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Insólito: un hotel de más de 40 años en Salta podría cerrar por pagar $100 millones en juicios laborales

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El bloqueo al Hotel Provincial Plaza de Salta se produjo en 2021

Carlos Issa, el dueño del hotel, siente que está viviendo una pesadilla. Su empresa, que fundaron su padre y sus tíos en 1971, está al borde del cierre por un insólito motivo: ya pagó 68 millones de pesos, cifra que podría subir hasta 100 millones de pesos, para pagar las indemnizaciones a empleados que bloquearon su establecimiento en 2021 pese a que la Justicia los imputó al considerar que la protesta realizada excedió el marco protegido por el derecho de huelga.

El caso pone en evidencia una “falta de coordinación” entre la justicia penal y laboral de Salta, según afirmó a Infobae el abogado Pablo Abdón Torres Barthe, asesor legal del Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), quien está en la capital provincial para asistir a Issa porque este miércoles se realizará una audiencia judicial entre las dos partes en conflicto para “analizar qué pruebas llegarán al juicio oral y conocer si la contraparte propone alguna vía alternativa de resolución”.

Al mismo tiempo, el abogado tendrá este miércoles una audiencia con el gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, donde planteará la situación que atraviesa el dueño del hotel que, detalló, “le está pagando indemnizaciones a los que están imputados por la Justicia y que probablemente salgan condenados en el juicio penal”, algo que consideró “una locura”.

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También advirtió la demora del fuero penal en juzgar a los responsables del bloqueo ya obligó al pago de 68 millones de pesos en indemnizaciones laborales a personas imputadas en la causa y podría empujar al cierre del hotel, ya que que todavía quedan 7 juicios laborales más que podrían elevar el monto por abonar a 100 millones de pesos que, si se resuelven antes de la sentencia penal, derivará en una solución drástica porque el empresario «no tiene margen para pagarlo”.

Por eso Torres Barth reclamó que se fije cuanto antes la fecha de juicio oral para “dar por terminado esto” y poder contar con una sentencia que, enfatizó, defina que el bloqueo “no es un derecho a huelga sino un delito”.

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El abogado sostuvo que, a valores actualizados por inflación, ya se pagaron 68 millones de pesos en indemnizaciones, monto que corresponde a acuerdos o resoluciones de juicios laborales promovidos por personas que, al mismo tiempo, están imputadas en el proceso penal por el conflicto en el hotel.

Carlos Issa, dueño del Hotel Provincial de Salta

Resaltó que el problema de fondo es la distinta velocidad y el distinto criterio con que actúan ambos fueros. “La justicia laboral va a una velocidad y la justicia penal va a otra velocidad”, dijo, antes de señalar una “descoordinación” entre ambos tribunales.

Su argumento es que el fuero laboral viene ordenando indemnizaciones bajo una lógica incompatible con la acusación penal. “El fuero laboral dice una cosa, dice: ‘No, están mal hechas, hay que indemnizar’, y el fuero penal dice: ‘Acá cometieron un delito’”, sostuvo.

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En ese punto, recordó una definición previa del juez Diego Nicolás Rodríguez Pipino, según la cual el derecho constitucional de huelga no ampara “actos como daños materiales ni turbación de la posesión” y que el bloqueo de accesos y los daños exceden el marco protegido por ese derecho. Sin embargo, el abogado puntualizó: “La justicia laboral está diciendo lo contrario”.

El bloqueo del Hotel Provincial de Salta, visto desde adentro del establecimiento

Torres Barth también explicó que la defensa del empresario intentó frenar el avance de las causas laborales hasta que se resolviera la causa penal, pero ese pedido fue rechazado. “Issa pidió que se suspendan los juicios laborales hasta tanto falle la justicia penal, pero no le hicieron lugar. Entonces, los juicios laborales siguen cayendo y lo siguen perjudicando”, señaló.

