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El Gobierno evalúa los pasos legales para frenar la ejecución del fallo de la Justicia de EE.UU. por la expropiación de Aerolíneas

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El Gobierno analiza distintas alternativas judiciales después de que la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Circuito del Distrito de Columbia confirmara la sentencia contra la Argentina en el caso por la expropiación de Aerolíneas y Austral.

En Nación evalúan pedir una revisión ante la propia Cámara, recurrir a la Corte Suprema estadounidense y solicitar la suspensión de la ejecución mientras se tramitan esos planteos.

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La causa enfrenta al Estado argentino con Titan Consortium 1 LLC, la firma que adquirió los derechos económicos derivados del laudo iniciado por sociedades españolas del Grupo Marsans. El monto reconocido por la Justicia estadounidense asciende a US$390.907.115 al 10 de diciembre de 2024, más intereses posteriores a la sentencia.

La Procuración del Tesoro quedó a cargo de analizar los próximos pasos. En la estrategia legal argentina evalúan pedir una nueva revisión ante los mismos jueces que fallaron contra el país, solicitar que el caso sea revisado por una integración más amplia de la Cámara de Apelaciones o avanzar directamente con un planteo ante la Corte Suprema de Estados Unidos. “Estamos analizando eso”, expresan en Nación sobre las alternativas que siguen abiertas.

La primera opción apunta a que el mismo tribunal revise su decisión. La segunda busca que el fallo sea evaluado por más jueces de la Cámara de Apelaciones. Son recursos excepcionales, pero forman parte de las herramientas que la Argentina tiene sobre la mesa antes de definir si lleva el caso al máximo tribunal estadounidense.

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El Ejecutivo también analiza solicitar una suspensión de los efectos del fallo y de las medidas de ejecución mientras se resuelven esos planteos. En términos prácticos, se trata de intentar frenar el avance del cobro y evitar que Titan pueda avanzar rápidamente con medidas sobre activos argentinos en Estados Unidos. “Todo. No descartamos nada”, resumen en despachos oficiales.

El encargado de la estrategia argentina es el procurador general del Tesoro, Sebastián Amerio (Foto: prensa Casa Rosada).

El caso tiene origen en el arbitraje que en 2009 iniciaron Teinver S.A., Transportes de Cercanías S.A. y Autobuses Urbanos del Sur S.A. contra la República Argentina ante el CIADI. Las sociedades, pertenecientes al Grupo Marsans, reclamaron por la expropiación de sus participaciones accionarias en Aerolíneas Argentinas y Austral, realizada por el Estado mediante la Ley 26.466 de 2008.

En 2017, un tribunal arbitral del CIADI condenó a la Argentina a pagar aproximadamente US$321 millones, más intereses y costas. El país pidió la anulación del laudo, pero en 2019 un comité ad hoc del CIADI rechazó esa solicitud y dejó firme la condena.

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Como los laudos del CIADI no se ejecutan automáticamente, Titan inició en 2021 una petición de reconocimiento y ejecución ante la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia. En 2024, ese tribunal rechazó el argumento argentino de aplicar un plazo de prescripción de tres años y resolvió que correspondía un plazo de doce años.

La Argentina apeló en 2025 e insistió con el plazo de prescripción de tres años. La Corte de Apelaciones confirmó ahora el criterio de primera instancia y sostuvo que el plazo aplicable es de doce años, lo que mantiene en pie el reconocimiento del laudo y el monto fijado contra el Estado argentino.

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En Balcarce 50 buscan ganar tiempo y reducir el impacto financiero y judicial del fallo. La prioridad es evitar que la confirmación de la Cámara deje al Estado argentino en una posición más vulnerable frente a intentos de embargo o de reconocimiento de la sentencia en otras jurisdicciones de Estados Unidos.

Aeroparque Jorge Newbery en Buenos Aires, Argentina (Foto: Agustin Marcarian/REUTERS).
Aeroparque Jorge Newbery en Buenos Aires, Argentina (Foto: Agustin Marcarian/REUTERS).

El Gobierno remarca que el fallo no afecta a Aerolíneas Argentinas como empresa, sino al Estado nacional. La condena deriva de la expropiación ejecutada durante el kirchnerismo y forma parte del lote de juicios internacionales que la actual administración exhibe como parte de la “herencia” recibida.

