ECONOMIA
Marcha atrás judicial en la venta de SanCor: la Justicia suspendió el proceso tras el recurso de la empresa Fidulac

El proceso de liquidación de los activos de SanCor sumó un nuevo capítulo judicial que reconfigura, al menos por el momento, el rumbo que había tomado la causa en las últimas semanas. La disputa entre los distintos actores interesados en la histórica láctea volvió a poner en el centro de la escena a la Justicia santafesina, que debió expedirse sobre uno de los planteos que venían acumulándose desde que se aprobó el esquema de venta de la empresa.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial, con asiento en Rafaela, hizo lugar al recurso de queja interpuesto por Fidulac S.A., la firma de Gustavo Scaglione, y concedió, con efecto suspensivo, los recursos de apelación y nulidad que la empresa había presentado contra la resolución que había aprobado el pliego de licitación de los activos de SanCor. La resolución lleva fecha del 3 de julio de 2026.
El efecto inmediato de la decisión es la suspensión del proceso licitatorio. La resolución 270, dictada el 11 de junio pasado por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, había aprobado el pliego de bases y condiciones para la venta de los activos productivos de Sancor Cooperativas Unidas Limitada, fijado los valores base de los lotes 1 a 7 y establecido el cronograma de licitación. Esa resolución queda ahora sujeta a revisión por parte de la Cámara.
El conflicto que derivó en el fallo de la Cámara se originó en un episodio procesal previo. El 19 de junio, Fidulac había presentado un recurso de revocatoria con nulidad y apelación en subsidio contra la resolución que aprobó el pliego. El juez, sin embargo, declaró inexistente ese escrito el 26 de junio, al considerar que no contaba con firma ológrafa del apoderado de la empresa sino con una firma de tipo electrónico. Esa declaración de inexistencia implicó, en los hechos, una denegación implícita de los recursos que Fidulac había interpuesto.

Contra esa decisión, la firma de Scaglione presentó el recurso directo que la Cámara resolvió ahora. El planteo sostuvo que la declaración de inexistencia del escrito violó el debido proceso y el derecho de defensa en juicio, y que la firma electrónica utilizada por Scaglione era válida y no había sido desconocida por su autor.
Detrás del planteo formal por la firma electrónica, el recurso de Fidulac apunta a un objetivo más amplio: que SanCor se venda como una unidad económica y no fragmentada entre plantas industriales y marcas, tal como lo había dispuesto el pliego aprobado el 11 de junio. Ese esquema dividía los activos en siete lotes, con un precio mínimo total de USD 52,1 millones, de los cuales las seis plantas industriales representaban USD 27,4 millones y el paquete marcario, USD 24,7 millones, con USD 18,7 millones para la marca principal y USD 6 millones para submarcas como Mendicrim, Tolem y Quesabores.
Ahora bien, el argumento de Fidulac se apoya en el artículo 204 de la Ley de Concursos y Quiebras, que establece que la venta de la empresa como unidad debe ser la primera alternativa de realización de activos en una quiebra, mientras que la fragmentación en lotes separados constituye una opción subsidiaria que requiere justificación expresa.

Según la empresa de Scaglione, la resolución que aprobó el pliego no contuvo un análisis que explicara por qué se descartó la venta integral. Entre los otros interesados en los activos de SanCor figuran Savencia, dueña de la marca Milkaut; Adecoagro, fabricante de Las Tres Niñas; Punta del Agua; Elcor, marca La Tonadita; y La Tarantela.
Con la resolución de la Cámara, el expediente principal deberá ser elevado por el juzgado de primera instancia para que el tribunal de alzada resuelva el fondo de los recursos de apelación y nulidad interpuestos por Fidulac.
Mientras eso ocurre, el efecto suspensivo otorgado paraliza el cronograma de licitación que había quedado en marcha a partir del pliego aprobado en junio. La Cámara aclaró que su decisión no implica adelantar postura sobre el fondo de los planteos de Fidulac, sino únicamente habilitar la revisión de una resolución que consideró de trascendental importancia por fijar valores y mecanismos de liquidación con consecuencias irreversibles.