Según su interpretación, la definición penal debería ordenar el resto del expediente judicial. “La prejudicialidad indica que lo que decide la justicia penal es obligatoria para todos los demás fueros”, dijo. Y lo sintetizó así: “Si la justicia penal dice: ‘Acá hay un delito’, el juez laboral no puede decir: ‘Acá no hay delito’”.

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Añadió que el caso puede derivar en una situación que consideró contradictoria: una condena penal y, al mismo tiempo, una carga económica todavía mayor para el dueño del hotel. “Puede ser que se dicte una sentencia a tres años de prisión en suspenso a los que bloquearon, pero así y todo haya que pagar 100 millones de pesos a esas mismas personas que fueron condenadas”, afirmó.

El bloqueo del Hotel Provincial de Salta sucedió en 2021 y aún sigue encerrado en un laberinto judicial

El representante legal del MEAB destacó que la entidad sigue “de cerca” este caso porque lo considera “un precedente importante en el norte del país”.

Por su parte, el abogado Nicolás Corregidor, que representa a 15 de los 17 empleados del hotel que fueron despedidos, sostuvo a Infobae que en la audiencia judicial de este miércoles buscará el sobreseimiento de esos imputados en la causa: sostuvo que la investigación fue mal conducida, que parte de los acusados no estuvo en el lugar de los hechos y que el caso se inscribe en un conflicto salarial y laboral que ya tuvo resoluciones favorables para los empleados.

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El abogado dijo que existe un exceso en las imputaciones formuladas por la fiscalía. Aseguró, además, que hubo un requerimiento previo de elevación a juicio que no se ajustó a lo ordenado por el juez y que, aun así, se avanzó con nuevas imputaciones contra trabajadores.

Uno de los ejes de la defensa es que sus representados no participaron de los hechos en los términos señalados por la acusación. Según su versión, las filmaciones del hotel muestran que estaban en la vereda y en la calle, no en la puerta del establecimiento.

Juan Méndez, titular del Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB) (Foto: Adrián Escandar)

Para Corregidor, esa ubicación descarta la hipótesis de un bloqueo por parte de los trabajadores a los que representa. Distinguió esa situación de la conducta que eventualmente haya podido tener durante la protesta el Sindicato de Gastronómicos de Salta, asunto que consideró ajeno a su estrategia defensiva.

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En la sentencia del Juzgado de Garantías N° 4 de Salta, a cargo de Rodríguez Pipino, dictada en noviembre pasado, se da por probado a partir de declaraciones testimoniales, informes policiales, inspecciones oculares, fotos y filmaciones que entre el 10 y el 27 de abril de 2021 el Hotel Provincial sufrió “el bloqueo de las puertas principales, la imposibilidad de ingreso y egreso de empleados, huéspedes y alumnos de la escuela hotelera, así como daños con pintadas en puertas y muros”.

Además, el juez Rodríguez Pipino sostuvo que el derecho constitucional de huelga no permite actos como daños materiales ni turbación de la posesión, que son perseguidos penalmente en forma independiente del contexto laboral. Y reconoce la protesta gremial, pero delimita que el bloqueo de accesos y los daños exceden el marco protegido por el derecho de huelga.

Juan Méndez (MEAB), Diego Valenzuela y el abogado Pablo Torres Barthes

Según Issa, todo comenzó en plena pandemia con una marcha por reclamos salariales de empleados y de dirigentes del sindicato UTHGRA ante el hotel, que incluso intentaron entrar a las instalaciones, pero no pudieron gracias a que lo impidió el personal de guardia.

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“Regía la conciliación obligatoria dictada por Trabajo por las supuestas diferencias salariales -resaltó Issa-, lo que implicaba que las partes no podían tomar medidas de acción directa, pero el gremio violó la conciliación obligatoria, intentó tomar al hotel y, como no pudieron, bloquearon los accesos, dañaron la propiedad, pintaron todos los mármoles, todos los vidrios y vinieron con la hinchada de un club de fútbol de Salta a tirar bombas de estruendo. De hecho, tenemos una filmación en donde les están pagando a los que venían con los bombos y tambores”.

