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POLITICA

De Adorni a emergencia en discapacidad: los gestos de autonomía de Patricia Bullrich en los últimos meses

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Luego de quedar fuera de la batalla por la presidencia en 2023, Patricia Bullrich pactó con Javier Milei y sumó su apoyo total a La Libertad Avanza (LLA), un gesto por el que fue recompensada con la cartera de Seguridad tras el triunfo del libertario sobre Sergio Massa en el balotaje. Los lazos se estrecharon a tal punto que la actual jefa del bloque de senadores del oficialismo abandonó su lugar como presidenta de Pro para afiliarse al partido de gobierno, desde donde se afianzó como una de las figuras clave para la victoria violeta en la Ciudad en los comicios de 2025.

Milei y BullrichLUIS ROBAYO – AFP

Sin embargo, y a pesar de formar parte de la mesa política que conduce la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, la legisladora se mantuvo fiel a su personalidad y en los últimos meses hizo valer su autonomía con fuertes gestos de diferenciación.

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Desde la exigencia al exjefe de Gabinete Manuel Adorni para que presentara “lo antes posible” su declaración jurada en medio de la investigación qen su contra por presunto enriquecimiento ilícito hasta sus críticas por el sorpresivo recorte en Discapacidad que el Gobierno estableció tras la presentación del Presupuesto 2026, Bullrich hizo valer su posición dentro del esquema del Gobierno.

Críticas a Adorni

Uno de los primeros gestos de diferenciación de Bullrich tuvo lugar a inicios de mayo, a semanas de haber iniciado la investigación por presunto enriquecimiento ilícito contra Adorni, por entonces jefe de Gabinete.

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La polémica había iniciado en marzo, cuando trascendió que la esposa de Adorni, Bettina Angeletti, habia viajado junto a la comitiva de Milei en el avión presidencial a Nueva York. Solo una semana después, trascendieron revelaciones sobre un vuelo privado a Punta del Este y la compra de diversas propiedades. La Justicia comenzó a investigar al entonces funcionario y, a mediados de abril, se supo que el exvocero había modificado su declaración jurada presentada en 2024 para incorporar la casa del country de Indio Cuá.

Manuel Adorni en el CongresoSantiago Oroz –

La presión política creció y el exfuncionario nunca pudo explicar con certeza de dónde salieron los fondos para sus viajes y propiedades. Pese a que Milei siguió defendiendo su inocencia, Bullrich decidió diferenciarse al exigirle a Adorni que presentara “lo antes posible” su nueva declaración jurada, con los detalles correspondientes a cada una de sus operaciones.

“El jefe de Gabinete dijo algo contundente, que tiene una explicación a los gastos que hizo y que va a presentar su declaración jurada. Creo que lo tiene que hacer de inmediato”, manifestó la senadora el 7 de mayo, en diálogo con A24.

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Patricia Bullrich le pidió a Adorni que presente de “inmediato” su declaración jurada de bienes. Crédito: A24

“Desde mi punto de vista, la presentación tiene que ser de inmediato. Ya está abierta la posibilidad de presentarla. ¿Para qué vas a esperar si la podés presentar ahora? Es bastante fácil hacerla si tenés la del año anterior», agregó en aquella oportunidad.

Mili salió rápidamente a defender a su entonces jefe de Gabinete. “Es que en realidad Bullrich espoileó lo que iba a hacer Manuel. Tiene todo listo para presentarla”, había dicho el mandatario en declaraciones a LN+.

Semanas más tarde, a fines de mayo, Bullrich volvió a golpear sobre la mesa al presentar su propia declaración por anticipado. Adorni recién hizo lo propio el 11 de junio. El 27 del mismo mes renunció.

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El pliego de Michelli

El 1° de junio Bullrich volvió a desmarcarse fuertemente del Gobierno cuando anunció vía X su decisión de negarse a votar en el Senado el retiro del pliego de la María Verónica Michelli, quien en ese momento era candidata a jueza federal de La Plata. La letrada había sido apuntada por Milei por ser la cuñada del periodista de Hugo Alconada Mon, quien habia hecho diversas investigaciones que expusieron al oficialismo, como el caso LIBRA o la situación patrimonial de Adorni.

