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POLITICA

Cuadernos: una contadora de la exAFIP ratificó irregularidades en el manejo de fondos de empresas investigadas en el juicio

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Una contadora de la ARCA -exAFIP- que analizó por orden de la Justicia a empresas investigadas en la causa Cuadernos declaró este jueves en el juicio oral y repasó las irregularidades que detectó en reportes elevados años atrás a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Durante la audiencia, a pedido de la fiscalía, se le exhibieron algunos de esos informes a la mujer, Diana Guterman, que fue directora del organismo recaudador dentro del área de Investigación Financiera. Uno de ellos apuntaba a Servicios Vertúa S.A., la empresa de Raúl Víctor Vertúa que participó en la construcción del Gasoducto del Noreste Argentino.

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Entre 2014 y 2015, la empresa recibió de ENARSA transferencias por $565 millones. Parte de esos fondos, según el reporte que confeccionó la profesional, fue usada para comprar títulos públicos que luego fueron vendidos en el exterior mediante operaciones de contado con liquidación. Los dólares obtenidos fueron depositados en cuentas bancarias y después retirados en efectivo.

“Se definió que nosotros circularizáramos a las entidades bancarias que habían operado con determinadas empresas”, dijo la mujer sobre su trabajo. “Nosotros hicimos un rastreo en las bases de AFIP de cuáles eran las entidades con las que había operado”, definió. Luego, esa información fue girada a la DGI.

Otro de los casos detectados en su momento por la contadora, y expuestos hoy en el juicio de los Cuadernos, fue el de la empresa Fainser, del extitular de la Unión Industrial Argentina (UIA) Juan Carlos Lascurain, dedicada a la fabricación de calderas y equipos termodinámicos.

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Juan Carlos Lascurain ya fue condenado por el desvío de fondos destinados a construir una ruta de acceso a Yacimientos Carboníferos Fiscales

Fainser firmó con la Municipalidad de Río Turbio, en Santa Cruz, un contrato por casi $500 millones en 2015 para ejecutar una obra vinculada a Yacimientos Carboníferos Río Turbio. Según un reporte de 2018, a fines de 2015 la empresa cobró anticipos por $50 millones, distribuidos en tres pagos. Pero la profesional advirtió que esas tareas no formaban parte de la actividad habitual de la firma y que, para septiembre de 2017, la obra todavía no había comenzado.

La mujer explicó que esa información surgía de un informe de fiscalización, en el que intervenían un inspector, un supervisor, un jefe de división, un jefe de región, un subdirector del área operativa y un director general de la DGI, antes de ser elevado a la UIF.

La contadora integra un bloque de testigos pedido por la fiscalía para intentar evidenciar en el juicio manejos irregulares de dinero por parte de las empresas que firmaron contratos de obra pública con el Estado.

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Las defensas de los imputados remarcan que, como esas fiscalizaciones eran internas y se hacían sin solicitar nueva información, las empresas no tuvieron oportunidad de explicar los movimientos.

El testimonio abrió además una discusión entre la fiscalía, la querella de la UIF y las defensas sobre el alcance de las medidas contables que todavía pueden producirse en el juicio.

Calcaterra junto a su defensora en Cuadernos, la abogada Onetto

La abogada del empresario Angelo Calcaterra, María Valeria Onetto, insistió hoy ante el tribunal con la realización de un informe pericial contable que dé cuenta del flujo y la aplicación de los fondos percibidos por los contratos de obra pública que otorgó Vialidad.

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Entre 2003 y 2015 -el período investigado en la causa-, Vialidad le adjudicó a IECSA S.A., la empresa de Calcaterra, un total de 23 obras por más de $2800 millones. Como imputado colaborador, Calcaterra reconoció haberle ordenado a uno de los directivos de la empresa, Héctor Javier Sánchez Caballero -que también está imputado en el expediente-, la entrega de sumas de dinero en efectivo que, en general, rondaban entre los US$100.000 y los US$200.000.

La pericia que solicitó la abogada Onetto ya había sido rechazada por el tribunal que integran los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli.

La fiscal Fabiana León se opuso hoy a su realización, al igual que el representante de la UIF, Mariano Galpern, que es querellante. “No se advierte de qué manera perjudica el derecho de la parte volver a traer una medida que ya ha sido abordada”, sostuvo la fiscal. “Si cada uno de los imputados en esta causa va a pedir una pericia específica de cada obra que se está viendo, sería una cantidad de prueba interminable, inabarcable e inoficiosa”, dijo León.

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Juan Carlos Lascurain,Federico González del Solar,Conforme a

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Lorenzetti defendió el fallo de la Corte sobre la Ley de Tierras: “Tenemos la tranquilidad de haber obrado según nuestras convicciones”

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Ricardo Lorenzetti, juez de la Corte Suprema argentina, defendió el accionar del máximo tribunal frente a las críticas por el fallo vinculado con la Ley de Tierras. “Hemos tenido presiones mucho más fuertes que ahora y siempre resolvimos conforme a derecho”, afirmó.