De fondo, el freno judicial llega en medio de una crisis laboral que se profundizó en las últimas semanas. La semana pasada se desvincularon 736 de los 914 empleados que tenía SanCor al inicio del proceso, tras descontar los 178 puestos que el gremio y el juez Marcelo Gelcich acordaron preservar para mantener operativas las seis plantas que aún funcionan. La empresa lleva 60 días paralizada desde que se firmó la quiebra a mediados de abril, y los salarios no se pagan con regularidad.
ECONOMIA
ANSES confirmó cómo quedan las jubilaciones mínima y máxima en agosto con el nuevo aumento

ANSES aplicará un nuevo aumento sobre las jubilaciones y pensiones en agosto. Se trata de un ajuste del 1,9% sobre los haberes, que va en línea con la inflación de junio medida por el INDEC.
La suba alcanzará a todos los jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones que administra el organismo nacional. La actualización se realiza bajo el esquema de movilidad mensual que estableció el Decreto 274/2024.
Ese decreto fijó una fórmula automática, por lo que cada mes, los haberes se ajustan según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás. Para agosto, se toma como referencia el IPC de junio, que marcó 1,89%.
Cuánto cobrarán los jubilados de mínima y máxima en agosto
Con el aumento confirmado, los haberes quedarán así desde agosto:
- Jubilación mínima bruta: $419.776
- Jubilación mínima con bono: $489.776
- Jubilación máxima: $2.824.695
Estos valores representan un incremento nominal del 1,9% respecto a julio. Sin embargo, el impacto real varía según el tipo de haber que perciba cada beneficiario.
Quienes cobran jubilaciones por encima de la mínima recibirán el ajuste completo del 1,9% sobre su haber. Pero para los jubilados de la mínima, el cálculo es diferente.
El bono de $70.000 sigue vigente pero no se actualiza
El Gobierno mantendrá en agosto el bono extraordinario de hasta $70.000 para jubilados con ingresos más bajos.
En este contexto, los beneficiarios de la jubilación mínima cobran el bono completo. Quienes superen ese haber reciben un monto proporcional, hasta alcanzar el tope que fijó el Ejecutivo.
El problema es que el bono permanece congelado en $70.000 desde hace cinco meses. No se ajusta con la fórmula de movilidad ni sigue la inflación.
Como el bono no se actualiza, el aumento del 1,9% se aplica únicamente sobre el haber jubilatorio, no sobre el monto total que recibe el beneficiario.
Por qué el aumento real es menor para la jubilación mínima
En julio, la jubilación mínima bruta era de $411.990. El bono sumaba $70.000, lo que daba un total de $481.990.
En agosto, el haber mínimo sube a $419.776 (1,9% más). El bono se mantiene en $70.000. El total llega a $489.776.
La diferencia entre julio y agosto es de $7.786. Sobre el total de julio ($481.990), eso representa un incremento efectivo del 1,61%, según estimaciones previsionales.
Es decir: el aumento real para quienes cobran la mínima es inferior al 1,9% anunciado. La brecha se explica por el congelamiento del bono.
Mes a mes, el peso del bono dentro del ingreso total se reduce. En marzo representaba el 18,8% del total. En agosto bajará a cerca del 14,3%.
Qué diferencia hay entre jubilación y pensión
Aunque los aumentos alcanzan a ambas prestaciones, conviene aclarar las diferencias. No son lo mismo.
La jubilación es un derecho que se genera con aportes laborales. La cobrás porque trabajaste y aportaste al sistema de seguridad social durante tu vida activa.
La pensión, en cambio, se otorga por otras circunstancias. Las más comunes son el fallecimiento de un cónyuge o conviviente, o una incapacidad laboral permanente.
Ambas se administran a través de Anses y se actualizan con la misma fórmula de movilidad mensual.
Cómo funciona la jubilación ordinaria y cuáles son los requisitos
La jubilación ordinaria es la modalidad más común. Para acceder, hay que cumplir dos requisitos básicos establecidos por ley.
El primero es la edad: 60 años para mujeres y 65 años para hombres. El segundo son los aportes: 30 años de contribuciones al sistema previsional.
Si tenés la edad pero te faltan aportes, a veces el Estado habilita moratorias previsionales. Son planes de pago transitorios que te permiten completar los años faltantes.
Las cuotas se descuentan del futuro haber. Pero atención: las moratorias no son permanentes y dependen de leyes con plazos de vigencia.