María Verónica MichelliComunicación Senado

“Hablé con el Presidente y le comuniqué que voy a ejercer mi derecho a la objeción de conciencia respecto del retiro del pliego de la Dra. Michelli a Jueza Federal”, escribió Bullrich en aquella oportunidad.

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Y agregó: “Conozco y respeto plenamente la facultad constitucional del Presidente de la Nación para proponer y retirar pliegos. Del mismo modo, considero que expresar mis principios también forma parte de la responsabilidad que tengo como dirigente y como integrante de este espacio”.

Bullrich se desmarcó del Gobierno respecto al retiro del pliego de Michelli y se negó a votar a favor en el Senado

Luego de la polémica, el Gobierno tuvo que ceder y finalmente el pliego se aprobó el 4 de junio en la Cámara alta con 44 votos a favor, 18 en contra y dos abstenciones. De los 21 integrantes de LLA en el Senado, 18 optaron por la negativa. Luis Juez estuvo ausente, Francisco Paoltroni se inclinó por el afirmativo y Bullrich se abstuvo.

Reclamos de resultados económicos

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Después de esos dos desmarques, Bullrich volvió a diferenciarse en agosto, aunque esa vez en materia económica. Durante un discurso en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires exigió “más velocidad en los resultados para que el cambio se sienta en la vida cotidiana”.

A su vez, admitió entonces que “algunos sectores están pasando un momento difícil”. Su mensaje fue en el marco del Global Corporate Governance & Latin American Directors Summit Argentina 2026, organizado por el Instituto de Gobernanza Empresarial y Pública (IGEP).

Bullrich se desmarcó en materia económica
Bullrich se desmarcó en materia económica

“El rumbo es el correcto. Y este camino es parte de un proceso de transformación profundo. Lo que necesitamos es más velocidad en los resultados para que el cambio se sienta en la vida cotidiana. No es fácil, pero es el esfuerzo para que podamos construir un país normal y con futuro”, dijo en aquella oportunidad y agregó: “Nos debe ocupar que los resultados lleguen a cada familia, pyme y empresa”.

Dudas sobre las PASO

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Bullrich volvió a mostrar autonomía a fines de ese mismo mes, primero con las PASO y luego con el debate en torno a la morosidad. En relación a las primarias, la legisladora puso dudas sobre la posibilidad de suspensión de esa instancia dada la compleja relación de fuerzas en el Senado.

Patricia Bullrich en el SenadoNicolás Suárez

“Hay muchas cosas que cambiar en el sistema político que las vamos a empezar a cambiar y el tema electoral es un tema que va a depender de cuál es la mayoría. Yo hoy no puedo asegurar si las PASO se van a suspender o no, si van a aceptar otra forma de selección de candidatos”, sostuvo Bullrich en diálogo con LN+.

Y aclaró: “Se decidirá en algún momento entre septiembre y octubre”.

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El pasado martes, LLA postergó nuevamente el debate en la Comisión de Asuntos Constitucionales para intentar alcanzar los acuerdos y reunir los votos necesarios para su sanción.

Morosidad

Durante la sesión que se desarrolló el 27 de agosto en la Cámara alta, Bullrich se refirió a la problemática sobre la creciente morosidad en el país y se diferenció, una vez más, de Milei.

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La senadora propuso una solución al aclarar que debería existir un aviso para los deudores sobre los posibles costos que acarreará los préstamos, al apuntarle a los bancos y fintech.

"Me niego a creer que seamos tan p..":Milei dijo que no se puede culpar al Gobierno por la morosidad
«Me niego a creer que seamos tan p..»:Milei dijo que no se puede culpar al Gobierno por la morosidad

“Tiene que aparecer un cartel gigante como en la brutalidad de los etiquetados frontales [de los alimentos], un etiquetado frontal que diga: ‘Si usted se endeuda por $100.000, va a terminar pagando $250.000′. Porque con el Costo Financiero Total, uno cuando lo mira en letra chiquitita, se da cuenta del robo que se está haciendo. Ese robo no se puede permitir”, alertó.

Se trató de una postura diferente a la del Presidente, quien días antes de aquella sesión le había restado importancia al problema. “Nadie les puso una pistola en la cabeza para endeudarse”, había asegurado Milei en diálogo con LN+.

