POLITICA
El Gobierno ofreció Tecnópolis para hacer el velatorio del Indio Solari

Luego de descartar el Congreso y la Casa Rosada, el Gobierno puso a disposicion Tecnópolis para velar al Indio Solari.
Según pudo confirmar TN, el Ejecutivo se comunicó con la familia del músico para ofrecer el predio para llevar a cabo el velatorio del artista. Hasta el momento no hubo respuesta.
“El predio está disponible”, remarcó a TN el secretario de Cultura de la Nación, Leonardo Cifelli. “Se pudo cuando Tini hizo 6 shows seguidos”, respondió ante la consulta de los periodistas.
“Si la familia quiere otro lugar, corre por su cuenta. Tecnópolis es el lugar que el Gobierno tiene para ofrecer”, aclaró. “Se puede ver debuscar alguna otra alternativa, pero no nos podemos comunicar con el abogado de la familia”, remarcó.
Leé también: El Gobierno rechazó hacer el velatorio del Indio Solari en el Congreso: “No reúne las condiciones”
“Son 50 hectáreas, es muy grande”, indicó el funcionario. Si bien reconoció que son públicos diferentes a lo que fueron los recitales de Tini Stoessel, consideró queestán dadas las garantías para llevar el velorio adelante de manera segura.
En tanto, Cifelli comentó que se había enterado de algunos clubes que pusieron a disposición sus estadios, pero que eso ya no tiene que ver con el Gobierno.
“Más allá de los gustos de cada uno, deja un legado inmenso a la cultura y el rock nacional. Tiene una obra extraordinaria”, finalizó. “No me esperaba este desenlace, es una gran pérdida”, agregó.
Horas antes y luego del pedido de Unión por la Patria para que el velorio del Indio Solari se lleve a cabo en el Congreso, el titular de la Cámara de Diputados, Martín Menem, confirmó que no se hará allí. “Se concluyó que el Palacio Legislativo no reúne las condiciones de infraestructura, logística y seguridad necesarias para un evento de esta magnitud”, informó.
“Con la mayor y absoluta predisposición, el Gobierno nacional se encuentra a disposición de la familia para trabajar conjuntamente en la elección de un lugar que esté a la altura de lo que el Indio Solari representa para la sociedad argentina y donde puedan garantizarse todas las condiciones de seguridad necesarias para una despedida acorde a su legado”, agregó Menem.
Además, el titular de la Cámara baja manifestó: “Despedimos a uno de los máximos referentes de la historia del rock nacional. Acompañamos a sus familiares, amigos y a millones de argentinos que hoy lamentan su partida”.
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POLITICA
Milei estuvo en Bahía Blanca y recorrió una planta industrial

El presidente Javier Milei desembarcó este viernes en la ciudad bonaerense de Bahía Blanca y recorrió la planta industrial de Compañía Mega en el marco de un tour a tres empresas alcanzadas por el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y el Super RIGI. Por la tarde habrá un encuentro con la militancia libertaria.
Según la información oficial compartida por Presidencia, el titular del Ejecutivo se interiorizó sobre las proyecciones de la firma a través del RIGI. También sobrevoló los terrenos donde Pampa Energía avanzará en la construcción de la mayor planta de urea de la región.
Durante la recorrida por el complejo industrial de la Compañía Mega, líder en el procesamiento de gas natural proveniente de Vaca Muerta, Milei habló con operarios y participó de una presentación institucional sobre los planes de expansión de la empresa, que prevé una inversión de US$365 millones para ampliar su capacidad productiva y la exportación de hidrocarburos.
El proyecto, con impacto en Neuquén, Río Negro, La Pampa y Buenos Aires, contempla la generación de 770 empleos directos e indirectos.
Además, antes de la visita, Milei sobrevoló los terrenos donde Pampa Energía construirá una planta para producir urea, con capacidad de 2,1 millones de toneladas anuales a partir de 2029, mediante una inversión de US$2700 millones.
El Presidente viajó acompañado por la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei; el jefe de Gabinete, Diego Santilli; el secretario de Comunicación y Medios, Fabián Fernández; y el diputado nacional Sebastián Pareja. También estuvieron presentes el presidente y CEO de YPF, Horacio Marín; el presidente de Pampa Energía, Marcelo Midlin; y el CEO de Mega S.A., Tomás Córdoba.
