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El Gobierno presentará un proyecto para bajar a 13 años la edad de imputabilidad

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Este viernes la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, confirmaron el envío de un proyecto de ley al Congreso para bajar la edad de imputabilidad desde los 16 a los 13 años.

Técnicamente, se llama “Régimen Penal Juvenil”. Indica cuál es la pena de imputabilidad y establece una serie de medidas de ordenamiento del Código Penal de acuerdo al delito cometido.

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Según los datos brindados por el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa, en 2023 se cometieron 2197 delitos que fueron adjudicados a personas menores de edad.

A modo comparativo, desde el Gobierno explicaron que “en Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay y Perú, la edad de imputabilidad es a los 14″ mientras que en Brasil es de 12″.

La publicación del Ministerio de Seguridad sobre el proyecto de baja de imputabilidad. (Foto: captura X)

“Venimos a cumplir con una obligación de nuestra sociedad, que no quiere que a sus hijos o a sus padres los maten y no quiere que quien comete un delito no tenga ninguna consecuencia”, sostuvo la ministra Bullrich.

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Y agregó: “A partir de ahora, el delito, y lo peor que siempre es la muerte, tendrá consecuencias y serán acordes a la edad de quienes lo cometen. La decisión del presidente Javier Milei y de los equipos conjuntos de estos ministerios de Seguridad y Justicia, es cumplir con una sociedad que pide respuestas”

“Todos los días los argentinos de bien padecemos delitos cometidos por menores que quedan impunes. No podemos permitirlo. Vamos a darle las herramientas estructurales a los jueces para que puedan encarcelar a quienes delinquen”, resaltó por su parte el ministro Cúneo Libarona.

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La ministra sostuvo que se busca que los jóvenes “no solo tengan una sanción, sino que esta les permita darse cuenta y no seguir una carrera delictiva”. Bullrich explicó que para las penas que vayan de 3 a 6 años van a tener alternativas concretas y no estarán simplemente encerrados sin salida.

“Esto es importante porque el medio ambiente de ese menor es lo que lo lleva a volver a cometer delitos. Nosotros lo tenemos que extraer de esa situación para que no siga en la carrera delictiva”, señaló.

Patricia Bullrich durante su visita al centro de confinamiento de El Salvador. (Foto: Reuters)
Patricia Bullrich durante su visita al centro de confinamiento de El Salvador. (Foto: Reuters)
SECOM

Las claves del proyecto para bajar la edad de imputabilidad

  • PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD: En establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo.
  • COMUNICACIÓN A LOS PADRES: De la imputación y demás actos procesales.
  • PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA: El juez y el Ministerio Público Fiscal velarán en todo momento por la tutela efectiva de los derechos de las víctimas.
  • CONDENACIÓN CONDICIONAL: Si se impone condena condicional, se deben aplicar conjuntamente medidas complementarias, tales como asesoramiento y orientación, asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, concurrencia a los servicios de salud, tratamiento médico o psicológico, obligación de buscar y, en lo posible, obtener un trabajo, concurrencia al tribunal, prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
  • PENAS DE TRES A SEIS AÑOS: Siempre que no haya existido muerte de la víctima, grave violencia física o psíquica sobre las personas, no haya lesiones gravísimas en delitos culposos y no se registren otros procesos o condenas, la pena podrá reemplazarse por: amonestación, prohibición de aproximarse a la víctima o sus familiares, prohibición de conducir vehículos, prohibición de concurrir a determinados lugares (establecimientos de espectáculos o deportivos, p.ej.), prohibición de salir del país o de un ámbito territorial, prestación de servicios a la comunidad, monitoreo electrónico.
  • CONTROL DE CUMPLIMIENTO: El cumplimiento de las penas deberá ser verificado por el juez o el fiscal. También por la víctima, si así lo desea.
  • MÁXIMO DE PENAS: 20 años. Al cumplir 2/3, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas.
  • INCUMPLIMIENTO DE LA PENA: Ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.
  • SUPERVISOR: El juez designará un supervisor para el seguimiento del menor, quien mantendrá entrevistas regulares con el adolescente imputado, elaborará informes y procurará resolver sus problemas de salud.
  • INIMPUTABILIDAD: En los casos de menores no imputables (menos de 13 años), el juez de todos modos investigará la existencia y circunstancias de un hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas. En estos casos, el juez realizará un peritaje psicológico, un informe ambiental y dará intervención a otros organismos. Ante el riesgo de que el menor incurra en nuevos delitos, también podrá ordenar su internación para su readaptación social.
  • DILACIÓN DEL PROCESO: La dilación injustificada del proceso hará incurrir al juez en falta grave.
  • VÍCTIMAS: Recibirán atención psicológica y patrocinio gratuito.
  • CRITERIO DE OPORTUNIDAD: El fiscal podrá prescindir total o parcialmente de la acción penal si el delito tuviera prevista una pena inferior a seis años y no concurrieran otras circunstancias, como la muerte de la víctima, lesiones gravísimas, existencia de otros procesos, etc.
  • MEDIACIÓN: Cuando el delito tuviera una pena prevista inferior a seis (6) años, podrá iniciarse un proceso de mediación penal con la víctima o sus representantes.
  • PROBATION: En las condiciones previstas para todos los casos, para penas que no excedan de tres años. Si las condiciones fueran incumplidas, el juez dispondrá que se continúe el proceso sin computar el tiempo transcurrido.