Libertad de prensa

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A mediados de septiembre, Bullrich se despegó de la política agresiva que desde el inicio de su gestión adoptó a Milei contra la prensa y un amplio sector del periodismo.

En una charla en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, la senadora admitió que había “discusiones respecto a la calidad institucional” y “cuestiones respecto a la prensa” e indicó que no iba a eludir dos temas que consideraba fundamentales como “cuál es el límite del Ejecutivo respecto a un principio general que es la libertad de expresión”.

Patricia Bullrich en el Colegio de Abogados de la CiudadColegio de Abogados

“Desde mi perspectiva, de la manera en que yo me formé, creo en esos valores, creo en la libertad de expresión, creo en la libertad de prensa y creo en la necesidad de ser prudentes respecto a estos actores que están protegidos en nuestra Constitución”, afirmó la exministra de Seguridad.

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Discapacidad

El último capítulo se cerró con una fuerte crítica al Gobierno, y al Ministerio de Economía en particular, por los sorpresivos recortes en discapacidad que dispuso el oficialismo en el proyecto de Presupuesto 2027.

“A mí me sorprendió porque, estando en la mesa política, el tema no salió a la luz y llegó el Presupuesto con esta introducción, de alguna manera, de cambios en la ley de discapacidad que no eran conocidos”, manifestó la jefa de la bancada de LLA en diálogo con Radio Rivadavia.

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Bullrich sobre el recorte en discapacidad
Bullrich sobre el recorte en discapacidad

El enojo de la exministra se debió a que el ajuste en discapacidad expuesto en el Presupuesto se conoció apenas minutos después de que finalizara la reunión de mesa política del pasado martes.

“Eso es un tema porque, cuando uno es jefe de una bancada y no se entera, estando en esa mesa que es donde se discuten las cosas, no se entera de las cosas que van exactamente como van a venir”, dijo y completó: “Uno llega al Congreso y te dicen: ‘Nos estás engañando’. ‘No, yo no sabía’. O quedás como un tonto o quedás como que los engañás. Entonces, eso resiente un poco las relaciones. Es bueno que nosotros corrijamos esos problemas”, reprochó.

Patricia Bullrich

Soledad Aznarez

El jueves último, tras la aprobación en el Senado de los cambios en el proyecto de Inocencia Fiscal, Bullrich volvió a la carga y redobló sus críticas.

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“De golpe viene una bomba atómica, no era lo que se estaba discutiendo”, expresó en conversación con A24. “Yo tengo que ser sincera y decir ‘A mí no me tomen de tonta’ si estamos el día anterior en una mesa discutiendo y no nos enteramos de las cosas. Yo siento que me toman de tonta”, insistió.




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El Programa de Ciudadanía por Inversión es contrario a la Constitución

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El art. 20 de la Constitución argentina establece que las personas extranjeras, para obtener la ciudadanía, deben residir dos años de forma continua en el territorio nacional, salvo que dicho plazo se acorte cuando quien la solicite alegue y pruebe ciertos servicios prestados a la República Argentina.

En 1869 se sancionó la ley de ciudadanía (ley 346), que estableció como requisito de acceso a la ciudadanía, además de los dos años de residencia, la acreditación de alguno de los servicios allí previstos, entre los que se encontraban -entre otros- haber desempeñado con honradez algún empleo para la Nación o las provincias, establecido en el país una nueva industria, introducido una invención útil o ejercido el profesorado en el campo de la educación o la industria. También dispuso que la petición de ciudadanía debía tramitarse ante el juez federal competente con el contralor del Ministerio Público Fiscal.

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El modelo constitucional argentino en torno a la ciudadanía por naturalización y su correspondiente reglamentación legal no contemplaron como un “servicio prestado” al país la mera “compra de ciudadanía” mediante una inversión ni la sola acreditación de una determinada capacidad patrimonial. Los servicios exigidos remiten a aportes efectivamente realizados y no a la mera disponibilidad de recursos económicos. De este modo, aun cuando algunos de esos servicios pudieran requerir la utilización de capital, la inversión constituía, en todo caso, el instrumento mediante el cual se materializaba una contribución al país y no el servicio mismo. Sustituir esa lógica por un sistema en el cual la capacidad económica opera directamente como título habilitante supone modificar cualitativamente el concepto histórico de la naturalización: se pasa de una ciudadanía asentada en la residencia y en la vinculación efectiva con la sociedad argentina a otra en la que el patrimonio puede convertirse, por sí solo, en una vía de acceso al vínculo jurídico-político que exige la ciudadanía.

