POLITICA
El decomiso de US$ 645 millones de Cristina Kirchner y sus hijos está a la espera de un fallo de la Corte Suprema

El decomiso de los bienes de Cristina Kirchner y sus hijos para cubrir los 645 millones de dólares que debe pagar con el resto de los condenados en la causa de Vialidad como parte de su condena por corrupción está a la espera de un fallo de la Corte Suprema de Justicia desde hace cuatro meses.
Es que el 28 de mayo pasado la Cámara Federal de Casación rechazó el recurso extraordinario de los acusados para impedir que se rematen sus bienes y ellos acudieron a la Corte Suprema de Justicia, mediante un recurso de queja, que aún debe resolverse.
CSJN
Esta decisión, si se rechaza el recurso, permitiría avanzar con la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.
Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.
Las defensas de Cristina Kirchner y de sus hijos Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial, pues no están entre los condenados.
No obstante, el Tribunal Oral Federal dos y la Cámara Federal de Casación -en un voto dividido- rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados a posteriori por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.
El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.
Así lo señalaron fuentes judiciales a .
Largo camino
Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. El 18 de noviembre de 2025, el Tribunal Oral Federal dos ordenó decomisar 111 inmuebles de los condenados: 84 de Lázaro Báez, uno de Cristina Kirchner, 19 que Máximo y Florencia Kirchner recibieron a título gratuito y el resto de Austral Construcciones, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto.
La Cámara Federal de Casación confirmó esa decisión y luego declaró inadmisible el recurso extraordinario. Las defensas fueron en queja a la Corte, que no tiene plazo para resolver.
El abogado de Cristina Kirchner, Alberto Beraldi, planteó como primera cuestión federal una violación al derecho de propiedad y al principio de legalidad. Báez y los hijos también habían recurrido
La decisión de la Cámara Federal de Casación no fue unánime al rechazar el recurso extraordinario. El fallo lo firmaron en mayoría Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, con la disidencia parcial de Mariano Borinsky, quien consideró que debía habilitarse parcialmente la revisión para algunos inmuebles adquiridos antes del 2004.
Ese voto de Borinsky es el principal argumento con el que las defensas llegan al máximo tribunal para frenar el remate de los bienes.
La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.
Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma.
Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.
El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal dos, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.
Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.
Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.
En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 de dólares y otros 53.280,24 pesos.
El Tribunal Oral Federal 2 ordenó una serie de medidas de prueba para reunir la información necesaria y todavía faltan algunas.
Mientras tanto, para evitar que los bienes se dispersen, el tribunal dispuso embargos preventivos sobre inmuebles de Los Sauces SA y Hotesur SA, y sobre bienes de Báez, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto, en la ciudad de Buenos Aires, Santa Cruz y Chubut.
Cuando termine esa prueba, el Tribunal Oral Federal dos les pedirá a la fiscalía y a los acusados que expongan su punto de vista sobre estos decomisos y decidirá si esos bienes también se suman al remate final de bienes impuesto en la condena.
Más allá de la cuestión del remate de los bienes, dispuesto por la propia Corte Suprema cuando dejó firme la condena por Vialidad el 10 de junio de 2025, aún tramitan en la Corte otros asuntos relacionados con la ejecución de la pena.
Por ejemplo, el 17 de julio pasado la Cámara Federal de Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario con el que la defensa buscaba que la Corte revisara la obligación de la expresidenta de usar una tobillera electrónica en su casa, el régimen de visitas y el uso de la terraza en San José 1111.
Esta vez el juez Borinsky votó en disidencia y consideró que el planteo involucraba cuestiones constitucionales, como la privacidad y la igualdad ante la ley. Otra vez Hornos y Barroetaveña conformaron la mayoría.
Tras ese fallo, Cristina Kirchner fue en queja ante la Corte para que se anulen todas las restricciones de su arresto, a pesar de que en diciembre de 2025 el máximo tribunal ya había dejado firme la obligación de usar la tobillera y consideró abstracto el régimen de visitas porque había sido reemplazado.
está a la espera de un fallo,Hernán Cappiello,Conforme a
POLITICA
El dueño de la pyme bloqueada por el gremialista de Camioneros dijo que le preocupa la seguridad de su familia