“Desde ese momento, y durante unos 18 días, todas las mañanas bloqueaban el hotel -recordó-. Llegaba una camioneta de la UTHGRA, bajaban sillas, mesas, sandwiches de milanesa, bebidas y muñecos disfrazados y se instalaban frente a la puerta del hotel, sin dejar entrar ni salir a nadie del lugar”.

Podría cerrar el Hotel Provincial de Salta, uno de los más tradicionales de la capital provincial

“¿Cuándo se desarmó el bloqueo? -siguió Issa- Cuando todos los trabajadores recibieron la carta documento de despido con causa. Simultáneamente, hicimos las denuncias penales correspondientes».

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Cuatro años después de producidos los hechos, el juez Rodríguez Pipino elevó a juicio la causa en la que quedaron imputados 19 trabajadores y sindicalistas por el bloqueo contra el Hotel Provincial Plaza de Salta, acusados del delito de turbación de la posesión. Pero avanzaron los juicios laborales por montos multimillonarios como si no existiera la acusación penal contra quienes bloquearon y ahora Issa no descarta cerrar la empresa que fundó su familia en 1971.

gustavo sáenz

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La Cámara de Diputados bonaerense negó haber ocultado información del caso Chocolate a la Justicia

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Una semana después de que estallara el último incidente del caso Chocolate, la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires negó haber ocultado a la Justicia información sobre la trama que protagonizó el puntero peronista Julio “Chocolate” Rigau, quien fue descubierto en 2023 al retirar dinero en un cajero automático con 48 tarjetas de débito de empleados fantasma de ese cuerpo legislativo.

En un comunicado firmado por todos los presidentes de bloque, con la única excepción de los del Frente de Izquierda-Unidad y de Hechos, la Cámara ofreció una respuesta ante la denuncia del juez Guillermo Atencio, quien pidió investigar por “encubrimiento” a las autoridades luego de que se conociera que se habían archivado expedientes administrativos entre los que estaban algunos vinculados al caso bajo investigación judicial.

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“La Honorable Cámara de Diputados [HCD] siempre actuó ajustada a derecho y colaboró con la Justicia. La resolución de archivo de expedientes, contemplada previamente desde el año 2002 en el reglamento de esta HCD, fue aprobada por más de dos tercios de este cuerpo el 28 de mayo de 2026, casi tres meses antes del requerimiento judicial que ingresó a la HCD el 19 de agosto de 2026. Por lo tanto, de ningún modo se incurrió en un ocultamiento de pruebas porque dicho requerimiento todavía no existía y porque además la decisión fue pública, votada en sesión, transmitida en vivo y cuyo registro permanece en la HCD a disposición de quien quiera verlo”, se subrayó en un comunicado firmado por las autoridades de la Cámara y nueve jefes de bloque.

En el comunicado, se afirmó que el pedido judicial recibido correspondía a otra causa y que fue esa información la que se archivó, y no la vinculada al caso Chocolate. “También resulta necesario diferenciar las actuaciones para evitar confusiones ante la opinión pública. Los requerimientos y las decisiones administrativas a las que se hace referencia no correspondían, según la documentación considerada por la HCD, a la causa Julio Rigau (PP-06-00-047539-23/00 Rigau, Julio Segundo y otros s/ hurto-estafa-fraude en perjuicio de la administración pública-asociación ilícita), sino a la causa Rodríguez, vinculada a un hecho de hurto (PP-06-00-047539-23/01 Rodríguez María Eugenia s/ hurto, artículo 162)”, se indicó en el segundo punto del comunicado.

“Asimismo, en la causa Julio Rigau, la HCD aportó información requerida por la Justicia, dicha investigación avanzó, se encuentra elevada a juicio y existen personas privadas de su libertad. Estos elementos deben ser tenidos en cuenta antes de sostener que existió una conducta institucional destinada a impedir el avance de aquella investigación”, se añadió.

