POLITICA
La controversia por la ley de Tierras avivó las diferencias internas en la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia quedó envuelta en los últimos 15 días en una controversia política. El motivo fueron las idas y vueltas en torno a la ley de Tierras, que define el límite que pueden comprar los extranjeros. El conflicto avivó las diferencias internas entre los miembros del máximo tribunal y las expuso públicamente como pocas veces antes. La convivencia entre los tres jueces quedó “sensibilizada”, como la describió un funcionario judicial.
Primero, la Corte dejó sin efecto una medida cautelar que frenaba el decreto de necesidad y urgencia de Javier Milei del 20 de diciembre de 2023. Invocando un motivo procesal, la Corte Suprema dijo que quienes reclamaban la inconstitucionalidad del decreto, un Centro de Ex Combatientes de Malvinas, no estaban legitimados para hacerlo.
El fallo fue unánime, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Aunque versaba sobre un tecnicismo, generó un terremoto político, porque le quitó vigencia a la Ley de Tierras. De esa forma dejaba de regir el límite del 15% de zonas rurales que pueden adquirir los extranjeros.
La reacción pública fue inmediata y sonora. En medio de la polémica, la Corte Suprema, por decisión de Rosatti y Lorenzetti, respondió con un comunicado en el que aclaraba que ese fallo no cerraba la discusión y que el asunto podía volver a discutirse. En verdad, ya tenían previsto tratarlo. Rosenkrantz no fue consultado para ese comunicado, según dijeron sus allegados. Las diferencias comenzaban a salir a la luz. Luego, el viernes pasado, un nuevo fallo de la Corte volvió a dejar en vigencia la ley de Tierras y los límites a la venta de campos. Todo en apenas diez días.
Las dos decisiones generaron un estrépito político. Tras el primer fallo, la oposición buscó organizarse para voltear por completo el DNU de Milei. Tras el segundo, salió a criticar lo que considera una política de compensaciones de la Corte, primero en favor y luego en contra del Gobierno.
El caso exhibió las diferencias entre los jueces. Rosenkrantz votó en disidencia y, en un considerando que se apartó de sus argumentos técnicos, criticó elípticamente a la mayoría. Escribió que el “descontento social” que provocó el primer fallo “no justifica adoptar decisiones que la Constitución y las leyes no permiten”.
La segunda decisión había sido tomada por una mayoría que integraban Rosatti y Lorenzetti, acompañados por los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
El caso se tramitó a velocidad de vértigo. El voto mayoritario de cuatro jueces estaba listo hace tres días; la disidencia de Rosenkrantz ingresó anoche pasadas las 22, según dijeron a en tribunales.
En lo jurídico, el asunto exhibió diferencias. Para Rosenkrantz, los planteos de la ONG Árbol de Pie que motivó el segundo fallo deben resolverlos primero las instancias inferiores, y solo después podrían llegar a la Corte en revisión. Sus colegas sostuvieron que la Corte debía actuar ahora y otorgar la cautelar.
Pero más allá de los aspectos técnicos, la crisis tuvo raíces políticas porque Rosenkrantz sugirió que la mayoría actuaba para calmar el clamor popular. Esas expresiones dejaron un ambiente “sensibilizado”, según reconocieron funcionarios de los tribunales.
En la Corte Suprema hay dos explicaciones de lo sucedido y se contradicen. En los despachos de la mayoría señalaron que no hubo marcha atrás. Dijeron que los procesos colectivos se inscriben en un registro y deben resolverse en orden. “Si no, los hubiéramos resuelto juntos y no hubiera habido controversia”, dijo a una fuente que siguió la deliberación.
Agregan que la primera demanda no guardaba relación con el tema y por eso se rechazó por falta de legitimación de los excombatientes. La segunda, en cambio, la plantearon una ONG ambientalista y comunidades con legitimación para reclamar tutela ambiental. Según esa lectura de la mayoría, los dos fallos no se contradicen. El comunicado de la semana pasada solo buscó aclarar algo que “en la política leyeron mal”, porque creían que la posición era definitiva.
“Los jueces ya sabían que a la semana siguiente tenían que resolver el otro caso”, explicaron en los tribunales.