El empresario Ariel Rey, dueño de la distribuidora de San Pedro que fue bloqueada por el Sindicato de Camioneros, dijo que está preocupado por la seguridad de su familia luego de que el juez Alejandro López absolvió al dirigente Maximiliano Cabaleyro, uno de los que lideró la protesta.
En diálogo con Infobae, Rey dijo: “Me preocupa porque con este fallo se va a empoderar y va a venir de vuelta a mi negocio, no me va a dejar sacar mi vehículo y me va a decir: ‘Todos tus empleados son míos. Vos no me hiciste caso la otra vez, me llevaste a juicio, me metiste preso y ahora el juez me dio la razón. Así que pasame todos tus empleados a Camioneros. Si no, te bloqueo’”.
Los temores de Rey, uno de los dueños de la pyme familiar, se hicieron públicos en forma simultánea con las primeras declaraciones de Cabaleyro tras el fallo judicial que lo favoreció, donde se mostró desafiante: “No me quedan dudas, si lo tuviera que volver a hacer, lo haría”, dijo en una conferencia de prensa al referirse al bloqueo que lideró y que lo mantuvo 4 años en prisión (los últimos tres, bajo arresto domiciliario).

Fortalecido por el fallo absolutorio, el jefe de Camioneros en San Nicolás destacó: “Acompañé a mis trabajadores hasta el final y eso a mucha gente le molesta. En mi gen sindical, jamás en mi vida podré dejar tirado a un trabajador, menos por un reclamo que es legítimo”.
“Perdí parte de la crianza de mis hijos y de mi familia. Uno tiene una convicción y quiere jubilarse como sindicalista”, dijo al victimizarse por su detención.
Recordó, además, que le “sacaron” el cargo de concejal del Frente de Todos en San Nicolás por esta causa. “Calculo que uno molestaba mucho en ese lugar. Fui el único condenado por poner un colectivo en la vereda de una empresa”. Y negó que haya recibido coimas: “Nunca las hubo. La plata que pagaron fue legal. No hay una filmación con un insulto. Decían que no se pudo trabajar y hay videos que demuestran lo contrario”.

“Vamos a seguir haciendo lo mismo que hacíamos siempre -advirtió Cabaleyro-. Quédense tranquilos que van a seguir creciendo con nosotros. Saben cómo trabajamos: los reclamos son por vía legal y siempre damos la oportunidad de llegar a un acuerdo”.
Además, anticipó que iniciará acciones legales contra sus denunciantes: “Estaré esperando un tiempo y accionaré contra los que armaron este mamarracho”, señaló.
Rey Distribución, pyme de San Pedro, sufrió un bloqueo en 2021 que se extendió durante 5 días e incluyó amenazas y hostigamiento, pero los responsables de la protesta (Cabaleyro y otros 6 imputados) fueron absueltos por el juez Alejandro Lópéz, miembro del Tribunal Oral Criminal Nº 2 de San Nicolás, quien dio por probado la protesta que impidió el acceso de camiones y afectó la actividad de la empresa, pero consideró que fue llevado adelante como el “legítimo ejercicio de un derecho” y, por lo tanto, no configuró ningún delito.

“Es una locura lo que pasó -remarcó Rey luego del polémico fallo-. Nosotros sabíamos que no iba a ser fácil, pero no vamos a bajar los brazos. Estamos con la verdad. Lo que le está diciendo este juez a la sociedad es que no importa que cometas delito, siempre que haya una huelga existe una justificación”.
El empresario dijo estar “sorprendido” por la sentencia: “El Ministerio Público Fiscal encontró pruebas (del bloqueo) y la jueza de Garantía acusó a los responsables porque encontró pruebas suficientes en los cuatro hechos denunciados. Después, en un fallo unánime, Casación también encontró pruebas suficientes. Y ahora un juez limpia absolutamente todo. Dijo: ‘No, todo lo que hicieron está mal. No hay pruebas suficientes’”.
Con pesar, Rey dijo que los dirigentes gremiales que lo bloquearon “ahora se van a sentir empoderados” ya que el fallo “le está diciendo a la sociedad: “Si tenés problemas con el sindicato, arreglá con ellos porque, si no, en la Justicia no vas a encontrar reparo”.