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Los firmantes del documento de la Cámara de Diputados bonaerense son su presidente, Alejandro Dichiara (Unión por la Patria); los vicepresidentes Alexis Guerrera (Unión por la Patria), Agustín Forchieri (Pro), Agustín Romo (La Libertad Avanza), Mariano Cascallares (Unión por la Patria), Blanca Alessi (Unión y Libertad) y Matías Civale (UCR+Cambio Federal). Además, rubricaron la nota los jefes de bloque Facundo Tignanelli (Unión por la Patria), Juan Esteban Osaba (La Libertad Avanza), Alejandro Rabinovich (Pro), Martín Rozas (Unión y Libertad), Diego Garciarena (UCR+Cambio Federal), María Alejandra Lordén (UCR), Gustavo Cuervo (Nuevos Aires), Andrés De Leo (Coalición Cívica) y Juan José Esper Zamar (Derecha Popular).

No firmaron el comunicado los jefes de bloque Christian Castillo (Partido de los Trabajadores Socialistas), Mónica Schlotthauer (Izquierda Socialista) y Manuel Passaglia (Hechos).

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El miércoles de la semana pasada, los jefes de bloque de la Cámara baja compartieron un asado. Según trascendió, conversaron sobre cómo agilizar los trámites que pasan de una Cámara a otra. Consultados por , negaron haber hablado del caso Chocolate.

En el documento de la Cámara baja se cuestionó la denuncia del magistrado. “La HCD considera especialmente relevante preservar las garantías constitucionales que rigen el funcionamiento del Poder Legislativo. En ese sentido, resulta inadmisible que se pretenda perseguir penalmente a legisladores por los votos emitidos en ejercicio de sus funciones”, se sostuvo en el tercer punto.

Alexis Guerrera y Alejandro Dichiara, expresidente y presidente actual de la Cámara de Diputados, están entre los firmantes del comunicado sobre el caso ChocolateX

“La HCD siempre informó al juez y, ante el requerimiento recibido, el cuerpo no guardó silencio. Contestó formalmente que las actuaciones habían sido archivadas administrativamente y que esa decisión había sido posteriormente convalidada mediante un acto legislativo”, se agregó.

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En el cuarto punto de su comunicado, las autoridades y jefes de bloque de la Cámara afirmaron que “la división de poderes supone la existencia de facultades de control recíproco entre los distintos poderes del Estado” y que “cada uno cuenta con herramientas constitucionales para ejercer ese contralor sobre los demás, pero esas atribuciones no pueden ser utilizadas de manera abusiva para condicionar, limitar o inhibir el funcionamiento de otro poder”.

“La actuación institucional de la Legislatura tampoco puede analizarse de manera aislada. A lo largo de su historia existieron causas y todas avanzaron hasta llegar a sentencia. Estos antecedentes muestran que la existencia de una investigación judicial vinculada a hechos ocurridos dentro de la Legislatura no ha significado un impedimento para la actuación de la Justicia”, se concluyó en el documento de la Cámara legislativa.

El recinto de la Cámara de Diputados bonaerenseArchivo

La polémica sobre la que respondió hoy la Cámara de Diputados provincial comenzó el 22 de septiembre, cuando el canal TN dio cuenta de que la Cámara, en una sesión que realizó en mayo había archivado expedientes administrativos vinculados al caso Chocolate que contenían información que había solicitado en abril la fiscal Betina Lacki, como la de conocer quiénes fueron los legisladores que designaron a los empleados “ñoquis” cuyos haberes retiraba Rigau de cajeros automáticos de La Plata.

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El juez de garantías Guillermo Atencio pidió a la fiscalía en turno que analice la “posible comisión de delitos de acción pública” con la votación de la Cámara de Diputados provincial.