Cerca de Rosenkrantz la lectura es distinta. Allí ven que la mayoría retrocedió ante el clamor social y el conflicto político que se abrió por la derogación de los límites a la compra por parte de extranjeros. “A Rosenkrantz no le parece que los ministros de la Corte deban responder a las críticas de la sociedad, y menos con comunicados”, dijeron cerca del magistrado.
En el entorno de Lorenzetti bajan el tono. Hablan de “una diferencia legítima” con Rosenkrantz, a quien describen como más restrictivo en la interpretación de la ley ambiental.
“Siempre opinó así, no ahora”, dicen. La mayoría, en cambio, se apoya en precedentes como la causa del Riachuelo y en cautelares ambientales que el tribunal ya dictó sin oír a la contraparte. “Jurídicamente es inobjetable”, aseguran. Ese sector también busca relativizar el conflicto. “Hoy no tenemos conflictos; nos llevamos bien; es una diferencia jurídica y no de otro orden”, afirman.
Las reacciones vinieron del ámbito de la política y no se tradujeron en reclamos judiciales; es decir, hubo confrontación política en el Congreso, pero poco interés ambiental.
Enojo
“Veo funcionarios de la Corte muy enojados”, admitió una fuente del tribunal. De todos modos, sería erróneo hablar de una nueva mayoría en la Corte; en el próximo fallo las posiciones pueden ser distintas.
Más allá de las diferencias que mostró el debate por la Ley de Tierras, las diferencias “reales y persistentes” entre Rosenkrantz y Rosatti se mantienen. Tienen posturas distintas sobre la manera de ejercer el liderazgo de la Corte en el Consejo de la Magistratura y en el sistema de elección de los jueces.
Rosenkrantz y Lorenzetti cuestionaron la discrecionalidad que existe en las distintas etapas del proceso de selección de jueces, sobre todo en las entrevistas personales, que pueden colocar a dedo a candidatos en lugares privilegiados. Plantearon reformar el reglamento, iniciativa que quedó congelada en el Consejo de la Magistratura, que preside justamente Rosatti.
De hecho, Rosatti no firmó la acordada del cambio de reglamento que impulsaba Rosenkrantz sobre ese régimen.
En el entorno de la mayoría señalaron que el primer fallo, el de los excombatientes, fue también un mensaje hacia adentro del Poder Judicial: los tribunales inferiores no pueden elevar cualquier planteo, porque las causas tienen que llegar sustanciadas.
En la Corte minimizan el impacto político. Señalan que el DNU 70/2023 sigue vigente, salvo contadas excepciones, porque la oposición no logró rechazarlo en el Congreso.
“Si la agenda de la Corte está supeditada a la política, no tomás ninguna decisión”, resumió un funcionario del tribunal. Otro fue más gráfico: comparó a los dirigentes que agitan el tema con los teros, que gritan de un lado y ponen los huevos en el otro. Como prueba, dijo que contra la derogación de la Ley de Tierras hubo apenas dos acciones judiciales, cuando contra los aumentos de tarifas se presentaron cientos en todo el país.
El DNU 70/23 tendrá revancha, porque en la Corte sigue pendiente la discusión sobre el capítulo laboral. La Procuración ya dictaminó que ese capítulo es inconstitucional en cuanto a los aportes sindicales, y en el tribunal admiten que “en breve” deberán resolverlo. También esperan turno otros capítulos del decreto que amenazan con volver a mostrar las diferencias.
Hernán Cappiello,Conforme a
POLITICA
Por la visita del Papa, el Gobierno amplió el control aéreo y autorizó el uso de la fuerza ante un acto hostil

A días de la visita del papa León XIV a la Argentina, el Gobierno nacional dispuso la ampliación temporal de las Reglas de Protección Aeroespacial, un protocolo que habilita el uso de la fuerza como último recurso contra aeronaves de origen externo declaradas hostiles.
Por medio de la publicación del Decreto N° 1334/2026 en el Boletín Oficial, se confirmaron nuevas restricciones al tránsito aéreo y una coordinación reforzada entre autoridades civiles y militares. El objetivo declarado es proteger los actos papales que tendrán lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba y Luján entre el 8 y el 11 de noviembre.