“Lo que le está diciendo este juez a la sociedad es que no importa que cometas delito, siempre que haya una huelga existe una justificación”, afirmó. “Si yo quiero abrir mi negocio, sacar el camión para salir a repartir y un grupo de personas hace un cordón humano y te dicen: “No avanzás”, ¿eso no es un delito? ¿Qué tiene que ver eso con el derecho de huelga?“, se preguntó Rey.
Por su parte, el secretario adjunto del Sindicato de Camioneros, Pablo Moyano, uno de los máximos promotores de los bloqueos en la Argentina, celebró el fallo de López y descalificó a Florencia Arietto, la abogada de los dueños de Rey Distribución.
“La Justicia de San Nicolás ha absuelto y otorgado la inmediata libertad de Maxi Cabaleyro y a todos los compañeros que han sido involucrados en esta causa mentirosa que ha armado la chanta de Florencia Arietto”, sostuvo en un video filmado desde México, donde participa de un congreso sindical internacional.
Asimismo, Moyano destacó la importancia del fallo para “la defensa de los derechos laborales” y sostuvo que “constituye un precedente en la lucha sindical”.
En ese sentido, remarcó que las medidas legítimas de acción gremial “no deben ser criminalizadas” y dijo: “Esto quiere decir que llevar adelante una medida legítima no es bloquear, no es extorsionar, no es ser patotero, sino que es reclamar por los derechos de los trabajadores”.
Para el dirigente del Sindicato de Camioneros, “la resolución representa un triunfo para los trabajadores involucrados y vuelve a poner en el centro del debate el derecho a la organización sindical, la protesta y la defensa de las conquistas laborales”.
POLITICA
En medio de las negociaciones del PRO con La Libertad Avanza, Mauricio Macri celebró el reclamo que un intendente le hizo a Milei

En medio de las negociaciones entre el PRO y La Libertad Avanza para intentar sellar un acuerdo electoral en 2027, el expresidente Mauricio Macri envió un sugestivo mensaje a través de sus redes sociales. En su cuenta de X, compartió una publicación del intendente de San Nicolás, Santiago Passaglia, que le pidió al presidente Javier Milei que deje de cobrar IVA a los municipios.
“Gran propuesta de Santiago Passaglia en San Nicolás: que la Nación deje de cobrar IVA a los municipios por la compra de suministros y la ejecución de obras públicas. A cambio, los municipios podrían eliminar la Tasa de Seguridad e Higiene que pagan comercios, PyMEs e industrias”, destacó el líder del PRO.
Al respecto, Macri aclaró que la iniciativa requiere una ley del Congreso para implementarse, pero afirmó: “Me parece que vale la pena considerarla”. Por último, finalizó: “Recomiendo conocer todo lo que se ha hecho en San Nicolás para mejorar la vida de sus vecinos”.
La iniciativa, denominada “IVA 0, tasa 0”, surgió después de que Milei reclamara una reducción de las tasas municipales durante su participación en el Coloquio de IDEA. Passaglia respondió a través de un video publicado en sus redes sociales y formalizó el planteo mediante una carta dirigida al ministro de Economía, Luis Caputo.
POLITICA
Bullrich acusó al procurador penitenciario de trabar el traslado de presos de Devoto y exigió que vaya al Senado

La senadora Patricia Bullrich presentó un proyecto de resolución para exigir explicaciones a Ariel Cejas Meliare, procurador penitenciario adjunto a cargo de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), por las actuaciones del organismo ante el traslado de detenidos desde Devoto al nuevo complejo federal de Marcos Paz. La iniciativa le atribuye una conducta que, según la legisladora, obstaculiza el vaciamiento y cierre de la cárcel porteña.
El proyecto, ingresado por la Mesa de Entradas del Senado el miércoles 14 de octubre, reúne nueve pedidos de información sobre las gestiones de la Procuración, los criterios para asignar plazas, las condiciones de alojamiento y los controles de seguridad. Bullrich solicitó que el funcionario entregue un informe “pormenorizado, documentado y por escrito” dentro de los 15 días hábiles posteriores a una eventual aprobación de la iniciativa.
Por ahora, se trata de una presentación parlamentaria. Para que el requerimiento sea formal, deberá contar con el aval de la Cámara. La senadora busca que Cejas Meliare responda, entre otros puntos, por las intervenciones judiciales de la PPN durante la reorganización de la población carcelaria.