En medio de la discusión por la resolución judicial, el magistrado sostuvo que la Corte mantendrá su criterio independientemente de las repercusiones políticas. “Puede haber discusiones y son buenas, pero por más que presionen, la Corte no va a responder”, remarcó en una entrevista con A24.

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Lorenzetti también señaló que las decisiones judiciales deben respetar los procedimientos establecidos y explicó que existen plazos que deben cumplirse. “Hay tiempos procesales, aclaramos porque vimos que había malos entendidos”, indicó. En ese sentido, defendió los tiempos de la Justicia y afirmó que “el tiempo lento es muy necesario para la defensa de los derechos”.

“Lamentablemente el Congreso nunca legisló, de ahí surgen varios problemas”, añadió al referirse a la cuestión de fondo.

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Marketing Sports: la responsable de la despedida de Messi que muestra inconsistencias sobre su fundación – Nexofin

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La sociedad anónima Marketing Sports fue creada el 20 de septiembre de 2018 por el empresario autopartista Mariano Martín Camerota y Analía Gabriela Arcuri. En apenas siete años, la compañía pasó de fabricar las mascotas de la Copa Argentina a organizar eventos vinculados con la selección nacional de fútbol.

La firma comenzó prestando servicios para la productora Torneos antes de entablar un vínculo directo con la cúpula de la AFA. Su primer gran contrato oficial con el combinado nacional se concretó en 2021, cuando organizaron la recepción del plantel campeón de la Copa América en el predio de Ezeiza.

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Instagram de Marketing Sports

Según La Nación, a finales de 2019 la empresa ya participaba en grandes espectáculos deportivos al organizar la apertura de la final de la Copa Argentina. Si bien en su sitio web institucional aseguran contar con más de veinte años de trayectoria, su registro formal y sus publicaciones digitales se concentran exclusivamente en actividades vinculadas al fútbol argentino.

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Recientemente, la productora estuvo en el centro de la polémica tras organizar la despedida oficial de Lionel Messi en el estadio Monumental. Frente a las múltiples críticas por fallas técnicas y organizativas, la empresa emitió un comunicado oficial culpando al Club Atlético River Plate por no autorizar estructuras clave.

La productora de la AFA responsabilizó a River por los imperfectos en la despedida de Messi

Por su parte, desde la institución de Núñez rechazaron las acusaciones y tildaron los argumentos de la productora como “una afirmación objetivamente falsa”. Las diferencias operativas entre los organizadores y el club anfitrión generaron un fuerte revuelo mediático durante el homenaje al capitán argentino.

La entrada Marketing Sports: la responsable de la despedida de Messi que muestra inconsistencias sobre su fundación se publicó primero en Nexofin.

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Constitucionalistas critican el giro de la Corte por la ley de tierras y hablan de “arbitrariedad”

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Luego de que la Corte Suprema restableciera los límites a la venta de tierras a extranjeros a través de una medida cautelar interina, constitucionalistas consultados por cuestionaron el giro del máximo tribunal y los fundamentos de la decisión.

Los expertos criticaron la medida -algunos la calificaron como “arbitraria” y otros le atribuyeron motivaciones políticas-; en cambio, destacaron la postura del juez Carlos Rosenkrantz.

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El martes de la semana pasada, la Corte Suprema revocó, invocando un motivo procesal, la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del decreto 70/2023 de Javier Milei. Ese artículo derogaba la ley de tierras, por lo que con el fallo quedaron eliminados los límites a la compra de campos por parte de extranjeros.

La decisión generó críticas, protestas y una avanzada opositora en el Congreso para impulsar el rechazo de todo el DNU. Los movimientos de los bloques críticos en la Cámara de Diputados habían arrinconado al oficialismo.

Este nuevo fallo de la Corte ayuda al Gobierno, que necesitaba desactivar un eventual rechazo al DNU 70.

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La protesta callejera contra la Corte por el fallo que liberó la venta de tierras a extranjerosNicolás Suárez

La resolución de hoy fue firmada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

Frente a este escenario, el constitucionalista Alejandro Carrió planteó: “No parece que la próxima sesión de la Cámara de Diputados pueda ser una razón atendible [como un motivo de urgencia para dictar la cautelar interina] aún cuando, por supuesto, no ha sido ese el fundamento del voto mayoritario”.

El abogado expresó que el voto en disidencia de Rosenkrantz le resultó “más consistente” que el de la mayoría: “No alcanza con hablar genéricamente de un peligro ambiental si no se entiende en qué consiste. [Rosenkrantz] dice que el hecho de que la tierra esté en manos extranjeras no la convierte en dañina para el medio ambiente”.

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Alejandro Carrió, abogado especializado en Derecho Penal y Constitucional de la UBAMariana Araujo

En el mismo sentido, con ironía, el constitucionalista Osvaldo Pérez Sammartino escribió: “El extranjero, como se sabe, es proclive a dañar el ambiente, mientras que el ciudadano argentino es esencialmente ecologista”.

Es que la definición de la Corte se tomó en respuesta a un planteo de una asociación ambientalista, dos grupos indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, que pidieron que la Corte aclarara si el fallo de la semana pasada implicaba también un rechazo a un amparo que tenían presentado ellos contra la ley de tierras, que alegan “derechos de incidencia colectiva vinculados con la protección del ambiente y derechos propios de los pueblos y comunidades indígenas”.