De esta manera, la norma amplía las reglas aprobadas en 2016 para las Zonas de Operaciones Restringidas TMA Baires y TMA CBA. Se trata de los espacios que comprenden sectores de alta circulación aérea alrededor de los aeropuertos y las ciudades de Buenos Aires y Córdoba.
Como punto central de las modificaciones, las autoridades habilitaron “el uso de la fuerza por parte de los medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo y/o destrucción de vectores incursores de origen externo declarados ‘hostiles’”.

En este sentido, el uso de la fuerza implicará “el empleo del poder de fuego disponible por parte de la aeronave interceptora contra la estructura del vector incursor, con el objeto de anular su capacidad de vuelo impidiendo la continuidad de su trayectoria”. Asimismo, deberá contemplarse un plan para minimizar el riesgo de daños a la vida y/o bienes en la superficie.
Para que eso ocurra, el decreto exige la comprobación de un “acto hostil”. La definición abarca desde un ataque armado, el uso o la amenaza inminente de usar una aeronave como arma contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos.
Entre los indicios que pueden ser evaluados como hostiles figuran la presencia de armamento o la persistencia, pese a las advertencias, de una trayectoria, una altura o una velocidad compatibles con un ataque contra un blanco determinado.
No obstante, la declaración de hostilidad corresponderá al comandante conjunto aeroespacial, una vez confirmada la situación. Pero la aplicación de la regla que habilita el empleo de armas deberá contar con la aprobación del ministro de Defensa, Carlos Presti, una atribución que el presidente Javier Milei delegó para este operativo y que no podrá ser transferida a otra autoridad.

También deberán intervenir medios militares que estén bajo el comando o control operacional de la autoridad de ejecución, que tendrán el objetivo de evitar la afectación de un interés vital o de un objetivo de valor estratégico.
Por otro lado, el decreto diferencia de manera expresa el tratamiento de las aeronaves civiles. Ante el incumplimiento de una instrucción, la respuesta prevista es la interceptación y la orden de aterrizaje en el lugar que se indique.
En línea con esto, establecieron que el Comando Conjunto Aeroespacial dirigirá la respuesta operativa y deberá coordinar con la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) las restricciones que se apliquen a los vuelos. La ANAC, a su vez, deberá adoptar las medidas necesarias y aportar el apoyo requerido por el mando militar.
La norma no establece una prohibición general de vuelos, pero sí habilita a las autoridades a graduar las limitaciones según el escenario y a desviar aeronaves civiles fuera de un área afectada si fuera necesario para preservar la seguridad operacional.
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En este sentido, remarcaron que “cada evento irregular configurará una degradación de la situación aeroespacial en la zona afectada, a los efectos de la aplicación de las Reglas de Protección Aeroespacial”.
Así, en caso de detectarse una irregularidad en una de las zonas restringidas, el Comando Conjunto Aeroespacial podrá asumir distintos niveles de conducción sobre el área y sobre los servicios de navegación aérea de la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA).
El primer nivel será el control por coordinación. En ese escenario, el mando militar informará al supervisor del servicio de navegación aérea para que adopte medidas y, cuando sea posible, desvíe vuelos civiles de la zona involucrada.
En un segundo nivel, denominado control total bajo subordinación directa, los controladores continuarán con sus tareas habituales, aunque deberán aplicar las restricciones que ordene el Comando Conjunto.
El nivel más amplio es el control total integral, el cual permite despejar el área de aeronaves civiles para que operen exclusivamente medios militares y deja toda autorización de vuelo bajo control militar, según lo dispuesto previamente. La decisión sobre qué nivel aplicar quedará en manos del comandante conjunto aeroespacial y dependerá de cada situación.
Por último, las autoridades informaron que el gasto del operativo será cubierto con partidas asignadas al Ministerio de Defensa, el Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto.
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POLITICA
El Gobierno autorizó el derribo de “aeronaves hostiles” durante la visita del papa León XIV

El Gobierno amplió las Reglas de Protección Aeroespacial para reforzar la seguridad durante la visita del papa León XIV a la Argentina, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre. La medida habilita, como último recurso y bajo condiciones específicas, el derribo de aeronaves de origen externo declaradas hostiles en sectores del espacio aéreo de Buenos Aires y Córdoba que quedarán sujetos a restricciones especiales.