El caso se destapó el 13 de septiembre de 2023, cuando Rigau, un puntero peronista, fue detenido mientras extraía dinero con 48 tarjetas de débito ajenas de un cajero automático de Banco Provincia. Rigau, se estableció luego, trabajaba para el subdirector de Personal de la Cámara de Diputados bonaerense, Claudio Albini, del Frente Renovador. Tanto Claudio Albini como su hijo, Facundo Albini (concejal en La Plata) están con prisión preventiva, y desde junio de 2025, con el beneficio de hacerlo de forma domiciliaria.

La Justicia calculó que el perjuicio económico para las arcas bonaerenses del sistema de contrataciones ilegales en la Legislatura asciende a por lo menos 800 millones de pesos.

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Antes de viajar a Francia, Milei envió un mensaje para los inversionistas y comparó a la oposición con los Hermanos Macana

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El presidente Javier Milei habló en la previa de la Argentina Week París que se está desarrollando durante esta semana en la capital de Francia e invitó a los empresarios a invertir en el país. Además, volvió a cuestionar a la oposición y los comparó con dos personajes de la popular serie animada Los Autos Locos.

En diálogo con el diario Le Point, el mandatario argentino aseguró que las empresas que integran el CAC 40, en referencia a las firmas más importantes de Francia, deben confiar en el gobierno porque “defendemos los derechos de propiedad y la inviolabilidad de los contratos”.

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Y agregó: “Cuando asumí el cargo, las deudas a corto plazo del Banco Central y del Tesoro eran enormes. Cualquier político convencional habría impuesto un impago o saqueado a los ahorradores. Nosotros, en cambio, lo gestionamos todo según las condiciones del mercado. Redujimos la deuda pública del 100% al 40% del PIB, y nuestro financiamiento para este año y el próximo está totalmente garantizado. ¡Los inversionistas franceses son bienvenidos a venir y hacer fortuna en Argentina! Sus ganancias crearán empleos y prosperidad para los argentinos”.

En tanto, sobre los cuestionamientos de la oposición por las políticas que viene llevando adelante la administración libertaria, Milei remarcó: “Bajo el gobierno kirchnerista, las acciones de nuestra petrolera YPF cayeron a 3 dólares. ¡Hoy superan los 50! Nuestro balance energético ha pasado de un déficit de 5.000 millones de dólares a un superávit de 10.000 millones”.

“No voy a perder el tiempo con idiotas que afirman que dos más dos es igual a 257.894. ¿Recuerdan a los hermanos Roc y Gravillon de Los Autos Locos, esos dos cavernícolas que se comunicaban golpeándose la cabeza con palos? Así son los rivales en Argentina. ¡Denles un ábaco para sumar y aun así se las arreglarán para equivocarse!”, señaló.

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Milei sostuvo que las regulaciones de la Unión Europea frenan el desarrollo económico de los países del bloque

El viaje tiene una agenda densa. La Argentina Week París se desarrolla entre el 30 de septiembre y el 2 de octubre en la capital francesa, con paneles sobre energía, minería, agroindustria, inteligencia artificial, comercio internacional y seguridad jurídica. Milei viaja acompañado por su hermana y secretaria general, Karina Milei; el jefe de Gabinete, Diego Santilli; el titular del Banco Central, Santiago Bausili; y los ministros de Economía, Luis Caputo; de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno; de Desregulación, Federico Sturzenegger; de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y de Salud, Mario Lugones. El jueves, el Presidente tendrá una audiencia privada con Emmanuel Macron en el Palacio del Elíseo, y el viernes recibirá un premio del Paris Economic Forum.

