POLITICA
El Gobierno apeló el fallo que habilitó la feria judicial para tratar el DNU de Milei
La Procuración del Tesoro también cuestionó al juez que hizo lugar al amparo presentado por la CGT y la CTA para frenar la reforma laboral y desarmó una demanda colectiva.
Tras la decisión de la Justicia de levantar la feria para tratar los amparos presentados contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el presidente Javier Milei, la Procuración del Tesoro apeló el dictamen y criticó a los magistrados.
La dependencia que está a cargo del ex funcionario menemista, Rodolfo Barra, apeló el fallo del juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, que habilitó hace unos días, la feria judicial para analizar un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT).
“El juez de feria en lo Contencioso Administrativo ha resuelto, por fuera de los límites de su jurisdicción, en contraposición a las normas procesales y al procedimiento reglado en la Acordada 12/2016, generando un estado de inseguridad jurídica. Así afectó el derecho de defensa de esta parte y el debido proceso”, señala la presentación del oficialismo.
Según indicaron los abogados del Estado el letrado de feria “no puede contradecir la postura que hubiera adoptado al respecto el propio juez natural”, que en este caso sería la de Esteban Furnari, del mismo fuero en lo Contencioso.
En el mismo escrito el Gobierno cuestionó la decisión del juez de rechazar la solicitud de enviar al fuero laboral los expedientes contra del DNU, a raíz del amparo contra la reforma de las leyes de trabajo y la desregulación económica de la CGT y el de la CTA.
“Las partes y los jueces, deben sujetarse al procedimiento procesal y ello marca un orden y brinda certidumbre a las posiciones adoptadas. Al trastocar todas las actuaciones que se desenvolvieron en razón del proceso colectivo inscripto, la resolución aquí atacada por exceso jurisdiccional, ha devenido a foja 0, convirtiéndose la resolución atacada en un improcedente virtual rechazo de inhibitoria, cuando su colega, Juez a cargo de Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 2 ya había sentenciado admitir la inhibitoria”, concluye la apelación encabezada por Barra.
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