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POLITICA

EE.UU. destacó la alianza estratégica con la Argentina después de que Milei adhiriera a una iniciativa clave sobre IA

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WASHINGTON.- Durante una cumbre en esta capital en la que la Argentina adhirió esta mañana a la iniciativa global “Pax Silica”, lanzada en diciembre pasado por Estados Unidos con el objetivo de asegurar con socios estratégicos cadenas de suministro de Inteligencia Artificial (IA), el gobierno norteamericano volvió a destacar la alianza entre las administraciones de Donald Trump y Javier Milei, y resaltó los “recursos y oportunidades extraordinarios” del país para contribuir a este plan.

“Milei y Trump comparten plenamente la misma visión filosófica sobre el fomento de la libre empresa como motor del crecimiento económico, y Milei ha convertido la innovación en un eje central de su agenda de desarrollo económico. Por eso, percibimos una gran convergencia de valores entre nuestros países a la hora de colaborar en iniciativas con resultados muy tangibles“, dijo el subsecretario de Estado para Asuntos Económicos norteamericano, Jacob Helberg, ante una consulta de .

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El embajador argentino, Alec Oxenford, y el subsecretario de Estado para Asuntos Económicos norteamericano, Jacob Helberg, en la cumbre de Pax Silica en Washington.Guillermo Idiart

Minutos antes, el funcionario del Departamento de Estado había rubricado la adhesión del gobierno de Milei a Pax Silica junto al embajador argentino, Alec Oxenford, en el marco de una cumbre de dos días que finaliza este viernes en la sede del Instituto de la Paz Donald J. Trump, en Washington. La iniciativa norteamericana busca generar un contrapeso junto a socios estratégicos a la creciente influencia china en el sector.

Hleberg, figura clave en la política tecnológica de la administración Trump, destacó en su presentación que la Argentina tiene una de las mayores reservas de litio del mundo, un mineral esencial para las baterías de vehículos eléctricos y otros productos electrónicos de consumo.

“Vaca Muerta constituye una de las mayores reservas de petróleo y gas no convencionales del planeta, lo que ofrece oportunidades a largo plazo para la diversificación energética y de las cadenas de suministro», resaltó el funcionario, que evitó entrar en detalles sobre proyectos específicos que se podrían desarrollar en el país.

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La Argentina adhirió a la iniciativa Pax Silica en una cumbre en Washington, este viernes.

El país integra el llamado Triángulo del Litio junto con Chile y Bolivia, una región que concentra más de la mitad de los recursos mundiales de este mineral estratégico.

“Es evidente que la Argentina cuenta con recursos y oportunidades extraordinarios. Lo consideramos no solo como un país rico en recursos, sino también poseedor de un gran capital humano y capaz de ofrecer mucho más que simples recursos naturales“, señaló Helberg a .

“Tenemos grandes expectativas de colaborar en áreas como la ingeniería, la logística y una amplia gama de temas. Además, cabe añadir que la firma de este acuerdo marca apenas el inicio de un diálogo mucho más extenso sobre las formas en que podemos trabajar juntos“, añadió el funcionario del Departamento de Estado, que lidera el secretario Marco Rubio.

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Luego de la firma del documento, Oxenford señaló a que adherir a esta iniciativa es “extraordinariamente importante” para la Argentina ante la dinámica global de la reconfiguración de las principales cadenas de valor.

“La oportunidad más importante para la Argentina es aprovechar ese cambio para concentrar en nuestro hemisferio y en nuestro país algunas de las cadenas de valor que están acercándose en el nearshoring a Estados Unidos», dijo el embajador, quien destacó el liderazgo de Helberg para generar “un movimiento a velocidad de la luz a través de Pax Silica”.

Oxenford resaltó la conjunción de factores por los que el Gobierno logró adherir a esta iniciativa global que lidera Estados Unidos. “La empatía entre las administraciones, los valores comunes, los recursos en la Argentina en energía y minerales críticos, el talento emprendedor y humano para convertir esos recursos en activos reales, y un nuevo marco legal para convertirse en un socio confiable de las industrias avanzadas”, enumeró.

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“Incluso hablar como un eventual jugador serio en la IA, que es al final la punta del iceberg a la que todo el mundo está apuntando a participar”, agregó el embajador.