El cuestionamiento central figura en el tercer punto del proyecto. Bullrich le reclama que explique la “flagrante contradicción institucional” entre los reclamos históricos por mejores condiciones de habitabilidad y la oposición judicial al cierre de la cárcel. “Explique la flagrante contradicción institucional de exigir durante años la mejora de las condiciones de habitabilidad, para luego oponerse judicialmente al cierre definitivo y traslado inminente de los internos del Complejo Penitenciario Federal de la CABA (Cárcel de Devoto)”, plantea el texto.
La iniciativa define al penal, inaugurado en 1927, como un establecimiento “manifiestamente obsoleto”. Además, cuestiona las mesas de trabajo promovidas por la Procuración, que —según la interpretación de la senadora— demoran la relocalización de los internos e interfieren con el convenio firmado entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires para avanzar con la clausura.
La Justicia rechazó el hábeas corpus colectivo, pero exigió notificaciones
La ofensiva de Bullrich se produjo mientras la controversia ya registraba decisiones judiciales en dos instancias. El jueves 15 de octubre, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo y correctivo que había promovido la PPN por el traslado de internos a Marcos Paz.
La resolución fue firmada por los camaristas Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López. Los jueces mantuvieron el criterio de primera instancia, aunque ordenaron precisiones sobre la comunicación de los traslados a las defensas y los tribunales, además del acceso de los inspectores penitenciarios a los establecimientos.
La presentación de la Procuración alcanzó a 326 detenidos. El organismo cuestionó que algunos movimientos se realizaran sin informar con anticipación los destinos a las defensas y a los juzgados intervinientes. También advirtió sobre el impacto para quienes estudiaban en el Centro Universitario Devoto, dentro del programa UBA XXII, y para los internos con salidas transitorias.
El juez Santiago Bignone, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 60, rechazó la acción colectiva, de acuerdo con el dictamen del fiscal Pablo Recchini. Entendió que no se acreditó una afectación colectiva actual ni un riesgo cierto e inminente de agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. Añadió que los reclamos por derechos individuales debían ser tratados por los magistrados competentes en cada caso.

La Cámara sostuvo esa decisión. Aunque señaló que las notificaciones no se ajustaron por completo al protocolo, concluyó que no se había demostrado un perjuicio concreto que justificara anular los traslados ya efectuados. Los jueces también consideraron que el regreso de internos a sectores de Devoto inhabilitados por razones de seguridad podía agravar sus condiciones de alojamiento.
Sin embargo, la resolución dispuso garantías para los próximos movimientos. La Cámara encomendó al juez Bignone exigir al Servicio Penitenciario Federal (SPF) el cumplimiento de los artículos 11 y 12 del Protocolo de Traslado de Personas Privadas de Libertad, que prevén comunicaciones a los órganos judiciales y las defensas con al menos 72 horas de anticipación. También ordenó garantizar de inmediato el ingreso del personal de la Procuración para inspeccionar y monitorear las cárceles.
Tras la sentencia, la PPN afirmó en un comunicado que no se opone al cierre de Devoto ni a la reorganización de plazas carcelarias. Sostuvo que su intervención apunta a asegurar planificación, transparencia y respeto de la ley y de los derechos de las personas detenidas. Bullrich, en cambio, considera que las actuaciones del organismo afectan una decisión del Poder Ejecutivo para desocupar el penal.

