POLITICA
¿Hacia un nuevo Marbury vs. Madison argentino?

Si el Presidente no dicta el decreto para designarla jueza del Tribunal Federal Nº3 de La Plata, luego de que el Senado prestara su acuerdo para que desempeñe esa función, ¿la doctora María Verónica Michelli tiene alguna acción judicial para demandar que se la ponga en funciones? En otras palabras, ¿su designación, después de un complejo proceso de varias etapas y distintos poderes, queda sujeta en última instancia a la voluntad del Presidente?
El caso evoca uno de los fallos más famosos de la historia norteamericana, “Marbury v. Madison”, dictado en 1803. Su fama se debe a que generalmente se considera que con esa decisión comienza el control judicial de constitucionalidad. Aunque en los últimos años se ha puesto en duda esa creencia (entre nosotros, Manuel García-Mansilla ha dedicado excelentes trabajos a postular que se trata de un mito, porque la idea del control a través de los jueces ya estaba asentada antes de ese fallo), sigue siendo una referencia ineludible en la jurisprudencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos, en nuestra propia Corte y en los manuales y casebooks de derecho constitucional.
Los hechos que motivaron el caso fueron de alto voltaje político. El presidente John Adams concluía su mandato. El presidente electo, Thomas Jefferson, era de otro partido. Adams aprovechó su mayoría en el Congreso para promover, entre otras acciones defensivas, una ley que creaba cargos de jueces de paz en la capital, el distrito de Columbia. Ya sancionada la ley, designó para esas funciones a personas de su partido. Tan veloz fue el procedimiento que se los llamó “jueces de la medianoche”. Los nuevos jueces contaron con el acuerdo del Senado y posteriormente Adams firmó sus designaciones, pero en el apuro algunos no llegaron a ser puestos en funciones antes del cambio de gobierno. Cuando solicitaron al nuevo secretario de Estado, James Madison, que lo hiciera, este, de acuerdo a las instrucciones del presidente Jefferson, ni siquiera contestó la nota que le dirigieron, lo que motivó una demanda por parte de uno de ellos, William Marbury, ante la Corte Suprema, para que esta ordenara a Madison que lo colocara en el cargo.
La Corte, en un fallo unánime redactado por su presidente, el legendario John Marshall, determinó que Marbury tenía razón, pero que el caso no era de la competencia originaria del tribunal, es decir, que debía sustanciarse en un juzgado de primera instancia. La trascendencia del fallo reposa en el hecho de que, para sostener que no tenía competencia, la Corte declaró la inconstitucionalidad de una ley que supuestamente ampliaba la competencia originaria fijada por la Constitución.
En cuanto a los hechos, hay una diferencia que puede ser relevante: en el caso de Marbury, el Presidente, luego del acuerdo del Senado, había firmado su designación; esa firma no existirá en el caso de Michelli si Milei persiste en su actitud. La cuestión constitucional que eventualmente deberán abordar nuestros jueces es si el decreto de designación (o su omisión) es un acto puramente político y discrecional del presidente, no revisable judicialmente, o no.
Quienes entienden que el proceso de designación de los jueces se perfecciona recién con el decreto del presidente luego del acuerdo del Senado consideran que hasta esa instancia ningún candidato a juez tiene un derecho adquirido. Otros estiman que, sobre todo luego de la reforma constitucional de 1994, tal designación es un acto complejo en el que intervienen tres órganos (Consejo de la Magistratura, Poder Ejecutivo y Senado), que esa reforma procuró acotar la discrecionalidad del presidente (por eso solo puede enviar al Senado el pliego de uno de los tres candidatos seleccionados por el Consejo) y que la otra interpretación ubica al Presidente en un plano de superioridad respecto de los otros órganos, ya que todo queda sujeto a su voluntad. Tanto es así que podría ir contra sus propios actos y, sin explicación alguna, no designar a un juez cuyo pliego él mismo remitió al Senado.
No tenemos precedentes de nuestra Corte Suprema sobre esta situación, por lo que estamos en terra incognita. Pero, más allá de sus ribetes constitucionales, creo que todos podemos coincidir en que resulta escandaloso que una persona que tiene una larga trayectoria en el ámbito judicial, el respeto y el reconocimiento profesional de quienes la conocen, que ha transitado exitosamente por las instancias de evaluación que la Constitución contempla para quienes desean acceder a un cargo en la Justicia, incluida la que debió realizar el propio Poder Ejecutivo, sea desplazada por el hecho de que su cuñado es un periodista de investigación del diario . No es solo una afrenta a la independencia judicial, sino una temeraria advertencia al ejercicio del periodismo independiente.
El autor es profesor de derecho constitucional en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y la Universidad de San Andrés (Udesa)
María Verónica Michelli,Osvaldo Pérez Sammartino,Conforme a
POLITICA
Javier Milei y sus medidas, en vivo: el mandatario volvió a cargar contra la prensa y acusó a una periodista de “zurda”