Este mes, en una columna publicada en el diario británico Financial Times titulada “La Argentina invita a la IA a liberarse”, Milei defendió la necesidad de crear un marco jurídico que permita el desarrollo de esta tecnología con la menor intervención estatal posible. También planteó que el país debe convertirse en un polo de innovación y de desarrollo de la IA con inversiones en el sector.

Los presidentes Javier Milei y Donald Trump, en una cumbre en Doral, Miami.SAUL LOEB – AFP

Además de la Argentina, los primeros países latinoamericanos en sumarse a Pax Silica, este viernes, fueron Chile, Panamá, El Salvador y Costa Rica. También adhirió Kazajistán.

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“Adoptamos un enfoque muy gradual y deliberado respecto a la membresía y la adhesión a Pax Silica, y en esta última instancia nuestra administración priorizó la colaboración con el hemisferio occidental”, explicó Helberg sobre la ampliación de los adherentes a la iniciativa.

Los países que ya se habían sumado a Pax Silica son Australia, Finlandia, Alemania, Grecia, la India, Israel, Japón, Países Bajos, Noruega, Qatar, Corea del Sur, Singapur, Suecia, Filipinas, Emiratos Árabes Unidos, el Reino Unido y la Unión Europea (UE).

Muchas de las empresas más importantes que impulsan la cadena de suministro global de IA tienen sus sedes en esos países, destacó Estados Unidos. Además, Taiwán, centro neurálgico de la industria global de semiconductores, respaldó los principios de la declaración de Pax Silica.

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En el último tiempo, la Casa Blanca ha intentado reforzar la fabricación de semiconductores en Estados Unidos ante la preocupación por la dependencia del país respecto a Taiwán, una isla autónoma de gran relevancia geoestratégica que China reclama como parte de su territorio.

China asumió una posición dominante en la carrera por los recursos en la estratégica área de veloz crecimiento de la IA y extrae alrededor del 70% de las principales tierras raras. Los controles a la exportación de minerales de tierras raras impuestos por el régimen el año pasado habían generado preocupación entre las empresas de chips y otros fabricantes que dependen de esos suministros.

La iniciativa de Estados Unidos fue llamada Pax Silica al adaptar los términos latinos para paz y silicio, un mineral estratégico en la IA. El programa es un pilar fundamental de la estrategia de diplomacia económica de la administración Trump para reducir la dependencia de países rivales -como China- y fortalecer la cooperación entre los aliados, como la Argentina.

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iniciativa global “Pax Silica”,pic.twitter.com/sbnjgDokqQ,June 26, 2026,columna publicada,Guillermo Idiart,Donald Trump,Javier Milei,Estados Unidos,Conforme a,Donald Trump,,“Nadie lo ha hecho mejor que Trump”. Tom Homan defiende la política de puertas cerradas del presidente,,Ley SAVE. Byron Donalds estalla contra el Senado y recibe el apoyo de Trump: “Totalmente inaceptable”,,Revés para Trump. Una jueza modifica el plan sobre los préstamos estudiantiles

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El Programa de Ciudadanía por Inversión es contrario a la Constitución

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El art. 20 de la Constitución argentina establece que las personas extranjeras, para obtener la ciudadanía, deben residir dos años de forma continua en el territorio nacional, salvo que dicho plazo se acorte cuando quien la solicite alegue y pruebe ciertos servicios prestados a la República Argentina.

En 1869 se sancionó la ley de ciudadanía (ley 346), que estableció como requisito de acceso a la ciudadanía, además de los dos años de residencia, la acreditación de alguno de los servicios allí previstos, entre los que se encontraban -entre otros- haber desempeñado con honradez algún empleo para la Nación o las provincias, establecido en el país una nueva industria, introducido una invención útil o ejercido el profesorado en el campo de la educación o la industria. También dispuso que la petición de ciudadanía debía tramitarse ante el juez federal competente con el contralor del Ministerio Público Fiscal.

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El modelo constitucional argentino en torno a la ciudadanía por naturalización y su correspondiente reglamentación legal no contemplaron como un “servicio prestado” al país la mera “compra de ciudadanía” mediante una inversión ni la sola acreditación de una determinada capacidad patrimonial. Los servicios exigidos remiten a aportes efectivamente realizados y no a la mera disponibilidad de recursos económicos. De este modo, aun cuando algunos de esos servicios pudieran requerir la utilización de capital, la inversión constituía, en todo caso, el instrumento mediante el cual se materializaba una contribución al país y no el servicio mismo. Sustituir esa lógica por un sistema en el cual la capacidad económica opera directamente como título habilitante supone modificar cualitativamente el concepto histórico de la naturalización: se pasa de una ciudadanía asentada en la residencia y en la vinculación efectiva con la sociedad argentina a otra en la que el patrimonio puede convertirse, por sí solo, en una vía de acceso al vínculo jurídico-político que exige la ciudadanía.