La comitiva oficial además visitará Louis Dreyfus Company, que realizará una inversión de US$400 millones para construir en Bahía Blanca una planta de procesamiento de girasol y soja, que estará entre las más grandes del mundo.
Bahía es una ciudad gobernada por el peronismo, en el que los libertarios tienen varios nombres que miran con atención de cara a 2027. Entre ellos el del legislador Oscar Liberman; los libertarios también se entusiasman con el de Pepe Sánchez, el basquetbolista, exmiembro de la generación “dorada”, que se consagró en los Juegos Olímpicos de Atenas 2004.
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Allanamiento a la casa de Cristina Kirchner: por qué la puerta blindada del placard sería una prueba clave en la causa Cuadernos

La declaración del policía que encabezó el allanamiento al departamento de Cristina Kirchner en 2018 puso el foco sobre un detalle que puede resultar relevante para la causa Cuadernos: dentro de la propiedad había más de una puerta blindada y una de ellas protegía el acceso a un vestidor ubicado detrás de la cama del dormitorio.
El dato surgió durante el testimonio de Juan Carlos Barrales, por entonces jefe de la División Operaciones Federales de la Policía Federal, mientras se exhibían por primera vez los videos del procedimiento realizado el 23 de agosto de 2018 por orden del entonces juez federal Claudio Bonadio.
“Entramos por una puerta blindada. Había otra puerta blindada de lo que supusimos era la habitación matrimonial, de la ex Presidenta. Había almohadones con las iniciales de la expresidenta y de Néstor Kirchner”, contó Barrales durante su declaración.
La fiscal Fabiana León le preguntó entonces si había más de una puerta blindada en el departamento. El testigo respondió: “Sí, detrás de la cama había un vestidor, un placard con una puerta que era blindada. El señor Cabral, secretario de la ex Presidenta la volvió abrir para realizar el registro. Él estaba en el edificio, no en la unidad, nos ayudó”.
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Los artículos del proyecto de ley por Malvinas que chocan con la Constitución

El proyecto de ley que promueve el Gobierno para sancionar a las empresas que explotan ilegalmente el petróleo de Malvinas esconde iniciativas que chocan con la Constitución Nacional, que restringen la libertad de expresión y derechos civiles con la declamada intención de actuar en defensa de la seguridad nacional.
Así crea el delito de desinformación, una figura difusa que permite encarcelar a quienes publiquen informaciones críticas, considera terroristas a ciudadanos ante la simple sospecha, prevé la participación de fuerzas militares en tareas de seguridad y dota de superpoderes al Poder Ejecutivo para decomisar bienes.
Al amparo del loable objetivo de defender la soberanía nacional, el proyecto de ley choca con la Constitución Nacional.
El mensaje que acompaña al proyecto de “Ley de Defensa de la Soberanía Nacional” habla del “objetivo permanente e irrenunciable” de la recuperación de las Malvinas. Pero de los ocho títulos que componen la iniciativa, solo el primero se refiere a la explotación de hidrocarburos en las islas sin autorización argentina.
Los siete restantes crean un Sistema de Seguridad Nacional, modifican el Código Penal, la Ley de Defensa Nacional, la de Inteligencia y la de Financiamiento de los Partidos Políticos, con un alcance que excede a las Malvinas.
Amenaza a la libertad de prensa
El artículo 111 del proyecto incorpora el artículo 225 bis al Código Penal. Castiga con prisión 5 a 12 años (de 8 a 15 si hay coerción) a quien, financiado u ordenado por un Estado u organización extranjera, “procure alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva”.
Una descripción difusa y amplia que hace que un periodista pueda ser detenido ante una información que el Gobierno considere falsa, cuando su programa o medio sea auspiciado, por ejemplo, por un ente de promoción turística de un país vecino.
Ya la Corte Interamericana condenó en el pasado a la Argentina porque los tipos penales de calumnias e injurias, tal como estaban redactados, eran imprecisos para aplicarse a un periodista sin afectar su libertad de expresión, y ordenó reformar la legislación.
Ahora las figuras de “manipular la opinión pública” y “desinformación masiva” son igual de vagas y ambiguas, agravadas porque ahora la pena es mayor y no exige probar que el autor supiera que la información era falsa.
Además, la Constitución Nacional prevé en el artículo 32 que “el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal” y el artículo 14 incluye el derecho de los ciudadanos de “publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”.
El artículo 88 del título IV del proyecto sanciona administrativamente “interferir mediante medios engañosos” en el “proceso decisorio de las autoridades constituidas” cuando hay financiamiento extranjero.