La última moratoria previsional (Ley 27.705) venció en marzo de 2025 y no fue prorrogada, por lo que actualmente no existe un plan de pago vigente para completar aportes.
Lo recomendable es consultar directamente en los canales oficiales de Anses si existe algún mecanismo disponible al momento de iniciar el trámite. Podés revisar tu historial de aportes desde la web del organismo.
Qué otros tipos de jubilaciones existen en Argentina
Además de la ordinaria, hay otras modalidades pensadas para contextos particulares. No todos los caminos hacia la jubilación son iguales.
Jubilación por edad avanzada: está destinada a personas de 70 años o más con menos de 30 años de aportes. Requiere un mínimo de 10 años de contribuciones registradas, con ciertas condiciones sobre cuándo se realizaron.
Jubilación anticipada: no es una opción permanente. El Gobierno puede habilitarla por ley o decreto en situaciones específicas de desempleo o incapacidad laboral parcial.
Suele estar destinada a personas que ya cuentan con 30 años de aportes, pero están desempleadas y les faltan hasta 5 años para alcanzar la edad jubilatoria.
Retiro por invalidez: es una prestación para quienes, sin importar su edad, sufren una enfermedad o accidente que genera una incapacidad laboral permanente superior al 66%.
Una junta médica debe certificar esa incapacidad. Además, se debe cumplir con una cantidad mínima de aportes.
Regímenes especiales: algunas actividades profesionales cuentan con esquemas que permiten jubilarse con requisitos de edad o años de servicio diferentes. Algunos ejemplos son:
- Aeronavegantes
- Docentes
- Investigadores científicos
- Personal de casas particulares
- Trabajadores agrarios
- Trabajadores de la construcción
- Tareas declaradas como riesgosas o insalubres (minería, industria cárnica, entre otras)
Jubilación privada: además del sistema público, existen fondos de retiro que funcionan como un ahorro voluntario a largo plazo. Sirven para complementar los ingresos del Estado al jubilarte.
Qué tipos de pensiones administra ANSES
Las pensiones cubren situaciones distintas a las jubilaciones. Las más comunes son dos:
Pensión por fallecimiento: le corresponde a los familiares directos de una persona trabajadora que fallece, o de una persona ya jubilada. Incluye a cónyuge, conviviente, hijos menores o con discapacidad.
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): es una prestación para personas mayores de 65 años que no tienen aportes suficientes para una jubilación.
Su monto equivale al 80% de la jubilación mínima y otorga cobertura de salud a través de PAMI, aunque para obtenerla se realiza una evaluación socioeconómica.
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ECONOMIA
Creció el consumo en supermercados y mayoristas en mayo, pero siguió debajo del mismo mes de 2025

Los datos de consumo en supermercados y mayoristas que difundió el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) para mayo dejaron un panorama ambiguo. Por un lado, el mes mostró una recuperación respecto de abril. Por el otro, la comparación contra igual período del año pasado y el arrastre acumulado siguen en terreno negativo. Esa combinación muestra un panorama de
En los supermercados, el índice de ventas a precios constantes —es decir, descontado el efecto de la inflación— subió 0,9% en la serie desestacionalizada respecto de abril. Pero al medirlo contra mayo de 2025, la variación fue negativa: cayó 0,7 por ciento. El acumulado de los primeros cinco meses del año también quedó por debajo del mismo período de 2025, con una baja de 2,8 por ciento. En los autoservicios mayoristas el patrón fue similar, aunque más marcado en ambas direcciones: la suba desestacionalizada frente a abril fue de 2,3%, mientras que la comparación interanual arrojó una caída de 2,3% y el acumulado enero-mayo retrocedió 3,0 por ciento.
A precios corrientes, sin descontar inflación, las ventas totales de los supermercados sumaron $2.502.789,7 millones en mayo, con un incremento de 25,9% frente a igual mes de 2025. En los autoservicios mayoristas, la facturación llegó a $388.237,1 millones, con una suba de 23,7% interanual. Estas cifras no equivalen a la evolución real de las cantidades vendidas, sino que combinan el efecto de los precios y de los volúmenes.
