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SOCIEDAD

La Justicia de Salta aplicó el Nuevo Código Procesal y condenó a un joven por violencia de género en 24 horas

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En la provincia de Salta, un joven de 25 años recibió una condena de seis meses de prisión efectiva por violencia de género a su expareja, tan solo 24 horas después de la denuncia presentada en su contra. El caso se resolvió bajo el nuevo Código Procesal Penal de Salta (Ley 8520), que establece procedimientos más ágiles para la tramitación de causas penales.

La investigación estableció que lo hechos ocurrieron el 7 de mayo en una residencia de Villa Soledad, donde vivia la mujer. Allí, el acusado inició una discusión relacionada con su hijo menor y en medio de la pelea, el hombre agredió físicamente a su expareja y a la madre de ella. Además, durante el conflicto, lanzó amenazas de muerte en dos oportunidades y ocasionó daños en la puerta de la vivienda.

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Según informó el Ministerio Público Fiscal, el proceso fue encabezado por el fiscal penal de Violencia Familiar y de Género 2, Federico Gabriel Portal, quien formalizó la acusación contra el imputado tras los hechos ocurridos en la ciudad de Salta. La condena se definió en el marco de un juicio abreviado, acuerdo que fue homologado por la jueza Gabriela Romero Nayar.

Durante la audiencia, fue imputado por: lesiones leves agravadas por el género en perjuicio de la madre de su expareja, además de dos hechos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género, dos hechos deamenazas y daños. La Fiscalía encuadró los hechos en concurso real y fundamentó la acusación en las denuncias de las víctimas, informes policiales y certificados médico-legales incorporados a la causa.

El acusado admitió su responsabilidad ante la jueza y aceptó los cargos por los dos episodios de amenazas y daños materiales. De esa manera, asistido por la Defensoría Oficial Penal 8, renunció junto con su defensa y el fiscal al derecho de apelar la sentencia.

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El fallo judicial dispuso el traslado del joven a la Unidad Carcelaria 1 y recomendó que reciba tratamiento para adicciones y asistencia psicológica específica para el control de impulsos violentos. Además, la jueza ordenó notificar a las víctimas sobre la resolución y remitir las actuaciones pertinentes para el cómputo de la pena y los trámites administrativos correspondientes.

La sentencia declaró reincidente al acusado por segunda vez, lo que fue considerado en la determinación de la condena. El Ministerio Público Fiscal destacó que el uso del juicio abreviado, permitido por el nuevo Código Procesal Penal, facilitó la resolución del caso en menos de 24 horas desde la denuncia.

El nuevo Código Procesal Penal

El Código Procesal Penal de Salta, Ley 8520, entró en vigencia el 4 de mayo de 2026, con el objetivo de modernizar el sistema de administración de justicia penal en la provincia. Entre sus principales innovaciones, se encuentra la agilización de procesos para causas de violencia de género, la implementación de audiencias rápidas y la promoción de acuerdos abreviados cuando el imputado reconoce los hechos. El nuevo marco normativo también contempla medidas de protección inmediatas para las víctimas y mecanismos de seguimiento posterior a la sentencia.

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El caso fue tomado como referencia por organizaciones que trabajan en la protección de víctimas de violencia de género en Salta, que resaltaron el impacto del nuevo Código Procesal Penal en la respuesta inmediata ante denuncias. La Fiscalía continuará supervisando el cumplimiento de las medidas impuestas y el avance de los tratamientos recomendados.

La causa se mantendrá bajo seguimiento judicial mientras se efectúan los trámites administrativos y se garantiza la protección de las víctimas. El Ministerio Público Fiscal reafirmó su compromiso con la aplicación efectiva del nuevo marco legal, que busca fortalecer la prevención y sanción de la violencia de género en la provincia.

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SOCIEDAD

"Todavía me preguntó qué hizo": pidieron la absolución de otro imputado en el juicio por la muerte de Maradona

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Miguel Ángel Pierri, defensor del coordinador de Enfermería Mariano Perroni imputado en el juicio por la muerte de Maradona, comenzó pasadas las 13 de este jueves su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro. Pidió la absolución de su cliente asegurando que no tuvo ninguna relación con el fallecimiento del Diez.