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Una medida de Donald Trump beneficia a los funcionarios argentinos corruptos

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La orden del presidente Donald Trump de suspender para modificar la aplicación de la ley que penaliza en Estados Unidos las prácticas corruptas cometidas en el extranjero (FCPA, en inglés) tendrá un impacto inmediato alrededor del mundo y, en particular, en la Argentina: conllevará el cierre de la investigación por “cleptocracia” que el Departamento de Justicia impulsaba contra exfuncionarios kirchneristas y sus activos desde 2019, y otras pesquisas sensibles.

La decisión de Trump, plasmada en una “orden ejecutiva” que firmó anoche, también le dará mayores márgenes delictivos de maniobra a las empresas estadounidenses que operan en la Argentina y en otros países al disputar negocios con firmas de otras naciones, y acotar las investigaciones que desarrollan -o podrían desarrollar- organismos estadounidenses como la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) y la Comisión de Valores (SEC).

“Esto va a significar muchos más negocios para Estados Unidos”, afirmó Trump al firmar la “orden ejecutiva”, en la que dispuso que la nueva titular del Departamento de Justicia, Pamela Bondi, deberá suspender el avance de las investigaciones en curso basadas en la FCPA hasta que emita nuevas directrices en línea con las pautas que fijó la Casa Blanca.

De acuerdo a un comunicado emitido por la administración Trump, las empresas estadounidenses se encuentran en desventaja al competir con sus rivales de otros países, ya que no pueden incurrir en prácticas tales como sobornos y dádivas que son “habituales entre los competidores internacionales, creando un campo de juego desigual”, afirmación que es rechazada por expertos como el profesor de la Universidad de Nueva York, el argentino Guillermo Jorge.

“El argumento de Trump según el cual la aplicación de la FCPA impacta negativamente en las empresas estadounidenses es débil”, remarcó Jorge. “La FCPA no sólo aplica a empresas estadounidenses sino también a aquellas que cotizan en el mercado de valores estadounidense y a aquellas que tengan actividades significativas en los Estados Unidos”, abundó (ver columna, aparte).

Aprobada por el Congreso de Estados Unidos en 1977, en efecto la FCPA busca penalizar las prácticas corruptas cometidas en el extranjero por ciudadanos y empresas estadounidenses, aunque también abarca a empresas de otros países que cotizan en alguna bolsa de valores de Estados Unidos y que quedan, por tanto, sujetas al ordenamiento jurídico estadounidense.

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Esa segunda dimensión de la FCPA llevó, por ejemplo, a la aplicación en Estados Unidos de multas multimillonarias a Siemens (Alemania), Odebrecht (Brasil) y Ferrostaal (Países Bajos), entre otras multinacionales, por las prácticas corruptas que protagonizaron en la Argentina durante los últimos 25 años, en tanto que sólo durante 2024, por ejemplo, se aplicaron 38 sanciones por FCPA por un total de 1580 millones de dólares a empresas y personas que en múltiples ocasiones no eran estadounidenses.

El fin de la “cleptocracia”

Sin embargo, con la “orden directiva” que firmó Trump y un primer memorando que ya emitió la titular del Departamento de Justicia, Pamela Bondi, la prioridad de los investigadores estadounidenses deberá centrarse en erradicar los carteles de la droga y otras organizaciones criminales trasnacionales, y dejar atrás las investigaciones sobre “cleptocracia”, como la que impulsaba el FBI contra figuras del kirchnerismo desde 2019.