También forman parte de la delegación 13 gobernadores aliados: Jorge Macri (CABA), Rolando Figueroa (Neuquén), Gustavo Sáenz (Salta), Rogelio Frigerio (Entre Ríos), Alfredo Cornejo (Mendoza), Leandro Zdero (Chaco), Juan Pablo Valdés (Corrientes), Raúl Jalil (Catamarca), Alberto Weretilneck (Río Negro), Carlos Sadir (Jujuy), Marcelo Orrego (San Juan), Claudio Vidal (Santa Cruz) e Ignacio Torres (Chubut). Según informó Infobae, Santilli ya confirmó que los recibirá a todos en París para avanzar en conversaciones sobre el Presupuesto 2027 y la eliminación de las PASO.

En ese contexto, la entrevista con Le Point, Milei expresó su entusiasmo por participar en una conferencia junto al economista Philippe Aghion, galardonado con el Premio Nobel de Economía 2025 junto a Peter Howitt por sus contribuciones a la teoría del crecimiento y la destrucción creativa. “Es una inmensa alegría y un privilegio”, declaró el mandatario, quien lo equiparó a jugar al fútbol con Lionel Messi o Zinedine Zidane.

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El jefe de Estado adjudicó el reactivado avance del acuerdo entre la Unión Europea y el Mercosur a la firme postura de su gobierno (REUTERS/César Olmedo)

Sobre el estado de la economía europea, Milei fue categórico. Ante la pregunta de si mantiene su diagnóstico del año pasado —que las regulaciones del bloque frenan el crecimiento—, respondió con otra pregunta: “¿Ha recuperado Europa el crecimiento? ¿Ha eliminado las regulaciones? ¡No, ha añadido más!”. Calificó a los líderes de la Unión Europea como “socialistas de modales impecables” y afirmó que sus programas “encarnan el desprecio por la libertad”. En materia migratoria, trazó una distinción tajante: “Si los inmigrantes no se integran en la cultura del país de acogida, no se trata de inmigración, sino de una invasión”.

Por último, habló sobre el acuerdo de libre comercio entre la UE y el Mercosur, bloqueado durante 25 años en parte por la resistencia del agro francés a la competencia de carnes y soja sudamericanas. Milei atribuyó el desbloqueo de las negociaciones a su propia intervención: “Desde mi llegada, dije: ‘O avanzamos, o me voy’. Y por fin las cosas empezaron a moverse”. Ante los agricultores que temen la competencia, planteó el argumento en términos de poder adquisitivo: “¿Por qué obligar a los franceses a pagar más por sus alimentos cuando pueden comprarlos más baratos? ¡Es un robo! Afirmar que el libre comercio conduce a la pobreza es un retroceso a la mentalidad de los hombres de las cavernas”.

Sobre qué haría Argentina si el pacto no se ratifica, el Presidente evitó especular y reencuadró la respuesta en términos estructurales. Señaló que el país tiene una tasa de apertura comercial del 30% del PIB, cuando a su juicio debería ubicarse en torno al 90%, y que su objetivo es abrir la economía “a todos”, sin distinción de bloques: Europa, Estados Unidos o China.

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Advirtió la Corte que las leyes de blanqueo son excepcionales porque pueden ser injustas con los que pagaron impuestos

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La Corte Suprema de Justicia advirtió hoy que las leyes de blanqueo de capitales son excepcionales y restrictivas porque, de lo contrario, implicarían “un trato desigualitario, irrazonable y odioso en beneficio de contribuyentes incumplidores comparados” con el resto de la sociedad que sí cumplió “en tiempo y forma” con el pago de impuestos.

Así lo sostuvieron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, que además cuestionaron la redacción ambigua de una ley. En su voto, además, Rosatti exhortó al Congreso Nacional a aumentar su precisión para dar seguridad jurídica.

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Las “divergencias interpretativas, en un tema singularmente sensible como es beneficiar incumplidores frente al resto de la sociedad, exige una labor legislativa lo suficientemente precisa acerca de las diversas y disímiles situaciones jurídicas sobre las que se proyecta la norma”, sostuvo.

La discusión giró en torno a un conflicto entre la AFIP y la empresa Tecna Estudios y Proyectos de Ingeniería SA.