En su exposición, la defensa planteó que los jueces deben determinar primero la causa del fallecimiento antes de asignar responsabilidades penales. Y señaló que eso no quedó claro en estos seis meses de proceso. “Estoy convencido que administrar justicia es un hecho decididamente simple a veces, pero lo más difícil es ser justos”, sostuvo Pierri al dirigirse al tribunal.

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Sobre Perroni, que fue acusado finalmente de homicidio culposo y pidieron una pena de hasta 4 años y seis meses de prisión, Pierri alegó: “Nunca pensé, realmente, que por su labor y por el despliegue de su actividad podía estar sentado aquí como imputado”.

En este sentido, Pierri sostuvo que Perroni ya sufrió consecuencias personales y laborales desde que quedó involucrado en el expediente judicial por la muerte de Maradona, ocurrida en noviembre de 2020. “Mariano Perroni fue condenado, ya está condenado”, manifestó.

“Hace cinco años que la sociedad lo estigmatizó y no le da trabajo de enfermero. Así que lo que menos nos puede preocupar hoy es el alcance de la inhabilitación”, sostuvo Pierri con respecto al pedido de que sea inhabilitado en caso de que lo condenen.

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Sobre la internación domiciliaria

El abogado afirmó que Perroni no tenía control sobre los ingresos ni sobre las decisiones que se tomaban en la vivienda donde murió Maradona. “Acá tenemos que sacarnos la careta y empezar a hablar con la verdad. La casa de Tigre tenía dueños. Había personas que decidían quién podía ver a Diego y quién no podía ver a Diego”, sostuvo.

Los fiscales del juicio por la muerte de Maradona (Foto: Adrián Escandar)

“El mismo día 25, el día de la muerte de Maradona, ni siquiera Mariano Perroni pudo ingresar a la casa. Por lo tanto, me sigo preguntando cuál es la actitud delictiva que le atribuyen la fiscalía y los particulares damnificados para que responda por homicidio culposo”, planteó.

Y siguió: “Mariano no tenía mandato clínico, no tenía que ver con el riesgo y mucho menos podía alterar un cambio de resultados”, agregó.

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La defensa se refirió a sus responsabilidades

El codefensor Martín Montalto repasó las acusaciones contra Perroni y señaló que se le reprocha no haber transmitido la epicrisis al personal de enfermería, no supervisar a los enfermeros, no actuar ante novedades clínicas y haber intervenido en planillas que habrían asentado controles que no se realizaron.

“Acá no venimos a explicar por qué otro profesional debe responder por la situación de Mariano. Vamos a demostrar lo que hizo Mariano, cuáles eran las funciones y cómo las ejerció”, dijo Montalto. Según planteó, el rol de Perroni era coordinar que hubiera cobertura de enfermería durante las 24 horas para la internación domiciliaria de Maradona, de acuerdo con la información que recibió sobre un postoperatorio por un hematoma subdural, la automedicación y la adicción al alcohol.

El altar de los fanáticos afuera de los tribunales

“Mariano no lo vio nunca a Maradona y no faltó ni un minuto de enfermería en esa casa”, afirmó su defensor.

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Por último, cuestionó que se evalúe la conducta de Perroni con información obtenida luego de la autopsia y de años de investigación: “Con el diario del lunes todos sabemos cómo terminó el partido el domingo”.

“Estamos convencidos de que la justicia que Diego merece no se consigue buscando una condena a cualquier precio. Estamos convencidos de que de que ustedes van a determinar qué hizo cada uno, cuáles eran las obligaciones y, realmente, si existió alguna omisión concreta de Mariano Perroni que los lleve a contribuir al fallecimiento de Diego Maradona. Y estamos convencidos de que cuando analicen toda la prueba, van a encontrar una sola respuesta: no hubo una sola omisión o incumplimiento de Perroni que contribuya al fallecimiento de Diego Maradona”, concluyó.