Diego Santilli puso en marcha este jueves las reuniones con gobernadores post encuentro en París, para intentar concretar así su plan y el del ministro de Economía, Luis Caputo, de terminar de cerrar con las provincias que hagan falta, antes de que culmine octubre. Y llevarse el acompañamiento, claro, para la anulación de las PASO en 2027.
Pero dentro del Gobierno no todos los actores están con la misma urgencia. Los primos Martín y Eduardo “Lule” Menem, principales laderos de la secretaria general, Karina Milei, muestran vocación de acuerdo pero, según voces que hablaron con , no pretenden pactar a cualquier costo con los aliados y menos poner en riesgo la estructura territorial propia de La Libertad Avanza (LLA).
POLITICA
El Gobierno denunció a Itaí Hagman, diputado de Grabois, y a otras cuatro personas por la toma del Palacio Pizzurno

El Gobierno presentó una denuncia penal contra el diputado nacional de Unión por la Patria Itaí Hagman, dirigente del espacio político de Juan Grabois, por los incidentes ocurridos durante la toma del Palacio Pizzurno, donde funciona la Secretaría de Educación de la Nación. La información fue confirmada a Infobae por fuentes oficiales, que precisaron que la presentación fue realizada por el Ministerio de Capital Humano, que conduce Sandra Pettovello, e incluyó a otras cuatro personas identificadas por las autoridades. Los delitos denunciados fueron usurpación, resistencia a la autoridad, lesiones y daño.
La denuncia fue presentada este miércoles, después de que un grupo de estudiantes universitarios ingresara al edificio ubicado en Pizzurno 935, en Buenos Aires, para reclamar la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La protesta comenzó con una sentada frente a la sede educativa y derivó en la ocupación del hall central, pese a la intervención de efectivos de la Policía Federal Argentina que intentaron impedir el ingreso.
El episodio provocó un enfrentamiento político entre el Gobierno y dirigentes opositores. El presidente Javier Milei cuestionó públicamente a Hagman, quien apareció en las inmediaciones del edificio durante el operativo policial. El diputado rechazó los cuestionamientos y explicó en sus redes sociales: “Me acerqué cuando me avisaron que estaban por reprimir a los estudiantes”.
La presencia de Hagman adquirió especial relevancia por sus antecedentes en otra ocupación de un edificio público. El 7 de junio de 2025, el legislador había participado, junto con Grabois y otros dirigentes del Frente Patria Grande, de la toma del Instituto Nacional Juan Domingo Perón, ubicado en Austria 2601, en Recoleta. Aquella protesta había sido organizada para rechazar el cierre del organismo dispuesto por la administración de Milei.
En esa oportunidad, unas 50 personas ingresaron al inmueble, donde funcionaban un museo y un centro de estudios dedicado a la historia del peronismo. Entre los participantes estuvieron también la diputada Natalia Zaracho y otros dirigentes del espacio. El operativo de desalojo terminó con la detención de Grabois, quien recuperó su libertad al día siguiente. Hagman había acompañado aquella medida y ahora volvió a quedar involucrado en una controversia por la ocupación de una dependencia estatal.
En el caso del Palacio Pizzurno, el Ministerio de Capital Humano sostuvo que durante la manifestación se produjeron daños al patrimonio público y que la ocupación se desarrolló mediante acciones violentas. “Por la fuerza, nada”, escribió Pettovello después de los incidentes. La cartera afirmó que el derecho a manifestarse debía ejercerse dentro de la ley y con respeto por las instituciones democráticas.
Los estudiantes, por su parte, aseguraron que habían organizado una protesta pacífica para reclamar respuestas sobre la situación presupuestaria de las universidades nacionales. Participaron alumnos de la Universidad de Buenos Aires y de las universidades nacionales de La Plata, Quilmes y San Martín. Además del financiamiento universitario, reclamaron una actualización de las becas Progresar y solicitaron una reunión con el secretario de Educación, Carlos Torrendell.
En el Gobierno sostuvieron que la discusión sobre el financiamiento universitario se encontraba actualmente en el ámbito del Poder Judicial, donde tramitaba una causa con múltiples incidentes y presentaciones de las partes. Según la posición oficial, correspondía esperar una decisión definitiva de la Justicia sobre los alcances y la implementación de la legislación vigente.