A esto se agrega que, si la persona extranjera que “compra la ciudadanía” tiene una posición privilegiada en cuanto a la obtención de la misma respecto de otras personas extranjeras, entonces, también se afecta el derecho a la no discriminación con motivo de la posición económica. Una distinción de esta naturaleza exige una justificación objetiva, razonable y proporcional particularmente consistente, pues de lo contrario la ciudadanía deja de organizarse sobre condiciones vinculadas con la residencia, la integración o los servicios prestados al país para quedar parcialmente estratificada según la capacidad de pago. El resultado es una suerte de ciudadanía a dos velocidades: una sometida al régimen general y otra, privilegiada, disponible para quien cuenta con el patrimonio suficiente para adquirirla.

Mediante el dictado del DNU 366/2025 se sustituyeron varios artículos de la ley 346 y se estableció un nuevo régimen de ciudadanía, a través del cual las personas extranjeras que acrediten “haber realizado una inversión relevante en el país”, sin importar el plazo de residencia –cuando el resto de las personas extranjeras debe cumplir con los dos años de residencia permanente–, podrán obtener la carta de ciudadanía por naturalización, que será otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones (organismo descentralizado ubicado en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros) a través de un acto administrativo, desplazando la intervención judicial que históricamente caracterizó al procedimiento de naturalización. De los considerandos, no surge ningún argumento que justifique -tal como lo exige el art. 99.3 de la Constitución argentina- la existencia de una objetiva situación excepcional que haya impedido seguir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes, y por ende, cuando esto sucede, la consecuencia constitucional prevista es la nulidad absoluta e insanable del decreto de necesidad y urgencia dictado. Mucho más aún cuando la potestad de legislar sobre naturalización y nacionalidad está expresamente atribuida al Poder Legislativo en el art. 75.12 de la Constitución argentina.

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En el caso “Yang, Liping” (2026), la Cámara Nacional Electoral resolvió declarar nulo el DNU 366/2025 respecto de la supresión de la competencia judicial en la concesión de la ciudadanía por naturalización. Entre sus argumentos se destaca aquel que afirma que las consideraciones expuestas por el Poder Ejecutivo Nacional “expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo, pues no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del régimen de naturalización, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé”. Y acá surgen con toda evidencia los efectos nocivos para el sistema republicano y la interdicción de la suma del poder público que tiene la posición obturadora sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la ausencia de legitimación procesal y de caso o controversia para impugnar de forma general a los decretos de necesidad y urgencia que no cumplen con los requisitos de habilitación constitucional para su dictado: como solo se puede cuestionar judicialmente a un DNU respecto de los derechos subjetivos que este afecta, por más que en una causa se compruebe que un DNU es nulo de nulidad absoluta, continúa vigente para el resto de la sociedad (aunque la nulidad constitucional establecida por los convencionales constituyentes de 1994 tenga efectos derogatorios generales y retroactivos).

A pesar de los argumentos constitucionales expuestos, el ministro de Economía acaba de anunciar la puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión a través de dos mecanismos que consisten en realizar un aporte directo y no reembolsable al Tesoro Nacional por la suma de US$350.000 o suscribir un título público de US$800.000 creado específicamente para este Programa. También ofrece un “combo familiar”: un grupo integrado por un solicitante principal, su cónyuge y dos hijos menores, podrá solicitar la ciudadanía por US$500.000.

Cuando la ciudadanía abandona la idea de expresión de pertenencia, integración y no discriminación para ofrecerse exclusivamente a cambio de una suma de dinero, se degrada el sentido originalista de la misma. La República Argentina puede atraer inversiones o ponerle precio a un título público, pero lo que el orden constitucional claramente no permite es poner en venta la condición de ciudadano.