Al margen de este argumento, fueron varios los constitucionalistas que destacaron los fundamentos de Rosenkrantz. Coincidieron en que la Corte intervino originariamente en un asunto sin que antes se haya pronunciado la instancia anterior y en que el demandante no cuenta con legitimación activa para un expediente de estas características.

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Félix Lonigro afirmó que “la Corte está haciendo política”. En concreto, el tribunal devolvió la causa al juzgado federal de Bariloche, donde se inició este caso, para que todo eso se discuta allá. Pero mientras tanto, dictó la medida cautelar “interina” que suspende los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023 hasta tanto el juzgado de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de todos los que promovieron este caso y examine su pedido de medida cautelar.

El constitucionalista Félix LonigroInstagram – Félix Lonigro

“¿Qué es esto? Política –sostuvo Lonigro–. La Corte, normalmente, no debería haber hecho esto. Debería haber dicho: ‘No intervengo todavía. Que intervenga el juzgado de Bariloche’, y no hacer nada. Pero, como fueron tantas las críticas porque había dejado desamparada la ley de tierras, entonces ahora muñequea un poco y suspende este [artículo del] decreto 70”.

Consultado por , Daniel Sabsay evaluó que “no es bueno que la Corte vaya y venga sobre el mismo tema en poco tiempo”.

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Daniel SabsayMartín Lucesole

Entretanto, Juan Vicente Sola indicó que “el efecto [del nuevo fallo] es, de alguna manera, suavizar el debate político actual que ha tomado un carácter extremo y en esto trata de postergar un tema que considero inevitable de decidir”.

Lorena Gonzalez Tocci, profesora de Derecho Constitucional (UBA y San Andrés), sostuvo que “el impacto que generó la sentencia del 29 de septiembre es innegable, y de alguna manera esperable” por los alcances de esa sentencia, por su “timing” y “sobre todo por el tsunami que generó el dictado del (inconstitucional) decreto 70/23 que sigue esquivando tanto el control legislativo como el judicial”.

Sin embargo -advirtió-, las “reacciones y sensaciones” que generó “no pueden guiar ni mucho menos condicionar el resultado de las decisiones judiciales”, que deben “apoyarse en fundamentos sólidos y en razones públicas, no en modulaciones personales de los jueces que, ante cualquier presión o descontento por el impacto de una decisión, adaptan y desarman las reglas del juego”.

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Tocci destacó, en cambio, la disidencia de Rosenkrantz. Dijo que no olvidó que una regla básica para llevar un caso a los tribunales es la acreditación de una “legitimación adecuada”, pero que además recordó que para poder dictar una cautelar, “medida excepcionalísima”, se requiere la “acreditación -aunque sea mínima- del peligro ambiental grave e irreversible”; algo que, según Tocci, no quedó acreditado en las presentaciones de Árbol de Pie.

En la misma línea, Sebastián Guidi, doctor en Derecho por la Universidad Yale y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Di Tella, afirmó que “queda la apariencia de que ni una ni otra decisión [la sentencia de la semana pasada y la nueva] fueron motivadas únicamente en el derecho”. Guidi dijo: “Las decisiones impopulares van y vienen, lo que verdaderamente daña a la Corte es que se perciba que se maneja con arbitrariedad en general. Y lo de hoy no ayudó”.

Mientras, Andrés Gil Domínguez planteó, en clave política, que “es un fallo que favorece al Gobierno porque mantiene la vigencia del decreto” al “debilitar el planteo de la oposición y darle argumentos a los aliados para que no apoyen el rechazo [en el Congreso]”. Y agregó: “El trámite excepcional utilizado por la Corte Suprema y este fallo demuestran que la anterior sentencia fue arbitraria”.

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Diego Armesto también posó la mirada en el Poder Legislativo: “Pasa por allí el tema. [La Corte] está dando un plazo para que se utilicen las herramientas institucionales para que se dé una solución definitiva a este entuerto que se ha planteado en torno a la ley de tierras”. Es decir, desde su perspectiva, le brindó un “margen” a los legisladores nacionales para que consensúen una nueva ley de tierras que “sobrepase” el artículo 154 del DNU 70 y eche por tierra la posibilidad de que haya nuevos giros en el asunto.

Por último, Magalí Miranda, profesora de Derecho Constitucional y Derecho Político de la Universidad Nacional de Córdoba y la Universidad Católica de Córdoba, apuntó que hay ciertos “problemas institucionales que subyacen al fallo”. Entre ellos, mencionó la “falta de integración de la Corte”, compuesta hoy por tres miembros, que derivó en la convocatoria de los conjueces, y “la necesidad de que el Congreso ejerza un verdadero control sobre los DNU” y discuta la reforma de la ley que regula este tipo de decretos.

Magalí Miranda, profesora de Derecho Constitucional y Derecho Político de la Universidad Nacional de Córdoba y la Universidad Católica de CórdobaMagalí Miranda



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