ECONOMIA
El plazo de prescripción para las deudas de servicios públicos
Las deudas de servicios públicos suele ser una de las más frecuentes debido a su impacto en la economía doméstica. De hecho, en 2024, aumentaron un 248,2%, lo que representa uno de los mayores incrementos de precios.
Este se posicionó por encima de los incrementos salariales como también de la inflación del período. Este hecho, sumado a la dificultad de los trabajadores de llegar a fin de mes, genera que surjan atrasos en los pagos.
¿Cuándo prescribe una deuda por servicios públicos?
La prescripción se define como el tiempo que tiene una empresa para reclamar una deuda. Luego de ese lapso, el acreedor, en este caso las compañías de servicios públicos, no pueden exigir el pago por la vía judicial.
En nuestro país, el plazo de prescripción para este tipo de obligaciones es de cinco años. Esto significa que si una factura no se abonó y la empresa no tomó ninguna acción en ese plazo, esta no podrá ser cobrada judicialmente.
Este período se encuentra establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación, específicamente en el artículo 2536. Cabe resaltar que se trata de uno de los lapsos más largos de prescripción si se lo compara con deudas comerciales que rondan entre los 2 y 3 años.
Asimismo, es importante aclarar que, luego de esa cantidad de años, no significa que la deuda simplemente desaparezca, sino que la empresa pierde la posibilidad de hacer una demanda formal para recuperarla.
Aun así, la empresa podría intentar cobrar la deuda por otros medios, como enviar recordatorios, pero no podrá llevar el caso a la justicia si ha pasado ese tiempo.
¿A partir de qué momento comienza a correr la prescripción?
El plazo de los cinco años comienza a correr desde el momento en que la factura venció. Por ejemplo, si se recibió una factura de luz con vencimiento en agosto de 2020 y no se abonó, la empresa tendrá hasta agosto del 2025 para reclamar el pago por vía judicial. Si no lo hace, la deuda prescribirá, y ya no se podrá iniciar un juicio.
No obstante, hay que tener en cuenta que este plazo puede interrumpirse si la compañía toma alguna acción formal para cobrar la deuda, como iniciar un reclamo judicial. También se reinicia si el deudor reconoce la deuda de alguna manera, como, por ejemplo, firmando un plan de pago o abonando una parte.
¿Qué hacer ante un reclamo judicial?
Si no se abonó la factura de agua, luz o gas, la empresa que presta el servicio puede iniciar un reclamo judicial dentro del plazo de cinco años para recuperar el dinero. Dentro de las vías por la que pueden optar se encuentra la demanda judicial a través de los tribunales ordinarios o mediante una jurisdicción coactiva.
En el primer caso, el reclamo es tratado como cualquier otra demanda, mientras que, en la última, la empresa gestiona el cobro de una forma más rápida por contar con autorización legal para hacerlo. Además, en todos los casos, suelen cortar el servicio.
¿Qué debo hacer si tengo una deuda por servicios públicos?
En el caso de contar con una deuda por la prestación de servicios públicos, lo recomendable es resolverla antes de que escalen. Muchas empresas ofrecen planes de pago o facilidades para regularizarlas.
Además, es importante llevar un control de las facturas y de los vencimientos, ya que estos detalles son clave para entender si una deuda aún puede ser reclamada. En el caso de que una obligación haya prescrito y la empresa sigue reclamándola, será necesario que te asesores legalmente. Sin embargo, dependiendo del monto adeudado, los honorarios de un abogado pueden ser muy superiores.
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ECONOMIA
Milei desmintió al titular de la ANSES: «La reforma jubilatoria no es para este momento»
El jefe de Estado desechó la posibilidad de avanzar con cambios jubilatorios, tal cual lo había anunciado Mariano de los Heros
10/02/2025 – 10:29hs
El presidente Javier Milei aclaró hoy que «la reforma jubilatoria no es para este momento», al salir al cruce de declaraciones formuladas el director ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Mariano de los Heros.
Así, el jefe de Estado echó por tierra con la posibilidad de que el cambio en el sistema previsional se debata este año.
De los Heros había señalado que el Gobierno buscará impulsar una reforma previsional «antes de fin de año».
Pero Milei desechó de plano esa posibilidad, en medio del año electoral.
Cuánto hay que trabajar para jubilarse
Actualmente, con 30 años de aportes, las mujeres pueden jubilarse a los 60 años y los varones a los 65 años.
No obstante, desde 2018, los empleadores no pueden intimar a esos trabajadores del sector privado a jubilarse si reúnen esos dos requisitos porque pueden optar por trabajar hasta los 70 años.
Además, ante el vencimiento el próximo 23 de marzo de la moratoria previsional, De los Heros ratificó que «el que no llega a los 30 años de aportes, no tiene derecho a la jubilación» y volvió a la carga con la creación de una Prestación de Retiro Proporcional.
La Prestación Proporcional – figuraba en el proyecto de Ley Bases pero luego del Gobierno la retiró porque se descontaba que no sería aprobada por el Congreso- consiste en una jubilación según los años aportados, con la garantía de un haber mínimo equivalente a la PUAM ( Prestación Universal al Adulto Mayor) del 80% del haber mínimo ( en febrero ese mínimo es de $ 218.469).
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