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Tirar agua hirviendo por la pileta de la cocina: qué riesgos tiene y por qué recomiendan evitarlo

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Tirar el agua hirviendo de una olla directamente por la pileta de la cocina es una costumbre frecuente, pero no siempre es recomendable. El principal problema está en el material de las cañerías: mientras que las metálicas suelen tolerar mejor las temperaturas elevadas, algunos conductos de plástico pueden sufrir daños si se exponen al calor de manera repetida.

Además, el agua caliente no resuelve todos los problemas de limpieza. La grasa y el aceite de cocina pueden acumularse en las cañerías y provocar obstrucciones, incluso cuando se intenta arrastrarlos con agua a alta temperatura.

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Por qué no conviene tirar agua hirviendo por el desagüe

El riesgo depende, principalmente, del tipo de instalación y de la frecuencia con la que se repite esta práctica. Según Michael Faraone, especialista en plomería consultado por el sitio estadounidense Better Homes & Gardens, las tuberías metálicas, como las de cobre o acero galvanizado, suelen soportar mejor las temperaturas elevadas.

Sin embargo, las cañerías de PVC y otros plásticos requieren más precaución. La exposición reiterada al agua hirviendo puede ablandar algunos materiales y afectar las uniones, lo que aumenta el riesgo de filtraciones. Un vertido aislado no implica necesariamente que se produzca una avería, pero no conviene convertirlo en un hábito.

La Oficina de Alcantarillado del Gobierno Metropolitano de Tokio también recomienda dejar enfriar el agua de cocción antes de desecharla. En su guía para hogares, aconseja esperar hasta que la temperatura baje a unos 45 °C antes de verterla por el desagüe.

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Por eso, dejar reposar el agua unos minutos es una alternativa prudente, sobre todo cuando no se conoce el material de las cañerías.

OMS

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Choque y drama en Mendoza: murió una nena de ocho años que viajaba en moto junto a su madre

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Una niña de ocho años murió ayer por la tarde en la localidad Maipú, provincia de Mendoza, tras un choque entre la motocicleta en la que viajaba con su madre y una camioneta Ford F-100.

Luego del accidente la menor fue derivada de urgencia al Hospital Pediátrico Humberto Notti pero, por la gravedad de las heridas y al viajar sin casco, no logró sobrevivir. El siniestro ocurrió a las 12.30 sobre calle Tropero Sosa, en el ingreso al barrio Las Bodegas. La confirmación del fallecimiento llegó tres horas después.

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Cómo se desencadenó la tragedia

La niña viajaba como acompañante en una motocicleta Mondial de 110 cc, conducida por su madre, de 33 años. La camioneta era manejada por un hombre de 73 años.

El conductor de la Ford F-100 declaró ante los efectivos que intervinieron en el lugar que circulaba de oeste a este por Tropero Sosa y que, al girar hacia el norte para ingresar al barrio, sintió un impacto en uno de los laterales del vehículo, según publicó Los Andes.

El deceso de la menor fue confirmado ayer por la tarde en el Hospital Pediátrico Dr. H. Notti

Como resultado de la fuerte colisión, la menor cayó sobre el asfalto y sufrió un golpe en la cabeza contra una de las ruedas de la camioneta. Luego del impacto la niña Quedó inconsciente y fue llevada inicialmente al Hospital Diego Paroissien, desde donde dispusieron su traslado en código rojo al Notti.

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Así, una ambulancia del Servicio de Emergencias Coordinado la llevó primero al Paroissien mientras que efectivos de la Unidad Motorizada de Acción Rápida acompañaron la derivación al hospital pediátrico para facilitar el recorrido.

Peritajes y causa judicial por el fallecimiento

Personal de Tránsito realizó un control de alcoholemia al conductor de la camioneta, cuyo resultado fue negativo: 0,00 g/l de alcohol en sangre. También trabajaron agentes policiales y especialistas en accidentología para establecer la mecánica de la colisión.

La Unidad Fiscal de Delitos de Tránsito ordenó el secuestro de ambos vehículos y las actuaciones correspondientes bajo la carátula inicial de homicidio culposo, a la espera de las pericias definitivas.

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