicación de la Convención. Su conformación y el intercambio de escritos, defensas y audiencias pueden llevar años. En cambio, el artículo 290.5 permite acudir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar antes de que esté constituido ese órgano arbitral, siempre que se satisfagan las condiciones procesales correspondientes.

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Los integrantes del Tribunal del Mar

La regla exige considerar si el tribunal arbitral que se constituirá tendría competencia preliminar para intervenir y si existe urgencia suficiente para adoptar medidas. Los jueces pueden atender el pedido, rechazarlo o disponer medidas distintas de las solicitadas. Si se ordenan medidas provisionales, son obligatorias para las partes según el artículo 290.6. Cuando comience a funcionar el tribunal arbitral, este podrá mantenerlas, modificarlas o dejarlas sin efecto.

También hay una precisión respecto de los plazos. Las dos semanas que concluyeron este lunes corresponden al requerimiento anunciado por la Argentina. El artículo 290.5 contempla, a su vez, dos semanas desde la notificación de una solicitud de medidas provisionales, cuando las partes no acuerden qué tribunal debe examinarlas. Para establecer cómo se computa ese requisito en este expediente se necesita conocer el contenido completo de las notificaciones diplomáticas. El vencimiento del ultimátum no equivale, por sí solo, a una habilitación judicial automática.

El procedimiento urgente puede concluir en plazos comparativamente breves. Si la Argentina formaliza el pedido durante octubre, los antecedentes permiten considerar una eventual definición en noviembre. No existe, sin embargo, una fecha de resolución predeterminada ni una garantía de que las medidas solicitadas sean concedidas. El Tribunal debe escuchar a las partes y evaluar tanto su jurisdicción preliminar como las circunstancias alegadas.

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El precedente argentino más significativo es el de la Fragata ARA Libertad. En 2012, cuando el buque estaba retenido en Ghana a partir de un reclamo de acreedores, la Argentina inició un arbitraje bajo el Anexo VII y recurrió al Tribunal del Mar. El pedido de medidas provisionales ingresó el 14 de noviembre y el 15 de diciembre los jueces ordenaron la liberación inmediata e incondicional de la embarcación. El resultado práctico llegó antes de cualquier decisión definitiva del arbitraje.

La sede del Tribunal del Mar donde se debaten los recursos presentados por los países miembros

Otro antecedente se relaciona directamente con el petróleo. En 2015, una sala especial del Tribunal intervino en la controversia marítima entre Ghana y Costa de Marfil. Aunque no dispuso la paralización total de las actividades existentes, ordenó impedir nuevas perforaciones en el área disputada. La comparación tiene límites porque aquel caso trataba sobre delimitación marítima y no sobre la soberanía de un archipiélago, pero ilustra el tipo de restricciones provisionales que puede disponer una instancia internacional.

La urgencia invocada por Buenos Aires se vincula con el avance material de Sea Lion. La explotación comercial todavía no comenzó, pero el proyecto superó la etapa exploratoria. Navitas Petroleum, empresa israelí y operadora, controla el 65 por ciento; Rockhopper Exploration, compañía británica que descubrió el yacimiento en 2010, posee el 35 por ciento restante. Ambas adoptaron la decisión final de inversión a fines de 2025 y mantienen como objetivo iniciar la producción durante el primer trimestre de 2028.

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El desarrollo está situado unos 220 kilómetros al norte de Malvinas y prevé una primera fase de once pozos submarinos conectados con una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, denominada FPSO. Las perforaciones de desarrollo están proyectadas para 2027.

La semana pasada, Rockhopper informó que acordó invertir USD 44 millones por su participación del 35 por ciento en la sociedad propietaria del buque FPSO OSX-1, destinado a una aceleración del desarrollo central de Sea Lion. La operación confirma que, pese a las objeciones argentinas, las empresas continúan comprometiendo recursos y sostienen públicamente el calendario productivo.

Las acciones del Gobierno también alcanzaron a los contratistas. La Oficina del Presidente anunció que Halliburton, proveedor internacional de servicios petroleros, confirmó que sus filiales no prestarían servicios a Sea Lion. Navitas informó después que trabajaba para sustituir a dos contratistas afectados, aunque sostuvo que no esperaba un perjuicio material sobre el proyecto. Estas decisiones integran un escenario de presión jurídica y comercial que se desarrolla en paralelo con el futuro expediente internacional.

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El reclamo busca evitar cambios unilaterales

La plataforma petrolera Sea Lion opera en las aguas del océano Atlántico cerca del archipiélago de las islas Malvinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La solicitud argentina se apoyará en la existencia de una disputa de soberanía reconocida por Naciones Unidas, en las obligaciones de la CONVEMAR vinculadas con el medio marino y sus recursos, y en la necesidad de evitar cambios unilaterales mientras continúa la controversia. La Resolución 2065 de 1965 reconoció la disputa entre ambos países e instó a negociar. La Resolución 31/49 de 1976 llamó a abstenerse de adoptar decisiones que modificaran unilateralmente la situación.

La Cancillería buscará asociar esos antecedentes con los recursos del lecho y subsuelo marino, en particular con el carácter no renovable del petróleo. El argumento es que su extracción y determinadas modificaciones físicas derivadas de las perforaciones podrían producir efectos imposibles de revertir mediante una resolución posterior. En esa discusión también aparece el artículo 83.3 de la CONVEMAR, referido a las obligaciones de los Estados mientras está pendiente la delimitación de una plataforma continental.

La cuestión de competencia representa una dificultad central. El Reino Unido sostiene que las actividades petroleras se realizan conforme a las normas aplicables en las islas y al derecho internacional. Argentina debe formular un reclamo que pueda examinarse bajo la CONVEMAR sin exigir al Tribunal que decida antes cuál de los dos países tiene soberanía territorial. En el arbitraje sobre el archipiélago de Chagos, un tribunal rechazó estudiar determinadas pretensiones precisamente porque implicaban resolver una disputa territorial ajena a su competencia.

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Tras el vencimiento del ultimátum, la próxima novedad dependerá de la formalización del pedido argentino. La Cancillería, bajo la conducción de Pablo Quirno, tiene previsto avanzar esta semana con la presentación, después del trabajo jurídico realizado junto con la Procuración del Tesoro. El trámite todavía requiere decisiones operativas y una presentación concreta. Deberá fundamentar por escrito su urgencia procesal. Si llega a Hamburgo, el Tribunal examinará si corresponde disponer medidas provisionales sobre Sea Lion. El arbitraje de fondo seguirá su curso por separado, mientras las empresas buscan continuar con un proyecto cuya primera producción está prevista para 2028.

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