Esa investigación, según reveló LA NACION, registró como disparador al fallecido ex secretario privado y presunto testaferro de la familia Kirchner, Daniel Muñoz, quien invirtió decenas de millones de dólares en Estados Unidos. Lo hizo mediante una operatoria de lavado que incluyó sociedades offshore de varios paraísos fiscales que se utilizaron para comprar inmuebles en Florida, que alcanzó luego a Nueva York y que pudo haberse extendido a otras ciudades.

La investigación quedó en manos de funcionarios del Departamento de Justicia y agentes especiales del FBI, como Jared Randall, que viajaron repetidas veces a Buenos Aires y que integraban la llamada Sección de Lavado de Dinero y Recupero de Activos (Mlars, por sus siglas en inglés) y que empujaban un “proyecto” de nombre singular: la llamada Iniciativa de Recupero de Activos de la Cleptocracia.

Durante uno de sus viajes a Buenos Aires, Randall se reunió con funcionarios argentinos, requirió información precisa sobre Muñoz y otras figuras kirchneristas, y también indagó sobre las derivaciones judiciales de los “cuadernos de la corrupción”, las empresas involucradas y los empresarios, exfuncionarios y financistas como Ernesto Clarens que se acogieron al régimen de “imputados colaboradores”, es decir, como “arrepentidos”.

Allí no se agotó el temario del agente Randall en Buenos Aires. También se reunió con jueces y fiscales federales, a los que consultó sobre las presuntas coimas abonadas por el yacimiento petrolífero Cerro Dragón, y sobre la situación procesal de dos empresarios argentinos, Hugo y Mariano Jinkis, cuya extradición reclama Estados Unidos, acusados de participar en el entramado de corrupción del llamado FIFA-Gate.

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Ahora, sin embargo, las investigaciones sobre “cleptocracia” se desarticularán, con consecuencias gravosas, lamentó el titular del capítulo estadounidense de Transparencia Internacional, Gary Kalman. “La eliminación de la Iniciativa de Recupero de Activos de la Cleptocracia reducirá de manera significativa la capacidad de combatir la corrupción trasnacional que amenaza la seguridad y los intereses económicos de Estados Unidos, y dejará a las víctimas de la corrupción alrededor del mundo con una Justicia incompleta”, remarcó.

Europa, nueva referencia global

Expertos consultados por LA NACION en Buenos Aires y Washington coincidieron, en tanto, en que los focos de atención se centrarán ahora en la secretaria de Justicia, Pamela Bondi, y en la Unión Europea (UE), cuyos próximos movimientos resultarán determinantes para evaluar el impacto real que tendrá la orden ejecutiva que rubricó Trump.

En el caso de Bondi, la titular del Departamento de Justicia deberá emitir las directrices que guiarán a los fiscales y agentes del FBI durante los próximos años, que además de concentrar sus esfuerzos en investigar a los carteles de la droga y las organizaciones de criminalidad trasnacional, podrían ahondar en las pesquisas sobre empresas de terceros países sujetas a la FCPA por cotizar en Estados Unidos. Es decir, una “aplicación selectiva” de esa ley.

Del otro lado del océano Atlántico, en tanto, la Unión Europea podría erigirse en la máxima referencia global para la prevención y erradicación de las prácticas corruptas, en base a sus propias reglas de integridad y a la Convención sobre la Lucha contra el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), que Argentina suscribió.

A ese primer contrapeso a la flexibilización selectiva de la FCPA que dispuso Trump podría sumarse otro, por parte de los bancos Mundial e Interamericano de Desarrollo (BID), entre otros organismos multilaterales que sellaron el llamado “Acuerdo de Aplicación Mutua de Dictámenes de Exclusión”. Vigente desde 2012, sanciona a empresas e individuos que hayan incurrido en prácticas fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas u obstructivas.

En el caso de la Argentina, por último, la aplicación de la FCPA permitió conocer las prácticas corruptas que desarrollaron empresas de todo el mundo al operar en el país, aun cuando no registraron condenas en los tribunales argentinos. Además de las mencionadas Siemens, Odebrecht y Ferrostaal, también IBM, Ralph Lauren, Stryker Corporation, Helmerich & Payne, Ball, Biomet, Dallas Airmotive y Sterycicle, entre otras, fueron sancionadas en Estados Unidos. Ahora, con la decisión de Trump, incluso eso podría quedar atrás.

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