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El autor es doctor en Derecho (UBA) y profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos (UBA y UNLPam)



Andrés Gil Domínguez,LA NACION,Política

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La Corte Suprema se reúne este viernes y podría fallar sobre la Ley de Tierras

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9 a un Acuerdo Extraordinario para emitir un nuevo fallo sobre la Ley de Tierras que podría dejar vigente nuevamente las restricciones derogadas por el decreto del Gobierno, confirmaron fuentes judiciales a TN.

Antes de fijar la fecha, los jueces redujeron a 24 horas el plazo para que las partes presenten las impugnaciones contra la integración de los dos conjueces sorteados para el expediente y habilitó días y horas inhábiles.

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El tribunal tiene para resolver un pedido de medida cautelar que, si prospera, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la venta de campos a extranjeros derogadas por el decreto 70/2023.

Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se incluyen las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Concretamente, los involucrados pidieron una aclaratoria, ya que su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscan “que se precise” si el fallo produce algún efecto sobre su expediente

Para intervenir en este expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo.

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Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

Marcha en contra de la Ley de Tierras (Foto: Juan Pablo Chaves/TN.)

En la resolución emitida este jueves por la Corte, se aclaró: “en atención a las particulares circunstancias de la causa, corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. Habitualmente, el plazo es de 72 horas.

El expediente a resolver llegó después del fallo de la semana pasada, en el que la Corte revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023 por el que Javier Milei derogó la ley 26.737. Los jueces consideraron que el CECIM no cuentan con legitimación activa para cuestionar la medida. El fallo de la Corte generó fuertes críticas de la oposición y la amenaza de tratar en el Congreso, en una sesión especial, la caída de todo el DNU 70/2023.

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Por el revuelo que generó la decisión, la Corte emitió un comunicado donde aclaró que solo resolvió “un aspecto procesal”, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a sus precedentes. Que no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales”.

“Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, remarcó el máximo tribunal.

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Rechazan por unanimidad el pedido de Máximo y Florencia Kirchner para suspender el decomiso de sus bienes

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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la pretensión de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el remate de sus bienes para ejecutar la condena de la causa Vialidad, donde su madre Cristina Kirchner cumple una condena de seis años de prisión.

El remate de los bienes de la expresidenta, hasta cubrir la suma de 645 millones de dólares, depende ahora de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que desde hace cuatro meses tiene en sus manos el asunto.

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Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisibles sendos recursos de casación interpuestos por Máximo y Florencia Kirchner, y por Sebastián Sánchez, director titular de las empresas Hotesur y Los Sauces.

Los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano BorinskyNicolás Suárez

Los recursos cuestionaban la resolución del Tribunal Oral Federal 2 del 14 de septiembre de 2026, que había rechazado los planteos contra la ejecución de esos bienes, dispuesta el 26 de agosto último.

Máximo y Florencia Kirchner pretendían que se suspendiera el trámite del incidente de ejecución patrimonial y que se avanzara con medidas cautelares hasta que la Corte resolviera la queja vinculada con el decomiso.

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Por su parte, Hotesur y Los Sauces S.A. cuestionaban que se hubiera diferido su intervención en el incidente respecto de los bienes de su titularidad.

Los fiscales Luciani y Mola, de la causa Vialidad

La Sala IV consideró que los recursos eran formalmente inadmisibles porque la resolución cuestionada no era recurrible. No constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella, ni impedía la continuación del trámite, dijeron los jueces. Tampoco los que reclamaban demostraron un perjuicio actual de imposible o tardía reparación posterior.

La Cámara de Casación destacó que las cuestiones planteadas no habían sido resueltas definitivamente, sino que su tratamiento fue diferido y podía ser retomado en la oportunidad procesal correspondiente. De esa manera, declaró inadmisibles los recursos y permitió que continúe el trámite de ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, por un monto actualizado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.

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111 inmuebles

Lo que está en juego por ahora es la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.

Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$ 5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.

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Florencia con Cristina Kirchner en Cuba, en 2021

Las defensas de Cristina Kirchner y de Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial -si se toma en cuenta los que generó también el fallecido Néstor Kirchner-, pues ninguno de los se encuentra entre los condenados por Vialidad.

No obstante, el Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara Federal de Casación —en un voto dividido— rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados luego por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.

El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.

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Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.

Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma. Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.

El abogado principal de la defensa de Cristina, Carlos Alberto BeraldiNicolás Suárez

El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal 2, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.

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Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.

Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.

En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 dólares y otros 53.280,24 pesos.

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ejecutar,Hernán Cappiello,Conforme a

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