A esto se agrega que, si la persona extranjera que “compra la ciudadanía” tiene una posición privilegiada en cuanto a la obtención de la misma respecto de otras personas extranjeras, entonces, también se afecta el derecho a la no discriminación con motivo de la posición económica. Una distinción de esta naturaleza exige una justificación objetiva, razonable y proporcional particularmente consistente, pues de lo contrario la ciudadanía deja de organizarse sobre condiciones vinculadas con la residencia, la integración o los servicios prestados al país para quedar parcialmente estratificada según la capacidad de pago. El resultado es una suerte de ciudadanía a dos velocidades: una sometida al régimen general y otra, privilegiada, disponible para quien cuenta con el patrimonio suficiente para adquirirla.

Mediante el dictado del DNU 366/2025 se sustituyeron varios artículos de la ley 346 y se estableció un nuevo régimen de ciudadanía, a través del cual las personas extranjeras que acrediten “haber realizado una inversión relevante en el país”, sin importar el plazo de residencia –cuando el resto de las personas extranjeras debe cumplir con los dos años de residencia permanente–, podrán obtener la carta de ciudadanía por naturalización, que será otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones (organismo descentralizado ubicado en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros) a través de un acto administrativo, desplazando la intervención judicial que históricamente caracterizó al procedimiento de naturalización. De los considerandos, no surge ningún argumento que justifique -tal como lo exige el art. 99.3 de la Constitución argentina- la existencia de una objetiva situación excepcional que haya impedido seguir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes, y por ende, cuando esto sucede, la consecuencia constitucional prevista es la nulidad absoluta e insanable del decreto de necesidad y urgencia dictado. Mucho más aún cuando la potestad de legislar sobre naturalización y nacionalidad está expresamente atribuida al Poder Legislativo en el art. 75.12 de la Constitución argentina.

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En el caso “Yang, Liping” (2026), la Cámara Nacional Electoral resolvió declarar nulo el DNU 366/2025 respecto de la supresión de la competencia judicial en la concesión de la ciudadanía por naturalización. Entre sus argumentos se destaca aquel que afirma que las consideraciones expuestas por el Poder Ejecutivo Nacional “expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo, pues no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del régimen de naturalización, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé”. Y acá surgen con toda evidencia los efectos nocivos para el sistema republicano y la interdicción de la suma del poder público que tiene la posición obturadora sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la ausencia de legitimación procesal y de caso o controversia para impugnar de forma general a los decretos de necesidad y urgencia que no cumplen con los requisitos de habilitación constitucional para su dictado: como solo se puede cuestionar judicialmente a un DNU respecto de los derechos subjetivos que este afecta, por más que en una causa se compruebe que un DNU es nulo de nulidad absoluta, continúa vigente para el resto de la sociedad (aunque la nulidad constitucional establecida por los convencionales constituyentes de 1994 tenga efectos derogatorios generales y retroactivos).

A pesar de los argumentos constitucionales expuestos, el ministro de Economía acaba de anunciar la puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión a través de dos mecanismos que consisten en realizar un aporte directo y no reembolsable al Tesoro Nacional por la suma de US$350.000 o suscribir un título público de US$800.000 creado específicamente para este Programa. También ofrece un “combo familiar”: un grupo integrado por un solicitante principal, su cónyuge y dos hijos menores, podrá solicitar la ciudadanía por US$500.000.

Cuando la ciudadanía abandona la idea de expresión de pertenencia, integración y no discriminación para ofrecerse exclusivamente a cambio de una suma de dinero, se degrada el sentido originalista de la misma. La República Argentina puede atraer inversiones o ponerle precio a un título público, pero lo que el orden constitucional claramente no permite es poner en venta la condición de ciudadano.

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El autor es doctor en Derecho (UBA) y profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos (UBA y UNLPam)



Andrés Gil Domínguez,LA NACION,Política

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La Corte Suprema se reúne este viernes y podría fallar sobre la Ley de Tierras

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9 a un Acuerdo Extraordinario para emitir un nuevo fallo sobre la Ley de Tierras que podría dejar vigente nuevamente las restricciones derogadas por el decreto del Gobierno, confirmaron fuentes judiciales a TN.