El proyecto reclama explicaciones por las plazas, las camas dobles y los controles de seguridad
El traslado de internos desde Devoto comenzó el domingo 11 de octubre, luego de años de demoras en la puesta en marcha del Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz. En las primeras dos jornadas, el SPF llevó 609 personas, más del 40 % de la población del penal porteño, al nuevo establecimiento, que tiene capacidad para 2.232 plazas.
Bullrich respalda su planteo en el convenio interjurisdiccional acordado en 2018 y ratificado por la Legislatura porteña mediante la Resolución 100/LCABA/18. En los fundamentos, sostiene que la redistribución de los detenidos debe avanzar hacia establecimientos adecuados y cuestiona que la Procuración busque influir sobre el destino específico de las vacantes del nuevo complejo.
El cuarto requerimiento le pide a Cejas Meliare que detalle “los fundamentos legales por los cuales la PPN pretende arrogarse facultades de administración penitenciaria exclusivas del Poder Ejecutivo”. De acuerdo con el proyecto, el organismo pretende que el penal de Marcos Paz sea utilizado de manera prioritaria para alojar a detenidos que permanecen en dependencias policiales de la Ciudad de Buenos Aires, un criterio que Bullrich dice que bloquea la reubicación planificada de la población de Devoto.
Los dos primeros puntos de la iniciativa se refieren a las camas dobles en dependencias del SPF. La senadora solicita que se informe si la Procuración pidió, promovió o avaló su incorporación en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza o en el CPF II de Marcos Paz. También requiere conocer los fundamentos técnicos y jurídicos de un eventual cambio de posición frente a advertencias anteriores sobre “la sobrepoblación, el hacinamiento y los estándares mínimos de habitabilidad”.

Otro de los pedidos se concentra en el vínculo de los detenidos con sus familias. Bullrich busca que el funcionario explique cómo compatibiliza los planteos de la PPN sobre los efectos de trasladar internos fuera de Buenos Aires con las gestiones para derivar de forma progresiva a personas alojadas en comisarías y alcaidías porteñas a cárceles federales de distintas jurisdicciones.
La senadora también reclama precisiones sobre la transferencia a la Ciudad de las competencias penitenciarias por delitos no federales y sobre la construcción de infraestructura modular con 400 plazas adicionales en terrenos del SPF. El proyecto consulta si la Procuración acompañó, objetó o rechazó esas alternativas y bajo qué argumentos. A la vez, solicita comparar las inspecciones y acciones judiciales impulsadas en dependencias de fuerzas federales con las desarrolladas en establecimientos de la Policía de la Ciudad.
Uno de los puntos aborda posibles relaciones institucionales. Bullrich pide identificar si exfuncionarios, exagentes o empleados de la Procuración con licencia cumplen funciones en áreas penitenciarias del Gobierno porteño. Si fuera así, solicita que se informen los mecanismos destinados a “preservar la independencia, imparcialidad y objetividad” del organismo. El texto aclara que el planteo es un pedido de información y no supone, por sí mismo, la existencia de un conflicto de intereses.
El capítulo final se enfoca en las restricciones al ingreso de teléfonos celulares particulares en sectores de máxima seguridad. La senadora reclama que Cejas Meliare explique “los verdaderos motivos por los cuales la Procuración se resiste activamente” a cumplir las disposiciones vigentes. Según el proyecto, el ingreso de dispositivos personales en zonas restringidas “atenta directamente contra las directivas orientadas a desarticular el accionar del crimen organizado desde el interior de las cárceles”.
Cejas Meliare ocupa el cargo de procurador penitenciario adjunto y conduce el organismo por la vacancia de la titularidad. La Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo del Congreso ratificó su continuidad el 20 de noviembre de 2024. La PPN, creada por la Ley 25.875, tiene autonomía funcional y facultades para inspeccionar cárceles, examinar las condiciones de detención y promover actuaciones de protección de derechos, mientras que el Poder Ejecutivo administra el sistema penitenciario federal.
La iniciativa de Bullrich todavía deberá atravesar el trámite parlamentario. Mientras tanto, el cierre de Devoto seguirá bajo las condiciones fijadas por la Justicia: el rechazo del hábeas corpus colectivo y la obligación de que el SPF cumpla con las notificaciones previas y facilite las inspecciones durante los traslados.
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