La decisión quedó establecida mediante el decreto 1334/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Defensa, Carlos Presti. La norma también delegó en el titular de este último Ministerio la facultad de aprobar el uso de la fuerza durante ese período, una atribución que no podrá transferir a otra autoridad.
El Ejecutivo fundamentó las medidas en la concurrencia de autoridades nacionales y extranjeras y en las concentraciones masivas previstas durante las actividades del pontífice en la ciudad de Buenos Aires, Córdoba y Luján. Según los considerandos, ese escenario exige reforzar la protección de las personas y de los objetivos de valor estratégico.
La autorización de derribo no se activa por el solo incumplimiento de las instrucciones de los controles aéreos. Antes de recurrir a las armas, deberán agotarse los procedimientos de identificación, interceptación, advertencia y orden de aterrizaje, además de confirmarse un acto hostil.
El decreto define esa situación como un ataque armado o el uso -o la amenaza inminente de uso- de una aeronave u otro medio aéreo como arma contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos. Para determinarlo, exige indicios objetivos, como el empleo de armamento o la persistencia, después de las advertencias, de una trayectoria, altitud o velocidad compatibles con un ataque a un blanco determinado.
La declaración de hostilidad quedará a cargo del comandante conjunto aeroespacial, Almirante Marcelo Alejandro Dalle Nogare, quien deberá comunicarla de inmediato al ministro de Defensa y a los medios que intervengan en el operativo. La aplicación de la fuerza requerirá luego la aprobación del ministro y deberá ejecutarse con medios militares bajo el comando o control operacional de esa autoridad militar. También deberán adoptarse precauciones para evitar o reducir los daños a personas y bienes en la superficie.
La disposición establece condiciones adicionales para las aeronaves civiles: solo podrán ser alcanzadas por esa medida ante un “ataque armado o una amenaza inminente y cierta contra la vida de las personas que no pueda ser neutralizada por otros medios”. Si únicamente desobedecen las instrucciones, la respuesta deberá limitarse a la interceptación y la orden de aterrizaje.
El texto encuadra el operativo en la defensa nacional frente a agresiones de origen externo. Las situaciones que involucren aeronaves de origen interno, en cambio, permanecerán sujetas a la Ley de Seguridad Interior, que contempla el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas solo de manera excepcional y con una declaración previa del estado de sitio.
El Comando Conjunto Aeroespacial coordinará con la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) las restricciones necesarias para las dos zonas alcanzadas. El organismo civil deberá instrumentarlas y brindar el apoyo que requiera la conducción militar.
Ante irregularidades, el comandante podrá establecer distintos niveles de control según la gravedad de la situación. El primero contempla coordinar con los servicios de navegación aérea y desviar, cuando sea posible, los vuelos civiles fuera del área afectada. Un segundo nivel permite mantener esos servicios bajo subordinación directa del Comando Conjunto Aeroespacial.
La instancia de mayor control prevé despejar el espacio aéreo de aeronaves civiles para permitir la actuación exclusiva de los medios militares. En ese supuesto, las autorizaciones de vuelo quedarán sujetas al control de tránsito aéreo militar y a las restricciones que establezca el comando.
Las disposiciones tendrán vigencia desde el 8 hasta el 11 de noviembre, inclusive. En el texto de la normativa se indica que los gastos del operativo se cubrirán con partidas presupuestarias del Ministerio de Defensa correspondientes al Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Papa León XIV,Conforme a
POLITICA
La Iglesia redobló la presión sobre el Senado para que apruebe la ley contra la ludopatía y evite que sea archivada

La Iglesia argentina intensificó este martes su reclamo al Senado para que avance con la ley de prevención de la ludopatía y regulación de las apuestas online, que tiene media sanción de Diputados desde noviembre de 2024. La Comisión Episcopal de Pastoral Social (CEPAS) lanzó una campaña de recolección de firmas y pidió a los legisladores que traten la iniciativa antes del cierre de las sesiones ordinarias, previsto para el 30 de noviembre, ante el riesgo de que termine archivada.
La presión se produce a pocos días de la llegada del papa León XIV a la Argentina y después de que la Cámara alta aprobara una moción de preferencia para tratar el proyecto, que lleva casi dos años sin conseguir su sanción definitiva.