Dentro de ese universo, y siempre en términos nominales, es decir sin descontar la inflación, los rubros que más crecieron en los supermercados fueron electrónicos y artículos para el hogar, con 49,1%, seguido por carnes, con 40,6%; la categoría “otros”, con 40,0%; y alimentos preparados y rotisería, con 24,8 por ciento. En el extremo opuesto, bebidas fue el grupo con la suba más moderada, de sólo 12,4%, frente a una suba de precios implícita de 26,7 por ciento.

En los autoservicios mayoristas el orden fue distinto: carnes lideró con un crecimiento de ventas de 32,8%, seguido por almacén, con 27,5%; lácteos, con 26,5%; y verdulería y frutería, con 23,9 por ciento. Ahí también apareció el único grupo con una variación nominal negativa en todo el relevamiento: indumentaria, calzado y textiles para el hogar, que cayó 2,7% interanual frente a mayo de 2025.
De esta manera, carnes fue uno de los rubros de mayor dinamismo en ambos canales, aunque se debe recordar que ese rubro en particular acumula subas por encima de la inflación general. De hecho, el ítem “carnes y derivados” relevado en el informe de inflación de mayo, registró una suba interanual de 45,8%, contra un IPC anual de 33,2 por ciento.
Analizando los resultados por jurisdicción, se observa que las mayores subas nominales en los supermercados se dieron en Neuquén, con 36,5%; Río Negro, con 32,8%; San Luis, con 31,9%; el resto de la provincia de Buenos Aires, con 29,7%; y La Pampa, con 29,4%. Corrientes fue la única jurisdicción con una caída, de 2,0 por ciento.
En los autoservicios mayoristas, en cambio, el relevamiento se agrupa en tres grandes regiones: la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que creció apenas 9,9%, muy por debajo del promedio; los 24 partidos del Gran Buenos Aires, con 24,5%; y el resto del país, con 24,2 por ciento.

La brecha entre la Capital y el resto del territorio en el canal mayorista resulta significativa y contrasta con el comportamiento más parejo que mostraron los supermercados a lo largo de las distintas provincias.
El personal ocupado también aporta una pieza relevante para entender la coyuntura del sector. En los supermercados, la dotación llegó a 96.240 personas, con una baja de 3,3% respecto de mayo de 2025. En los autoservicios mayoristas la caída fue más pronunciada: el personal ocupado se ubicó en 12.956 trabajadores, un 8,2% menos que un año atrás. En ambos casos, los salarios brutos promedio subieron por debajo de la inflación general: 29,9% en los supermercados y 28,3% en los mayoristas, siempre en pesos corrientes (el IPC anual fue de 33,2%).
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ECONOMIA
Caputo visitó La Rural y desactivó un posible anuncio sobre otra baja en las retenciones

El ministro de Economía, Luis Caputo, visitó este jueves la Exposición Rural de Palermo y bajó las expectativas del sector sobre un anuncio en la baja de las retenciones por parte del presidente Javier Milei, quien estará presente en el acto inaugural del próximo domingo.
El funcionario visitó la muestra del sector agropecuario y mantuvo un almuerzo con las autoridades de la Sociedad Rural Argentina (SRA). Consultado por la prensa, Caputo fue moderado y descartó un anuncio sobre los Derechos de Exportación (DEX).
Luis Caputo desactivo una posible baja de retenciones
«Los anuncios ya se hicieron en su momento, así que no hay que esperar ningún anuncio en particular. En la medida que el superávit económico dé más margen, podremos seguir bajando», sostuvo.
El titular del Palacio de Hacienda destacó el rol que mantiene el campo como uno de los grandes generadores de divisas, y afirmó que es «uno de los motores principales de la economía». En la misma línea, señaló que «por suerte, ahora hay otros motores más», haciendo referencia a los sectores de la minería y la energía.
Luis Caputo dialogó con referentes del campo en La Rural; las retenciones, entre las claves
La última rebaja en las retenciones fue realizada por Milei durante su discurso en la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, donde luego se realizó una presentación en el Ministerio de Economía y se conocieron mayores detalles sobre el esquema de reducciones.
- Trigo y cebada: pasará de 7,5% a 5,5%.
- Soja, maíz, girasol y sorgo: entre 0,25% y 0,5% mensual a partir de enero de 2027 y por dos años.
- Soja: 0,25% mensual durante todo 2027 (pasará de 24% a 21%). A partir de 2028 será de 0,5% y pasará de 21% a 15%.