Antes de fijar la fecha, los jueces redujeron a 24 horas el plazo para que las partes presenten las impugnaciones contra la integración de los dos conjueces sorteados para el expediente y habilitó días y horas inhábiles.

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El tribunal tiene para resolver un pedido de medida cautelar que, si prospera, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la venta de campos a extranjeros derogadas por el decreto 70/2023.

Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se incluyen las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Concretamente, los involucrados pidieron una aclaratoria, ya que su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscan “que se precise” si el fallo produce algún efecto sobre su expediente

Para intervenir en este expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo.

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Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

Marcha en contra de la Ley de Tierras (Foto: Juan Pablo Chaves/TN.)

En la resolución emitida este jueves por la Corte, se aclaró: “en atención a las particulares circunstancias de la causa, corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. Habitualmente, el plazo es de 72 horas.

El expediente a resolver llegó después del fallo de la semana pasada, en el que la Corte revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023 por el que Javier Milei derogó la ley 26.737. Los jueces consideraron que el CECIM no cuentan con legitimación activa para cuestionar la medida. El fallo de la Corte generó fuertes críticas de la oposición y la amenaza de tratar en el Congreso, en una sesión especial, la caída de todo el DNU 70/2023.

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Por el revuelo que generó la decisión, la Corte emitió un comunicado donde aclaró que solo resolvió “un aspecto procesal”, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a sus precedentes. Que no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales”.

“Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, remarcó el máximo tribunal.

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Rechazan por unanimidad el pedido de Máximo y Florencia Kirchner para suspender el decomiso de sus bienes

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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la pretensión de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el remate de sus bienes para ejecutar la condena de la causa Vialidad, donde su madre Cristina Kirchner cumple una condena de seis años de prisión.

El remate de los bienes de la expresidenta, hasta cubrir la suma de 645 millones de dólares, depende ahora de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que desde hace cuatro meses tiene en sus manos el asunto.

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Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisibles sendos recursos de casación interpuestos por Máximo y Florencia Kirchner, y por Sebastián Sánchez, director titular de las empresas Hotesur y Los Sauces.

Los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano BorinskyNicolás Suárez

Los recursos cuestionaban la resolución del Tribunal Oral Federal 2 del 14 de septiembre de 2026, que había rechazado los planteos contra la ejecución de esos bienes, dispuesta el 26 de agosto último.

Máximo y Florencia Kirchner pretendían que se suspendiera el trámite del incidente de ejecución patrimonial y que se avanzara con medidas cautelares hasta que la Corte resolviera la queja vinculada con el decomiso.

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Por su parte, Hotesur y Los Sauces S.A. cuestionaban que se hubiera diferido su intervención en el incidente respecto de los bienes de su titularidad.

Los fiscales Luciani y Mola, de la causa Vialidad

La Sala IV consideró que los recursos eran formalmente inadmisibles porque la resolución cuestionada no era recurrible. No constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella, ni impedía la continuación del trámite, dijeron los jueces. Tampoco los que reclamaban demostraron un perjuicio actual de imposible o tardía reparación posterior.

La Cámara de Casación destacó que las cuestiones planteadas no habían sido resueltas definitivamente, sino que su tratamiento fue diferido y podía ser retomado en la oportunidad procesal correspondiente. De esa manera, declaró inadmisibles los recursos y permitió que continúe el trámite de ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, por un monto actualizado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.

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111 inmuebles

Lo que está en juego por ahora es la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.

Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$ 5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.

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Florencia con Cristina Kirchner en Cuba, en 2021

Las defensas de Cristina Kirchner y de Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial -si se toma en cuenta los que generó también el fallecido Néstor Kirchner-, pues ninguno de los se encuentra entre los condenados por Vialidad.

No obstante, el Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara Federal de Casación —en un voto dividido— rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados luego por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.

El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.

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Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.

Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma. Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.

El abogado principal de la defensa de Cristina, Carlos Alberto BeraldiNicolás Suárez

El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal 2, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.

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Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.

Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.

En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 dólares y otros 53.280,24 pesos.

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ejecutar,Hernán Cappiello,Conforme a

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