La administración nacional también destacó que el proyecto de Presupuesto 2027 había incluido aumentos en las partidas destinadas al sistema universitario, que consideraba alineados con la normativa vigente. Ese argumento formaba parte de la posición oficial frente a los reclamos presupuestarios y salariales de las universidades, que cuestionaban los recursos asignados y exigían la aplicación integral de la ley.
El conflicto judicial había sumado un nuevo capítulo el 6 de octubre, cuando el juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional una cláusula del decreto 759/2025, mediante la cual el Ejecutivo había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la definición de sus fuentes de financiamiento. El magistrado ordenó avanzar con su implementación inmediata y el Gobierno apeló la resolución.
La protesta ocurrió además en vísperas de la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para el 15 de octubre. En el Ministerio de Capital Humano interpretaron la ocupación como una acción de contenido político vinculada con esa movilización. La denuncia contra Hagman y las otras cuatro personas abrió así un nuevo frente judicial en medio de la disputa entre la administración nacional, los dirigentes opositores y el movimiento estudiantil.
POLITICA
Iniciativas populares: lanzan una plataforma digital que permite verificar la autenticidad de las firmas

La Cámara Nacional Electoral (CNE) lanzó una plataforma digital encaminada reunir adhesiones para iniciativas legislativas populares, donde se colectarán apoyos ciudadanos mediante una firma electrónica.
La nueva herramienta, creada por una acordada de la CNE, estará disponible para cualquier persona, agrupación política u organización de la sociedad civil que promueva una iniciativa legislativa popular y funcionará de manera complementaria a la recolección de firmas en papel en apoyo de esa propuesta.
La decisión se adopta luego de la experiencia piloto autorizada por el tribunal en mayo de 2026. Las verificaciones realizadas permitieron comprobar la viabilidad técnica de vincular de manera segura la identidad de cada firmante con el documento firmado, así como garantizar la autenticidad de las firmas, la integridad de los documentos y la preservación de los datos personales.
La plataforma será administrada, mantenida y operada por la propia Cámara Nacional Electoral, a través de su Oficina de Coordinación General de Sistemas Informáticos Electorales, que también realizará el seguimiento técnico y el control periódico de los estándares de seguridad y autenticidad.
Los promotores de una iniciativa que quieran utilizarla deberán solicitar previamente su habilitación, sin costo alguno. La implementación de esta herramienta busca facilitar la participación ciudadana y modernizar el procedimiento de iniciativa popular, manteniendo las garantías de autenticidad y verificación previstas por la legislación vigente.
La decisión fue firmada por los camaristas Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas.
La idea es facilitar lo que establece la ley 24.747, reglamentaria de esa modalidad de participación ciudadana, que establece como condición para la presentación de iniciativas populares, la recolección de firmas de “un número de ciudadanos no inferior al 1,5% del padrón electoral utilizado para la última elección de diputados nacionales”, representativas de por lo menos seis distritos electorales.
La ley encomienda a la Justicia nacional electoral verificar la autenticidad de las firmas en un plazo no mayor a 20 días.
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