Así redactados, plantean una figura amplia que puede abarcar la manera en que determinados medios cubren un asunto. Por ejemplo, periodistas de un consorcio internacional dedicado a la investigación, con financiamiento externo, que publiquen una información que el Gobierno considere falsa, pueden ser acusados de incurrir en este delito y terminar presos con penas graves.
Cuando castiga a quien “procure” alterar procesos electorales, pareciera que castiga la tentativa; no exige que el proceso electoral se haya alterado ni que la opinión pública se haya “manipulado” efectivamente.
La idea de “manipular” o “desinformación” no está definida ni en el proyecto ni en la legislación argentina. Es un juicio sobre la capacidad de persuadir de un mensaje, no sobre su veracidad. Una nota de investigación, un editorial, columnas de opinión sobre el mismo tema o una ONG que se dedique al fact-checking o a la verificación del discurso público, financiada por una fundación extranjera, pueden considerarse así como parte de una campaña de “manipulación”.
Cualquier cobertura periodística coordinada entre varias redacciones, como ocurrió con los Panama Papers, cumple ese requisito y los periodistas podrían ser encarcelados.
El título IV crea el Consejo de Seguridad Nacional, presidido por el presidente e integrado solo por miembros del Poder Ejecutivo, que abre el sumario, congela fondos, restringe operaciones y decide la sanción.
La justicia no interviene sino de manera posterior, pero ese recurso de apelación no suspende las sanciones y las medidas urgentes pueden renovarse indefinidamente. La afectación patrimonial ocurre y se sostiene en el tiempo antes de que un juez la revise.
El secretario de Inteligencia de Estado es miembro permanente del Consejo y sus integrantes quedan sujetos al régimen de confidencialidad. El organismo que sanciona puede operar bajo secreto de inteligencia. Así, este organismo a cargo del Presidente puede investigar, sancionar y actuar sin dar cuentas, ni informar.
Lo componen el Presidente, el jefe de Gabinete, el canciller, los ministros de Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia. No hay integrantes del Poder Judicial, ni del Legislativo, ni del Ministerio Público Fiscal, ni de la oposición.
El mismo órgano legisla, ejecuta, investiga y sanciona, pues en la práctica es juez y parte y actúa en secreto. Antes incluso de abrir el sumario, el Consejo puede congelar fondos, restringir operaciones de cambio, bloquear permisos y habilitaciones.
La ley, además, incorpora el juicio en ausencia a delitos de recursos naturales cuando hasta ahora está reservado para los supuestos excepcionales de delitos de lesa humanidad o terrorismo, como en la causa AMIA. El uso de esta figura busca alcanzar a las empresas petroleras radicadas en el extranjero, inalcanzables para la justicia local.
El rol de las FFAA y la delegación de superpoderes
La ley hace desaparecer la división entre asuntos de defensa nacional y seguridad interior; los primeros, referidos a las amenazas de agresores extranjeros, y los otros, a las situaciones domésticas. Esa división se realizó luego de la dictadura militar con la llegada de la democracia y colocó a las Fuerzas Armadas lejos de intervenir en problemas de seguridad interna.
Ahora el título V reforma la Ley de Defensa Nacional (23.554) para habilitar el empleo de las Fuerzas Armadas frente a amenazas “de carácter estatal o no estatal, cinéticos o no cinéticos”.
Establece la norma que basta para incluir en un registro de actividades terroristas a un ciudadano ante la “sospecha razonable” de estar incurso en esas actividades, y aplicar una inmovilización patrimonial, su exclusión del sistema económico y financiero, la exposición pública como “vinculado al terrorismo”.
No es necesaria una sospecha judicial ni una causa penal. Así se avanza sobre la presunción de inocencia consagrada en el artículo 18 de la Constitución, donde dice que “nadie puede ser penado sin juicio previo”.
Es decir que bastan “motivos razonables para sospechar”; no es necesaria una imputación formal, no un procesamiento, ni una condena, y la norma aclara que la inscripción en el registro “no estará condicionada a la existencia de una acción penal”.
El artículo 76 de la Constitución prohíbe delegar en el Poder Ejecutivo materias ajenas a la administración o a la emergencia pública, y exige que el Congreso fije las bases de cualquier delegación. Así redactada, la norma prevé la delegación de superpoderes al Poder Ejecutivo, al contrario de lo que dice la Constitución Nacional.
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