El fisco había ordenado una ejecución fiscal contra la firma y reclamaba el pago de 8.598.128 de pesos, más intereses y costas por diferencias en el impuesto a las ganancias durante los períodos 2009 y 2010. La empresa se opuso y dijo que el reclamo sobre ella estaba prescripto en 2009 y no correspondía para el 2010.

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También consideró que no podía alcanzarla una extensión del plazo de prescripción que, con carácter general, había dictado en el artículo 17 de la ley 26860, la norma sancionada en mayo de 2013 que estableció un régimen de exteriorización voluntaria de moneda extranjera (al cual la firma no había adherido) sin que se penalizara el cobro de suma alguna a los interesados que no habían tributado.

El Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales N° 6 hizo lugar a la prescripción planteada por el contribuyente, declaró la inconstitucionalidad del artículo 17, rechazó la ejecución fiscal respecto del impuesto a las ganancias solo para el período fiscal 2009 y mandó avanzar con el reclamo del año siguiente.

Tanto la AFIP como la empresa apelaron y el caso llegó a la Corte Suprema. Tras oír a la Procuración General, el máximo tribunal abrió el recurso que impulsó la AFIP y analizó a quiénes debía alcanzar la disposición debatida en la ley del blanqueo.

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En ese sentido, la causa analizó no solo la redacción del artículo 19 de esa ley, que dice “Suspéndase con carácter general por el término de un (1) año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización esté a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos y para aplicar multas con relación a los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales”.

También abordó la discusión parlamentaria de esa ley, en donde el miembro informante ante la Cámara de Diputados, el exdiputado oficialista del Frente para la Victoria Roberto Feletti, había dicho que el alcance de la suspensión de la prescripción era exclusivamente para los contribuyentes que adhirieran al blanqueo, ante un reclamo concreto de aclaración del entonces diputado de Pro Federico Pinedo, acompañado por otros legisladores.

Para Rosenkrantz y Lorenzetti, no se puede aplicar en este caso la interpretación de la expresión de “carácter general” que se aplicó en otros casos para una causa de blanqueo y resaltaron que este tipo de regímenes “constituyen institutos de excepción dentro del ordenamiento tributario al otorgar beneficios a quienes incumplieron con las obligaciones tributarias a su cargo consagrando un trato no igualitario respecto de los contribuyentes cumplidores”.

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A su turno, Rosatti afirmó que “la adhesión a un régimen de blanqueo supone, por sí mismo, una posición de ventaja y excepción a la luz del principio de igualdad ante las cargas públicas que consagra el artículo 16 de la Constitución Nacional” y que, “por tal motivo, el legislador al implementar regímenes de esta naturaleza debe contemplar razonablemente las distintas situaciones jurídicas sobre las que se proyecta la ley de modo de no proceder de forma inequitativa y arbitraria”.

Rosatti afirmó que “las palabras de la ley aislada y asistemáticamente consideradas podrían conducir a resultados diversos de no atenderse al debate legislativo y a la propia naturaleza y finalidad excepcional del blanqueo”. Según explicó, la norma cuestionada “expresa una decisión de establecer delimitaciones precisas entre lo que se puede hacer, lo que se está obligado a hacer y lo que no se debe hacer para garantizar la convivencia”.

Rosatti destacó que “la precisión y actuación real de las reglas preestablecidas genera un clima de seguridad en el cual los particulares conocen de antemano a qué reglas se sujetará la actuación de los gobernantes, de manera que la conducta de estos sea previsible y, en caso contrario, que haya quien, con potestad suficiente, pueda corregir el error y responsabilizar eficazmente al transgresor”.

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Sin necesidad de discutir la inconstitucionalidad pretendida, la Corte confirmó de esta manera la sentencia apelada y rechazó el reclamo del fisco sobre la empresa.




Corte Suprema de Justicia,Conforme a

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