La organización eclesiástica impulsó una petición en Change.org bajo la consigna: “Sres. Senadores: legislen hoy, protejan a los niños argentinos de las apuestas online”. Según los datos difundidos por los organizadores, la iniciativa reunió cerca de 1.400 adhesiones, con más de 500 nuevas firmas en una sola jornada.
El reclamo retoma una carta enviada en octubre a la vicepresidenta Victoria Villarruel y a todos los senadores, en la que la Pastoral Social advirtió sobre las consecuencias del juego compulsivo, especialmente entre niños, adolescentes y jóvenes.
“La ludopatía es un atentado contra la vida”, recordó la entidad, que cuestionó los intereses económicos vinculados a las apuestas y reclamó una intervención más firme del Estado.
La advertencia de la Iglesia por el avance de las apuestas online entre los adolescentes
La Comisión Episcopal de Pastoral Social sostiene que la expansión de las plataformas digitales de apuestas genera consecuencias sobre la salud mental, la economía familiar y la vida escolar.
En su presentación, reclamó que los legisladores asuman la responsabilidad de proteger a los sectores más vulnerables y cuestionó la demora en el tratamiento parlamentario.
“No hacer nada” también es una decisión, advirtió la entidad, que señaló que la falta de regulación podría profundizar los daños sociales y sanitarios asociados a la ludopatía.
Los datos disponibles reflejan la dimensión del problema. Según el estudio Kids Online Argentina, elaborado por UNICEF y UNESCO, el 24% de los adolescentes de entre 12 y 17 años apostó dinero por Internet al menos una vez.
La investigación también reveló que más del 60% de los chicos de entre 9 y 17 años conoce a alguien que realizó apuestas online.
Por su parte, un relevamiento del Observatorio Humanitario de la Cruz Roja Argentina indicó que seis de cada diez adolescentes están expuestos a estas plataformas y que aproximadamente uno de cada ocho menores que apuesta contrajo deudas.
Entre los colaboradores de la Pastoral Social se encuentra el psicólogo y exjugador de Los Pumas Matías Dalla Fontana, quien participó de reuniones sobre la problemática con legisladores nacionales.
Dalla Fontana vinculó la protección de los menores con la soberanía y la salud pública. “Cuidar la vida es Soberanía: No habrá futuro posible sin un debido resguardo, sin un debido cuidado de los más pequeños, de los más débiles”, sostuvo.
Qué establece la ley contra la ludopatía y por qué corre riesgo de quedar archivada
El proyecto obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2024, con 139 votos afirmativos, 36 negativos y 59 abstenciones. Desde entonces permanece pendiente de tratamiento en el Senado.
La semana pasada, la senadora peronista Lucía Corpacci solicitó una moción de preferencia para acelerar su debate. La propuesta fue aprobada, aunque eso no garantiza que la iniciativa llegue a convertirse en ley.
La diputada de la Coalición Cívica Mónica Frade, una de las impulsoras del proyecto, cuestionó las demoras y advirtió sobre la posibilidad de que el oficialismo permita que la iniciativa pierda vigencia.
El texto aprobado en Diputados contempla distintas medidas para limitar el acceso de menores a las apuestas y reducir los riesgos asociados al juego compulsivo:
- Prohibición de publicidad y patrocinio: impide que las plataformas promocionen sus servicios en medios de comunicación, redes sociales, camisetas deportivas y eventos, incluso mediante influencers y figuras públicas.
- Controles biométricos: establece mecanismos de verificación de identidad y edad para impedir que menores ingresen a las plataformas utilizando datos de terceros.
- Sanciones al juego ilegal: prevé penas de prisión para operadores clandestinos, con agravantes cuando estén involucrados menores.
- Prevención y asistencia: incluye campañas educativas, herramientas de autoexclusión y límites para el uso de plataformas de apuestas.
- Restricciones a los medios de pago: prohíbe utilizar tarjetas de crédito y establece controles sobre las operaciones autorizadas.
El principal obstáculo es el calendario legislativo. Las sesiones ordinarias finalizan el 30 de noviembre, mientras que el proyecto conservaría formalmente estado parlamentario hasta el 1° de marzo de 2027.
Para tratarlo durante las sesiones extraordinarias, el Poder Ejecutivo debería incorporarlo al temario. Además, si el Senado introduce modificaciones, el texto deberá regresar a Diputados.
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