En ese sentido, en la defensa argentina sostienen que la causa se inscribe en el “costo institucional de decisiones estatistas de las últimas décadas”. En documentos oficiales remarcan que el Gobierno recibió en diciembre de 2023 más de US$30.000 millones en deudas por juicios perdidos.

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La Casa Rosada también sigue con atención el impacto del fallo sobre otros expedientes. Uno de los casos que puede reactivarse es el de Webuild, vinculado al reclamo de la constructora italiana por el congelamiento de tarifas en el puente Rosario-Victoria. En Nación entienden que la resolución sobre Aerolíneas puede acelerar movimientos de otros acreedores con laudos pendientes contra la Argentina.

El Gobierno no descarta tampoco explorar canales de negociación con Titan, aunque en los despachos oficiales evitan presentar esa posibilidad como un camino abierto. En Nación prefieren mantener todas las alternativas sobre la mesa y sostienen que la prioridad es defender una posición de fuerza en el expediente. “Veremos. Queremos ganar siempre”, expresan en la defensa argentina.

El escenario más inmediato pasa por resolver si la Argentina pedirá una revisión en la propia Cámara de Apelaciones o si prepara directamente el camino hacia la Corte Suprema. Cualquiera de las opciones puede combinarse con pedidos de suspensión para demorar la ejecución mientras se tramitan los recursos.

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Gobierno, Aerolíneas Argentinas

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Renunció el administrador de la obra social de los militares ante la crisis financiera: un gremio estatal tomó el edificio

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El coronel mayor retirado Ariel Guzmán renunció como administrador encargado de la liquidación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA), en medio de una crisis financiera que incluye una deuda superior a los $200.000 millones con prestadores y conflictos por la continuidad de los servicios.

La salida se produjo después de una reunión que Guzmán mantuvo con el ministro de Defensa, Carlos Presti. Según trascendió, existían diferencias por el ritmo con el que avanzaba la liquidación del antiguo organismo y por la transición hacia la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA).

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La crisis se desarrolla mientras conviven, de manera transitoria, las dos estructuras. En febrero, mediante el DNU 88/2026, el Gobierno creó la OSFA como un ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Defensa y dispuso la disolución y liquidación del IOSFA. La nueva entidad quedó encargada de brindar cobertura médico-asistencial a los integrantes de las Fuerzas Armadas y sus beneficiarios.

Mientras la OSFA avanza con su puesta en funcionamiento y recibe los aportes correspondientes a los afiliados, el organismo anterior continúa atravesando el proceso de liquidación y arrastra obligaciones pendientes con prestadores. Se estima que ese pasivo ronda los $213.000 millones.

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El oficialismo logró activar en el Senado el debate por la reforma del Banco Central y el régimen de Zonas Frías

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Tras el reciente triunfo que consiguió el oficialismo en el Senado, con la aprobación del régimen de Inocencia Fiscal II, el bloque libertario que conduce Patricia Bullrich obtuvo con lo justo el quorum para habilitar la sesión que busca convertir en ley el proyecto del régimen de Zonas Frías y tratar la reforma de la carta orgánica del Banco Central.

Este último proyecto sufrirá modificaciones y, por lo tanto, deberá regresar a la Cámara de Diputados para su revisión.

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Con 37 votos, el oficialismo logró abrir el recinto. Lo consiguió gracias al respaldo de los bloques de Pro, UCR y Convicción Federal. Los espacios provinciales también hicieron lo suyo. Beatriz Ávila (Tucumán), Edith Terenzi (Chubut), Carlos Camau Espínola (Corrientes) y los dos misioneros también dieron su aval para comenzar el debate, de interés para la Casa Rosada.

La bancada opositora bajó al recinto tras comprobar que el oficialismo y sus aliados habían logrado abrir el debateFabián Marelli

Dentro de la UCR imperan las diferencias sobre estos temas y estuvieron ausentes cinco de los senadores, entre ellos, Maximiliano Abad y Carolina Losada.

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Así, cerca del mediodía, la bancada que lidera Bullrich logró habilitar el debate para dos iniciativas que hasta ayer en el Gobierno dudaban de si estaban los números para aprobarlas. “Están atados con alambre”, decían en el oficialismo.