- Maíz y sorgo: serán bajas trimestrales por una «cuestión numérica». A partir de febrero de 2027 pasará a 8,25%, a 8% en mayo, a 7,75% en agosto y a 7,5% en noviembre. A partir de febrero de 2028 pasará a 7%, a 6,5% en mayo, a 6% en agosto y a 5,5% en noviembre.
- Girasol: en 2027 pasará a 4,25% en marzo y 4% en septiembre. A partir de marzo de 2028 pasará a 3,5% y 3% en septiembre.
Caputo también habló sobre la mejora en la calificación crediticia otorgada por Moody’s, que se suma a la de Fitch y S&P, y precisó que «muestran que hay un cambio estructural en el país y eso es lo que están viendo todos«.
«Cuando le sacamos la estacionalidad y nos concentramos en la tendencia ciclo, la economía está creciendo desde hace 26 meses consecutivos, cosa que no pasaba hace más de 15 años. Todos los motivos para estar optimistas«, concluyó.
Oficializan reducción a las retenciones al agro: cómo es el cronograma de baja
El Gobierno redujo los derechos de exportación que gravan a productos de las cadenas de soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol, y estableció un esquema de disminución gradual de alícuotas que se extenderá hasta diciembre de 2028. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 423/2026, publicado en el Boletín Oficial.
El decreto diferencia entre cultivos de invierno y cultivos de verano. Según explicó el Poder Ejecutivo en los fundamentos de la medida, las reducciones inmediatas responden a la proximidad de las decisiones de siembra de los cultivos invernales, mientras que para los estivales se diseñó un cronograma gradual que permitirá que las rebajas se encuentren vigentes al momento de la comercialización de la producción.
En el caso del trigo y la cebada, el decreto instrumentó la reducción anunciada en mayo por el presidente Javier Milei y fijó una alícuota -de aplicación inmediata- de 5,5% para los granos, frente al 7,5% que regía previamente. La norma también estableció nuevos derechos de exportación para distintos productos derivados de ambas cadenas, incluidos harinas, sémolas, almidones, malta y otros subproductos industriales, con tasas que van desde 1% hasta 3,5%, según la mercadería.
Para la soja, el Gobierno dispuso uno de los principales cambios incorporados por la norma. El poroto de soja pasará de una alícuota de 24% durante 2026 a 21% desde diciembre de 2027 y a 15% a partir de diciembre de 2028. El cronograma también alcanza a aceites, harinas, pellets y otros derivados industriales, que registrarán reducciones escalonadas durante los próximos dos años.
Entre los productos alcanzados figuran aceites de soja con alícuotas que descenderán desde niveles de entre 18% y 22% hasta valores de entre 11% y 13,5% hacia fines de 2028, según la posición arancelaria correspondiente. Los pellets y otros subproductos de la molienda también quedarán sujetos a un sendero de reducción gradual hasta alcanzar tasas de 14% desde diciembre de ese año.
El maíz y el sorgo también quedaron incorporados al esquema de disminución progresiva de retenciones. Según el producto involucrado, algunas posiciones arancelarias quedarán exentas del tributo, mientras que otras reducirán sus alícuotas de manera escalonada durante 2027 y 2028. En determinados casos, las tasas pasarán de 8,5% en 2026 a 7,5% a fines de 2027 y a 5,5% desde diciembre de 2028.
Para la cadena del girasol, el decreto fijó reducciones escalonadas para semillas, aceites y otros derivados. Mientras algunas variedades específicas quedarán exentas del tributo, determinadas posiciones de aceite de girasol pasarán de alícuotas de entre 2,5% y 4,5% en 2026 a niveles de entre 1% y 3% hacia fines de 2028, según el producto alcanzado por la medida.
La medida también incorpora modificaciones para determinados biocombustibles. En particular, fija una alícuota de derecho de exportación de 0% para biodiéseles obtenidos a partir de aceites de colza, cártamo, Brassica Carinata y Camelina Sativa, además de otros biodiéseles que no contengan aceite de soja.
Para los restantes biodiéseles comprendidos dentro de la misma posición arancelaria, el decreto prevé una reducción gradual de las alícuotas. En esos casos, el derecho de exportación descenderá desde 21% en 2026 hasta 18% desde diciembre de 2027 y continuará reduciéndose hasta 13% a partir de diciembre de 2028.
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