Noticia en desarrollo




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ADEPA rechazó enfáticamente un fallo de la justicia formoseña que criminaliza a periodistas

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La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) expresó hoy su “profunda preocupación y rechazo” ante la sentencia del Juzgado de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, Formosa, que condenó a cinco días de arresto (sustituibles por una multa de $282.550 para cada uno) a cuatro integrantes del equipo periodístico de “Hambre de Futuro”, de LN+, por haber realizado entrevistas y filmaciones en la Comunidad San José.

La sentencia consideró a los periodistas Lautaro Guillamondegui, Micaela Urdinez, Joaquín Rajadel y Javier Corbalán responsables de haber violado el artículo 73 del Código de Faltas de Formosa, por haber desarrollado una actividad sin contar con la autorización previa exigible y por carecer de un carnet para ejercer el periodismo.

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“ADEPA considera especialmente preocupante e inadmisible que una controversia vinculada con el ingreso y la realización de actividades periodísticas en una comunidad haya derivado en una sanción de naturaleza penal o contravencional contra quienes desarrollaban una tarea informativa”, dice la declaración dada a conocer hoy. “La libertad de prensa protege el derecho de los periodistas a investigar, entrevistar, registrar y difundir información de interés público, y cualquier restricción a ese ejercicio debe ser compatible con las garantías constitucionales y convencionales que protegen la actividad periodística”, sostiene.

El documento de ADEPA advierte que en la Argentina no se necesita licencia, matrícula ni autorización estatal para ser periodista, investigar, formular preguntas o difundir información. Recuerda asimismo que “la libertad de buscar, recibir y comunicar informaciones está reconocida por la Constitución Nacional a todas las personas” y que “no puede quedar condicionada al otorgamiento de una credencial por parte del Estado ni por organismo alguno”.

ADEPA destaca que la sentencia contradice lo garantizado por la propia Constitución Nacional cuando el juez formoseño sostiene que, sin esa acreditación, “cualquier persona podría arrogarse la condición de periodista”.

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“Resulta especialmente grave que, en 2026, una sentencia emanada del Poder Judicial de una provincia argentina desconozca principios elementales de nuestra Constitución, la doctrina constitucional consolidada en materia de libertad de prensa y los estándares del sistema interamericano de derechos humanos”, observa ADEPA, que recuerda que hace más de 40 años, mediante la Opinión Consultiva OC-5/85, la Corte Interamericana estableció que el ejercicio del periodismo no puede quedar sujeto a colegiaciones, matrículas o habilitaciones obligatorias.

Además, ADEPA subraya que “el propio fallo reconoce que los periodistas fueron inicialmente autorizados a ingresar y a realizar entrevistas, y que se retiraron cuando se les pidió hacerlo”.

La declaración de ADEPA dice que “resulta cuestionable que la decisión judicial se funde exclusivamente en la declaración o denuncia del cacique Guillermo López”, quien dio una versión que contradice lo expresado por los periodistas en las audiencias y que “resulta desmentida por los registros audiovisuales de las notas periodísticas”, que dan cuenta de su disposición respetuosa y de la autorización otorgada.

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“No se describe ingreso violento o clandestino, permanencia contra la voluntad de los miembros de la comunidad, agresión física ni una intromisión concreta en la intimidad de persona alguna”, advierte el documento.

“ADEPA considera indispensable que este criterio sea revisado -dice-. Convertir una credencial profesional en condición para ejercer el periodismo implica instalar un mecanismo de habilitación previa incompatible con nuestra sociedad democrática, con lo que ha sido una práctica habitual desde 1983 hasta la fecha y con una amplia jurisprudencia nacional en la materia.”

La Asociación de Entidades Periodísticas insiste en que “la exigencia de autorizaciones estatales para realizar tareas periodísticas no puede transformarse en un mecanismo que permita impedir, seleccionar o condicionar previamente qué periodistas pueden investigar determinados asuntos o acceder a información de interés público” y que “un precedente de estas características debe ser categóricamente rechazado, por sus implicancias para la libertad de prensa y el derecho de la sociedad a recibir información”.

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